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Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

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Presentación del tema: "Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA"— Transcripción de la presentación:

1 Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA
1 Septiembre 2019 Subdirección de Asistencia al Contribuyente

2 Índice Introducción Conceptos Básicos Nómina de Contribuyentes.
Publicación de Nóminas. Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto. Emisión de Factura de compra por Agentes Retenedores.

3 Resolución Ex. SII N° 42 del 30 de abril 2018
1.- Introducción sii.cl Resolución Ex. SII N° 42 del 30 de abril 2018 Establecer una nueva regulación referida al cambio de sujeto y redefinir los requisitos para obtener la calidad de agente retenedor y de contribuyente sujeto a retención. Haciendo uso de la facultad del inciso tercero del artículo 3° del D.L. N° 825 del 1974, se decidió cambiar el sujeto de derecho de IVA, traspasando la responsabilidad de retener, declarar y enterar el tributo a un grupo reducido de contribuyentes que tienen como proveedores y prestadores de servicios a contribuyentes que reiteradamente presentan brechas de cumplimiento tributario asociadas a las obligaciones del IVA. Es una medida que forma parte del Modelo de Cumplimiento que el Servicio se encuentra aplicando, el que considera acciones de tratamiento proporcionales al nivel de cumplimiento de los contribuyentes. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

4 2. Conceptos Básicos

5 2.- Conceptos Básicos sii.cl
Conceptos básicos del Cambio de Sujeto Contribuyentes Sujetos a Retención: Los vendedores y prestadores de servicios que hayan sido incorporados a la “Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención” por presentar constantes brechas de cumplimiento. Agentes Retenedores: Contribuyentes incluidos en la “Nómina de Agentes Retenedores” que asumen, desde su incorporación, la calidad de sujeto del impuesto, quedando obligados a retener, declarar y enterar en arcas fiscales el total del IVA de las ventas que les efectúen y/o servicios que les presten a Contribuyentes Sujetos a Retención. Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención: Estará conformada por Contribuyentes (vendedores y/o prestadores de servicios) que el SII determinó que cuando realicen ventas o presten servicios a contribuyentes que son Agentes Retenedores no podrán emitir las Facturas por dichas ventas. Nómina de Agentes Retenedores: Estará conformada por contribuyentes que asumen la calidad de sujeto del impuesto, quedando obligados a retener, declarar y enterar en arcas fiscales el total del IVA de las ventas que les efectúen o servicios que les presten Contribuyentes Sujetos a Retención. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

6 3.Nómina de Contribuyentes

7 3.- Nómina de Contribuyentes sii.cl
Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención Aquellos contribuyentes que presenten reiteradamente, (dos o mas periodos), entre otras, las siguientes brechas de cumplimiento tributario asociadas a las obligaciones del IVA: Omisión de declaraciones de F29, habiendo emitido DTE con DF. Subdeclaración de DF en sus F29, habiendo emitido DTE superiores a los declarados. Sobre-declaración de IVA CF en sus F29, en relación a los DTE recibidos. Aquellos contribuyentes que presenten de forma reiterada, (dos o mas periodos), algunas de las siguientes brechas de cumplimiento tributario: Falta de pago de giros emitidos por postergación de IVA . Falta de pago de giros por declaraciones fuera de plazo de IVA. Domicilio inexistente, no ubicado y/o inconcurrente a notificaciones de requerimiento de antecedentes del SII o en recopilación de antecedentes. Falta de declaración del impuesto anual a la renta que implique la omisión de los ingresos facturados. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

8 3.- Nómina de Contribuyentes sii.cl
Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención La permanencia en la Nómina de Contribuyentes Retenidos tendrá una duración mínima de seis meses. El contribuyente retenido podrá ser excluido de la nómina: Si es que solucionó sus brechas de cumplimiento tributario. No haber incurrido en nuevas brechas de cumplimiento tributario. Nota: Corresponde a las brechas descritas en la presente Resolución. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

9 3.- Nómina de Contribuyentes sii.cl
Nómina de Agentes Retenedores Corresponderá al listado al cual se incorporarán, por una o más resoluciones dictadas al efecto, los contribuyentes obligados a actuar como Agentes Retenedores en las operaciones que realicen con Contribuyentes Sujetos a Retención. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

10 4.Publicación de Nóminas

11 4.- Publicación de Nóminas sii.cl
Sitio Nóminas a publicar: Nómina de Agentes Retenedores Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención Se mantiene NDF. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

12 4.- Publicación de Nóminas sii.cl
Publicación de las Nóminas Las Nóminas de Contribuyentes Sujetos a Retención y de Agentes Retenedores serán publicadas semestralmente en la página web del Servicio de Impuestos Internos. Dicha publicación se efectuará el último día hábil de junio y diciembre de cada año. Actualmente se encuentra vigente la Resolución Ex. SII N° 78 de 28/06/2019. Al día siguiente de dicha publicación comenzarán a regir las obligaciones de retención. Los contribuyentes, en el desarrollo de sus operaciones, deberán verificar si su contraparte se encuentra incluida en alguna de dichas nóminas, según corresponda. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

