Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porKristin Müller Modificado hace 6 años
1
El impacto del decreto de estímulos fiscales a la RFN
SEMINARIO DE NOVEDADES FISCALES 2019 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
2
Objeto del Decreto Mejorar el bienestar de la población en esa región, a través de beneficios fiscales consistentes en: Proponer una tasa reducida del IVA (1/2) para reactivar los mercados y Reducir una tasa del ISR (2/3) a las empresas y personas físicas con actividad empresarial, para: A) Destinar mayores recursos a la inversión, B) Generar empleos y C) Aumentar su competitividad.
3
Incremento en el salario mínimo
OBJETO INDIRECTO Incremento en el salario mínimo Atención de carencias de servicios urbanos básicos, equipamiento y espacios públicos Coadyuvar a reducir la violencia en la región.
4
Municipios que se consideran RFN
Baja California: Ensenada, Playas de Rosarito, Tijuana, Tecate y Mexicali. Sonora: San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta. Chihuahua: Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides. Coahuila de Zaragoza: Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo. Nuevo León: Anáhuac. Tamaulipas: Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros.
5
¿Quiénes pueden acogerse a los EF?
Aquellos contribuyentes que: En el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables y valor de actos o actividades en la RFN en cuando menos el 90%, diferenciando los obtenidos en la RFN y los obtenidos fuera de ésta y, en su caso, la integración deberá ser por sucursal, agencia o establecimiento, debidamente cruzada con la Balanza de comprobación al 31 de diciembre del ejercicio que corresponda. Tengan su domicilio fiscal dentro de la RFN, el cual no debe tener una antigüedad menor a 18 meses. (En el caso que su antigüedad sea menor a 18, deberán cumplir con diversos requisitos adicionales). No gocen de otro estímulo fiscal.(La aplicación de los beneficios no dará lugar a devolución o compensación alguna).
6
OTROS REQUISITOS Manifestación expresa que realice el contribuyente de cumplir con todos los requisitos para aplicar el estímulo fiscal de ISR para la RFN. No ubicarse en algún supuesto establecido en el penúltimo párrafo del artículo 69 del CFF. No ubicarse en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF. Manifestar bajo protesta de decir verdad que no han realizado operaciones con contribuyentes que se hayan ubicado en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF, o bien, que acreditaron ante el SAT que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los CFDI.
7
OTROS REQUISITOS Manifestar bajo protesta de decir verdad que los socios o accionistas registrados ante el SAT no se encuentren en los supuestos del artículo 69-B del CFF. No haber sido publicado conforme lo previsto en el artículo 69-B Bis del CFF. Contar con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. Contar con buzón tributario activo.
8
REQUISITOS FORMALES Contar con Firma electrónica avanzada
Tener opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales. Tener activo el buzón tributario. Participar semestralmente en el programa de verificación en tiempo real con el SAT.
9
6ª Resolución de modificaciones a la rmf 2018
SEMINARIO DE NOVEDADES FISCALES 2019 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
10
6ª RMODIFICACIONES A LA RMF 2018
Aplicable a partir del 7 de enero de 2019. En caso de que la autoridad detecte que no cumple con algún requisito, no será procedente su inscripción al padrón, haciendo de su conocimiento la causa de la negativa para que corrija su situación fiscal y pueda presentar nuevamente su aviso de incorporación, siempre que se encuentre dentro del plazo legal concedido. La autoridad fiscal podrá ejercer las facultades previstas en el CFF para constatar en cualquier momento posterior a la incorporación de los contribuyentes al padrón, que éstos cumplen con los requisitos previstos en el Decreto.
11
Opción para presentar el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios en materia de ISR
En caso de que se detecte que no se cumple con algún requisito, la autoridad emitirá una resolución en la que dejará sin efectos el aviso. Los contribuyentes podrán desvirtuar la causa, de conformidad con el procedimiento señalado en la 3/DEC-10 "Aclaración para desvirtuar la causa por la que se dejó sin efectos el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios…" (Anexo 1-A). ¿Cuándo se presenta? Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en el que se haya dejado sin efectos el aviso.
12
Opción para presentar el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios en materia de ISR
Los que desvirtúen la causa por la que se dejó sin efectos el aviso, continuarán en el Padrón de beneficiarios. Aquéllos que no desvirtúen, deberán corregir su situación fiscal desde la fecha en que comenzaron a aplicar el estímulo fiscal. Ya no podrán volver a solicitar su inscripción en el padrón.
