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Publicada porJuan Luis del Río Modificado hace 6 años
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ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN.
Dr. Arturo Miguel Chípuli Castillo Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana.
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INTRODUCCIÓN Contexto de violencia, corrupción e impunidad.
Desarrollo normativo en materia de rendición de cuentas. Democratización del país. Democracia a la Mexicana: Muchos Retos.
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TEMA 1: CORRUPCIÓN
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Panorama de América Latina
Insatisfacción con la Democracia. Desigualdad Mayor corrupción Mayor Impunidad Desafección Política
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Fuente: Latinobarometro 2018
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En el IPC 2017, México se ubicó en el lugar 135 de 180 países evaluados, con una calificación de 29 de 100 puntos (siendo 100 la calificación más alta y que corresponde a países con poca o nula percepción de la corrupción, y la más baja 0 que se relaciona con países con una muy alta percepción de la misma De acuerdo con la Encuesta de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) realizada por INEGI desde 2011, este problema ocupa el segundo lugar de la percepción de problemas sociales, solo por debajo de la inseguridad y la delincuencia. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Encuesta de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2017, México. la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE). la Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Practicas Ciudadanas (ENCUP) (Secretaría de Gobernación-INEGI). la Encuesta Nacional de Cultura Constitucional (Instituto Nacional Electoral-Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México). los informes sobre observaciones realizadas por la Auditoria Superior de la Federación, los registros de responsabilidad administrativa de la Secretaría de la Función Pública, y la información de la unidad de inteligencia financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
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Definición Es un concepto complejo
Involucra múltiples conductas (es multicausal) Definición Básica: “el abuso de poder encomendado para el beneficio propio” (International Transparency)
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Escalas de la Corrupción
Privatización del Poder Público. Relación de Intercambio contrario a una norma para obtener una ventaja. Relación de Intercambio entre un órgano público y otro privado para obtener una ventaja Relación de intercambio entre un órgano público y otro privado contrario a una norma para obtener una ventaja. Presentación de Intereses privados como públicos. Relaciones entre empresas. Corrupción al interior del mercado. Redes clientelares. Redes informales de intercambio. Puerta giratoria, clientelismo, nepotismo, financiamiento electoral, negociaciones incompatibles. Sobornos, extorción, prevaricación. Más General Menos General
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Tipologías de la Corrupción
Coopta al Estado Practica Aislada Expresión estructural o endémica ¿Quién comete el acto? ¿Donde se comete el acto? Mandos altos (corrupción política) Cooptación del Estado No Coopta al Estado Mandos medios y altos (gran corrupción) No coopta al Estado Mando bajos (pequeña corrupción) Focalizado Generalizado Corrupción administrativa
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Formas de estudiar la corrupción
Causas de la Corrupción Factores Económicos. Factores institucionales Dimensión del Estado Estabilidad Política Educación Recursos naturales Factores culturales y sociales Consecuencias de la Corrupción Legal Política Económica Social Estudios sobre Accountability Transparencia y Rendición de Cuentas Estudios sobre Corrupción Política Campañas electorales Redes clientelares Lógica de la Corrupción Incentivos/Desincentivos DH y Corrupción Consecuencias sobre la vigencia de los DH
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Formula de la Corrupción
C=M+D-R Monopolio de la decisión Pública Discrecionalidad de la Decisión Pública Responsabilidad por la Decisión Pública.
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Corrupción como Problema Público
La Corrupción es un problema de Captura que se traduce en la incapacidad del Estado para controlar el Particularismo.
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Fuente: Vázquez, 2018: 355
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TEMA 2: TRATADOS INTERNACIONALES EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN
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Convención Interamericana contra la Corrupción
Los propósitos de la presente Convención son: 1. Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción; 2. Promover, facilitar y regular la cooperación entre los Estados Partes a fin de asegurar la eficacia de las medidas y acciones para prevenir, detectar, sancionar y erradicar los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio.
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La presente Convención es aplicable a los siguientes actos de corrupción: a. El requerimiento o la aceptación, directa o indirectamente, por un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas; b. El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario público o a una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas;
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c. La realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o para un tercero; d. El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo; y e. La participación como autor, co-autor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo.
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Contenido Medidas Preventivas Soborno Internacional
Enriquecimiento Ilícito Desarrollo Progresivo Asistencia y Cooperación
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Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
La finalidad de la presente Convención es: a) Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción; b) Promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos; c) Promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.
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Contenido Medidas Preventivas Penalización Cooperación Internacional
Recuperación de Activos Asistencia Técnica
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Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales.
Acuerdo legalmente vinculante por el cual los países aceptan tipificar el delito de cohecho de un servidor público extranjero en su legislación nacional. Establece medidas para prevenir, detectar, investigar y sancionar el cohecho internacional. Aborda el cohecho activo Se hace cumplir mediante un grupo de trabajo.
