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Publicada porMIRIAM SAEZ Modificado hace 4 años
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LOGO Documentos Mercantiles Miriam Saez
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Contenido Contador Auditor Boletas de ventas y servicios no afectas exentas Rollos de máquinas registradoras Boletas de ventas y servicios Facturas de ventas y serv. no afectas Facturas
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Contenido Contador Auditor Boletas de honorarios Notas de crédito Notas de débito Guías de despacho Facturas de compras
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Contenido Contador Auditor Documento SRF Documento Zeta, zofri. Libro de compra y venta Boletas de prestación de servicios de terceros Boletas + entradas de espectáculos Factura de Importación
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Factura ¿Qué es una factura? Es un documento mercantil que refleja toda la información de una operación de compraventa. La información fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a pagar en relación a existencias, bienes de una empresa para su venta en eso ordinario de la explotación, o bien para su transformación o incorporación al proceso productivo, además de indicar el tipo de IVA que se debe aplicar. Contador Auditor
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Factura Contador Auditor
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Factura Contador Auditor
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Facturas de ventas y servicios no afectos o exentos de iva Contador Auditor Para su timbraje debe indicarse en el Form.3230 el Código 32. a) Deben cumplir, además de los requisitos contemplados en el artículo 69 del D.S. 55 de Hacienda, de 1977, reglamentario del D.L. 825, de 1974, con las características que para la emisión de los documentos establece la Resol. Ex. Nº 1661 de 08-07-85 (Circular Nº 33 de 1985), en lo que no se encuentre modificado por la Resolución. b) Ser numeradas en forma correlativa e impresa (del uno al infinito), conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Nº Ex. 2107 de 01-12-83, ampliada por Resol. Ex. N° 2252 de 29-12-83 y modificada por Resoluciones Números Ex. 5285 y 4947 de fechas 22-09-93 y 20-08-98, respectivamente.
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Facturas de ventas y servicios no afectos o exentos de iva www.santotomas.cl Contador Auditor c) Llevar impresos en forma completa el nombre o razón social del contribuyente que la otorga, dirección, comuna, actividad, y si tiene sucursales las direcciones y comunas de éstas. d) Timbradas por el Servicio de Impuestos Internos, en la Unidad correspondiente a la jurisdicción de la casa matriz; e) Llevar impreso dentro del recuadro rojo el nombre del documento:"FACTURA DE VENTAS Y SERVICIOS, NO AFECTOS O EXENTOS DE IVA". f) No llevar impreso ni preimpreso el porcentaje de IVA ni monto de éste. g) Indicar en forma completa el nombre o razón social del cliente, su número de RUT, dirección, comuna y actividad o giro al momento de emitirse;
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Facturas de ventas y servicios no afectos o exentos de iva Contador Auditor h) Indicar la naturaleza y el monto de la operación; i) Señalar fecha de emisión; j) Otorgarse a las personas naturales o jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica que sean contribuyentes de la Ley sobre Impuesto a la Renta, salvo los señalados en el Art. 42 Nº 1 de dicha Ley.
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Boletas de ventas y servicios no afectos o exentos de iva Contador Auditor h) Indicar la naturaleza y el monto de la operación; i) Señalar fecha de emisión; j) Otorgarse a las personas naturales o jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica que sean contribuyentes de la Ley sobre Impuesto a la Renta, salvo los señalados en el Art. 42 Nº 1 de dicha Ley.
