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Publicada porNieves Arguijo Modificado hace 10 años
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“Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental”
MOQUEGUA, 28 DE MARZO 2014
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Organismo Público Técnico Especializado
Creación del OEFA Decreto Legislativo Nº de Mayo del OEFA Organismo Público Técnico Especializado Adscrito al Ministerio del Ambiente: Encargado de la evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental, dentro del ámbito de sus competencias. Dirige y supervisa la aplicación del Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental y el Régimen de incentivos. Supervisar que las entidades competentes cumplan con las funciones de fiscalización ambiental señaladas por Ley. Autonomía funcional e independencia en la toma de decisiones. 05/03/2009: Se crea El “Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental” El OEFA como ente rector: Armoniza Principios, normas y procedimientos para las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora e Incentivos de las diversas entidades del Estado.
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Dos normas sustantivas: Dec. Leg. 1013 y Ley 29325
La Segunda Disposición Complementaria Final crea el OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental que corresponde. . Ley 29325: Crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental –SINEFA, que rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental. Ley 30011:
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SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL - SNGA
Base Legal: Ley 28245, Decreto Supremo N PCM Ente Rector: MINAM SEIA SINANPE SNGRH SINEFA SINIA Base Legal: Ley N° 27446 Decreto Supremo N° MIINAM Ente Rector: MINAM – Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental Base Legal: Ley N° 26834 Decreto Supremo N° AG Ente Rector: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP Base Legal: Ley N°29338 Ente Rector: Autoridad Nacional del Agua – ANA Base Legal: Ley N°29325 Ente Rector: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA Base Legal: Ley N° 28611 Ente Rector: MINAM – Dirección General de Investigación e Información Ambiental
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Finalidad del SINEFA (Art. 3° de la Ley N° 29325)
Respecto de los administrados: Asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas así como los compromisos ambientales para quienes los hubieren suscrito. Respecto de las EFA: Supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente, de acuerdo a la normativa ambiental vigente.
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Autoridades Competentes del SINEFA (Art. 4° de la Ley N° 29325)
Ministerio del Ambiente (MINAM). Ente rector del Sector Ambiental, desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la Política Nacional Ambiental (Eje de Política 2: Gestión Integral de la Calidad Ambiental; Eje de Política 3: Institucionalidad Ambiental). Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Ente rector del Sistema de Evaluación y Fiscalización Ambiental que pertenece al Sector Ambiental, con sede central en Lima Metropolitana. Entidades de Fiscalización Ambienta (EFA): Aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalizaciónb ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA.
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El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA)
OEFA Ente Rector: autoridad técnico normativa a nivel nacional que regula la fiscalización ambiental y verifica su ejercicio por las EFA. SINEFA sistema funcional en el marco de la LOPE MINAM LAS EFA - Ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Ejercen sus funciones con independencia funcional del OEFA.
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Características de las EFA
Aquellas entidades con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental. Ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA. Forman parte del SINEFA. Sujetan su actuación a la Ley Nº 29325, otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema. OEFA NACIONAL Autoridades Sectoriales u Organismos Reguladores REGIONAL LOCAL
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SUPERVISORA DE ENTIDADES PÚBLICAS FISCALIZADORA Y SANCIONADORA
Funciones Generales del OEFA (Art. 11° de la Ley N° 29325) EVALUADORA Comprende las acciones de vigilancia, monitoreo y otras similares que realiza el OEFA, según sus competencias, para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales OEFA FUNCIONES GENERALES SUPERVISORA DIRECTA Seguimiento y verificación para asegurar el cumplimiento de normas y obligaciones e incentivos por parte de los administrados SUPERVISORA DE ENTIDADES PÚBLICAS Facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local. ENTE RECTOR FISCALIZADORA Y SANCIONADORA Facultad de investigar la comisión de posibles infracciones administrativas sancionables y de imponer Sanciones por el incumplimiento de obligaciones derivadas de los instrumentos de gestión ambiental así como de las normas ambientales y de los mandatos o disposiciones emitidas por el OEFA. SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL NORMATIVA Emitir disposiciones normativas y procedimientos vinculados a las funciones del OEFA y del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. 17 / 17
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SUPERVISION A ENTIDADES PÚBLICAS
Supervisiones in situ Son aquellas que realiza el OEFA en las instalaciones de las EFA. Cuando la EFA adquiera condición de administrado, podrá comprender acciones de supervisión de campo; entonces estará sujeto a las consecuencia jurídicas de éstos. Supervisiones desde la sede del OEFA Son aquellas que se realizan desde la sede del OEFA o desde sus Oficinas Desconcentradas, las cuales comprende el requerimiento de información a las EFA sobre las acciones realizadas o proyectadas frente a hechos que pueden constituir una infracción ambiental de sus administrados, en el ámbito de sus competencias.
