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PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL(POT) JOSE MOISES PLAZA UNIVERSIDAD DE CORDOBA FACULTAD DE EDUCACION LIC. EN CIENCIAS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE MONTERIA.

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1 PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL(POT) JOSE MOISES PLAZA UNIVERSIDAD DE CORDOBA FACULTAD DE EDUCACION LIC. EN CIENCIAS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE MONTERIA 2018

2 INTRODUCCIÓN Administraciones municipales y distritales son autónomas en el compromiso de orientar los procesos de planeación y ordenamiento de su desarrollo territorial. (ley 388 de 1997 y su decreto reglamentario 879 del 13 de mayo de 1998). POT y PDM políticas acciónales, departamentales y los compromisos adquiridos por los mandatarios locales en su programa de gobierno. Los POT tendrán un sistema de información para la evaluación, seguimiento, monitoreo y control de su desempeño y aplicabilidad: EXPEDIENTE MUNICIPAL (artículo 112 Ley 388 de 1997).

3 ORDENAMIENTO TERRITORIAL UN LUGAR PARA CADA COSA Y CADA COSA EN SU LUGAR ORDENAMIENTO TERRITORIAL

4 Por el acelerado incremento de la demanda de bienes ambientales frente a una insostenible oferta Por los constantes conflictos que se presentan en el territorio, como consecuencia de la inadecuada localización de las actividades y usos del territorio Por la carencia de herramientas técnicas de planeación del orden local que apunten a la minimización del deterioro de la calidad de vida de la población POR QUE SE ORDENA EL TERRITORIO

5 Para equilibrar las relaciones de población con el territorio y así encontrar mejores formas de convivencia, crecimiento y desarrollo municipal Para acabar con la inadecuada localización de las actividades y conflictos de usos del territorio Para construir un territorio productivo, equitativo y sostenible, como fin socialmente establecido Para identificar, racionalizar, priorizar y programar las obras públicas en el corto, mediano y largo plazo PARA QUE SE ORDENA EL TERRITORIO

6 ¿QUÉ ES EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL? El POT es un instrumento de planificación del desarrollo municipal puesto a disposición de los municipios del país a través de la ley 388/97, que lo define como “… el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo…”

7 LEGISLACIÓN DESENCADENANTE DEL PROCESO DE OT SECTORIALES LEY 99 /93 Medio Ambiente Ley 142 /94 Servicios públicos Ley 70 / 93 Pluralidad étnica- cultural DE PLANIFICACIÓN LEY 9a /89 – PDM + instrumentos. LEY 152 /94 - PDM LEY 388 /97 - Desarrollo Territorial LEY 507 /99 – Concertación, plazos LEY 128 /94 - Áreas Metropolitanas LEY 136 / 94 – Nuevo régimen Municipal LEY 614 /00 - comités de integración territorial.

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10 ESTRUCTURA NORMATIVA: NORMAS ESTRUCTURALES – Largo plazo NORMAS GENERALES Mediano plazo NORMAS COMPLEMENTARIAS Corto, mediano y/o largo plazo. Las modificaciones y ajustes estarán sujetas a la vigencia de cada componente.

11 POT Los POT definen una VISION de largo plazo, que expresa los OBJETIVOS ESTRATEGICOS de desarrollo. Sobre esta base establece un MODELO DE OCUPACIÒN DEL TERRITORIO, que fija la estrategia de localización y distribución territorial de las actividades y las características de los sistemas estructurantes e infraestructuras requeridas. Y en un siguiente nivel, determina los PROYECTOS ESTRATEGICOS, LAS NORMAS Y LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN para el logro del modelo de ocupación del territorio y la visión de futuro.

12 CADENA ARTICULADA DE MEDIOS Y FINES QUE? COMO? VISION- OBJETIVOS ESTRATEGICOS EJES ECONOMICOS PRODUCTIVIDAD EQUIDAD COMPETITIVIDAD SOSTENIBILIDAD GOBERNABILIDAD MODELO DE OCUPACION DEL TERRITORIO ESTRUCTURA FUNCIONAL URBANO- REGIONAL, URBANO RURAL, SISTEMA ESTRUCTURANTE: VIAS- SSPP- VIS- USOS DEL SUELO- EQUIPAMIENTOS, ETC. AREAS Y PIEZAS ESTRATEGICAS: CLASIFICACION Y USOS DEL SUELO, AREAS DE RESERVA Y PROTECCION, ZONAS DE RIESGO, APROVISIONAMIENTO DE SSPP, CENTROS HISTORICOS, ETC. ESTRATEGIAS E INSTRUMENTOS DE GESTION ESTRATEGIAS DE FINANCIACION: PLUSVALIA- VALORIZACION- CARGAS Y BENEFICIOS INSTRUMENTOS GESTION P.P Y U.A.U NORMATIVIDAD URBANISTICA PLATAFORMA INSTITUCIONAL CONSEJO CONSULTIVO- CONSEJO TERRITORIAL ESTRATEGIAS DE PARTICIPACION CIUDADANA HERRAMIENTAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL POT - EXPEDIENTE MUNICIPAL PROYECTOS ESTRATEGICOS Y ESTRUCTURANTES POT PDM PARA QUE? POT LARGO PLAZOMEDIANO PLAZOCORTO PLAZO CUANDO? TERCERA ADMINISTRACION MUNICIPAL PLAN DE DESARROLLO SEGUNDA ADMINISTRACION MUNICIPAL PLAN DE DESARROLLO PRIMERA ADMINISTRACION MUNICIPAL PLAN DE DESARROLLO

