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Proyecto de Ley de Aportes al Espacio Público (Bol. 8493)

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Presentación del tema: "Proyecto de Ley de Aportes al Espacio Público (Bol. 8493)"— Transcripción de la presentación:

1 Proyecto de Ley de Aportes al Espacio Público (Bol. 8493)
Aspectos Conceptuales Septiembre 2014

2 Antecedentes Generales
Estado de Tramitación: Mensaje de agosto de 2012 ingresado a través de la Cámara de Diputados y aprobado por ésta en enero de 2013 2° Trámite Constitucional, Senado Objetivo Central: Problema: El crecimiento urbano por densificación no efectúa las cesiones (hasta 44%) de suelo para vialidad, equipamiento y áreas verdes (artículo 70 LGUC), colapsando las ciudades Propósito: Que los proyectos de densificación aporten al desarrollo de la ciudad Opinión del Ejecutivo Se comparte el objetivo pero se estima que debe perfeccionarse

3 Impacto Urbano: POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO URBANO
Propone “Establecer sistemas de obligaciones especiales para las nuevas áreas de expansión urbana, en términos de prever que se harán cargo de sus externalidades Al mismo tiempo establecer sistemas de contribuciones o aportes para los proyectos de densificación que permitan resolver sus efectos sobre el espacio público y las funciones urbanas, conforme determine la ley”.

4 PROPUESTA EJECUTIVO: Dos grandes áreas de perfeccionamiento
Recuperar la figura de las mitigaciones, diferente de los aportes Establecer un fondo de aportes regional para destinarlo a las obras urbanas definidas y priorizadas en planes por ciudad

5 NECESIDAD DE DIFERENCIAR MITIGACIÓN / APORTES
Mitigaciones Aportes Obras que se exigen a los proyectos para aminorar el impacto urbano que generan en el ámbito circundante, especialmente en la vialidad. Fondos (excepcionalmente obras de valor equivalente) exigidos a los proyectos para ser invertidos en la realización de obras en el espacio público (como vialidades y parques) que contribuirán a resolver el impacto urbano que ellos generan en la ciudad considerada como sistema. Las obras deben vincularse directamente en el proyecto: mitigan sus impactos directos (loteos en área urbanizable mitigaran con mayor amplitud) Las obras en que se invertirán los aportes pueden o no vincularse directamente con el proyecto que los genera. Las obras a desarrollar se determinan según estudios de impacto (Vial y/o Urbano). Las obras a financiar deberán estar incluidas y priorizadas en un Plan Ciudad. Las obras deben estar ejecutadas a conformidad para que se curse la recepción municipal del proyecto. Los aportes deben pagarse antes del otorgamiento del permiso de construcción. Crecimiento en densificación y extensión. Sólo crecimiento en densificación (en los loteos operan las cesiones del artículo 70 LGUC).

6 FONDO Y RESERVA Fondo de afectación: Los aportes serán recaudados por el Gobierno Regional y deberán administrarse en una cuenta especial y separada del resto del presupuesto regional, pudiendo destinarse sólo a: la ejecución de las obras que definan los planes para la ciudad que origine el aporte y los gastos asociados a éstas Reserva de los aportes: La Ley garantizará que al menos un 70% de los aportes recaudados sea invertido en las necesidades del sistema de transporte

7 Proyecto de Ley de Aportes al Espacio Público (Bol. 8493)
Aspectos Conceptuales Septiembre 2014


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