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FISCALIZACION COMO MACRO PROCESO
ACTIVIDADES MINERAS (MEDIANAS Y GRANDES) Y ACTIVIDADES ENERGÉTICAS ACTIVIDADES MINERO ENERGÉTICAS EFA ACTIVIDADES DE PESQUERIA INDUSTRIAL Y ACUICULTURA MAYOR ESCALA OEFA EFA EVALUACIÓN SUPERVISIÓN DIRECTA FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS OTRAS FUNCIONES DEL OEFA OEFA: ENTE RECTOR SINEFA NORMATIVA SUPERVISION A LAS EFA
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Tres conceptos base La FA como macroproceso:
comprende el ejercicio de las funciones de vigilancia, monitoreo, seguimiento, verificación, evaluación, supervisión, fiscalización, control, sanción y aplicación de incentivos en materia ambiental. estas funciones son ejercidas por las EFA, de acuerdo a sus competencias. su finalidad: asegurar el cumplimiento de obligaciones ambientales fiscalizables así como de las derivadas del ejercicio de la fiscalización ambiental a su cargo. EFA: Entidad de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local. Toda aquella entidad pública de nivel nacional, regional o local que tiene expresamente conferidas todas o alguna de las funciones comprendidas en el ámbito de la fiscalización ambiental. Obligaciones Ambientales Fiscalizables: Obligaciones de Hacer Obligaciones de No Hacer Su incumplimiento está sujeto a consecuencias jurídicas que restringen derechos de los administrados.
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Línea cronológica de la Fiscalización Ambiental en el Perú
1990 1991 1992 1996 2001 2004 2005 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Junio: Ley Ley de Fiscalización de las Actividades Mineras Crea la figura de los fiscalizadores externos calificados por MEM. - Son contratados por el MEM según arancel. Octubre: D. Ley Establecen que el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a las actividades mineras, de electricidad y de hc podrán ser fiscalizadas a través de Empresas de Auditoría e Inspectoría Crea la figura de las empresas de auditoría e inspectoría que debían ser registradas en MEM. Las empresas minero energéticas debían contratarlas e informar al MEM. Ningún funcionario del MEM podía realizar visitas inspectivas, salvo el caso de emergencias. Mayo: D.Leg.1013. Ley de creación del MINAM - Se crea OEFA Agosto: D. Leg. 613 Código de Medio Ambiente y Recursos Naturales Marzo: D. Leg. 635 Titulo XIII Delitos Ecologicos Código Penal Marzo: Ley Ley de creación del SINEFA Enero: Ley Ley de creación del OSINERGMIN Transfiere la fiscalización de las actividades mineras a esta entidad. Julio: OEFA asume competencias de fiscalización ambiental minera Marzo: OEFA asume competencias de fiscalización ambiental energética Mayo: D.S PCM Plan Anual de Transferencias que incluye competencias de fiscalización ambiental para actividades mineras de menor escala. Marzo: OEFA asume competencias de fiscalización ambiental en pesca Diciembre: Ley Ley del OSINERG Adscrito al MEM Fiscalización de Actividades de HC y eléctricas Octubre: Ley N° 28611 Ley General del Ambiente Enero: OEFA asume cerveza Febrero: OEFA asume papel Curtiembre y cemento
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Tendencias en el desarrollo de la fiscalización ambiental minero energética
La FA sujeta a las reglas del mercado. Brindar autonomía a la función fiscalizadora en relación a la función de promoción de inversiones. Fortalecer el Sector Ambiente
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Fiscalización Ambiental en el Sector Electricidad
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Fiscalización Ambiental en la Política Nacional del Ambiente
- Gestión integral de la Calidad Ambiental Objetivos: Lograr el control eficaz de las fuentes de contaminación y a los responsables de su generación, estableciendo instrumentos y mecanismos para la vigilancia, supervisión, evaluación y fiscalización ambiental. - Gobernanza Ambiental Institucionalidad Ambiental Lineamientos de Política: Fortalecer las capacidades para la gestión ambiental y para el diseño y aplicación de sus instrumentos, tales como los de planificación, prevención, control, corrección, información, financiamiento, participación, y fiscalización, entre otros. Promover acciones de vigilancia, monitoreo, supervisión, fiscalización y otorgamiento de incentivos, que coadyuven al cumplimiento de la normativa y objetivos de la gestión ambiental.
