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Publicada porHumberto Custodio Modificado hace 10 años
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San José 2014 EL FAFA Y LOS CAMBIOS EN LA COOPERACIÓN CE/NNUU
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El FAFA es el Acuerdo Marco financiero y administrativo entre la CE y las NNUU que fue firmado en 2003 El FAFA establece las obligaciones y responsabilidades mutuales entre la CE y las NNUU sobre cuestiones de gestión, elegibilidad de costes, obligaciones de informes, etc. QUE ES EL FAFA?
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Diciembre 2012: la CE ha adoptado nuevas reglas financieras para el uso de su presupuesto Estas nuevas reglas afectan los contratos de cooperación técnica concluidos entre la CE y las NNUU Febrero 2014: el FAFA fue modificado por un apéndice 2013-14: negociación de los nuevos acuerdos Finales de 2014: aprobación de los nuevos acuerdos (ojala!) UNOS CAMBIOS…
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La «convención de contribución especifica» ha cambiado El FAFA ha sido modificado Las reglas son nuevas para todo el mundo (incluso los colegas de la CE). Se necesitará tiempo para tener une idea clara de la aplicación de las nuevas reglas En general, hay mas riesgos, y controles más estrechos para las organizaciones internacionales Es mas importante que nunca establecer una buena relación con su contraparte de la Delegación de la UE para poder resolver los problemas de manera amistosa Es indispensable consultar a PARDEV y la OIT Bruselas para que os ayudemos a escoger las reglas aplicables 5 MENSAJES CLAVE
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Las reglas contractuales dependen ahora del tipo de acción a realizar / ya no del tipo de socio para la ejecución Igualdad de tratamiento de todos los socios potenciales / el mismo contrato para todos Principio de equivalencia LA LÓGICA DE LOS CAMBIOS
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SUBVENCIÓN La organización retiene el control sobre los fondos asignados Las transacciones son operadas conforme con las reglas de la organización La organización es responsable por la ejecución de las acciones El risco financiero incumbe a la organización Indirect Management Delegation Agreement La organización delega decisiones sobre el uso de los fondos asignados A la organización le cabe averiguar que sus socios tienen niveles de control internos comparables y adecuados En ciertos casos la Comisión puede perseguir socios en casos de fraude o perdida El risco financiero incumbe a la organización y sus socios CAMBIOS PRINCIPALES: 2 TIPOS DE CONTRATOS
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Se tiene que definir la modalidad de ejecución lo antes posible: Al momento de la elaboración de la ficha de identificación Al momento del diseño de la Acción Averigue con PARDEV y la OIT Bruselas que: El contrato propuesto es aceptable para la OIT Las opciones seleccionadas por la CE se aplican a la OIT La CE no puede imponer a la OIT un socio como «sub- delegatee» o beneficiario. La decisión pertenece a la OIT. CONSEJOS
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PREGUNTAS?
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