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Publicada porirma roca Modificado hace 6 años
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PAGO POR SUBROGACION Es el que efectúa el tercero (subrogado) sustituyendo al antiguo acreedor (subrogante) en los derechos, acciones y garantías de este último, principalmente, en la exigencia de la ejecución de la prestación que corresponde al deudor
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CLASES DE SUBROGRACION Legal Convencional
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SUBROGACION LEGAL ART. 1260 C.C. A. A favor de quien paga una deuda a la que se encontraba obligado solidaria o indivisiblemente con otro. B. De quien paga por tener interés legítimo. C. Del acreedor que paga la deuda del deudor común a otro acreedor que le es preferente. D. Opera de pleno derecho.
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SUBROGRACION CONVENCIONAL - ART. 1261 C.C. a) Por el acuerdo entre el acreedor subrogante y el tercero subrogado. b) Por el acuerdo entre el tercero no interesado y el deudor. c) Por el pago que efectúa el deudor con la prestación recibida en mutuo, subrogando al mutuante.
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EFECTOS DE LA SUBROGACION ART. 1261 C.C. Con la subrogación el subrogado sustituye al subrogante en todos los derechos, acciones y garantías del antiguo acreedor (subrogante) hasta por el monto de lo que hubiese pagado
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LA DACION EN PAGO… La obligación se cumple con la ejecución de una prestación distinta a la original, siempre que las partes lo acuerden. Excepción a la regla. Se paga con algo distinto a lo que se debe. “El pago queda efectuado cuando el acreedor recibe como cancelación total o parcial una prestación diferente a la que debía cumplirse” Art. 1265 C.C. Se extingue con ésta figura la obligación, sin que con ello se origine o nazca una nueva obligación.
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… DACION EN PAGO No hay dación en pago, cuando las partes cambian el lugar, el plazo o el modo del pago. Requisitos: Que existe consentimiento y acuerdo mutuo entre las partes para cambiar la prestación originariamente debida. Que se produzca con posterioridad al nacimiento de la obligación originaria.
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REGULACION DE LA DACION EN PAGO COMO UNA COMPRA VENTA: ART. 1266 C.C. Si se llega a determinar una cantidad por la que el acreedor recibe el bien, su relación con el deudor se regula por las reglas del contrato de compra venta.
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