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Ley de Insolvencia y Reemprendimiento Temuco, 15 de junio de 2018 Rodrigo Ortiz Krause ORTIZ GONZÁLEZ ABOGADOS CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN.

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1 Ley de Insolvencia y Reemprendimiento Temuco, 15 de junio de 2018 Rodrigo Ortiz Krause ORTIZ GONZÁLEZ ABOGADOS CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN

2 CONTENIDOS Los procesos de la nueva Ley de Insolvencia y Reemprendimiento Nuevas reglas de restructuración de pasivos: el Procedimiento de Reorganización Acciones concursales para hacer efectivos los créditos de su empresa Franquicias tributarias aplicables

3 LOS NUEVOS PROCESOS Empresa Deudora Reorganización Judicial Liquidación Voluntaria Liquidación Forzosa Persona Deudora Renegociación Liquidación Voluntaria Liquidación Forzosa

4 PRINCIPALES INNOVACIONES INTRODUCIDAS POR LA L.I.R. Mas eficiente que los antiguos convenios Liquidación queda para los casos más graves Reorganización pasa a ser la principal herramienta Reorganización: 6 meses Liquidación: 12 meses Procedimientos para personas: 4 meses Procedimientos más expeditos y menos formalizados Veedores: procedimientos Reorganización Liquidadores: procedimientos de Liquidación Síndicos son reemplazados por

5 PRINCIPALES INNOVACIONES INTRODUCIDAS POR LA L.I.R. Noción amplia y funcional: deudor de créditos de capital Toda persona jurídica privada con o sin fines de lucro: Sociedades, E.I.R.L., Comunidades Personas naturales: (1) Tributan Primera Categoría, o (2) Ejercen profesiones liberales “Empresa Deudora” reemplaza al “Deudor Calificado” Organizaciones o sujetos que antes quedaban sujetos a reglas civiles Extensión de los procedimientos concursales “empresariales” Deudor de créditos de consumo Crea procedimientos propios para la “Persona Deudora” Reemplaza las notificaciones por el Diario Oficial Obliga a estar informándose permanentemente Boletín Concursal como medio de notificaciones

6 EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE REORGANIZACIÓN JUDICIAL

7 CARACTERISTICAS DE LA REORGANIZACION Nuevo eje o centro de gravedad de la L.I.R.Conjunto reglas de restructuración de pasivos y activosProceso convencional = negociación Empresa Deudora Tribunal Civil Veedor + S.I.R. Acreedores Quienes intervienen

8 ¿CUANDO ES CONVENIENTE INICIAR UNA REORGANIZACIÓN? Reorganización permite negociar colectivamente Reorganización contempla la participación del Veedor Multiplicidad de acreedores Veedor Asesores Financieros Costos del proceso (inscripciones en los C.B.R., honorarios) Sólo para créditos de cierto tamaño  costos asociados Supervivencia de la Empresa Aprobación del Acuerdo por los acreedores Recomendable cuando hay expectativas reales de: La Reorganización implica completa publicidad de los antecedentes financieros de la Empresa Deudora Publicidad de información

9 SÍNTESIS DEL PROCEDIMIENTO Deudor presenta una Solicitud de Reorganización ante el Juzgado Civil Tribunal dicta la Resolución de Reorganización Deudor presenta una Propuesta de Acuerdo de Reorganización Junta de Acreedores votan si aceptan o rechaza la Propuesta Falla en cualquier etapa del proceso => Liquidación Refleja

10 INCIO DE LA REORGANIZACIÓN La Empresa Deudora es la titular de la Reorganización Acreedores pueden pedir la Liquidación Forzosa y obligar a la Deudora a Iniciar una Reorganización Quién puede decidir iniciar una Reorganización? Formalmente ninguno Si un acreedor pidió la Liquidación Forzosa = plazo será en la Audiencia Inicial Si hay juicios ejecutivos en contra de la Deudora = debiera presentarse alrededor de 1 mes antes de la fecha del remate ¿Qué plazo tiene la Empresa Deudora para iniciar una Reorganización?

