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Propiedad Intelectual y las Patentes. Definición l "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de.

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Presentación del tema: "Propiedad Intelectual y las Patentes. Definición l "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de."— Transcripción de la presentación:

1 Propiedad Intelectual y las Patentes

2 Definición l "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas“ OMPI, 2000.

3 LA PROPIEDAD INTELECTUAL Fuente: INAPI

4 Propiedad Intelectual (en Chile) l Derecho de autor comprende: –Creaciones sobre obras literarias, artísticas y musicales. l Derechos conexos comprende: –Creaciones de los artistas intérpretes y ejecutantes, productores fonográficos y de la radiodifusión.

5 Ley 17.336.: Título 1 sobre Derecho de Autor CAPÍTULO I “La presente ley protege los derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera que sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina. El derecho de autor comprende los derechos patrimonial y moral, que protegen el aprovechamiento, la paternidad y la integridad de la obra”

6 CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL l TEMPORALIDAD: l TERRITORIALIDAD:

7 LA PROPIEDAD INDUSTRIAL COMPRENDE l LAS MARCAS COMERCIALES l PATENTES DE INVENCION l MODELO DE UTILIDAD l DISEÑO INDUSTRIAL

8 PROTECCION DE DERECHOS INTELECTUALES Y TECNOLOGICOS MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA SUBSECRETARIA DIRECCION DE BIBLIOTECAS ARCHIVOS Y MUSEOS REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

9 PROTECCION DE DERECHOS INTELECTUALES Y TECNOLOGICOS MINISTERIO DE ECONOMIA y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO INAPI Ex-DEPARTAMENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL ASPECTOS CONTENCIOSOS PATENTESMARCAS COMERCIALES

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11 INAPI: Instituto Nacional de Propiedad Industrial Ley20.254 l Organismo de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de Propiedad Industrial. Le corresponde promover la protección que brinda la propiedad industrial y difundir el acervo tecnológico y la información de que disponga.

12 ¿Qué es innovación? l Innovación: es la transformación de una idea en un producto vendible nuevo o mejorado o en un proceso operativo en la industria y en el comercio o en nuevo método de servicio social. (OCDE, 1992) l Proceso mediante el cual ciertos productos o procesos productivos, desarrollados en base a nuevos conocimientos o a la combinación novedosa de conocimiento preexistente, son introducidos eficazmente en los mercados, y por lo tanto en la vida social. Consejo Nac. De Innovac.

13 ¿qué es tecnología? Tecnología: Conjunto de conocimientos e información propios de una actividad, que pueden ser utilizados de forma sistemática, para el diseño, desarrollo, fabricación y comercialización de productos, o la prestación de servicios, incluyendo la aplicación adecuada de las técnicas asociadas a la gestión global.

14 TECNICA l Procedimiento o conjunto de reglas, normas o protocolos, que tienen como objetivo obtener un resultado determinado l Requiere tanto destrezas manuales como intelectuales

15 CONVENIO DE PARIS (1883) l Patentes de invención l Modelos de utilidad l Dibujos y modelos industriales l Las marcas de fábrica o de comercio l Las indicaciones de procedencia o denominaciones de origen l La represión a la competencia desleal

16 Principios Básicos del Convenio de París : INDEPENDENCIA DE LAS PATENTES Y MARCAS COMERCIALES. INDEPENDENCIA DE LAS PATENTES Y MARCAS COMERCIALES. TRATO NACIONAL TRATO NACIONAL: Cada Estado contratante deberá conceder a los nacionales de los otros estados miembros, la misma protección que a sus propios nacionales. DERECHO DE PRIORIDAD DERECHO DE PRIORIDAD: Derecho preferente de protección.

17 PROTECCION DE DERECHOS INTELECTUALES Y TECNOLOGICOS MINISTERIO DE AGRICULTURA SUBSECRETARIA S.A.O. SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISION DE PROTECCION AGRICOLA REGISTRO DE VARIEDADES PROTEGIDAS Temas: Protección de los derechos de obtentores de variedades vegetales, UPOV Denominaciones de orígen decreto 464

18 ESTADO PATENTES EMPRESA DESARROLLA PRODUCTO Y BANCO DE DATOS ADMINISTRA INFORMACIONINFORMACION PUBLICO ¿QUE SE GANA CON OTORGAR UNA PATENTE?