13 4.- Publicación de Nóminas sii.cl
Otras formas de ser incorporados a las Nóminas Los contribuyentes no incluidos en la Nómina de Agentes Retenedores, podrán solicitar su inclusión a la Dirección Regional correspondiente a su domicilio, o a la Dirección de Grandes Contribuyentes, según corresponda, siempre que acrediten que realizan operaciones con contribuyentes incluidos en la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención. El Director Regional o el Director de Grandes Contribuyentes o el Subdirector de Fiscalización, podrán incorporar de oficio a uno o más contribuyentes en la Nómina de Agentes Retenedores, así como también podrán de oficio, incorporar contribuyentes en la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención que presenten brechas tributarias reiteradas. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

14 5.Solicitud de devolución por Cambio de Sujeto

15 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
Los Contribuyentes Sujetos a Retención, a quienes se les retenga totalmente el IVA en virtud de esta Resolución, tendrán derecho a recuperar su crédito fiscal, al igual que el remanente que se origine, imputándolo directamente al débito fiscal producto de otras ventas que generen en el período. Si efectuadas las imputaciones del párrafo anterior, subsistieren créditos fiscales o remanentes que no hayan podido ser imputados por no poseer débitos fiscales suficientes, el contribuyente podrá solicitar su devolución hasta el monto del débito fiscal retenido, o del remanente, si éste es menor, presentando una solicitud ante este Servicio. El monto del IVA recargado y retenido en las “facturas de compra”, será para el Agente Retenedor un impuesto de retención, que deberá declarar y pagar íntegramente en arcas fiscales, sin que opere, a su respecto, imputación o deducción alguna, debiendo incluirse dicho monto total en el reverso del Formulario N° 29 (F29) de declaración y pago simultáneo mensual, en el espacio o línea destinado a declarar “IVA total retenido a terceros (tasa Art. 14 D.L. 825/74)”, código 39. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

16 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
¿A qué se refiere este trámite? Este es un trámite a través de cual los contribuyentes afectados por algún cambio de sujeto, y que por efecto de la retención o anticipo del Impuesto al Valor Agregado, no han podido imputar la totalidad de sus créditos fiscales a los débitos fiscales que han generado, pudiendo pedir la devolución del crédito fiscal del período o del remanente. Esta devolución se efectúa a través de la presentación de la Declaración Jurada, Formulario 3560 (F3560), denominado “Solicitud de Devolución de IVA, por Cambio de Sujeto”, el cual se encuentra en la aplicación que el Servicio de Impuestos Internos (en adelante Servicio o SII) ha dispuesto en su sitio web de Internet Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

17 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

18 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
¿Quiénes deben realizar este trámite? Los contribuyentes afectados por el cambio de sujeto del Impuesto al Valor Agregado de los siguientes productos o servicios y que deseen solicitar la devolución: a) Los vendedores y prestadores de servicios a quienes se les ha retenido total o parcialmente el IVA en cumplimiento de lo dispuesto en cualquiera de las resoluciones de cambio de sujeto de: Arroz, Berries, Chatarra, Construcción, Ganado, Legumbres, Madera, Oro, Papel y Cartón, Especies Hidrobiológicas, Pequeños Productores Agrícolas, Productos Silvestres y Trigo y; aquellos Contribuyentes incorporados en la nómina de sujeto a retención, los cuales no han podido imputar la totalidad de sus créditos fiscales por efectos de la retención de los débitos fiscales. b) Los vendedores adquirentes de productos o beneficiarios de servicios a quienes se recargó el anticipo de IVA, por efectos del cambio de sujeto en la adquisición de Carne o Harina y que no han podido imputar la totalidad de sus créditos fiscales por ser insuficientes sus débitos fiscales de IVA. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

19 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
¿Cuándo se hace este trámite? El plazo dependerá del tipo de devolución del cual se trate: Para los cambios de sujeto de retención: Dentro del mes siguiente al de la retención del tributo, una vez efectuada la declaración y pago simultáneo del Formulario 29 (F29). Para los cambios de sujeto de anticipo de IVA: Dentro del mes siguiente a la declaración del F29 que incluye el último mes de acumulación de remanente. Cambio de sujeto en ventas de carne: la resolución respectiva dispone acumular “Remanente de anticipo de IVA” por un mínimo dos meses. Por tanto la solicitud se hace en el mes siguiente a la declaración del F29 que incluye el último mes de acumulación de remanente. Cambio de sujeto en ventas de harina: la resolución respectiva dispone “Remanente de anticipo de IVA” por un mínimo de seis meses. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

20 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
¿Cuándo se hace este trámite? Para los que deseen solicitar la devolución crédito fiscal IVA por Pequeño Productor Agrícola (PPA): En el mes de junio de cada año, respecto de las compra de los doce meses inmediatamente anteriores. Los contribuyentes que no presenten la solicitud F3560 dentro del plazo indicado anteriormente y que se puedan acoger a lo establecido en el artículo 126 del Código Tributario, deberán efectuar este trámite, dentro del plazo de tres años, a contar del día 1° del mes siguiente al periodo en que se efectuó la retención del tributo. Para ello deberán usar el mismo F3560, indicando dentro de este, en el recuadro A. “Caracterización de Cambio de Sujeto”, específicamente código 17, que se acoge a dicha disposición. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

