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Publicada porGuillermo Ponce Modificado hace 6 años
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TALLER REGIONAL. LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
ENFOQUES, PRINCIPIOS Y OBLIGACIONES NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRANTES Mercedes Álvarez Rudín – Especialista Técnica Regional Programa Mesoamérica TALLER REGIONAL. LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRANTES: ACCIONES, PRINCIPIOS Y BUENAS PRÁCTICAS. CRM – San Salvador 19 y 20 agosto 2015
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son los lentes con los que se mira
ENFOQUES: son los lentes con los que se mira DERECHOS HUMANOS GÉNERO DIVERSIDAD INTERCULTURALIDAD
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ENFOQUE DE DERECHOS NNA como sujetos de derechos NNA: titulares de derechos. Estado, comunidades, familias y sociedad: titulares de obligaciones (responsabilidad colectiva). Obligaciones del Estado: respetar, proteger y promover los derechos humanos en su integralidad (incluyendo los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, colectivos, de poblaciones específicas). Servicios institucionales: forma de concretar las responsabilidades del Estado. No son favores, son obligaciones. Los derechos humanos son para todas las personas consideradas iguales en derechos y en dignidad, sin discriminación de ningún tipo (incluyendo nacionalidad y condición migratoria).
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ENFOQUE DE GÉNERO Sobre las características biológicas/físicas relacionadas con el sexo se han construido relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres. Mandatos, roles y expectativas que afecta principalmente a las mujeres y al ejercicio de sus derechos. Sociedad patriarcal. Las mujeres y lo femenino desvalorizados. Control sobre las vidas y cuerpos de las mujeres. Limitación de su autonomía. Trabajo doméstico y de cuidado (indispensable para la reproducción de la vida y el sostenimiento de la sociedad) no reconocido social y económicamente. Mayores dificultades para participación social y política de las mujeres. Cadenas globales de cuidado. La violencia contra las mujeres, incluyendo violencia y abuso sexual, como expresión de la desigualdad, forma de ejercer poder y control. Invisibilización de sus experiencias, aportes, visiones, proyectos (incluyendo la migración). VER A NIÑAS Y ADOLESCENTES! Articulación de opresiones (interseccionalidad)
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ENFOQUE DE DIVERSIDAD Reconocer especificidades, realidades y necesidades diferenciadas relacionadas con origen étnico, origen nacional, motivaciones para migrar, lengua, género, edad, orientación sexual, identidad de género, condición socioeconómica, etc. Incluye reconocer vulnerabilidades, amenazas y riesgos diferenciados. Dirigido a garantizar no discriminación y no exclusión (no discriminar no es tratar igual a todas las personas). Reconocimiento de que las diversidades están atravesadas por las desigualdades de poder - en el acceso a recursos y servicios, en el acceso a tener voz y ser escuchado/a, en el acceso al disfrute de derechos, en el acceso a ser cuidado/a y protegido/a…-. Desigualdades construidas social, histórica y culturalmente.
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ENFOQUE DE INTERCULTURALIDAD
Reconocimiento de diferentes características étnicas, culturales y de orígenes nacionales. Identificar desigualdades entre diferentes grupos étnicos, culturas, nacionalidades. Racismo y discriminación hacia poblaciones indígenas y afro. Xenofobia hacia poblaciones migrantes. Interculturalidad busca reconocimiento y respeto de todas las culturas, una relación de mutuo enriquecimiento. ENFOQUE GENERACIONAL Reconocimiento del adultocentrismo. De la discriminación a poblaciones en edades “no productivas” Reconocimiento del valor y el aporte de diferentes generaciones. Apuesta por la solidaridad entre generaciones.
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¿Qué pasa con la aplicación del enfoque de derechos humanos cuándo las políticas migratorias priorizan otros enfoques como el de seguridad nacional? ¿Qué pasa con la aplicación de este enfoque cuando las personas que tienen poder de decisión y están a cargo de la atención aplican su moral personal y religiosa en las decisiones públicas? ¿Qué sucede con la aplicación del enfoque de derechos humanos cuando prevalece la mirada patriarcal, adultocéntrica, xenofóbica, racista? ¿Qué implicación tiene esto en la posibilidad de protección efectiva de NNA migrantes y sus derechos?
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Los principios implican obligaciones
Sujeto de derechos Igualdad y no discriminación Interés superior del niño y la niña Autonomía progresiva Participación y derecho opinión Vida, supervivencia y desarrollo Unidad familiar Acceso a protección y garantías procesales Confidencialidad No devolución No detención Presunción minoría edad Los principios implican obligaciones
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INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
Implica priorizar decisiones que favorezcan el disfrute pleno de sus derechos humanos. Decisión que favorece más sus derechos humanos no la basada en la opinión/discrecionalidad de quien decide. Tres dimensiones: un derecho (derecho a que IS criterio a partir del cual se toman decisiones sobre asuntos que les afectan), un principio (si hay varias interpretaciones prevalece la que satisfaga mejor el IS) y un procedimiento (criterios y pasos claros para evaluación y determinación del IS y monitorear su cumplimiento, debe documentarse). Debe aplicarse en todas las decisiones/medidas concernientes a los NNA. DEBE APLICARSE Y JUSTIFICARSE Y DOCUMENTARSE EN TODAS LAS FASES DEL PROCESO MIGRATORIO. Y se debe dar seguimiento.
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DETERMINACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO (DIS)
Implica 2 momentos: Evaluación: Se evalúan circunstancias específicas que hacen que el niño – o niña – sea único/a. Requiere indagación. Se valoran y sopesan elementos necesarios para una decisión para un/a niño/a o grupos de niños/as. Determinación: Proceso estructurado y con garantías para determinar el interés superior con base en la evaluación.
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Evaluación del interés superior del/la niño/a
Evaluación del interés superior del/la niño/a. Aspectos a tomar en cuenta: Opinión del/la niño/a Identidad del/la niño/a Preservación del entorno familiar y mantenimiento de relaciones Cuidado, protección y seguridad del/la niño/a Situación de vulnerabilidad El derecho del/la niño/a a la salud El derecho del/la niño/a a la educación
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Determinación del interés superior del/la niño/a
Determinación del interés superior del/la niño/a. Aspectos a tomar en cuenta. Derecho del/la niño/a a expresar su propia opinión Determinación de los hechos Percepción del tiempo Profesionales cualificados Representación letrada Argumentación jurídica Mecanismos para examinar o revisar las decisiones Evaluación del impacto en los derechos del/la niño/a
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Basados en instrumentos internacionales, Convención de los Derechos del Niño, Observación No. 6 Comité Derechos del Niño, Opinión Consultiva Corte IDH (OC-21/14), Observación General No. 14 del Comité de Derechos del Niño.
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