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Factura www.santotomás.cl Contador Auditor
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Boletas de ventas y servicios Contador Auditor Para su timbraje debe indicarse en el Form.3230 el Código 38. a) Llevar impreso en el ángulo superior derecho la siguiente leyenda: "BOLETA DE VENTAS Y SERVICIOS, NO AFECTOS O EXENTOS DE IVA"; b) Ser numeradas en forma correlativa e impresa (del uno al infinito), conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Nº Ex. 2107 de 01-12-83, ampliada por Resol. Ex. Nº 2252 de 29-12-83 y modificadas por Resoluciones Números Ex. 5285 y 4947 de fechas 22-09-93 y 20-08-98, respectivamente. c) Timbradas por el Servicio de Impuestos Internos, en la Unidad correspondiente a la jurisdicción de la casa matriz;
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Boletas de ventas y servicios Contador Auditor d) Emitirse en duplicado, entregando la copia al cliente y conservando el original para posterior revisión por este Servicio; e) El destino de las divisionales deberá indicarse en el vértice inferior derecho del documento y en dirección horizontal, como sigue: Original = Servicio de Impuestos Internos Duplicado = Cliente La emisión de más ejemplares que los obligatorios será facultativo para el contribuyente, pero deberán señalar su destino, como por ejemplo: Triplicado = Cobranza Cuadruplicado = Contabilidad
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Boletas de ventas y servicios Contador Auditor f) Llevar impresos en forma completa el nombre o razón social del contribuyente que la otorga, su número de RUT, dirección, comuna, actividad o giro, y si tiene sucursales las direcciones y comunas de éstas. Al otorgarse: g) Señalar fecha de emisión; h) Consignar la naturaleza y monto de la operación. 3.- En los casos de los servicios y de las operaciones realizadas en virtud de las actividades del Nº 5 del artículo 20º de la Ley de la Renta, los contribuyentes podrán optar por emitir boletas nominativas, las que, además de los requisitos indicados en el Nº 2 precedente, deben cumplir lo siguiente: - Consignar en forma completa el nombre o razón social del beneficiario del servicio, su número de RUT, domicilio, comuna y actividad o giro;
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Rollos de máquinas registradoras Contador Auditor
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Máquinas registradoras Contador Auditor Rollos de Máquinas Registradoras. Art. 52 e Inc. 2 del Art. 56 del DL 825 y Art. 69 del Reglamento. Permite legalizar y respaldar las diferentes operaciones comerciales. Debe solicitar verificación de actividad al SII antes de timbrar por primera vez los documentos con derecho a crédito fiscal de IVA (facturas, guías de despacho, notas de débito, por ejemplo). Para tal efecto, un funcionario acude al domicilio para verificar la actividad declarada.
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Máquinas registradoras Contador Auditor La máquina registradora "mecánica" o "electromecánica" llevará dos sellos oficiales del SII: La cubierta de la máquina irá unida a la base de la misma, mediante un sello, de modo que dicha cubierta no pueda ser removida sin que inutilice el sello y La base de la máquina irá unida al mesón o mueble en que se encuentre, por medio de otro sello oficial. En cambio, la caja registradora "electrónica" llevará sólo este último sello. La destrucción o alteración de los sellos o cualquier otra operación destinada a desvirtuar la aposición de los mismos, será sancionada, según lo indicado en el artículo 97, Nº 13, del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario. "Los rollos de auditoría de las máquinas registradoras autorizadas, deberán numerarse del 1 al infinito, en el establecimiento o la Casa Matriz, en el caso de existir autorizaciones de máquinas en las sucursales.
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Facturas electrónica Contador Auditor Relacionadas con la forma: Dimensiones mínimas 81.5 mm de ancho 85 mm de alto. La numeración debe ser correlativa. En el caso de contribuyentes que desarrollen actividades en más de un establecimiento o sucursal, deberán emitir sus documentos con numeración no correlativa conforme a la resolución Nº 2107 de 1983 del S.I.I. Los ejemplares llevarán Impresa la leyenda que indique su destino en el vértice inferior derecho del documento e inferior derecho horizontal, por ejemplo: original: cliente; duplicado: Servicio de Impuestos Internos, etc. Debe estar timbrado con el sello oficial por el Servicio de Impuestos Internos; previo a su emisión por el comerciante.
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Facturas de compras Contador Auditor Rol único tributario del emisor del documento, el nombre del documento (la palabra factura) y su número correlativo deberán ser impresos en un recuadro de 4 cm. De altura por 8 cm. De largo, enmarcado por una línea de un milímetro de grosor. Dicho recuadro estará ubicado en el ángulo superior derecho del documento, a 0.5 cm del corte y de color rojo. Relacionadas con emisión: Fecha de emisión del banco Numeración correlativa relacional Nombre completo o razón social y número de RUT del contribuyente emisor además de su RPM. Nombre completo o razón social y número de Rol único tributario del destinatario.
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Facturas de compras Contador Auditor Domicilio completo del establecimiento. Giro del negocio. Detalle de las mercaderías transferidas o naturaleza del servicio sin aludir el código de esta. Detalle de la mercadería transferida, precio unitario y monto de las operaciones. El detalle de las mercaderías y el precio unitario podrán emitirse cuando se hayan emitido oportunamente las correspondientes guías de despacho. Indicar separadamente la cantidad recargada por completo de impuesto cuando procedan. Indicar Nº y fecha de la guía de despacho cuando procedan.