21 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
Formularios asociados al trámite: Dichos Formularios deben ser presentados por internet en la página de este Servicio Declaración Jurada, Formulario 3560 (F3560), denominado “Solicitud de Devolución de IVA, por Cambio de Sujeto”. Declaración Jurada 3561 (F3561), Informe de Proveedores: En esta declaración deberán detallar la información contenida en los documentos tributarios que respaldan el crédito fiscal, correspondiente al periodo mensual por el cual solicita la devolución. Declaración Jurada 3562 (F3562), Informe de Ventas con Retención: Se encuentran obligados a presentar esta declaración los solicitantes a quienes se le haya retenido total o parcialmente el IVA. En esta declaración jurada se deberá detallar la información contenida en los documentos tributarios recibidos de adquirentes retenedores. Declaración Jurada 3563 (F3563), Informe de Compras con Anticipo: Se encuentran obligados a presentar esta declaración los contribuyentes a quienes se les ha retenido el anticipo de IVA, por efectos del cambio de sujeto en la adquisición de la Carne o Harina. Las declaraciones juradas 3561, 3562 y 3563 no deben ser presentadas por los Pequeños Productores Agrícola. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

22 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
Documentación a presentar en el SII Una vez realizada la presentación en el sitio web de este Servicio, el Contribuyente deberá concurrir antes de las 12:00 hrs del día hábil subsiguiente al de la publicación de dicho requerimiento con la siguiente documentación: Libros de compra y venta correspondientes al período por el cual solicita devolución (RCV y/o IECV) o desde el período inicial de generación del remanente de crédito fiscal o de anticipo, o desde el período siguiente a la última devolución solicitada, considerando el más antiguo de ellos. En caso de no tener remanente de créditos fiscales de períodos anteriores y ser la primera solicitud, se deberá presentar el libro de compra y ventas de los últimos 6 meses anteriores al período por el cual se solicita la devolución. En el caso de los emisores de documentos tributarios electrónicos (DTE), no será necesario presentar los antecedentes del párrafo anterior, salvo que estos contribuyentes, a la fecha de la solicitud, no hayan presentado los informes electrónicos de compra y venta, correspondientes al período solicitado en la devolución . Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

23 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
Documentación a presentar en el SII Facturas de proveedores, facturas de compra emitidas y recibidas, facturas emitidas, notas de créditos emitidas y recibidas, notas de débitos emitidas y recibidas, guías de despacho emitidas y comprobante del pago de IVA de las importaciones, correspondientes al período por el cual solicita devolución, siempre y cuando ésta documentación sea manual. Otros documentos propios del cambio de sujeto que lo ha afectado (Contratos de Confección y/o Instalación de Especialidades, Actas de Procedencia de Investigaciones, Libros de Control de Existencias de Productos, Formulario de Movimiento Animal, entre otros), correspondientes al período por el cual solicita devolución y de los periodos anteriores de acuerdo a las circunstancias indicadas en la letra a) de este resolutivo. Libros de Contabilidad y/o libros auxiliares obligatorios que correspondan, con sus anotaciones al día y la documentación sustentante. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

24 5.- Solicitud de Devolución por Cambio de Sujeto sii.cl
En el caso de Pequeño Productor Agrícola (PPA) Estos Contribuyentes deberán presentar los siguientes antecedentes: Aviso y/o recibo de contribuciones o certificado de avalúo respectivo de los predios que explote. Todas las facturas de compras con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) retenido y recibidas por las ventas efectuadas del período por el cual solicita la devolución, o en su defecto, certificados emitidos por las empresas adquirentes de productos agropecuarios, donde conste el detalle de las facturas de compra emitidas por las adquisiciones efectuadas al PPA y el Impuesto al Valor Agregado involucrado en cada operación durante el período en revisión. Todas las facturas de proveedores recibidas por las compras y por los servicios utilizados, relacionados con su actividad del período por el cual solicita la devolución. Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

25 6. Emisión de facturas de compra por agentes retenedores

26 6.- Emisión de facturas de compra por agentes retenedores sii.cl
Como consecuencia del cambio total de sujeto del impuesto, los Agentes Retenedores deberán emitir “facturas de compra” y recargar separadamente en ellas el 100% del IVA a retener, el que deberá ser declarado y pagado como un impuesto de retención. El Contribuyente Sujeto a Retención no tiene obligación de emitir factura por esa operación, sin perjuicio de la guía de despacho por el traslado de los bienes, según corresponda. En la factura de compra emitida, se deberá dejar constancia expresa que se ha retenido el 100% del IVA sobre el total de la compra. Por ejemplo: Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

27 6.- Emisión de facturas de compra por agentes retenedores sii.cl
Cambio de Sujeto para el Cumplimiento del IVA

28 ¡MUCHAS GRACIAS! 28 Sepriembre 2019
Subdirección de Asistencia al Contribuyente


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