13
Los contribuyentes que decidan darse de baja del Padrón deberán realizarlo de conformidad con la ficha 2/DEC-10 "Aviso para darse de baja del Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte", contenida en el Anexo 1-A. ¿Cuándo se presenta? A más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en que dejen de ejercer la opción de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR. La solicitud de la renovación de la autorización se presentará conforme a la ficha 1/DEC-10 "Aviso para inscribirse en el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte" contenida en el Anexo 1-A.
14
¿Dónde se presenta? En el Portal del SAT.
¿Qué documento se obtiene? Acuse de recibo y Acuse de respuesta. ¿Cuándo se presenta? · A más tardar el 31 de marzo de 2019. · Dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o de la presentación del aviso de apertura de sucursal o establecimiento. · En caso de renovación, a más tardar en la fecha en que se deba presentar la declaración anual del ejercicio fiscal inmediato anterior a aquel por el que se solicite la misma.
15
Aviso para aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA
Para efectos de los artículos Décimo Segundo, fracción II del Decreto … las personas físicas o morales que apliquen el estímulo de IVA, deberán presentar aviso de conformidad con la ficha 4/DEC-10 "Aviso para aplicar el estímulo fiscal de IVA en la región fronteriza norte", contenida en el Anexo 1-A. Los contribuyentes que decidan dejar de aplicar el estímulo de IVA deberán presentar un aviso de conformidad con la ficha de trámite 5/DEC-10 "Aviso para dar de baja el estímulo fiscal de IVA en la región fronteriza norte", contenida en el Anexo 1-A.
16
Fecha de presentación del aviso
TRANSITORIOS Cuarto. El aviso…podrá presentarse a más tardar el 7 de febrero de 2019.
17
Expedición de CFDI aplicando estímulo en materia de IVA
Para los efectos de los artículos Décimo Primero del Decreto… los contribuyentes, que tengan derecho a aplicar el crédito resultado del estímulo en materia de IVA por las operaciones que realicen…, para efectos de la expedición de los CFDI estarán a lo siguiente: I. En el catálogo de tasa o cuota, del ..atributo "Tasa o Cuota" del CFDI, seleccionarán la opción o valor identificada como: "IVA Crédito aplicado del 50%". II. Una vez transcurridas 72 horas a la presentación del aviso, podrán reflejar la aplicación del estímulo, en el CFDI usando la opción o valor "IVA Crédito aplicado del 50%".
18
Expedición de CFDI aplicando estímulo en materia de IVA
III. Los proveedores de certificación de CFDI validarán que quienes hayan emitido CFDI usando la opción o valor "IVA Crédito aplicado del 50%" hayan presentado efectivamente el citado aviso. IV. Para efectos de asentar en el CFDI la tasa de retención de IVA, los contribuyentes capturarán la que corresponda una vez aplicado el crédito de 50% que otorga el citado Decreto.
19
Lo dispuesto en esta regla no será aplicable para aquellas operaciones en donde en el CFDI se señale en el campo o atributo denominado "ClaveProdServ" como clave de producto o servicio la " no existe en el catálogo", salvo que se trate de operaciones celebradas con el público en general a que se refiere la regla , ni las que el SAT identifique como correspondientes a bienes o servicios no sujetos a los beneficios del estímulo de IVA, en el catálogo de productos y servicios (c_ClaveProdServ) del CFDI publicado en el portal del SAT.
20
TRANSITORIO SOBRE CFDI
Tercero. …los contribuyentes beneficiarios de dicho Decreto ubicados en la RFN podrán diferir la expedición de los CFDI aplicando el crédito derivado del estímulo en materia de IVA, por el período comprendido del 1 de enero al 30 de abril de 2019, siempre que, a más tardar, al 1 de mayo de se hayan emitido todos los CFDI por los que se haya tomado la opción de diferimiento señalada. Cuando los contribuyentes incumplan con la emisión de los CFDI conforme a la fecha antes señalada, perderán el derecho de aplicar la presente facilidad, considerándose omisos en el cumplimiento de su obligación de expedir CFDI.
21
Quinto. …Se entenderá por cumplida la obligación del registro de los asientos contables, siempre y cuando los contribuyentes emisores y receptores de los CFDI expedidos al amparo del Decreto, realicen el registro contable a más tardar el 31 de mayo de 2019.
22
Programa de verificación en tiempo real
…se considera que los contribuyentes colaboran semestralmente en el programa de verificación en tiempo real …, siempre que presenten la información y documentación señalada en la ficha de trámite 6/DEC-10 "Informe al programa de verificación en tiempo real … ¿Cuándo se presenta? A más tardar 30 días después de que haya concluido cada semestre del año.
