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DERECHO DE LA INFORMACIÓN PROF. M. Pilar Cousido González Curso académico 2010-2011.

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1 DERECHO DE LA INFORMACIÓN PROF. M. Pilar Cousido González Curso académico 2010-2011

2 Régimen jurídico de las agencias de información DEFINICIÓN DE AGENCIA y PASADO RECIENTE: R.D. 2089/1984, art. 2:referencia documental: Son agencias informativas las personas naturales o jurídicas, que tengan por objeto la obtención, confección y distribución de todo tipo de información en cualquier ámbito geográfico Ley de Prensa, cap. V.: referencia documental: se consideran agencias informativas las Empresas que se dediquen en forma habitual a proporcionar noticias, colaboraciones, fotografías y cualesquiera otros elementos informativos (art. 43 L.P.) Rasgos: El hábito Producto informativo Confusión titular/propietario/negocio Papel del ámbito geográfico Objeto: creación, producción, distribución, difusión Ayudas por reconversión El Registro de P.P. y Agencias Informativas. El monopolio informativo de información extranjera Registro de corresponsales: el R.D. 1418/2004 y el R.D. 3882/1982http://www.lamoncloa.gob.es/ServiciosdePrensa/FormularioAcreditacion/Introdu ccionAcreditacion/index.htmDirección General de Información Internacional de la Secretaría de Estado de Comunicación.http://www.lamoncloa.gob.es/ServiciosdePrensa/FormularioAcreditacion/Introdu ccionAcreditacion/index.htm

3 Régimen jurídico de las agencias de información Clases de agencias (L.P.) (referencia documental): De información general De información gráfica De colaboraciones Mixtas

4 Régimen jurídico de las agencias de información Rasgos específicos de las agencias: No contratan directamente con el público Fuente directa, continua e instantánea de información La ausencia de publicidad: lo consuetudinario La inserción de comunicados gubernamentales, como deber (L.P., art6; D. 750/1966, art.7; L. 10/1988, art. 16;…….) Irrelevancia de la orientación editorial Servicio informativo (no, producto) Sin Junta Fundadores Consejo Redacción

5 DERECHO DE LA INFORMACIÓN La publicidad de la agencia, ayer: Nombre del titular de la agencia, nacionalidad, domicilio, DNI –titular y capital eran forzosamente españoles, los títulos representativos,nominativos-. Identidad de representantes y gestores Título de la agencia (Rtro. Marcas, clase 38,frente a clase 16 de Publicaciones periódicas): nombre comercial/marca Lugar radicación Ámbito difusión Siglas de identificación material de agencia

6 Régimen jurídico de las agencias de información La publicidad de la agencia, hoy: Constitución empresarial Modificación del contrato/estatutos sociales Prórroga duración Nombramientos/ceses cargos Poderes y facultades Transformaciones de empresa Quiebras… Emisión obligaciones Constitución social: socios, aportaciones, estatutos, nombramientos, denominación de agencia, objeto social y otros L.S.A.: auditorías, controles anuales Procedimientos de concentración:

7 Régimen jurídico de las agencias de información Responsabilidades iusinformativas: Civil Penal Administrativa: Distribución secretos oficiales No inserción rectificaciones (L.O. 2/1984) No inserción de comunicados (Las sociedades concesionarias estarán obligadas a difundir, gratuitamente y con indicación de su origen, los comunicados y declaraciones que en cualquier momento y en razón de su interés público, el Gobierno estime necesarios, art. 16 derogada Ley 10/88; R.D. 208/1996). No publicación de sentencias sancionadoras, en uno de los tres primeros servicios posteriores a la notificación (L.P.)


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