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Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones

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Presentación del tema: "Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones"— Transcripción de la presentación:

1 Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones
Educación en y para los Derechos Humanos en el servicio público del Gobierno del Distrito Federal 2012 Mtra. Hilda Téllez Lino Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

2 La CPEUM Prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

3 Discriminación Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

4 Impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos
Elementos: DISCRIMINACIÓN Restricción Exclusión Distinción Basada en: -causas- Impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos -efecto-

5 Elementos: La diferenciación carece de justificación objetiva o razonable. Generalmente se basa en prejuicios negativos, estereotipos o estigmas en agravio de grupos o colectivos sociales en situación de vulnerabilidad.

6 Quiénes pueden ser víctimas de discriminación:
En principio, cualquier persona puede ser víctima de discriminación. La mayor parte de las personas alguna vez en su vida, ha vivido alguna forma de discriminación.

7 Quiénes pueden cometer actos de discriminación
Cualquier persona en su calidad de: Servidor o servidora pública Como particular

8 Discriminación sistemática:
La discriminación sistemática la sufren personas y grupos que han sido tradicionalmente vulnerados: Mujeres Personas con discapacidad Personas y pueblos indígenas Personas de la diversidad sexual Niñas y niños Personas adultas mayores Jóvenes Personas migrantes Personas afrodescendientes Personas con VIH Personas trabajadoras del hogar Personas pertenecientes a minorías religiosas

9 Características: Diferencia arbitraria que niega y restringe el acceso y el ejercicio de derechos Limita las oportunidades reales Impide el pleno desarrollo de capacidades y proyectos de vida Excluye a las personas mediante distintas acciones y omisiones

10 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Es un órgano de Estado creado por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Es la institución rectora para contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país. Lleva a cabo acciones para prevenir y eliminar la discriminación Formula y promueve políticas publicas para la igualdad de oportunidades y de trato, tendientes a, avanzar en la inclusión social y Coordina esfuerzos con otros actores para garantizar el derecho a la no discriminación y a la igualdad.

11 Estructura Presidencia
Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Dirección General Adjunta de Vinculación, Programas Educativos y Divulgación Dirección de Coordinación Territorial e Interinstitucional Dirección Jurídica, Planeación y Evaluación Dirección de Administración y Finanzas Órgano Interno de Control

12 Acciones para eliminar la discriminación
Sobre este particular, a través de la DGAQR recibe y resuelve las quejas y reclamaciones por presuntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales en el ejercicio de sus funciones.

13 Procedimientos Queja y Reclamación
QUEJA: Denuncia o petición formulada ante el CONAPRED por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a particulares. RECLAMACIÓN: Denuncia o petición formulada ante el CONAPRED por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a autoridades o servidores públicos federales

14 Cómo se inicia el trámite
De oficio. A petición de parte: cualquier persona, cualquier vía (personal, escrito, telefónica, correo electrónico: quejas página web del Consejo).

15 Víctima en el centro de la estrategia de defensa
Tratar a las víctimas con respeto por su dignidad; Brindar acceso a mecanismos expeditos, justos, gratuitos y accesibles; Ser informadas oportunamente de las actuaciones y determinaciones de la autoridad. Participación de la víctima en el procedimiento. Atención integral de la víctima. Adoptar medidas para minimizar las molestias causadas a las víctimas, proteger su privacidad, y garantizar su seguridad, así como la de sus familiares y la de los testigos en su favor, contra todo acto de intimidación y represalia.

16 Como se materializa la atención
Personal que atiende (profesional, sensible, comprometido, capacitado). Atención inmediata, eficaz, gratuita. Línea Legitimación de la demanda y personas en crisis. Análisis y admisión del caso (gravedad, urgencia, adecuada determinación del caso de presunta discriminación). Pretensión de la parte peticionaria y seguimiento del caso, hasta su determinación.

17 Objeto y fin de los procedimientos
Principalmente es buscar la conciliación. En la QUEJA no existe una fase de investigación ni se llega a emitir una Resolución por disposición. En la RECLAMACIÓN se puede conciliar, investigar e incluso emitir una resolución por disposición.

18 Por qué conciliar: […] la discriminación puede ser definida como una conducta, culturalmente fundada, y sistemática y socialmente extendida, de desprecio contra una persona o grupo de personas sobre la base de un prejuicio negativo o un estigma relacionado con una desventaja inmerecida, y que tiene por efecto (intencional o no) dañar sus derechos y libertades fundamentales. Rodríguez Zepeda, Jesús. ¿Qué es la discriminación y cómo combatirla?

19 Contribución en la construcción de cultura de no discriminación
Cultura de Igualdad y No Discriminación Prejuicios Estigmas Cuestionamiento Estereotipos Contribución en la construcción de una cultura de no discriminación Igualdad Promoción No discriminación

20 Fases procesales (Queja)
Calificación: a. Un presunto acto de discriminación; b. Por no surtirse la competencia del Consejo; c. Pendiente, cuando no haya suficientes elementos para calificar; d. Un caso de no discriminación, y e. Un caso de improcedencia. Apertura del procedimiento conciliatorio. Audiencia de conciliación Firma de convenio Conclusión Seguimiento de medidas administrativas o puntos conciliatorios.

21 Negativa a conciliar Si no se somete el particular presuntamente discriminador al procedimiento conciliatorio, se concluye el procedimiento de queja y se orienta a la parte peticionaria para que, en su caso, acuda ante otras instancias.

22 Fases procesales (Reclamación)
Calificación: a. Un presunto acto de discriminación; b. Por no surtirse la competencia del Consejo; c. Pendiente, cuando no haya suficientes elementos para calificar; d. Un caso de no discriminación, y e. Un caso de improcedencia. Solicitud y recepción de informe de la autoridad. Apertura del procedimiento conciliatorio. Audiencia de conciliación/firma de convenio/conclusión y seguimiento de medidas administrativas. Apertura de la fase de investigación Conclusión/Resolución por disposición Seguimiento de medidas administrativas o puntos resolutivos.

23 Medidas administrativas
Impartición de cursos o seminarios que promuevan la igualdad de oportunidades y el derecho fundamental a la no discriminación. Fijación de carteles. Presencia del personal para verificar medidas para eliminar la discriminación. Publicación de la Resolución.

24 Ampliación de medidas administrativas en convenios
Cualquier acción a cargo de la o el presunto agente discriminador (particular o autoridad) que favorezca la construcción de una cultura de Igualdad y No Discriminación, pactada mediante convenio conciliatorio o por compromiso manifestado expresamente y que se hace constar en acta circunstanciada.

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