23
Competencia AGAFF Si del análisis a las manifestaciones y documentación presentada, la autoridad requiere mayor información, se estará a lo siguiente: A. … la información deberá ser proporcionada de manera oportuna en las fechas y modalidades requeridas por la ADAF competente (deberán atenderse a partir de agosto 2019 y concluirán en el primer semestre de 2021). En caso contrario, se considerará que el contribuyente no colabora y por lo tanto incumple con el requisito de participar en el programa de verificación en tiempo real...
24
Competencia AGGC B. …a partir de agosto de 2019, las autoridades fiscales podrán,… realizar verificaciones en tiempo real a los contribuyentes inscritos en el "Padrón de beneficiarios…con la finalidad de validar que dichos contribuyentes cumplen con lo establecido…,así como para corroborar y evaluar la veracidad y congruencia de la información y documentación presentada …conforme a la ficha de trámite 6/DEC-10 "Informe al programa de verificación en tiempo real … La verificación podrá llevarse a cabo en el domicilio fiscal, en la sucursal, en la agencia o en el establecimiento que el contribuyente haya registrado en el "Padrón de beneficiarios… por lo que los contribuyentes elegidos podrán permitir al personal adscrito a la unidad competente del SAT, el acceso... la verificación también se podrá llevar a cabo en las oficinas de las autoridades fiscales.
25
Verificación en tiempo real
I. La autoridad fiscal enviará al contribuyente, mediante buzón tributario, una solicitud para llevar a cabo la verificación, en la cual, al menos, indicará lo siguiente: a) Las razones que motivan la verificación. b) El domicilio fiscal, la sucursal, la agencia o el establecimiento, o bien, la ubicación de las oficinas de las autoridades fiscales en donde se desarrollará la verificación. c) El periodo en el que se ejecutará la verificación. d) Los nombres y puestos de los funcionarios públicos que llevarán a cabo la verificación.
26
Verificación en tiempo real
II. El contribuyente elegido para participar en una verificación, podrá manifestar, mediante buzón tributario, su voluntad de colaborar en la verificación, dentro de los 3 días hábiles siguientes, contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación. En caso de no recibir respuesta… se entenderá que éste rechazó colaborar con el SAT participando en el programa de verificación en tiempo real.
27
Verificación en tiempo real
III. Una vez que el contribuyente haya manifestado su conformidad, la autoridad fiscal podrá: a) Solicitar la presencia del contribuyente, o su representante legal, en las oficinas de las autoridades fiscales, a efecto de presentar la información y documentación que se le requiera. b) Solicitar la presencia del contribuyente, o su representante legal, en el domicilio, sucursal, agencia o establecimiento, el día y la hora que se indiquen. Si no acude a la cita o no atiende a las autoridades fiscales.., se entenderá que éste rechazó colaborar con el SAT participando en el programa de verificación en tiempo real, lo cual se hará constar en el acta correspondiente
28
Verificación en tiempo real
IV. …la autoridad fiscal deberá levantar una minuta por cada reunión que se celebre, que incluirá, al menos, lo siguiente: a) Los datos generales del contribuyente. b) Número de control de la verificación en tiempo real. c) La información y documentación que haya sido presentada por el contribuyente, así como sus manifestaciones expresadas en dicha reunión. d) Los nombres, identificación, puestos y firmas de los funcionarios públicos que desahogaron la verificación. e) Nombre, firma e identificación del contribuyente o de su representante legal.
29
Verificación en tiempo real
V. …previo al inicio de la verificación, el contribuyente proporcionará a la autoridad fiscal un escrito libre firmado por aquél o su representante legal, en el que manifieste que autoriza a los funcionarios públicos …para acceder al domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento, según corresponda, donde éste lleve a cabo sus actividades. En cada ocasión que el contribuyente autorice a la autoridad fiscal para tales efectos, proporcionará dicho escrito libre. En caso de que el contribuyente o su representante legal, no proporcionen el escrito, se entenderá que rechazó colaborar con el SAT participando en el programa de verificación en tiempo real, lo cual se hará constar en el acta correspondiente.
30
Verificación en tiempo real
Cuando la autoridad fiscal acceda al domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento, a efecto de llevar a cabo la verificación, deberá levantar una minuta que incluirá, al menos, lo siguiente: a) Los datos generales del contribuyente. b) Número de control de la verificación en tiempo real. c) El relato de los hechos ocurridos durante el día, incluyendo las manifestaciones, así como la relación de la información, datos y documentación aportados por el contribuyente o por su personal. d) Los nombres, identificación, puestos y firmas de los funcionarios públicos que desahogaron la verificación. e) Nombre, firma e identificación del contribuyente o de su representante legal.
