La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

PARENTESCO.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "PARENTESCO."— Transcripción de la presentación:

1 PARENTESCO

2 FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES
ARTÍCULO 13 DE LA C.P. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. No habrá discriminación por razón del origen familiar ARTÍCULO 42 DE LA C.P incisos 1, 7. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Ésta se constituye por vínculos jurídicos (matrimonio) o por la voluntad responsable de conformarla (Unión marital). Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y obligaciones.

3 LEGISLACIÓN Código Civil arts. 35-50, 250; 1045
Ley 29 de igualdad de los hijos. Ver art.250 c.c. Ley 1098 de Código de la infancia y adolescencia, artículos 61-64

4 CONCEPTO Vínculo o conexión entre personas que forman una familia.
Clases de parentesco: Parentesco de Consanguinidad: arts c.c. Parentesco de Afinidad: arts. 47 – 49 c.c. Parentesco Civil: art. 50 c.c. Ley 1098 de 2006 arts

5 PARENTESCO DE CONSANGUINIDAD
Relación o conexión entre personas que descienden de un mismo tronco o raíz común o que están unidas por vínculos de sangre. Art.35. (Familia Biológica) Puede ser: Parentesco de consanguinidad legítimo o matrimonial: arts. 36 y 38. Parentesco de consanguinidad extramatrimonial: art. 39.

6 LÍNEAS Y GRADOS DE PARENTESCO
LÍNEA. Por línea se entiende la serie y orden de las personas que descienden de una raíz o tronco. Art. 41 GRADO. Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones art. 37

7 LÍNEA RECTA O DIRECTA ASCENDIENTE Y DESCENDIENTE: ARTS. 42 y 43
FORMADA POR PERSONAS QUE DESCIENDEN UNAS DE OTRAS, COMPRENDE PERSONAS GENERANTES Y PERSONAS ENGENDRADAS TATARABUELOS (4 grado de consanguinidad línea recta ascendiente) BISABUELOS (3 grado de consanguinidad línea recta ascendiente) ABUELOS (2 grado de consanguinidad línea recta ascendiente) PADRES (1 grado de consanguinidad línea recta ascendiente) “A” en relación con sus: HIJOS (1 grado de consanguinidad línea recta descendiente) NIETOS (2 grado de consanguinidad línea recta descendiente) BISNIETOS (3 grado de consanguinidad línea recta descendiente) TATARANIETOS (4 grado de consanguinidad línea recta descendiente)

8 LÍNEA COLATERAL, TRANSVERSAL U OBLICUA: arts. 44 y 46
LA FORMAN LAS PERSONAS QUE AUNQUE NO PROCEDEN LAS UNAS DE LAS OTRAS, SI DESCIENDEN DE UN TRONCO O RAÍZ COMÚN. Por ejemplo, el parentesco entre hermanos es segundo grado de consanguinidad línea colateral transversal u oblicua. El parentesco entre dos primos es cuarto grado de consanguinidad línea colateral transversal u oblicua

9

10 PARENTESCO DE AFINIDAD
Es la relación que existe entre una persona y los parientes consanguíneos de su cónyuge (afinidad legítima), o compañero (a) permanente (afinidad extramatrimonial). La línea y grado de afinidad, se califica por la línea y grado de consanguinidad que tiene el cónyuge o compañero (a) permanente con su pariente consanguíneo. Si el cónyuge está en segundo grado de consanguinidad con su hermano, el otro cónyuge está en segundo grado de afinidad con su cuñado. Sentencia C- 125 de 2013 expresión “o ha estado casada”

11 PARENTESCO CIVIL (adopción)
Definición: La adopción es una medida de protección a través de la cual, se establece de manera irrevocable, la relación paterno-filial entre personas que no la tienen por naturaleza art. 61 ley 1098 de 2006 (C.I.A). Historia: Hasta el año 1975 la adopción era simple, sólo se establecía el vínculo entre los padres adoptantes y el hijo adoptivo. Se hablaba de único civil

12 Continuación historia
La ley 5 de 1975 estableció la posibilidad de que la adopción fuera plena. El adoptivo adquiría parentesco civil con toda la familia del adoptante El decreto 2737 de 1989 suprimió la adopción simple La ley 1098 de 2006 (C.I.A) art.64. La adopción establece parentesco civil entre el adoptivo y el adoptante, que se extiende en todas la líneas y grados a los consanguíneos, adoptivos o afines de estos. El adoptivo deja de pertenecer a su familia biológica y se extingue el parentesco de consanguinidad.

13 Aspectos prácticos del parentesco. ejemplos
Laboral. Ley 1280 de 2009 art. 1 licencia por luto por muerte de familiares Penal. Art. 68 del Código de procedimiento penal. Exoneración del deber de denunciar a familiares. Art. 33 de la Constitución. Exoneración del deber de declarar en contra de familiares Art. 126 de la C.P prohibición de los servidores públicos de nombrar como empleados a familiares


Descargar ppt "PARENTESCO."

Presentaciones similares


Anuncios Google