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Objetivo 16 Entre las instituciones más afectadas por la corrupción se encuentran el poder judicial y la policía La corrupción, el soborno, el robo y la evasión impositiva cuestan alrededor de US $ 1,26 billones para los países en desarrollo por año; esta cantidad de dinero podría usarse para ayudar a aquellos que viven con menos de $ 1.25 al día por encima de $ 1.25 durante al menos seis años Se ha registrado el nacimiento del 73% de los niños menores de 5 años, pero solo el 46% del África subsahariana ha registrado su nacimiento Aproximadamente 28.5 millones de niños en edad escolar primaria que no asisten a la escuela viven en áreas afectadas por conflictos El estado de derecho y el desarrollo tienen una interrelación significativa y se refuerzan mutuamente, por lo que es esencial para el desarrollo sostenible a nivel nacional e internacional La proporción de presos detenidos sin sentencia se ha mantenido casi constante en la última década, en el 31% de todos los presos
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Objetivo 16 16.5 Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas 16.6 Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas 16.7 Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades 16.8 Ampliar y fortalecer la participación de los países en desarrollo en las instituciones de gobernanza mundial 16.10 Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales 16.a Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles, particularmente en los países en desarrollo, la capacidad de prevenir la violencia y combatir el terrorismo y la delincuencia
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TEMA 3: ANTECEDENTES DEL COMBATE A LA CORRUPCIÓN Y DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
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Instituciones Coloniales Instituciones Ingleses
Antecedentes Informe Visita Juicio de Residencia Instituciones Coloniales Instituciones Ingleses Impeachment
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Antecedentes La Constitución de Cádiz La Constitución de Apatzingan
Las Bases Constitucionales de 1835 Las Siete Leyes Constitucionales de 1836 La Constitución de 1857 La Constitución de 1917
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La Constitución de 1857 Título IV Constitucional Ley «Juárez»
Reforma Constitucional de 1874 Ley «Porfirio Díaz»
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La Constitución de 1917 Primer Periodo (1917-1982)
Título IV Constitucional Ley «Cárdenas» Ley «López Portillo» Segundo Periodo ( ) La «Renovación Moral» La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos La Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos La Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado Tercer Periodo (2015) El Sistema Nacional Anticorrupción
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Tipología de la Responsabilidad Oficial.
Política Penal Administrativa Civil
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Juicio Político Artículo 109. Los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado, serán sancionados conforme a lo siguiente: I. Se impondrán, mediante juicio político, las sanciones indicadas en el artículo 110 a los servidores públicos señalados en el mismo precepto, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
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Juicio Político Senadores y diputados al Congreso de la Unión
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Los consejeros de la Judicatura Federal Los secretarios de Despacho El Fiscal General de la República Los magistrados de Circuito y jueces de Distrito El consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral Los magistrados del Tribunal Electoral Los integrantes de los órganos constitucionales autónomos Los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.
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Juicio Político Los ejecutivos de las entidades federativas
Diputados locales Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales Miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales Los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía
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Juicio Político Cámara de Diputados Cámara de Senadores
Jurado de Acusación Jurado de Sentencia RESOLUCIÓN
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Responsabilidad Penal
Servidores Públicos Artículo 109 Artículo 111 Código Penal Federal LFRSP
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Código Penal Federal Título Decimo:
Ejercicio ilícito de servicio público Abuso de Autoridad Coalición de Servidores Públicos Uso ilícito de atribuciones y facultades pago y recibo indebido de remuneraciones. Concusión Intimidación Ejercicio abusivo de funciones Tráfico de Influencia Cohecho Cohecho a servidores públicos extranjeros Peculado Enriquecimiento Ilícito Título Undécimo: Capítulo I (Art. 225)
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Art. 111 CPEUM/LFRSP Cámara de Diputados Declaración de Procedencia.
Servidores Públicos art. 111 CPEUM Jurado de Procedencia Separación/No procedencia
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Responsabilidad Administrativa
Instrumento jurídico por virtud del cual se lleva a cabo el control, y en su caso se puede exigir la sanción, de los servidores públicos por la comisión de actos u omisiones que vayan en demerito de los principios de legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus cargos, empleos o comisiones. Artículos 109, fracción III y 113 de la CPEUM.
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Responsabilidad Patrimonial
“la obligación extracontractual, objetiva y directa, que le nace a éste como consecuencia de la comisión, por su actividad administrativa irregular, de los daños y perjuicios en los bienes de los particulares que no tienen la obligación jurídica de sufrirlos” (Juárez, 2008: 135).
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LA EVALUACIÓN EN MÉXICO
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EL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
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OBJETIVO Pasar de una visión orgánica (Comisión Nacional Anticorrupción) a una concepción sistémica (Sistema Nacional Anticorrupción).
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INTERACCIÓN SISTEMÁTICA
SNA SNF SNT
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INTEGRACIÓN DEL SISTEMA
SNA COMITÉ COORDINADOR COMITÉ PARTICIPACIÓN CIUDADANA. COMITÉ RECTOR SNF SLA SNF ASF SFP OFE OICE SNT INAI INEGI AGN
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LAS 7 LEYES ANTICORRUPCIÓN
•Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. •Ley General de Responsabilidades Administrativas. •Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. •Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. •Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. •Reformas al Código Penal Federal. •Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
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Contacto: achipuli@uv.mx
¡¡¡MUCHAS GRACIAS!!! Contacto: FB: Arturo Chipuli
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