31
Verificación en tiempo real
VI. En caso de que, por cualquier causa atribuible al contribuyente, exista impedimento para que la autoridad fiscal realice la verificación o cuando el contribuyente se rehúse a llevar a cabo el proceso…, las autoridades fiscales levantarán el acta correspondiente. En dichos supuestos, se considerará que el contribuyente no colabora y por lo tanto incumple con el requisito de participar en el programa de verificación en tiempo real... La autoridad dará lectura a las minutas señaladas…, previo a la suscripción de las mismas, a efecto de que las partes ratifiquen su contenido y firmen de conformidad. El plazo máximo para que las autoridades fiscales concluyan la verificación en tiempo real, será de un mes.
32
Verificación en tiempo real
Las autoridades fiscales en su visita limitarán sus actuaciones a circunstancias relacionadas con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto, así como con la normatividad aplicable. Dichas actuaciones podrán incluir, entre otras, inspecciones oculares, entrevistas y mesas de trabajo con el personal del contribuyente vinculado con las operaciones... Los procedimientos seguidos …por parte de las autoridades fiscales no darán lugar al inicio de sus facultades de comprobación. Dichas facultades de comprobación no se verán afectadas por los requerimientos de información efectuados en términos de esta regla. Al respecto, las autoridades fiscales quedan en aptitud de ejercer sus facultades de comprobación en todo momento.
33
Ingresos obtenidos Se considera que se cumple con el requisito de que al menos el 90% del total de los ingresos sean obtenidos exclusivamente en la RFN durante el ejercicio inmediato anterior de que se trate, cuando dichos in gresos correspondan a la realización de actividades en la RFN, (que no deriven de bienes intangibles, ni al comercio digital). Tratándose de contribuyentes que inicien actividades en la RFN, deberán estimar que obtendrán cuando menos el 90% de sus ingresos totales del ejercicio por la realización de actividades en la RFN.
34
Pérdida del derecho para aplicar en ISR el beneficio del Decreto
…se entenderá que también se pierde el derecho a aplicar el crédito fiscal previsto en el artículo Segundo del Decreto, cuando en los pagos provisionales, teniendo impuesto causado, no se aplique el crédito citado. La pérdida del derecho a aplicar dicho crédito respecto del pago provisional de que se trate, aplicará para los subsecuentes pagos provisionales y declaración anual del mismo ejercicio.
35
Documentación para comprobar antigüedad en la RFN
…los contribuyentes acreditarán la antigüedad en su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento, dentro de la RFN con la documentación que demuestre que en el transcurso del plazo a que se refiere el Decreto han ocupado o permanecido de manera constante en dichos lugares, entre otros documentos, con: estados de cuenta bancarios, recibos de pago de servicios, boletas de pago de predio o catastro; En todos los casos los documentos que se exhiban deberán estar a nombre del contribuyente, donde se observe el domicilio fiscal o el domicilio de la sucursal, agencia o establecimiento. Dicha documentación deberá conservarse como parte de su contabilidad en los términos del artículo 28 del CFF.
36
Documentación para comprobar capacidad económica, activos e instalaciones
…los contribuyentes acreditarán …con la documentación que demuestre las principales fuentes de ingresos, los bienes, derechos y otros recursos de los que dispone, así como el mobiliario, maquinaria y equipo con que cuentan para la realización de sus operaciones, entre otros, con lo siguiente: I. Estado de posición financiera del año inmediato anterior al que presenta el Aviso …o del periodo mensual más reciente que se tenga en los casos de ser de reciente creación o por inicio de operaciones. II. Registro contable y documentación soporte de las pólizas relacionadas con las inversiones, además de la documentación que acredite la legal propiedad, posesión o tenencia de los bienes que constituyen la inversión, así como su adquisición, incluyendo, las fotografías de las mismas, así como los comprobantes de pago y transferencias de las erogaciones por la adquisición de los bienes. III. Precisar y documentar si la inversión en activo fijo nuevo va a ser destinada en su totalidad a actividades en la RFN.
37
Documentación para comprobar capacidad económica, activos e instalaciones
IV. Documentación soporte de las fuentes y condiciones de financiamiento. V. Actas protocolizadas de aportación de capital y, …el estado de cuenta bancario del solicitante en donde se identifique el financiamiento o la procedencia de dichos recursos, incluyendo el estado de cuenta de los socios y accionistas en el caso de aportación de capital. VI. Indicar la información del mobiliario, maquinaria o equipo de su propiedad que utilizará para la realización de sus operaciones, con su respectivo registro contable y documentación que acredite la legal propiedad, posesión o tenencia, incluyendo, las fotografías de los mismos, así como los CFDI, comprobantes de pago y transferencias de las erogaciones por la adquisición. VII. …, planos de los lugares físicos en que se desarrollará el proyecto, o la proyección fotográfica o similar de cómo quedará el proyecto en su conclusión.