19 REQUISITOS DE PATENTABILIDAD l NOVEDAD l APLICABILIDAD INDUSTRIAL l NIVEL INVENTIVO

20 APLICABILIDAD INDUSTRIAL EL CONCEPTO DE INDUSTRIA = ACTIVIDAD PRODUCTIVA NO SE DEBE CONFUNDIR CON LA FACTIBILIDAD TECNICA- ECONOMICA DE LLEVAR A CABO LA INVENCION APLICABILIDAD INDUSTRIAL QUE LA INVENCION SEA APLICABLE DIRECTAMENTE A LA INDUSTRIA QUE PUEDA SER PRODUCIDA EN LA INDUSTRIA

21 NOVEDAD l ESTADO DE LA TECNICA : COMPRENDE TODOS LOS DOCUMENTOS A LOS QUE EL PUBLICO PUEDA TENER ACCESO, TANTO A NIVEL NACIONAL COMO INTERNACIONAL, COMPRENDE ADEMAS, LAS SOLICITUDES EN TRAMITE QUE HAYAN INGRESADO CON ANTERIORIDAD A LA SOLICITUD EXAMINADA l UNA SOLICITUD TIENE NOVEDAD SI NO EXISTE DOCUMENTO DEL ESTADO DE LA TECNICA QUE SEA: –EXACTAMENTE IGUAL

22 NOVEDAD l RESULTADO DE LA BUSQUEDA DE LA TECNICA: DOCTO 1DOCTO 2DOCTO 3DOCTO 4DOCTO 5 SOLICITUD DE PATENTE ANALISIS DE NOVEDAD: SE COMPARA CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS ENCONTRADOS EN EL ESTADO DE LA TECNICA CON EL PLIEGO DE REIVINDICACIONES DE LA SOLICITUD

23 NIVEL INVENTIVO CON NIVEL INVENTIVO: SOLUCION NO OBVIA (para especialista), SINERGISMO RESULTADO DE LA BUSQUEDA DE LA TECNICA SE ANALIZA SI LA SOLICITUD PLANTEADA AL PROBLEMA SE DERIVA DE MANERA EVIDENTE DEL ESTADO DE LA TECNICA SE DETERMINARA SI UN DOCUMENTO ES RELEVANTE POR SI SOLO O SI LA UNION O SUMA DE DOS O MAS DOCUMENTOS PUEDEN DESTRUIR EL NIVEL INVENTIVO EN LAS REIVINDICACIONES DE LA SOLICITUD

24 ¿QUE ES UNA INVENCION? LEY Nº 19.039, ARTICULO 31 SE ENTIENDE POR INVENCION TODA SOLUCION A UN PROBLEMA DE LA TECNICA QUE ORIGINE UN QUEHACER INDUSTRIAL UNA INVENCION PODRA SER UN PRODUCTO O UN PROCEDIMIENTO O ESTAR RELACIONADO CON ELLOS

25 LEY 19.039 ARTICULO 37 LEY 19.039 ARTICULO 37 NO SE CONSIDERARA INVENCION Y QUEDAN EXCLUIDOS DE LA PROTECCION POR PATENTE DE ESTA LEY LOS DESCUBRIMIENTOS, LAS TEORIAS CIENTIFICAS Y LOS METODOS MATEMATICOS LAS VARIEDADES VEGETALES Y LAS RAZAS ANIMALES LOS SISTEMAS, METODOS, PRINCIPIOS O PLANES ECONOMICOS, FINANCIEROS, COMERCIALES DE SIMPLE VERIFICACION Y FISCALIZACION; Y LOS REFERIDOS A LAS ACTIVIDADES PURAMENTE MENTALES O INTELECTUALES O A MATERIAS DE JUEGO

