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Publicada porLUIS UREÑA Modificado hace 3 años
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CENACE El CENACE tiene la responsabilidad de mantener la confiabilidad del SEN, para lo cual lleva a cabo las funciones de planeación, dirección, supervisión, coordinación y control del despacho y la operación del SEN; siendo su ámbito de acción, todas las unidades generadoras interconectadas al SEN, así como la red eléctrica en niveles de tensión iguales o superiores a 69 kV, para niveles de tensión menores a 69 kV sólo se realizará una función coordinadora.
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FUNCIONES DE DESPACHO Y OPERACIÓN Para que el CENACE cumpla sus funciones de despacho y operación del SEN, se tienen cuatro niveles operativos jerárquicos, coordinados por el CENAL y subordinados técnicamente entre sí:
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Primer Nivel CENAL Sus objetivos principales son la confiabilidad, seguridad y economía del SEN. Para el cumplimiento de sus funciones, el CENAL tiene: (i) Autoridad sobre cualquier programa de generación o de porteo y establece límites de transmisión, necesarios para aliviar sobrecargas o potenciales sobrecargas en el sistema troncal de transmisión. (ii) La autoridad final para dirigir operaciones antes, durante y después de problemas o Disturbios que cubran varias Áreas de Control. (iii) La responsabilidad y la autoridad para implementar cualquier medida que sea necesaria para mantener la integridad y confiabilidad del Sistema. Incluido, pero no limitado a, ajustes en programas de generación (potencia real, potencia reactiva, niveles de voltaje), ajustes en programas de porteo, intercambios entre áreas, corte de carga, activación de esquemas especiales de protección o cualquier acción necesaria para mantener la confiabilidad del sistema. CENAL. El Centro Nacional del CENACE.
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(iv) La responsabilidad y autoridad para coordinar las acciones operativas entre áreas de control. Segundo Nivel Áreas de Control Sus objetivos principales son la seguridad y continuidad. Les corresponde coordinar, supervisar y controlar la generación y la seguridad de la red troncal en un área geográfica determinada, coordinándose con el 1er. Nivel, sujetándose operativamente a sus instrucciones y lineamientos.
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Tercer Nivel Subáreas de Control Sus objetivos principales son la continuidad, seguridad y calidad. Les corresponde coordinar, supervisar y controlar la generación y su red en un área geográfica determinada, coordinándose con el segundo nivel para el cumplimiento de los objetivos básicos, sujetándose operativamente a sus instrucciones y lineamientos. Cuarto Nivel Módulos de Control Sus objetivos principales son la continuidad y calidad. Les corresponde operar y supervisar un grupo de instalaciones en un área geográfica determinada, coordinándose con los niveles superiores según sea el caso, para el cumplimiento de los objetivos básicos. Están comprendidos en este nivel los Centros de Distribución y los Centros de Control de Generación.
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PRONÓSTICO DE DEMANDA Y PREDESPACHO Para el mediano plazo (escenario de 1 mes a 2 años): Pronóstico del crecimiento de las demandas y consumos de energía, disponibilidad de unidades y red, así como los requerimientos de uso de red para porteo, pronósticos de precios de combustibles. Esta información deberá presentarse por las áreas, según corresponda, en base mensual, antes del día 10 del mes anterior al mes de despacho y para la base anual conforme el calendario
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Para el corto plazo (escenario de 1 día a 1 mes): Disponibilidad de unidades, restricciones y uso de red y todo aquello que afecte la despachabilidad de una unidad generadora y/o la operación del sistema. En forma diaria, los responsables de las centrales generadoras enviarán al CENACE las ofertas de las capacidades mínimas y máximas declaradas, considerando las condiciones ambientales esperadas para un horizonte de tiempo de 8 días en adelanto de la hora 1 a la hora 24, a más tardar a las 7:00 a. m. (huso horario del Centro). Los responsables de las centrales generadoras mantendrán actualizados en forma mensual, o cuando se modifiquen para las unidades generadoras: parámetros básicos de los modelos térmicos, hidráulicos y los costos variables de operación y mantenimiento necesarios para la determinación del despacho económico. La Subdirección de Energéticos de la Comisión enviará diariamente al CENACE los precios de los combustibles considerando todos los costos variables del combustible que integrarán el precio total del combustible. La Subdirección de Generación de la Comisión enviará diariamente al CENACE el reporte hidrometeorológico de embalses (niveles y aportaciones) a más tardar a las 10:00 horas (huso horario del Centro). Asimismo, lo mantendrá informado mensualmente de los parámetros básicos de los modelos térmicos e hidráulicos de las unidades generadoras a su cargo.
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PROGRAMA DE OBRAS Y PROGRAMACIÓN DE MANTENIMIENTOS El CENACE deberá coordinarse con las entidades que elaboran los programas de obras (mediano y corto plazo) con la finalidad de considerar en su planeación operativa, el impacto de estas obras en el SEN. Los responsables de los diferentes elementos conectados al SEN, deberán proporcionar al CENACE las necesidades de mantenimiento en forma mensual, trimestral y anual para que, de acuerdo a las condiciones del sistema, sean aprobados por el CENACE.