38
Documentación para comprobar capacidad económica, activos e instalaciones
VIII. Número de personal contratado, indicando el registro de inscripción en el IMSS, y aportando el primer y último recibos de pago de las cuotas obrero-patronales ante dicho Instituto. IX. Tratándose de la adquisición de inmuebles, …los títulos de propiedad, en los que conste la inscripción en el registro público de la propiedad o el aviso correspondiente o, …el contrato de arrendamiento o concesión del inmueble donde se llevará a cabo la actividad o del documento donde conste la modalidad jurídica que corresponda. Dicha documentación deberá conservarse como parte de su contabilidad en los términos del artículo 28 del CFF.
39
Documentación para comprobar la obtención de ingresos en la RFN
…los contribuyentes podrán comprobar que sus ingresos totales del ejercicio en la región fronteriza norte, representan al menos el 90% del total de sus ingresos, a través de la manifestación, bajo protesta de decir verdad, que en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron cuando menos el 90% de sus ingresos en la RFN ..., diferenciando los montos de los ingresos obtenidos en la RFN y los obtenidos fuera de ésta; la integración de los montos de los ingresos deberá ser por sucursal, agencia o establecimiento, y la suma de estos, deberá coincidir con el monto reportado en la balanza de comprobación al 31 de diciembre del ejercicio que corresponda. Dicha documentación deberá conservarse como parte de su contabilidad en términos del artículo 28 del CFF.
40
Documentación para comprobar la obtención de ingresos en la RFN
Adicionalmente, los contribuyentes deberán manifestar en las declaraciones de pagos provisionales y del ejercicio, el monto de los ingresos obtenidos en la RFN; si la cantidad manifestada en la declaración no representa cuando menos el 90% del total de los ingresos obtenidos en dicha región, el contribuyente deberá presentar declaraciones complementarias por el ejercicio fiscal en el que aplicó indebidamente el Decreto.
41
Documentación para comprobar que los bienes adquiridos son nuevos o, en su caso, usados
…los contribuyentes podrán comprobar que los bienes que adquirieron son nuevos con los siguientes documentos: I. CFDI que ampare dicha adquisición, el cual no deberá tener una antigüedad mayor a dos años, contados a partir de la fecha de la presentación del Aviso .. II. Estado de cuenta bancario en el que conste el pago correspondiente, y III. Póliza de registro contable.
42
Documentación para comprobar que los bienes adquiridos son nuevos o, en su caso, usados
Tratándose de bienes usados se podrá acreditar la adquisición con el comprobante fiscal en papel, comprobante fiscal digital o bien el CFDI que ampare la adquisición del bien usado por parte del proveedor, así como el CFDI por la enajenación al contribuyente. Adicionalmente, se deberá conservar escrito firmado por el representante legal o contribuyente, en el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, la clave en el RFC de cada una de sus partes relacionadas y que el bien adquirido no ha sido enajenado más de una ocasión.
43
Fecha de aplicación del estímulo fiscal de IVA
…Se considera que los contribuyentes comienzan a aplicar dicho estímulo a partir del 1 de enero de 2019, siempre que obtengan el acuse de recibo de conformidad con la ficha de trámite 4/DEC-10 "Aviso para aplicar el estímulo fiscal de IVA en la región fronteriza norte", contenida en el Anexo 1-A.
44
Expedición de CFDI en RFN para los contribuyentes que tributan en el RIF
…los contribuyentes que tributen en el RIF que hayan optado por aplicar el estímulo fiscal señalado en el artículo Décimo Primero del Decreto…, considerarán que existe el traslado del IVA en la expedición de su CFDI por operaciones con el público en general..., siempre que en la declaración del bimestre que corresponda, se separen los actos o actividades realizadas con el público en general, a los cuales se les aplicó el citado estímulo fiscal.
45
Sujetos a que se refiere el Artículo Sexto, fracción VII del Decreto
…Se entenderá por contribuyentes que determinan su utilidad fiscal con base en los artículos 181 y 182 de la Ley del ISR, a quienes lleven a cabo operaciones de maquila en los términos del artículo 181, segundo párrafo de la citada Ley.