26 LEY 19.039 ARTICULO 37 LEY 19.039 ARTICULO 37 NO SE CONSIDERARA INVENCION Y QUEDAN EXCLUIDOS DE LA PROTECCION POR PATENTE DE ESTA LEY LOS METODOS DE TRATAMIENTO QUIRURGICO O TERAPEUTICO DEL CUERPO HUMANO O ANIMAL, ASI COMO LOS METODOS DE DIAGNOSTICO APLICADOS AL CUERPO HUMANO O ANIMAL, SALVO LOS PRODUCTOS DESTINADOS A PONER EN PRACTICA UNO DE ESTOS METODOS EL NUEVO USO DE ARTICULOS, OBJETOS O ELEMENTOS CONOCIDOS Y EMPLEADOS EN DETERMINADOS FINES Y EL CAMBIO DE FORMA, DIMENSIONES, PROPORCIONES Y MATERIAS DEL OBJETO SOLICITADO A NO SER QUE SE MODIFIQUEN ESENCIALMENTE LAS CUALIDADES DE AQUEL O CON SU UTILIZACION SE RESOLVIERE UN PROBLEMA TECNICO QUE ANTES NO TENIA SOLUCION

27 LEY 19.039 ARTICULO 38 NO SON PATENTABLES LOS INVENTOS: l CONTRARIOS: –A LA LEY –AL ORDEN PUBLICO –A LA SEGURIDAD DEL ESTADO –A LA MORAL Y A LAS BUENAS COSTUMBRES l PRESENTADOS POR QUIEN NO ES SU LEGITIMO DUEÑO

28 ¿QUE ES UN MODELO DE UTILIDAD? LEY Nº 19.039 ARTICULO 54 l Un Modelo de Utilidad es una creación que pretende entregar una configuración o forma tridimensional nueva a instrumentos, aparatos, herramientas, dispositivos y, en general, a objetos o partes de los mismos, conocidos y que se utilicen para realizar un trabajo práctico, siempre que esta nueva configuración produzca una mejor utilización del objeto en la función a la que está destinado

29 ¿QUE ES UN DISEÑO INDUSTRIAL? LEY Nº 19.039 ARTICULO 62 comprende toda forma tridimensional asociada o no con colores, y cualquier artículo industrial o artesanal que sirva de patrón para la fabricación de otras unidades y que se distinga de sus similares sea por su forma, configuración geométrica, ornamentación o una combinación de estas, siempre que dichas características le den una apariencia especial perceptible por medio de la vista, de tal manera que resulte una fisonomía original, nueva y diferente.

30 ESTADO DE LA TECNICA CREACION INVENCION MODELO DE UTILIDAD DISEÑO INDUSTRIAL

31 ¿Qué es una patente? l Se entiende por patente el derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención.

32 Modelo Industrial

33 Diseños industriales El diseño industrial sintetiza conocimientos, métodos, técnicas, creatividad y tiene como meta la concepción de objetos de producción industrial, atendiendo a sus funciones, sus cualidades estructurales, formales y estético-simbólicas, así como todos los valores y aspectos que hacen a su producción, comercialización y utilización, teniendo al ser humano como usuario.

34 ¿qué costo tiene patentar?

35 ESTRUCTURA DE UN DOCUMENTO DE PATENTE 1. SOLICITUD FICHA 2. RESUMEN (HOJA TECNICA) 3. MEMORIA DESCRIPTIVA 4. PLIEGO DE REIVINDICACIONES 5. DIBUJOS

36 3. MEMORIA DESCRIPTIVA l Problema técnico que resuelve l Descripción de lo conocido en la materia l Descripción de los dibujos l Descripción detallada de la invención l Ejemplos de aplicación

37 REIVINDICACIONES l ASPECTO QUE SE DESEA PROTEGER l EL PLIEGO SE COMPONE POR UNA CLAUSULA PRINCIPAL EN QUE SE MENCIONAN LOS ELEMENTOS QUE COMPONEN LA INVENCION l EL RESTO DE LAS CLAUSULAS DEBE ESTAR LIGADAS A LA REIVINDICACION PRINCIPAL Y ESPECIFICARAN O DETALLARAN LOS ELEMENTOS MENCIONADOS EN LA CLAUSULA PRINCIPAL

38 PCT: Tratado de Cooperación en Materia de Patentes l Es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y suscrito por 139 países parte del Convenio de Paris. l El PCT permite solicitar simultáneamente y en un gran número de países la protección de una invención por patente en la fase internacional, con las siguientes ventajas para el solicitante: l Presentación de una única solicitud "internacional" de patente que en cumplimiento con los requisitos de forma del PCT, se realiza en un idioma y el pago de un único conjunto de tasas. l Búsqueda internacional en donde una Oficina de Administración analiza la invención y establece un dictamen sobre su potencial patentabilidad.


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