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ENERGÉTICOS En lo conducente a energéticos, el CENACE se coordinará con la Subdirección de Energéticos para solicitarle los volúmenes, disponibilidad, oportunidad, flexibilidades y precios totales de los combustibles. Así como la información legal y comercial de los contratos correspondientes. Para los casos de insuficiencia previsible de algún energético a nivel regional o nacional, el CENACE aplicará las acciones que considere pertinentes para mitigar su efecto. Dentro de las acciones de prevención están, entre otras, (i) redespacho de generación, (ii) cambios al programa de mantenimientos de la red eléctrica y generadores, (iii) reasignación de combustible a generadores, (iv) uso de combustible alterno en generadores.
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CELEBRACIÓN DE CONTRATOS El CENACE participará en la celebración de contratos y convenios asociados con Permisionarios y elaborará los contratos correspondientes con los sistemas o compañías eléctricas extranjeras, contemplados en la Ley. Asimismo, es el responsable de la administración operativa de los contratos internacionales de compra venta de energía y operativos, así como de los contratos con los Permisionarios, excepto con los productores independientes de energía con los cuales sólo es responsable del desarrollo y aplicación de los procedimientos operativos.
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REQUERIMIENTOS Y DESPACHO DE ENERGÍA El CENACE, proporcionará a los distintos productores de energía, una estimación de los requerimientos de energía del SEN para el año siguiente a más tardar en la tercera semana del mes de diciembre de cada año. El CENACE notificará por medios idóneos, a las Centrales de la Comisión, así como a cada uno de los productores con los que tenga celebrados convenios para la adquisición de energía eléctrica, acerca de los pronósticos de energía eléctrica que se despachará de la Central respectiva, durante cada uno de los tres siguientes meses. Los pronósticos mencionados serán elaborados por el CENACE. Esta notificación no tendrá carácter vinculatorio para el CENACE, ni creará derechos para los productores.
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ENTREGA, ALMACENAMIENTO, COMPATIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LA INFORMACIÓN Es facultad del CENACE solicitar a las áreas de distribución, transmisión, generación y a los Generadores o Permisionarios, la información estadística a la que no tiene acceso directo con fines de la operación y el despacho, y es obligación de dichas áreas proporcionarla por medios electrónicos para que ésta sea expedita y confiable. Dentro de esta información se incluye la relativa a mediciones, protecciones y registradores de fallas y eventos. Para tal efecto, los responsables de las instalaciones del SEN deberán proporcionar en forma oportuna la información solicitada por los Centros de Control. El CENACE tiene la obligación de proporcionar a las diferentes áreas operativas, en forma oportuna, la siguiente información: Reporte de Disturbios. Condiciones de la red. Novedades relevantes. Resultados de la planeación y la operación. Información estadística.
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Las áreas de Transmisión, Distribución, Generación y Permisionarios, deberán de mantener actualizada la siguiente información para el CENACE: Diagrama unifilar, trifilar y unifilar de protecciones y de medición de todas las subestaciones y centrales a su cargo. Puntos de sincronización. Esquemas remediales (de sobrecarga en subestaciones y líneas de transmisión, bajo voltaje, baja frecuencia, sobre-frecuencia, disparos automáticos de generación, disparos automáticos de elementos de la red, etc.). Capacidades de elementos serie (TC’s, cuchillas, tipo y calibre de conductor, Trampas de Onda, etc.). Ajustes de protecciones. Capacidad de transformadores de potencia. Parámetros de elementos. Sistemas de comunicaciones. Así como cualquier otra información necesaria para garantizar la seguridad del sistema eléctrico.
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TELEMEDICIÓN Y MEDIDORES DE ENERGÍA La telemedición de variables y estados de la energía de las instalaciones del sistema eléctrico, deberá llegar a los Centros de Control de las Áreas ó Subáreas de Control en forma directa. El mantenimiento y la atención de las fallas en los equipos de medición es responsabilidad de las áreas de Transmisión, Generación, Distribución y Permisionarios, según corresponda.
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UNIDADES TERMINALES REMOTAS, COMUNICACIONES Y REGISTRADORES Todas las instalaciones deberán contar con unidades terminales remotas (UTR) y con equipos de comunicación; los datos deberán enviarse al CENACE. Además, el CENACE determinará las instalaciones en las que se requieran registradores dinámicos de eventos, unidades fasoriales de medición o dispositivos similares que permitan censar las condiciones del sistema eléctrico. El responsable de la estación tiene la obligación de su instalación y mantenimiento.
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OPERADORES Actividades propias del turno - Los trabajadores que intervengan o deban intervenir en la operación, tendrán, además, de las obligaciones consignadas en este Reglamento, las que les impongan otros ordenamientos internos o de índole legal aplicables. - Sólo el Operador en turno está autorizado para ordenar o ejecutar maniobras en el equipo a su cargo. - En todas las maniobras que efectúe el Operador a control remoto, se le tendrá como Operador de estación con las limitaciones del caso.
