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SUBDIRECCION DE PARTICIPACION COMUNITARIA
VEEDURIAS CIUDADANAS (LEY 850 de 2003).
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ANTECEDENTES DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La Constitución Política de Colombia de 1991 nos dio, a todos los ciudadanos, la posibilidad de participar e intervenir activamente en el control de la gestión pública. Al mismo tiempo, determinó la forma como los ciudadanos participamos en la planeación, el seguimiento y la vigilancia de los resultados de la gestión estatal. . Constitución Política de Colombia, Título IV. De la participación democrática y de los partidos políticos. Capítulo I. De las formas de participación democrática. Artículo 103. Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará.
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Constitución Política de Colombia, 1991.
Artículo 270. La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados El Congreso de la República reguló los mecanismos de participación ciudadana a través de una ley estatutaria, la Ley 134 de 1994 , norma que en el artículo 100 establece “Las organizaciones civiles podrán constituir veedurías ciudadanas o juntas de vigilancia a nivel nacional y en todos los niveles territoriales, con el fin de vigilar la gestión pública, los resultados de la misma y la prestación de los servicios públicos”.
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FUNDAMENTOS DE LA PARTICIPACION COMUNITARIA
Todos somos dueños y responsables del cuidado y manejo de los bienes y recursos públicos Tenemos: *el derecho a controlarlos *el deber de cuidarlos *el derecho a estar informados, y a participar y decidir en el destino uso e inversión de los recursos públicos. Verificar y constatar el beneficio de la inversión social para el logro de la satisfacción de las necesidades básicas insatisfechas en especial de la población mas vulnerable. El derecho de solicitar la intervención de los órganos de control, para que realice las investigaciones y verificaciones que correspondan en aras de que se establezca el cumplimiento satisfactorio de los objetos contractuales y del gasto o inversión correcta de los recursos públicos.
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¿EN QUÉ CONSISTE LA PARTICPACION CIUDADANA?
Es el proceso en el cual las personas hacen parte de las decisiones gubernamentales ya sea a nivel local regional o nacional dentro de una democracia participativa y directa. La intervención se lleva a cabo en forma independiente sin hacer parte del gobierno, ni de partidos políticos. Esta participación es clave para construir la democracia, realizar control a quienes gobiernan, solucionar conflictos y hacer menos costosas las decisiones políticas, administrativas y contractuales.
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¿QUE SE ENTIENDE POR PARTICIPACION SOCIAL?
Es el proceso de formación y acción permanente mediante el cual las comunidades intervienen la realidad, organizándose, estableciendo prioridades conforme a sus necesidades con la finalidad de mejorar la calidad de vida y encontrar bienestar, fortaleciendo además el tejido social. Las personas se convierten en protagonistas del desarrollo social y global de la comunidad, defendiendo el patrimonio público de su entorno territorial. Mediante conformación de veedurías, comités, grupos, asociaciones, ONG-s, entre otros, debidamente reconocida.
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Veedurías Ciudadanas Mecanismo democrático de representación.
Permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública. Ante entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país. (recursos públicos) Con sujeción al servicio de los intereses generales y la observancia de los principios de la función pública: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, y publicidad.
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¿Quiénes pueden constituir una veeduría?
Los ciudadanos en forma plural. Las organizaciones civiles como: organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro y constituidas con arreglo a la ley.
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Procedimiento para su constitución.
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DERECHOS DE LAS VEEDURIAS
Conocer las políticas, proyectos programas, contratos, recursos asignados, metas y demás desde el momento mismo de la iniciación. Solicitar la adopción de mecanismos correctivos cuando no cumplan las especificaciones o se cause grave perjuicios a la comunidad. Obtener de los supervisores, interventores y contratistas la información pertinente.
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DEBERES DE LAS VEEDURIAS
Recibir informes, observaciones y sugerencias de los particulares, organizaciones, autoridades. Comunicar los avances del proceso de control y vigilancia (audiencias públicas) Definir su propio reglamento. Inscribirse en el registro de las personerías o Cámaras de Comercio. Acatar el régimen de prohibiciones e impedimentos. Informar a las autoridades sobre los mecanismos de financiación y origen de los recursos con que cuentan.
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Ámbitos en los que se puede ejercer veeduría
Nacional Departamental Municipal
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¿Qué es importante vigilar?
Aplicación de recursos públicos Asignación Cumplimiento del cometido Calidad Efectividad Cobertura de beneficiarios Oportunidad La diligencia Contratación Pública
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Momentos en que se ejerce
la vigilancia Preventiva Ejecutor Recomendaciones Posterior Organismo de Control Comunicaciones Vigilancia Permanente
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PRINCIPIOS RECTORES DE LAS VEEDURÍAS
DEMOCRATIZACIÓN AUTONOMÍA TRANSPARENCIA IGUALDAD RESPONSABILIDAD EFICACIA OBJETIVIDAD LEGALIDAD
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Funciones de las veedurías
Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la gestión pública y la contratación estatal. Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, en la gestión de los asuntos que les atañen y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión. Apoyar las labores de las personerías municipales en la promoción y fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana y comunitaria.
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Funciones de las veedurías
Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción pública. Entablar una relación constante entre los particulares y la administración por ser este un elemento esencial para evitar los abusos de poder y la parcialización excluyente de los gobernantes
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¿Con que instrumentos se cuenta?
Derecho de petición Queja Acciones de protección de derechos Denuncias Control excepcional Audiencias públicas
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Impedimentos para ser veedor
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Prohibiciones de las veedurías ciudadanas
A las veedurías ciudadanas en el ejercicio de sus funciones les está prohibido, sin el concurso de autoridad competente, retrasar, impedir o suspender los programas, proyectos o contratos objeto de la vigilancia.
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ATENCIÓN AL CIUDADANO EN LA CONTRALORÍA DE CUNDINAMARCA
Atención por Medios Escritos: La contraloría de Cundinamarca está ubicada en la Calle 49 No.13-33, y en el segundo piso de la entidad se recepcionan todos los documentos en medio físico (Peticiones, Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias). Atención virtual: Ingresando a la página web sección Atención al Ciudadano, opción Denuncias. Correo electrónico
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GRACIAS
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