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Publicada porInmaculada Carmona Modificado hace 6 años
1
PRINCIPALES ASPECTOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA JURISPRUDENCIA RECIENTE
MIGUEL ARANCIBIA JEFE COMITÉ DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DIVISIÓN JURÍDICA
2
- Análisis técnico económico
- Bases tipo - Aplicativos - Criterios de evaluación - Pagos a proveedores
3
¿POR QUÉ CONTRATA LA ADMINISTRACIÓN?
Obligación de cumplir sus funciones Insuficiencia de la Administración
4
Múltiples necesidades
¿POR QUÉ CONTRATA LA ADMINISTRACIÓN? Múltiples necesidades
5
MARCO NORMATIVO Leyes y otras normas especiales para algunos servicios ¿Es el marco normativo adecuado paras las necesidades actuales de la Administración? Decreto N° 250, de 2004, del M. de Hacienda Ley N° Dictámenes de la Contraloría General Directivas de la DCCP
6
Tribunal de Contratación Pública
ACTORES Actores involucrados en el proceso de contratación administrativa de bienes muebles y servicios Entidad compradora Proveedores Contraloría General DCCP -Unidad requirente -Encargado de compras -Unidades jurídicas Tribunal de Contratación Pública
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Análisis técnico económico
Con anterioridad a la elaboración de las bases: Obtener y analizar información acerca de las características de los bienes o servicios requeridos, de sus precios, de los costos asociados o de cualquier otra característica que se requiera para la confección de las bases Artículo 13 ter del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda Jurisprudencia Oficio N° 639/18 Dictamen N° 2.453/18
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Elaboradas por las entidades compradoras.
BASES TIPO Bases tipo Elaboradas por las entidades compradoras. Elaboradas por la DCCP Artículo 9° de la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General Jurisprudencia Dictamen N° 8.769/18
9
APLICATIVOS Dictamen N° 8.769/18 -Compras inferiores a 100 UTM
Artículo 18 de la ley N° Jurisprudencia Dictamen N° 8.769/18
10
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Siempre criterios técnicos y económicos Bienes y servicios de simple y objetiva especificación: Criterio dicotómico Jurisprudencia Dictamen N° 4.273/18
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PAGO A PROVEEDORES
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PAGO A PROVEEDORES Pago dentro de 30 días
Dentro del mismo plazo debe efectuarse la recepción de los bienes o servicios Artículo 79 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda Jurisprudencia Dictamen N° 7.561, de 2018
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