11 PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROCEDIMIENTO DE REORGANIZACIÓN (1) Inicio el procedimiento Solicitud del Deudor ante el tribunal civil de su domicilio Adjuntar Informe financiero de un auditor independiente Listado completo de bienes, deudas y balance reciente S.I.R. nombra al Veedor Lo designa a propuesta de los 3 principales acreedores Funciones Supervisión del Deudor Facilitador del Acuerdo

12 PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROCEDIMIENTO DE REORGANIZACIÓN (2) Resolución de Reorganización Inicia la Protección Financiera Concursal (30 días hábiles) Suspenden todos los juicios contra la Deudora No se pueden terminar los contratos con la Deudora Deudor queda sujeto a la intervención del Veedor Plazos para los acreedores Si su crédito está correctamente señalado en el listado de acreedores: Tienen 15 días para presentar sus poderes en el tribunal. Si no lo hacen, no podrán votar en la Junta Si no es así (no salen en el listado o hay un error en el monto): Tienen 8 días para verificar sus créditos Si no lo hacen, no podrán votar en la Junta o sólo tendrán derechos por el monto señalado por el deudor

13 PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROCEDIMIENTO DE REORGANIZACIÓN (3) Presentación y Evaluación previa de la Propuesta de Acuerdo Deudor debe presentar una Propuesta de Acuerdo Evaluada por el Veedor quien emite una especie de recomendación a los acreedores Acuerdo de Reorganización debe ser aprobado en Junta de Acreedores Quienes pueden votar: Acreedores que consten en la nómina Que hayan comparecido al juicio Quórum compuesto: Dos tercios de los acreedores presentes (por cabeza) Representen dos tercios del pasivo con derecho a voto (por porcentaje)

14 RASGOS MEDULARES DEL ACUERDO DE REORGANIZACIÓN Incluso los que no hayan votado Acuerdo afecta a todos los acreedores L.I.R.: “ cualquier objeto tendiente a reestructurar los pasivos y activos de una Empresa Deudora ” Renegociación de plazos, condonaciones parciales, entrega de bienes en pago de las deudas, pago sujeto a resultados de determinados negocios o juicios Materias del acuerdo Normas de prelación de créditos Preferentes (Fisco, trabajadores, AFP, Isapre) Acreedores hipotecarios y prendarios Valistas (proveedores y financistas sin garantía especial) Admiten categorías de acreedores Repartos Posposición de pagos a personas relacionadas Deudor queda sujeto a intervención durante el plazo del Acuerdo Prohibiciones y restricciones

15 PROTECCIÓN FINANCIERA CONCURSAL Se inicia con la Resolución de ReorganizaciónImpide el inicio de nuevos procedimientos judicialesSuspensión de procedimientos judiciales en curso Mantendrán vigencia y condiciones de pago Inscripción en registros de proveedores no puede eliminarse Contratos suscritos Con el acuerdo de 2 o más acreedores que representen más del 50% del pasivo Hasta por 60 días Prorrogable

16 CONTINUIDAD DEL GIRO Continuidad del suministro (proveedores esenciales) Operaciones de comercio exterior Ventas de activos no esenciales Líneas de financiamiento Casos aplicables Restricciones en cuanto a montos Deben ser aprobadas por el Veedor L.I.R. permite estas operacionesLas deudas que emanen de ellas se pagan normalmente

17 EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN FORZOSA

18 ¿QUE ACCIÓN LEGAL ELEGIR FRENTE A UN IMPAGO? VARIABLELIQUIDACIÓN FORZOSA JUICIO EJECUTIVO NATURALEZAPROCEDIMIENTO COLECTIVOPROCEDIMIENTO INDIVIDUAL ¿QUE SE DISCUTE?LA LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA DEUDORA LA PROCEDENCIA DEL PAGO FORZOSO DE UNA DEUDA PLAZOS6 A 18 MESESMÍNIMO 12 MESES COSTOS ASOCIADOSLOS MISMOS QUE EL J.E + LOS PROPIOS DEL PROCESO COLECTIVO NOTIFICACIONES, EMBARGOS Y HONORARIOS LEGALES ¿COMO SE LIQUIDAN LOS ACTIVOS? SEGÚN LO DETERMINE LA JUNTA DE ACREEDORES DE ACUERDO A LAS REGLAS LEGALES (REMATE EN SUBASTA JUDICIAL) EFECTOS EN LA ADMINISTRACIÓN DEUDOR LA PIERDEDEUDOR LA CONSERVA

19 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN FORZOSA (1): INICIO DEL PROCESO Demanda de Liquidación Forzosa Quien puede presentarla: cualquier acreedor Se debe presentar una garantía de 100 U.F. Acreedor puede pedir medidas precautorias Causales (a) Cesa de pagar al solicitante una deuda que conste en un título ejecutivo: Deudas que consten en escrituras públicas Letras de cambio y pagarés con firmas autorizadas por Notario Facturas notificadas judicialmente (gestión preparatoria) (b) Existen en contra del Deudor 2 o más juicios ejecutivos y no ha presentado bienes suficientes (c) Empresa Deudora o sus administradores no son habidos y no hay apoderados con facultades suficientes