46
Posturas partidistas (PRI)
Se considera totalmente discriminatorio, en virtud de que solo lista a algunos municipios fronterizos del norte y omite a los municipios del sur. Los beneficios que son otorgados parecieran una simulación, pues deja fuera a sectores prioritarios: A) Sector primario (agrícola, ganadero, silvícolas, pesqueras); B) Régimen de incorporación fiscal (RIF); C) A las personas físicas que prestan servicios profesionales; y D) A las maquiladoras.
47
POSTURA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SEMINARIO DE NOVEDADES FISCALES 2019 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
48
Posturas partidistas (PRI)
Miguel Ángel Osorio Chong y Vanessa Rubio Márquez (09 Enero 2019) Discrimina a empresas por buenas prácticas o por su contribución al desarrollo económico, ya que en el artículo tercero dice que se dará el estímulo de ISR a quienes no gocen de otro estímulo fiscal (por ejemplo, contratar personas con discapacidad o adultos mayores; o los que se dan a empresas que realizan investigación y desarrollo). Solo estará vigente en 2019 y La inscripción al Padrón será en marzo de cada año, con lo que se elimina la posibilidad de que nuevas empresas se beneficien del estímulo.
49
Respecto del IVA, la reducción de la tasa de este impuesto no causará beneficio a los consumidores finales, sino que se orientará solamente a beneficiar a los intermediarios, lo que detonó la rehomologación del IVA, ya que se comprobó que esta medida no provocó una reducción de precios y solo incrementó el margen de las empresas. Se oponen a las medidas porque no se decidieron mediante una decisión parlamentaria y democrática, sin ninguna sensibilidad política...
50
En el paquete económico del ejercicio fiscal 2019, no se ven reflejados los efectos de una reducción en del IVA en 8 puntos porcentuales y de una disminución del ISR en la zona fronteriza norte, lo que puede tener como consecuencia una merma en los ingresos de la federación que podrá resultar muy costoso para la población en general pues resultará en menos ingresos para programas sociales y otros, que pudieran ser prioritarios. Por ello, solicitan que el secretario de Hacienda y Crédito Público, Carlos Urzúa Macías, explique los alcances del decreto, así como la merma que esto pudiera causar en los ingresos de la federación y sus efectos en el corto y mediano plazo.
51
¿Puede impugnarse este Decreto?
SEMINARIO DE NOVEDADES FISCALES 2019 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
52
PRECEDENTES JUDICIALES
ESTÍMULOS FISCALES. EL DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 5 DE MARZO DE 2003, Y REFORMADO POR LOS DIVERSOS DECRETOS PUBLICADOS EN EL CITADO MEDIO DE DIFUSIÓN EL 23 DE ABRIL DE 2003 Y EL 26 DE ENERO DE 2005, NO VIOLA LA GARANTÍA DE IGUALDAD. 1a./J. 1/2008 Época: Novena Época Instancia: Primera sala - Suprema Corte de Justicia de la Nación Boletín: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Tomo XXVII, Enero de 2008
53
PRECEDENTES JUDICIALES
los …estímulos se otorgaron para fortalecer las haciendas de las entidades federativas y de los Municipios, lo cual es acorde con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley de Coordinación Fiscal , pues un porcentaje de los pagos a la Federación por el impuesto sobre la renta retenido, en lugar de enterárselo, lo destinarían a su propia hacienda; otro porcentaje lo incluirían en el Fondo General de Participaciones -los Estados- o en el Fondo de Fomento Municipal -los Municipios-; y otro lo enterarían a la Federación. …al administrar los ingresos destinados al gasto público participan de los atributos propios del poder público, lo cual constituye una diferencia fundamental entre los retenedores particulares y los entes públicos beneficiarios del estímulo fiscal aludido, por lo que se justifica el trato diferenciado; máxime si se toma en cuenta que se trata de una redistribución de los ingresos destinados al gasto público, en sus diferentes niveles (federal, estatal y municipal)…
54
PRECEDENTES JUDICIALES
ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 7o., FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE SONORA, VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL CUATRO. NO SE RIGE BAJO LOS PRINCIPIOS REGULADORES DE LAS CONTRIBUCIONES A QUE ALUDE EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, AL SER UN SUBSIDIO. V.4o. J/2 Jurisprudencia Época: Novena Época Instancia: Cuarto Tribunal Colegiado del quinto circuito - Quinto circuito (Sonora) Boletín: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Tomo XXI, Enero de 2005
55
PRECEDENTES JUDICIALES