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7. Acciones Estratégicas por Metas Priorizadas
Fiscalización Ambiental en el Plan Nacional de Acción Ambiental (PLANAA) 7. Acciones Estratégicas por Metas Priorizadas Meta 7: Gobernanza Ambiental Meta Prioritaria: 100% de entidades del Sistema Nacional de Gestión Ambiental implementan la Política Nacional del Ambiente y los instrumentos de gestión ambiental. Acción Estratégica Meta al 2012 Meta al 2017 Meta al 2021 7.5 Fortalecer el ejercicio de la fiscalización ambiental y los mecanismos de participación. - Normas de supervisión, fiscalización y sanción ambiental aprobadas en el OEFA, los sectores y GR. -El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se ha implementado en el 50% del país. implementado en el 100% del país. Indicador: -Normas aprobadas y en implementación. Indicador: -Porcentaje de regiones con autoridad de fiscalización ambiental en operación. Responsables: OEFA y otras entidades del SINEFA. Co-Responsables: MINAM, Ministerio Público, MINJUS.
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Marco normativo ambiental aplicable Procedimiento de Supervisión Ambiental de Empresas Eléctricas
Ley General del Ambiente Ley N° 28611 Estándares de Calidad Ambiental (ECA) : Aire. Agua, Ruido, RNI Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento ACTIVIDADES ELÉCTRICAS PAMA EIA Plan de abandono P. Contingencia P. Manejo Residuos y Mat peligrosos Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444 Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento Ley General y Reglamento de Residuos Sólidos Ley de Plan de Contingencias
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BASE LEGAL Funcional: Decreto Legislativo N° 1013, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente, Creación del OEFA; Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Se otorga al OEFA la calidad de ente rector del SINEFA; Decreto Supremo N° MINAM, Reglamento de organización y funciones del OEFA. Decreto Supremo N° MINAM, Aprueban inicio del proceso de transferencia de funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental del OSINERGMIN al OEFA. B) Fiscalización y Sanción: Resolución de Consejo Directivo N° OS/CD, Reglamento de Procedimiento Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN. R.C.D. N° OEFA-CD, Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador del OEFA; Resolución de Consejo Directivo del OSINERG N° OS/CD, Tipificación de infracciones y Escala de multas y sanciones del OSINERG; Resolución Ministerial N° MEM-/DM, Lineamientos para la participación ciudadana en las actividades eléctricas.
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Competencias ambientales del OEFA en el subsector eléctrico
Supervisa y fiscaliza los efectos al ambiente de acuerdo a las políticas del Ministerio del Ambiente, MINAM y los estándares ambientales vigentes en la normatividad nacional; asimismo ejerce la aplicación de sanciones respectivas. Supervisa y Fiscaliza el cumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a la conservación y protección del medio ambiente en el desarrollo de las actividades eléctricas, así como los compromisos asumidos frente al Estado.
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Reglamento de Protección Ambiental de las actividades eléctricas (D. S
Reglamento de Protección Ambiental de las actividades eléctricas (D.S EM) Operaciones Antigua Operaciones Nuevas PAMA EIA Emisiones Gaseosas Calidad del Aire Efluentes Calidad del Agua EIA: Estudio de Impacto Ambiental PAMA: Programa de Adecuación y Manejo Ambiental
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Supervisión del Subsector Eléctrico
La Supervisión del Sub sector Eléctrico verifica el cumplimiento de las normas ambientales en la construcción y operación de Proyectos de Generación, Transmisión y Distribución de energía eléctrica, a fin de prevenir y mitigar los impactos originados por estas actividades sobre el ambiente; El PLANEFA del OEFA contiene la programación anual, establece la supervisión regular de un número determinado de empresas eléctricas, según el Procedimiento 245-GFE-OS/CD; Supervisión ambiental de empresas eléctricas y el Reglamento de Supervisión Directa del OEFA aprobado con la Resolución N° OEFA/CD. Asimismo, se realiza la programación de la supervisión especial, relacionada a: Procesos sancionadores, Atención de denuncias, Seguimiento de conflictos, Atención de solicitudes de información de autoridades (MEM, MINAM, Defensoría del Pueblo, Fiscalías especializadas, usuarios).