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Facturas de compras Contador Auditor Indicar las condiciones de venta, por ejemplo al contado, al crédito, mercadería puesta en bodega, etc. Las copias podrán emitirse con papeles y colores o tintas diferentes de la original y no deberán llevar impreso ningún tipo de fondo. Debe tener sello 3ºB de validación.
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Guía de despacho Contador Auditor Las guías de despacho son documentos que deben emitirse obligatoriamente por vendedores y prestadores de servicios. Dicha emisión debe realizarse cuando se haya optado por postergar la entrega de la factura en una venta y cuando se trasladen bienes (independiente de que eso constituya una venta). ¿Qué debe contener una guía de despacho? Fecha. Debe ser la del día del envío y/o traslado de las especies al comprador. Nombre, dirección, RUT del vendedor y del comprador. Las guías de despacho deben ser numeradas correlativamente, contener el detalle y precio unitario de las especies enviadas o retiradas y ser timbradas por el Servicio de Impuestos Internos.
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Guía de despacho Contador Auditor Estos documentos deben emitirse en cuadruplicado. El original y segunda copia se entregarán al comprador, quien adherirá el original a la factura que posteriormente reciba. Por su parte, el vendedor, deberá conservar los duplicados de las guías durante seis años, con indicación del número de la correspondiente factura. Información obligatoria de las guías de despacho Las guías de despacho deben indicar de manera obligatoria la siguiente información al pie de imprenta: Nombre o Razón Social del impresor de los textos y su domicilio. Optativamente se puede incluir el teléfono, RUT y nombre de fantasía, entre otros.
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Guía de despacho Contador Auditor ¿Cuál es el plazo para facturar una guía de despacho? La guía de despacho se puede efectuar hasta el décimo día del mes siguiente de realizadas las operaciones. Recuerda que puedes emitir este y otros documentos tributarios electrónicamente.
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Nota de débito Contador Auditor Nota de débito Las notas de débitos se utilizan para modificar facturas otorgadas con anterioridad, emitidas al mismo comprador o beneficiario del servicio. Deben cumplir los mismos requisitos exigidos para las facturas. No existen plazos para emitir una nota de débito. Pero, hay que tener presente que si emiten pasados los 3 meses, los involucrados no pueden aprovechar el iva.
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Nota de débito Contador Auditor Casos en que se puede emitir una nota de débito. Se pueden emitir estos documentos para aumentar el valor de una factura en los siguientes casos: Aumento por diferencias de precios. intereses por operaciones a plazo por fastos de cobranza de una factura para dejar sin efecto la emision de una nota de crédito en general, por cualquier motivo que se aumente el monto de lo facturado.
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Nota de débito Contador Auditor Datos que deben llevar impresos las notas de débito: Debe decir "nota de débito" o "nota de crédito" Nombre o razón social del emisor Número de Rut Domicilio de la casa matriz y sucursales comuna giro del negocio teléfono y casilla,. si corresponde numeración correlativa única para el documento (folio)
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Nota de débito Contador Auditor Datos que deben ser llenados al emitir una nota de débito: identificación del destinatario con el nombre o razón social, Rut, giro, comuna y teléfono fecha de emisión del documento detallar el concepto por el que se emite el documento, tratándose de mercaderías, deben detallarse igual que en una factura las notas débito o crédito son documentos o comprobantes que las empresas hacen para realizar un ajusto a una cuenta de terceros, ya sea por errores o por el cambio de condiciones que generan un amyor o menor valor de la respectiva cuenta.
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Nota de débito Contador Auditor
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Nota de crédito www.santotomas.cl Contador Auditor La nota de crédito se emplea a la inversa de la nota de débito, (para documentar un crédito a favor de otra persona) por lo común, un cliente, por roturas de mercaderías vendidas, rebajas de precio, devoluciones o descuentos especiales o por errores de factura en virtud de los cuales el importe de ésta es superior al que verdaderamente corresponde. Requisitos o datos de la nota de crédito: Fecha. Nombre y domicilio de quien la emite. Nombre y domicilio de la persona para quien se extiende. Número de la nota de crédito. Naturaleza del crédito e importe.
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Nota de crédito Contador Auditor
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Boletas de honorarios Contador Auditor Boletas de honorarios Documento emitido por los ingresos generados en las prestaciones de servicios personales por las actividades clasificadas en la segunda categoría de la ley de la renta. Deben emitir este tipo de documentos, entre otros, los profesionales, personas que desarrollen ocupaciones lucrativas. Sociedad de profesionales, directores, y consejeros de Sociedades anónimas y auxiliares de la administración de justicia.