El estímulo fiscal previsto en el artículo 7o., fracción IV, de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado de Sonora, vigente para el ejercicio fiscal dos mil cuatro, no se rige bajo los principios de proporcionalidad y equidad tributarios previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal , en virtud de que es un subsidio que no puede ser catalogado como un impuesto, contribución especial, derecho o accesorio de éstos, …que deban soportar en su peculio los contribuyentes que encuadren en el mismo, sino, …tiene el carácter de un estímulo fiscal que corre a cargo del Estado, con el propósito de incrementar los ingresos disponibles de las sociedades de responsabilidad limitada de interés público y capital variable…, en beneficio colectivo, los cuales tienen la obligación de cumplir con las contraprestaciones parafiscales que han adquirido con el Estado, como contraprestación del beneficio. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
56
PRECEDENTES JUDICIALES
ACTO DERIVADO DE ACTO CONSENTIDO. NO TIENE TAL CARACTER EL DECRETO POR EL QUE SE PRECISAN LOS DECRETOS Y ACUERDOS EN MATERIA DE ESTIMULOS FISCALES Y SUBSIDIOS QUE SE ENCUENTRAN VIGENTES A PARTIR DEL EJERCICIO FISCAL DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CUANDO NO SE IMPUGNA TAMBIEN EN EL JUICIO DE AMPARO EL ARTICULO 13 DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA TAL EJERCICIO. P./J. 2/95 Jurisprudencia Época: Novena Época Instancia: Pleno - Suprema Corte de Justicia de la Nación Motivación: Unificación de Criterios Boletín: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Tomo I, Mayo de 1995
57
PRECEDENTES JUDICIALES
…es necesario interpretar que causa perjuicios jurídicos a los quejosos, pues de su texto no se desprende que expresamente deje sin efectos o cancele otros subsidios o estímulos diversos a los que señala; asimismo, para poder considerar que el decreto reclamado es un acto derivado del dispositivo legal citado debe determinarse previamente si éste, que fue expedido por el Presidente de la República, es o no un acto que puede considerarse deriva o es consecuencia necesaria y directa de la ley o de la facultad que el artículo 89, fracción I, constitucional otorga al Presidente de la República para proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes. ...
58
PRECEDENTES JUDICIALES
VALOR AGREGADO. EL DECRETO QUE ESTABLECE UN ESTÍMULO FISCAL CONSISTENTE EN UNA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 100% DEL IMPUESTO RELATIVO, QUE SE DEBE PAGAR POR LA IMPORTACIÓN O ENAJENACIÓN DE JUGOS, NÉCTARES Y OTRAS BEBIDAS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 19 DE JULIO DE 2006, NO VIOLA EL DERECHO A LA IGUALDAD. 2a./J. 43/2012 (10a.) Jurisprudencia Época: Décima Época Instancia: Segunda sala - Suprema Corte de Justicia de la Nación Boletín: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Libro X, Julio de 2012, Tomo 2
59
PRECEDENTES JUDICIALES
…al otorgar un estímulo fiscal a los importadores o enajenantes de jugos, néctares, concentrados de frutas o de verduras y de productos para beber en los que la leche sea un componente que se combina con vegetales,…cuya presentación sea en envases menores de 10 litros, consistente en una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que se deba pagar por la importación o enajenación de esos productos, no así a los importadores o enajenantes de productos diferentes que pueden considerarse alimentos, a pesar de encontrarse en situaciones semejantes, no viola el derecho a la igualdad contenido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , en tanto que tal diferenciación persigue una finalidad constitucionalmente válida, es adecuada para el logro de tal fin y, además, guarda una relación razonable con el objeto que se procura alcanzar. …el estímulo se otorga en aras de asegurar un tratamiento fiscal idéntico y condiciones de competencia similares para todas las enajenaciones de los bienes a que se refiere el Decreto, desde el productor hasta el consumidor final y para corregir la distorsión provocada en la cadena de comercialización, cuando sólo alguno de los agentes que intervienen en ésta pueden aplicar la tasa del 0% y otros la del 15%, lo que tiene influencia en el equilibrio del mercado, al incidir en los precios que el consumidor final debe pagar; además, la aplicación del estímulo fiscal aludido produce de facto la consecuencia de que todos los importadores o enajenantes de los productos señalados en el Decreto apliquen la tasa del 0%; …sólo busca asegurar un tratamiento fiscal idéntico y condiciones de competencia similares para todas las enajenaciones de los productos relativos y no de otros.