20 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN FORZOSA (2): AUDIENCIA INICIAL Notificación Solicitud de liquidación debe notificarse Aplican formalidades similares a cualquier demanda judicial Al quinto día de la notificación, hay audiencia Audiencia Inicial Posiciones que puede tomar el deudor (a) Puede pagar (b) Acogerse a la Reorganización Concursal (c) Oponerse a la Demanda (juicio de oposición) (d) Allanarse o no hacer nada = Liquidación

21 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN FORZOSA (3): RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN Priva al Deudor de la administración de los bienes, la que pasa al Liquidador Se incautan e inventarían todos sus bienes Administración Todos los juicios del deudor se acumulan al tribunal de la liquidación Acumulación de los juicios del Deudor Acreedores hipotecarios y prendarios pueden continuar con sus juicios o realizar los bienes en la liquidación Deben garantizar los créditos preferentes Suspenden las ejecuciones contra el DeudorTodas las deudas en dinero se aceleranComienza el plazo para verificar créditos

22 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN FORZOSA (4): VERIFICACIÓN DE CRÉDITOS Tipos de Verificación Ordinaria: 30 días desde la R.L. para verificar su crédito y alegar preferencia Extraordinaria: hasta antes de la cuenta final del Liquidador y sólo tiene efectos en lo sucesivo (repartos y decisiones) Impugnación de créditos Créditos pueden ser objetados e impugnados Se puede impugnar monto, preferencia o validez del crédito Otros acreedores, deudor o el liquidador Liquidador intentará subsanar objeciones formales. Si subsisten el tribunal resolverá la impugnación

23 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN FORZOSA (5): JUNTAS DE ACREEDORES Junta es el órgano de deliberación de los acreedores Función de la Junta de Acreedores Sesión: 1 acreedor con el 25% del pasivo Acuerdo: simple mayoría del pasivo Quórum Acreedores verificados y no objetados Acreedores objetados tribunal puede darles derecho a voto (audiencia previa al efecto) Derecho a voto Junta Constitutiva Primera Junta Ordinaria Juntas Ordinarias y Extraordinarias Tipos de Juntas

24 REALIZACIÓN DEL ACTIVO La Junta es soberana para decidirlos Forma, plazos y condicionesRealización Ordinaria: al martillo.Venta como Unidad EconómicaOfertas de Compra Directa Se extingue en la porción impaga con la Cuenta Final del Liquidador Liquidador extenderá el certificado de incobrabilidad Saldo insoluto de los créditos

25 EL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA

26 LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA Es la iniciada por el propio Deudor No existe obligación de pedir la propia liquidación ¿En que consiste? No existe un plazo legal Oportunidad Solicitud de liquidación voluntaria (mismos antecedentes que la solicitud de reorganización) No es necesario acreditar causal Tribunal dicta Resolución de Liquidación Síntesis del procedimiento

27 DERECHOS DE LOS ACREEDORES (1) Poco o ningún efecto práctico A lo más, permitirá el castigo tributario del crédito y recuperación IVA Verificación de créditos Reintegrar a la masa bienes que salieron de ella sin subrogación real Tipos de revocabilidad Objetiva (1 año) = pagos anticipados; pagos “alternativos”; hipotecas posteriores a la obligación garantizada Subjetiva (2 años) = conocimientos del mal estado de los negocios + actos perjudiciales para la masa Reforma a estatutos sociales: revocable (6 meses) si hubo perjuicio para la masa Acciones revocatorias concursales

28 DERECHOS DE LOS ACREEDORES (2) Los bienes vuelven a la masa y formarán parte de los activos a realizar Acreedor que pidió la revocación podrá cobrar a la masa las costas del juicio y recibirá un premio del 10% del valor del bien Efectos de las acciones revocatorias Art. 463 C.P.: ejecución de actos que disminuyan el activo o aumenten el pasivo sin otra justificación que perjudicar a los acreedores Art. 463 ter 1º C.P.: entrega de información falsa Delitos concursales

29 FRANQUICIAS TRIBUTARIAS APLICABLES Recuperación del I.V.A.: por el saldo impago Es necesario indicar los detalles de la operación al verificar crédito Liquidador emitirá una nota de débito Castigo del crédito: Certificado de Incobrabilidad Liquidación Castigo del crédito: Certificado de Incobrabilidad Recuperación provisoria del I.V.A.: Desde el Acuerdo de Reorganización Solicitud en la TGR + SII Impuesto debe reintegrarse a la fecha de pago del crédito respectivo Reorganización

30 www.ortizgonzalez.cl


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