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Boletas de honorarios Contador Auditor Requisitos para efectuar este tipo de documentos son los siguientes: A= Por internet Haber dado aviso de inicio de actividades de segunda categoría ante el SII. Realizar actividades gravadas por el art. 42, Nº 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta. No registrar anotaciones negativas en el sistema del SII que restrinjan el timbraje de boletas de honorarios. Contar con una clave secreta que permita acceder alñas aplicaciones dispuestas para los contribuyentes en la Oficina Virtual del SII.
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Boletas de honorarios www.santotomas.cl Contador Auditor B= Por papel: Haber dado inicio de actividades de segunda categoría ante el SII. Realizar actividades gravadas por el Art. 42, Nº de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Mandar a confeccionar los talonarios de boletas de honorarios a una imprenta. Llenar el formulario 3230, para el timbraje de las boletas de honorarios y acudir ala Unidad del SII para que sean timbradas.
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Boletas de honorarios www.santotomas.cl Contador Auditor
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Boletas + entradas de espectáculos www.santotomas.cl Contador Auditor OBLIGACIONES DE EMITIR FACTURAS Y BOLETAS ESPECIALES POR LAS VENTAS Y SERVICIOS NO AFECTOS O EXENTOS DE IVA El Servicio de Impuestos Internos ha dispuesto la obligación de emitir facturas y boletas especiales tanto por las ventas y servicios no afectos a IVA como aquellos exentos de este tributo. A continuación reseñaremos los pormenores de esta obligación que fue establecida por Resolución N° 6080, modificada por la N° 6444, ambas publicadas en el Diario Oficial del 16 y 29 de Septiembre de 1999, en forma respectiva y considerando las instrucciones del Servicio aludido, contenidas en su Circular N° 53, de 1999.
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Boletas + entradas de espectáculos www.santotomas.cl Contador Auditor Oportunidad en que deben emitirse las facturas y boletas especiales Las facturas y boletas especiales deben emitirse en la oportunidad que señala el artículo 55 del D.L. N° 825, de 1974, es decir, respecto de la venta exenta o no gravada de bienes corporales muebles (activo fijo por ejemplo), se deben emitir en el momento en que se efectúe la entrega real o simbólica de las especies. En los casos de prestaciones de servicios no gravados o exentos, las facturas deberán emitirse en el mismo mes en que la remuneración se perciba o se ponga a disposición del prestador del servicio, y las boletas deberán emitirse en el momento mismo en que ocurra dicha percepción o puesta a disposición. Estos documentos no podrán reemplazarse por las facturas o boletas que usan habitualmente los contribuyentes para las operaciones que tributan como el IVA.
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Boletas + entradas de espectáculos www.santotomas.cl Contador Auditor Requisitos y características de las boletas especiales Deben llevar impreso en el ángulo superior derecho la siguiente leyenda: "BOLETA DE VENTAS Y SERVICIOS, NO AFECTOS O EXENTOS DE IVA". Deben ser numeradas en forma correlativa e impresa, del uno al infinito. Deben ser timbradas por el Servicio de Impuestos Internos. Para su timbraje s e utilizará el formulario 3230, indicándose el Código 38. Deben emitirse en duplicado, entregando la copia al cliente y conservando el original.
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Boletas + entradas de espectáculos www.santotomas.cl Contador Auditor El destino de las divisionales deberá ser indicado en el vértice inferior derecho del documento en dirección horizontal, como sigue: Original = Servicio de Impuestos Internos. Duplicado - Cliente. La emisión en más ejemplares que los obligatorios será facultativo para el contribuyente, pero deberán señalar su destino. Deben llevar impresos en forma completa el nombre o razón social del contribuyente que la otorga, su número de RUT, dirección, comuna, actividad o giro y las direcciones y comunas de las sucursales. La obligación de emitir facturas y boletas especiales por ventas y servicios, no afectos o exentos de IVA, rige a contar de 01 de Enero del año 2000.