60
PRECEDENTES JUDICIALES
ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE EGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2011 Y EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO EN MATERIA VEHICULAR A LA ECONOMÍA FAMILIAR DE LA MISMA ENTIDAD. NO PUEDE ANALIZARSE A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS DE JUSTICIA TRIBUTARIA. 2a./J. 139/2012 (10a.) Tipo sentencia: Jurisprudencia Época: Décima Época Instancia: Segunda sala - Suprema Corte de Justicia de la Nación Boletín: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Libro XIV, Noviembre de 2012, Tomo 2
61
PRECEDENTES JUDICIALES
El beneficio en cuestión constituye un estímulo fiscal que no tiene relevancia impositiva en el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos de donde surge el deber de pago, ya que no incide en alguno de sus elementos esenciales como objeto, base, tasa o tarifa, ni integra su mecánica, pues lo único que se pretende con su otorgamiento es apoyar la economía familiar mediante la entrega en dinero de un porcentaje del valor del vehículo respectivo para sufragar los costos que conlleva su uso; por tanto, al no medir la capacidad contributiva de los sujetos obligados ni pretender impedir que se cause el impuesto respectivo, dicho beneficio no puede analizarse a la luz de los principios de justicia tributaria previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , lo que no impide que su regularidad constitucional pueda examinarse al tenor del artículo 1o. de la Constitución Federal .
62
PRECEDENTES JUDICIALES
ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 9o., ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE NO TRANSGREDE EL DERECHO A LA IGUALDAD. 2a./J. 27/2015 (10a.) Tipo sentencia: Jurisprudencia Época: Décima Época Instancia: Segunda sala - Suprema Corte de Justicia de la Nación Boletín: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Localización: Libro 17, Abril de 2015, Tomo I
63
PRECEDENTES JUDICIALES
…a las entidades…, que se hubieran adherido al "Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos", publicado …el 5 de diciembre de 2008, y que estén al corriente en los enteros correspondientes al mes de diciembre de 2012, se les extenderá hasta 2014 el beneficio fiscal consistente en acreditar sólo determinado porcentaje del impuesto sobre la renta retenido a sus trabajadores. Ahora bien, el objetivo perseguido con la extensión del beneficio fue continuar con el fortalecimiento de las haciendas de las entidades federativas y de los Municipios para mejorar la distribución racional de sus fuentes de ingresos, con relación al problema relativo al pago de la retención del impuesto sobre la renta a cargo de sus trabajadores …para corregir su situación fiscal, mediante la instrumentación de un esquema de estímulos fiscales que aliviara sus finanzas públicas, al tiempo de permitir que no se afectaran los salarios de sus trabajadores. Por tanto, …no transgrede el derecho a la igualdad reconocido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , al tener una finalidad objetiva y constitucionalmente válida, además de constituir una medida apta para lograr el fin perseguido, por lo que resultaba necesaria y,…no hay afectación desmedida a bienes y derechos constitucionalmente protegidos.
64
PRECEDENTES JUDICIALES
AMPARO EN REVISIÓN 26/ RENTA. DEBEN DESESTIMARSE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN Y AGRAVIOS ENCAMINADOS A CUESTIONAR LA DECISIÓN DEL LEGISLADOR DE ELEVAR LA TASA DEL 28% AL 30% DE ESE TRIBUTO EN EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN I, INCISO A), DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE, VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE DOS MIL DIEZ. PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. EL LEGISLADOR CUENTA CON UN MARGEN AMPLIO DE CONFIGURACIÓN, AL DEFINIR LAS TASAS Y TARIFAS. ESTÍMULOS FISCALES. FACULTADES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA DETERMINARLOS CONFORME A LOS ARTÍCULOS 25, 26 Y 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Ministro: OLGA MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO 26/2011 Ejecutoria Novena Época Instancia: Primera sala - Suprema Corte de Justicia de la Nación Boletín: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Tomo XXXIII, Mayo de 2011, página 147. Fecha: 16/02/2011
65
PRECEDENTES JUDICIALES
ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 9o., ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE NO LE SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD. 2a./J. 26/2015 (10a.) Décima Época Instancia: Segunda sala - Suprema Corte de Justicia de la Nación Boletín: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Localización: Libro 17, Abril de 2015, Tomo I
66
PRECEDENTES JUDICIALES
… A las entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, …y que estén al corriente en los enteros correspondientes al mes de diciembre de 2012, se les extenderá hasta 2014 el beneficio fiscal consistente en acreditar sólo determinado porcentaje del impuesto sobre la renta retenido a sus trabajadores. …el estímulo fiscal se otorga a las entidades públicas …en relación con la obligación formal de retener y enterar el impuesto sobre la renta a cargo de sus trabajadores, sin que se altere ni modifique el impuesto, sino únicamente los ingresos que se deben enterar al fisco. …no le son aplicables los principios tributarios de proporcionalidad y equidad previstos en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , en tanto que el estímulo no incide en los elementos de la contribución.
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.