13 RELACION ENTRE LOS POT Y PDM - Tener en cuenta la dimensión territorial en la formulación del Plan de Desarrollo Municipal es una forma de asegurar municipios más productivos, equitativos, sustentables y gobernables. - El POT y el PDM conforman el sistema de planeación en un municipio y brindan la integralidad necesaria al abordar no solo la parte económica y sectorial, sino también la planificación del territorio con base en unos objetivos generales de desarrollo para el municipio. - La Ley establece que los PDM deberán tener en cuenta las definiciones de mediano y largo plazo establecidos en el POT y que el programa de ejecución de este último debe integrarse al PDM.

14 -Los Programas de Ejecución incluyen definición de obras físicas (infraestructura y equipamiento) para realizar en el corto, mediano y largo plazo y disposiciones de contro urbano y rural. -De esta forma si el Programa de Ejecución es tenido en cuenta y se incorpora a cada uno de los planes de desarrollo será posible para el municipio construir una plataforma territorial que garantice una mayor productividad económica, mejor y más equitativa prestación de servicios públicos y sociales y una más alta sostenibilidad ambiental.

15 ¿CÓMO SE EVALUA EL IMPACTO DE LOS POT? Una vez se ha implementado en el municipio o distrito el Plan de Ordenamiento Territorial es necesario contar con un instrumento de seguimiento y monitoreo que evalúe la gestión de los mismos en el comportamiento de las dinámicas territoriales y en las acciones y procesos que inciden sobre ellas. Por tal motivo, la ley 388/97 estableció el Expediente Municipal, definido como un sistema de información que permite sustentar el diagnóstico y la definición de políticas y objetivos, así como la formulación de planes, programas y proyectos de ordenamiento territorial.

16 “Con el objeto de contar con un sistema de información urbano* que sustente los diagnósticos y la definición de políticas, así como la formulación de planes, programas y proyectos de ordenamiento espacial del territorio por parte de los diferentes niveles territoriales, los municipios y distritos deberán organizar un expediente urbano, conformado por documentos, planos e información georeferenciada, acerca de su organización territorial y urbana…” Art. 112, Ley 388 de 1997. *se utilizará el término “Expediente Municipal” y no “Expediente Urbano” como lo indica la ley 388/97, debido a que se considera que el alcance del instrumento debe ser tanto urbano como rural EXPEDIENTE MUNICIPAL

17 ¿PARA QUÉ SE HACE EL EXPEDIENTE MUNICIPAL? Brindar soporte institucional en la toma de decisiones por parte de la administración pública Evaluar el desarrollo del territorio y el impacto de los POT Evaluar el avance en la construcción del modelo de ocupación del territorio Hacer seguimiento y evaluación de los programas de ejecución y los instrumentos de gestión urbanística

18 Garantizar la continuidad del proceso de ordenamiento territorial y el acceso a la información por parte de todos los agentes implicados Servir de archivo técnico e histórico sobre el desarrollo territorial del municipio Soportar técnicamente el proceso de revisión, ajustes y modificaciones del POT

19 ¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE CONFORMAR EL EM? El Expediente Municipal es un instrumento que complementa el POT, razón por la cual, por disposición legal, la responsabilidad de la conformación del Expediente Municipal recae en la Alcaldía Municipal. Preferiblemente la oficina de Planeación o la que haga sus veces, tenga la responsabilidad de liderar, promover y conformar este instrumento.

20 ADMINISTRACION DEL EM La Secretaría de Planeación Municipal designará el administrador del Expdiente y precisará además sus funciones. Entre las funciones estan: - Preparar propuestas técnicas, organizativas, operativas y financieras para el funcionamiento y desarrollo del Expediente, así como planes anuales de trabajo para consideración del Consejo Consultivo de Ordenamiento. - Gestionar la ejecución de las decisiones del Alcalde en relación con el EM. - Presentar informes periódicos sobre el estado del desarrollo territorial del municipio y la ejecución del POT.

21 -Difundir ante agentes públicos y privados la información, los análisis y evaluaciones sobre el ordenamiento territorial. -Administrar el archivo de la documentación y cartografía técnica e histórica sobre el desarrollo territorial del municipio. Velar por su conservación y establecer mecanismos para su consulta. - Coordinar en el ámbito municipal, subregional, departamental y nacional la obtención y aporte de la información requerida.

22 BIBLIOGRAFIA «El plan de ordenamiento territorial (POT)». Asociación Ecología Tecnología y Cultura en los Andes. 2010. Archivado desde el original el 3 de marzo de 2011. Consultado el 13 de noviembre de 2010.«El plan de ordenamiento territorial (POT)»el original Plan de Ordenamiento Territorial de la Alcaldía Mayor de Bogotá

23 GRACIAS


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