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Boletas de prestación de servicios de terceros www.santotomas.cl Contador Auditor ¿Qué es la Boleta de Prestación de Servicios de Terceros Electrónica? La Boleta de Prestación de Servicios de Terceros Electrónica es la representación informática de un documento tributario generado electrónicamente, que reemplaza al documento físico en papel, pero con idéntico valor legal. Una empresa que emite boletas de prestación de servicios de terceros pueden emitirlas electrónicamente, para lo cual debe ingresar al sitio Web del SII, menú Boletas de Honorario Electrónicas, opción Boletas de Prestación de Servicios de Terceros Electrónicas (BTE)
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Boletas de prestación de servicios de terceros www.santotomas.cl Contador Auditor Características generales Las boletas de prestación de servicios de terceros electrónicas emitidas a través de Internet, tendrán la misma validez tributaria que las boletas de prestación de servicios de terceros emitidas desde los talonarios de papel. Este tipo de documento, tendrá numeración única correlativa, y será independiente de la numeración correlativa de los talonarios de boletas que son timbrados en las Unidades del SII. Los contribuyentes podrán emitir boletas de prestación de servicios de terceros electrónicas o boletas de prestación de servicios de terceros de papel, en forma independiente y paralela.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor ¿Qué es el libro de compra y ventas? El Libro de Compra-Venta es un registro obligatorio de datos contables que se realiza para un período tributario (mes- año), dando origen a un resumen y detalle de las transacciones entre facturas y boletas. En él se registran las compras y ventas diarias que realiza el contribuyente con el objetivo de determinar,declarar y pagar el IVA en el SII el día 12 de cada mes. Es necesario dictar instrucciones en relación a la forma en que deben cumplir sus obligaciones tributarias, por los impuestos que se devenguen en las operaciones de ventas de productos o prestación de servicios que se efectúen.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor Una vez de haber iniciado sus actividades con permiso del S.I.I. y la municipalidad de la residencia, el comerciante podrá utilizar talonarios de boletas, guías de despacho y facturas timbradas por el S.I.I. para su negocio habitual, respaldando así las ventas y compras realizadas en dicho negocio. En forma previa deberá dejar constancia en el libro de compra-venta mensualmente los documentos emitidos, es decir, boletas y facturas.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor Los contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado y al Impuesto Adicional, deben llevar un solo Libro de Compras y Ventas, en el cual deben registrar día a día todas sus operaciones: de compra de ventas de importaciones de exportaciones de prestaciones de servicios, etc. Incluyendo separadamente aquellas que recaigan sobre bienes y servicios exentos. En este sentido, los vendedores y prestadores de servicios podrán llevar un número mayor de libros de acuerdo a sus necesidades contables. Pudiendo trabajarlas en un sistema más amplio como en programas computacionales contables.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor Registrando relevantes en la base de datos del libro de compra -ventas”El o los libros especiales que tienen la obligación de llevar los contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado y al Impuesto Adicional, deben observar las formalidades legales establecidas para los libros de contabilidad principales y en ellos se registrarán los siguientes datos: Número y fecha de las Facturas, Liquidaciones, Notas de Crédito o de Débitos, emitidas por los contribuyentes; Individualización del proveedor o prestador de servicios; Número del RUT o RUN del proveedor o prestador de servicios;
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor Monto de compras o ventas, prestación o utilización de servicios exentos consignados en los referidos documentos; Monto de compras o ventas, prestación o utilización de servicios afectos consignados en los mismos, y Impuesto recargado en las compras, en las ventas de bienes o en las prestaciones de servicios, según conste en las facturas, notas de crédito o de débito.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor Resumen separado de la base imponible, Débitos y Créditos p0r el IVA”Al final de cada mes se hará un resumen separado de la base imponible, Débitos y Créditos Fiscales para el Impuesto al Valor Agregado y la base imponible de los Impuestos Especiales a las Ventas y Servicios, cuando corresponda. Este resumen deberá coincidir exactamente con los datos que deben anotarse en el formulario de declaración y pago de estos impuestos, previo los ajustes que procedan por las Notas de Crédito y Débito recibidas o emitidas en el período tributario respectivo. Todas las anotaciones efectuadas en estos libros deben justificarse con la documentación legal correspondiente. (Artículo 75° del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios)
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor e) Al fin de cada mes, deben registrar resumidamente: El total de las ventas o servicios afectos correspondientes a ese período tributario, separando el monto neto y el impuesto incluido, y el total de las ventas o servicios exentos. Siendo finalmente fiscalizadas las declaraciones de todos los registros contables del libro de compra-ventas ya declaras por Servicios Impuestos Internos una vez al año, pudiendo solicitar cierta documentación de los periodos de transacciones para confirmar su veracidad.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor Los contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado cuando emitan boletas, deben anotar diariamente, en el libro de Compras y Ventas, los siguientes datos: (Artículo 76° del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios) a) Año, mes y día del respectivo documento, b) El número de la primera y la última Boleta de cada talonario usado en forma correlativa (En el caso que se emplee simultáneamente más de un talonario, la exigencia establecida se hará efectiva respecto de cada uno de ellos). c) El monto total de las operaciones diarias, incluyendo separadamente aquellas inferiores al monto mínimo sobre el cual exista la obligación de otorgar el documento, d) Las ventas de especies y prestación de servicios gravadas y exentas.