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Actividades supervisadas
Dependiendo de las instalaciones, se verificarán las siguientes actividades a ser desarrolladas por las empresas eléctricas: Evaluación de las Actividades Comprometidas en los Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA); Manejo, control y medición de efluentes líquidos y/o emisiones gaseosas; Control de la calidad del aire y/o del cuerpo hídrico receptor; Implementación de los planes de manejo de residuos sólidos; Implementación de los planes de manejo de materiales peligrosos; Control de ruidos en el exterior de la casa de fuerza; Medición de las radiaciones electromagnéticas; Implementación de Planes de Contingencia, incluyendo el entrenamiento para acciones de respuesta a emergencias. Identificación de zonas ambientalmente críticas en las instalaciones y en el entorno (erosión o inestabilidad de taludes).
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Bifenilos Policlorados o PCBs
Sustancias químicas Composición C12H10-n-Cln Líquidos viscosos. Coloración que varía entre amarilla pálida a incolora. Leve olor a hidrocarburo. Las propiedades fisicoquímicas y toxicológicas varían según el número de átomos de cloro presentes en la estructura. PROPIEDADES Baja presión de vapor Alta capacidad calorífica Baja conductividad eléctrica Alta constante dieléctrica
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Equipos que podrían contar con PCBs
Aislantes térmicos en: transformadores, capacitores y equipos de transferencia de calor. Líquidos dieléctricos: transformadores y capacitadores. Líquidos industriales: hidráulicos, turbinas de gas Adhesivos, textiles, imprenta, sellantes, plaguicidas, etc.
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EFECTOS SOBRE LA SALUD Efectos por intoxicación se evidenciaron desde la etapa de producción (1930) Accidentes Japón (1968), Taiwan (1979) Nueva York (1981): Intoxicación con PCBs, genera Cloracné y disfunciones hepáticas. Alteran el equilibrio hormonal en personas y animales. Se transmite al feto durante el embarazo y la lactancia Calificado por la IARC (Agencia Internacional para Investigación sobre el Cáncer) de la Organización Mundial de la Salud como PROBABLE CARCINÓGENO HUMANO.
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FUENTES DE CONTAMINACIÓN
Fugas / derrames. Disposición inadecuada (Botaderos). Reciclado de aceites contaminados. Quema. Explosiones / Incendios.
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OFICINA DESCONCENTRADA MOQUEGUA
OFICINA DESCONCENTRADA MOQUEGUA Calle Moquegua N° 449 – Moquegua Telf: GRACIAS
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CANTIDAD DE INFRACCIONES
MULTAS IMPUESTAS EMPRESAS CANTIDAD DE INFRACCIONES UIT IMPUESTAS MONTO TOTAL Aprox S/. SOUTHER PERU 09 101 ,00 ANGLO AMERICAN QUELLAVECO 02 60 ,00 ARUNTANI S.A.C. 15 482 ,00 MINERA IRL S.A. 01 10 37.000,00 MINERA PAMPA DE COBRE S.A. 06 72 ,00 ARMADORES PESQUEROS S.A.C. 07 151,26 ,00 CONSORCIO PESQUERO RODRIGUES S.A. 22.200,00 NEGOCIOS PESQUEROS DEL SUR S.A. 99 ,00 NEGOCIOS A TENER 6,6 24.420,00 PESQUERA HAYDUK S.A. 54 ,00 PROCESADORES DE PRODUCTOS MARINOS S.A. 05 18.500,00 CONSOCIO TERMINALES S.A. 4,54 16.798,00 ELECTROSUR S.A. 78,22 ,00 * UIT APROX S/. 3,700.00
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