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CONDICIONES DE EMERGENCIA En caso de Disturbio o Emergencia el Operador deberá atender prioritariamente la operación y deberá coordinarse con el Operador de nivel operativo superior o inferior según corresponda. Una vez resuelta la Emergencia deberá informar a sus superiores y entidades involucradas. - Durante cualquier estado operativo que guarde el SEN, el orden jerárquico deberá ser invariablemente respetado; así por ejemplo, las instrucciones del Supervisor del Centro Nacional prevalecerán sobre las del Operador del Área de Control. - En casos de Emergencia, tales como: peligro de muerte, daños en el equipo, incendio, inundación, etc., el Operador deberá tomar la iniciativa para evitar o reducir los daños, ejerciendo precauciones extremas al efectuar las maniobras que crea convenientes; tan pronto como le sea posible, deberá informar de lo anterior al Operador de nivel operativo superior y a quien corresponda. - En caso de Disturbio el Operador del CENACE puede ordenar la formación de islas eléctricas con las unidades generadoras, cuando así convenga para el restablecimiento de las condiciones operativas normales y corresponderá a los Operadores de los diferentes niveles operativos inferiores coordinarse y seguir los procedimientos de restablecimiento que se indiquen. - En ausencia de un Operador de estación, todo trabajador involucrado y facultado en la operación se convierte automáticamente en Operador de estación, con las obligaciones que le imponga este Reglamento.
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LICENCIAS Es la autorización especial que se concede a un trabajador para que éste y/o el personal a sus órdenes se protejan, observen o ejecuten un trabajo en relación con un equipo o parte de él, o en equipos cercanos, “en estos casos se dice que el equipo estará en Licencia”. Licencia de Emergencia. Es toda Licencia que se solicita para realizar trabajos inmediatos en elementos, dispositivos o equipos que se encuentran en condiciones críticas de operación. Licencia programada. Es toda Licencia que se solicita para realizar trabajos de mantenimiento preventivo en elementos, dispositivos o equipos que se encuentran en condiciones normales de operación. Licencia en vivo. Es la autorización que se concede a un trabajador para que éste y/o el personal a sus órdenes, ejecute un trabajo en equipo energizado. Licencia en muerto. Es una autorización que se concede a un trabajador para que éste y/o el personal a sus órdenes, ejecute algún trabajo en equipo desenergizado. Licencia para casos especiales. Es la autorización que se concede a un trabajador sobre un conjunto de equipos de una estación o grupo de estaciones para que éste pueda ordenar directamente en el lugar de trabajo a los Operadores de estación, una serie de maniobras o de eventos a ejecutarse en dicha estación, bajo un programa previo y aprobado por la autoridad correspondiente de los Centros de Control, según corresponda.
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SISTEMAS DE REGULACIÓN Y UNIDADES DE ARRANQUE NEGRO El CENACE, llevará a cabo las pruebas de regulación primaria que considere necesarias con o sin aviso previo, con el fin de evaluar y verificar el cumplimiento a los estándares establecidos en los criterios de confiabilidad; todos los generadores participarán en dichas pruebas. Todas las unidades iguales o mayores de 10 MW deberán instalar y mantener dispositivos de medición de variables eléctricas que permitan verificar el desempeño de la regulación primaria y secundaria, si es el caso. Los sistemas de regulación de voltaje y estabilizadores de potencia de los generadores deberán operar en forma continua y automática, dentro de los rangos establecidos y conforme a los criterios de confiabilidad.
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Las unidades en las que la operación de sus sistemas de regulación primaria, secundaria, regulador automático de voltaje o estabilizador de potencia pongan en riesgo la seguridad, estabilidad o confiabilidad del SEN, serán desconectadas de la red, hasta que se realice la reparación o ajuste de dichos sistemas por el área de generación o Permisionario responsable. Durante este tiempo, la unidad generadora estará indisponible y tomará su Licencia correspondiente. El CENACE establecerá el requerimiento de capacidad de arranque negro en los lugares donde se tenga capacidad de transmisión para conectar unidades de generación de arranque negro al bus de servicio de unidades generadoras. Arranque Negro. Es el arranque que efectúa una unidad generadora con recursos propios
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DESPACHO El CENACE recibirá las ofertas de capacidades declaradas para la prestación del servicio público por parte de las centrales de generación, así como los límites técnicos de operación referidos a condiciones ambientales u otras restricciones, tanto pertenecientes a la Comisión como las de los particulares con los que dicha entidad tenga contrato. El despacho se realizará estrictamente en el orden creciente de su respectivo costo total de corto plazo o precio propuesto, según sea el caso, considerando las Externalidades por tipo de tecnología, hasta lo que se requiera para satisfacer en cada momento la demanda, salvo por razones de seguridad o en circunstancias y condiciones de Emergencia técnica en las que por Fuerza Mayor o Caso Fortuito, el servicio público de energía eléctrica pudiera interrumpirse, restringirse o sufrir daño considerable. Forman parte del despacho las opciones de importación o exportación de energía eléctrica en los casos que proceda para beneficio del servicio público.
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