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Libro de Compra y Ventas www.santotomas.cl Contador Auditor d) Las ventas de especies y prestación de servicios gravadas y exentas. e) Al fin de cada mes, deben registrar resumidamente: El total de las ventas o servicios afectos correspondientes a ese período tributario, separando el monto neto y el impuesto incluido, y el total de las ventas o servicios exentos. Siendo finalmente fiscalizadas las declaraciones de todos los registros contables del libro de compra-ventas ya declaras por Servicios Impuestos Internos una vez al año, pudiendo solicitar cierta documentación de los periodos de transacciones para confirmar su veracidad.
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Documento Zeta www.santotomas.cl Contador Auditor DOCUMENTOS BASICOS PARA LA CONFECCION DEL Z: 1-Orden de embarque (B/L). 2-Póliza de seguro. 2-Factura comercial. 3-Lista de packen.
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Documento Zeta www.santotomas.cl Contador Auditor CONFECCION DEL Z. Existe un formulario único diseñado para confeccionar el Z, en el cual se deben incorporar todos los datos de los documentos básicos, mas el código arancelario del producto. Este documento es muy importante, en él se registrará el valor CIF unitario (por item), y el valor CIF total de las mercancías. Cada usuario de ZOFRI tiene un inventario registrado por aduana y este es el documento que ampára ese registro de ingreso. La descarga del inventario se hace a traves de las ventas que tambien son registradas por aduana mediante la visación de los documentos de venta.
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Documento Zeta www.santotomas.cl Contador Auditor QUE ES EL VALOR CIF: es el valor costo de las mercancías, que incluye el valor del seguro,el valor del flete, y a veces se incorporan los gastos adicionales (no es muy usual). Para pagar los derechos aduaneros e impuestos generalmente sobre este valor CIF, se cancelan los derechos aduaneros e impuestos.
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Documento Zeta www.santotomas.cl Contador Auditor COMO SE OBTIENE EL VALOR CIF. Se deben sumar los siguientes valores: 1-El valor total del.........................FOB 2-El valor del................................Seguro (o el 2% del valor FOB) 3-El valor del................................Flete (o el 5%del valor FOB) total.........................................CIF
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Documento Zeta www.santotomas.cl Contador Auditor CONFECCION DEL Z. Existe un formulario único diseñado para confeccionar el Z, en el cual se deben incorporar todos los datos de los documentos básicos, mas el código arancelario del producto. Este documento es muy importante, en él se registrará el valor CIF unitario (por item), y el valor CIF total de las mercancías. Cada usuario de ZOFRI tiene un inventario registrado por aduana y este es el documento que ampára ese registro de ingreso. La descarga del inventario se hace a traves de las ventas que tambien son registradas por aduana mediante la visación de los documentos de venta.
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Documento SRF www.santotomas.cl Contador Auditor Documento SRF(solicitud registro factura): Este documento es para comerciantes de la primera región y también para la compra de vehículos, pero solamente para personas de la primera región. El SRF es foliado, timbrado por el SII y visado por aduana y enumerado. En el se registra el valor CIF del producto, el valor de la venta al consumidor.
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Factura de Importación www.santotomas.cl Contador Auditor Factura de Importación Este documento es para comerciantes de régimen general (desde la segunda región hasta la décima región). Esto se define como una importación, es decir, las mercancías deben cancelar todos los derechos aduaneros e impuestos, y la cantidad de mercancías que se pueden comprar no tiene restricción. Se pueden comprar por contenedores si asi lo desea el cliente. Esta gestión comercial debe ser realizada por un agente de aduana.
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Documento SRF www.santotomas.cl Contador Auditor Documento SRF(solicitud registro factura): Este documento es para comerciantes de la primera región y también para la compra de vehículos, pero solamente para personas de la primera región. El SRF es foliado, timbrado por el SII y visado por aduana y enumerado. En el se registra el valor CIF del producto, el valor de la venta al consumidor.
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