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Publicada porAmparo Aguirre Álvarez Modificado hace 6 años
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1. El Antiguo Régimen hasta el siglo XVIII
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Definición Expresión usada desde 1789 para designar el sistema que procedía del feudalismo y que se mantuvo hasta las revoluciones burguesas Rasgos generales Sistema político basado en el absolutismo monárquico Existencia de un régimen económico señorial Sociedad estamental basada en la desigualdad Siglo XVIII, transición hacia el mundo contemporáneo
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Una economía agrícola La tierra es la fuente de riqueza más importante
Bajos rendimientos generalizados Cultivos tradicionales: cereales (trigo, cebada, centeno…) Propiedad concentrada en pocas manos, en gran parte vinculada a nobles, a la Iglesia o al Estado (señoríos) Ganadería como actividad complementaria
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Industria y Comercio Producción artesanal controlada por los gremios
Agrupaciones de artesanos de la misma profesión Control de la producción, las técnicas y los precios Comercio interior limitado Escasos excedentes agrícolas para comerciar Bajo nivel de especialización agrícola Sistema de transportes insuficiente Fuertes aranceles para evitar la competencia exterior Comercio colonial en pleno desarrollo (comercio triangular) Captura de esclavos africanos para venderlos en América Compra de materias primas en América con la venta de esclavos Venta de productos manufacturados en América producidos en Europa
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Los estamentos sociales
Herencia de la teoría de la “sociedad trinitaria” medieval Tres estamentos: nobleza, clero y Tercer estado Grupos cerrados a los que se pertenecía por nacimiento Ausencia de movilidad social Triple desigualdad social Económica: reparto desigual de la tierra y la riqueza Jurídica: privilegios frente a obligaciones Judicial: jurisdicciones diferentes
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TEXTO 1 El orden eclesiástico no compone sino un solo cuerpo. En cambio la sociedad está dividida en tres órdenes. Aparte del ya citado, la ley reconoce otras dos condiciones: el noble y el siervo, que no se rigen por la misma ley. Los nobles son los guerreros, los protectores de las iglesias. Defienden a todo el pueblo, a los grandes lo mismo que a los pequeños y al mismo tiempo se protegen a ellos mismos. La otra clase es la de los siervos. Esta raza de desgraciados no posee nada sin sufrimiento. Provisiones y vestidos son suministrados a todos por ellos, pues los hombres libres no pueden valerse sin ellos. Así pues, la ciudad de Dios, que es tenida como una, en realidad es triple. Unos rezan, otros luchan y otros trabajan ADALBERÓN, Carmen ad Robertum regem francorum, 998
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Estamentos privilegiados
Clero Ingresos provenientes de su patrimonio y del diezmo. Exenciones fiscales Alto clero (obispos, cardenales, abades) vinculados con la aristocracia (segundones) Bajo clero (monjes y párrocos) sin privilegios y bajo nivel de vida asimilado al Tercer Estado Nobleza Alta: Propiedad de la mayor parte de la tierra. Nobleza de corte (derecho a llevar espada, acceso a altos cargos) Rural: medianos propietarios de las provincias. Acceso a cargos municipales De toga o servicio: burgueses ennoblecidos Hidalgos: nobles empobrecidos
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Estamento no privilegiado (Tercer estado)
Sector mayoritario pero muy heterogéneo Oposición al régimen señorial y defensor de la igualdad civil Burguesía: Alta burguesía (comerciantes, banqueros y maestros de taller Pequeña burguesía (profesionales liberales) Proletariado urbano: bajos sueldos artesanos y tenderos sirvientes y empleados Campesinos: Pagan rentas y prestan servicios libres (tierras en propiedad) arrendatarios, aparceros y jornaleros (sin tierra) siervos (pertenecían al señor)
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La monarquía absoluta Concentración de todos los poderes en manos del monarca Legislativo: elaboraba las leyes Ejecutivo: dirigía la política interior y exterior Judicial: nombra a los jueces y ejerce justicia Derecho Divino: El rey sólo es responsable ante Dios Los súbditos deben obediencia ciega al rey Centralización de la administración territorial Reparto de privilegios a la Iglesia y la nobleza
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TEXTO 2 Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos. Discurso de LUIS XV al Parlamento de París el (3-III-1766)
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Inicios del parlamentarismo
Inglaterra y Holanda, únicos regímenes parlamentarios Revoluciones inglesas 1649: ejecución de Carlos I por pretender gobernar sin el Parlamento 1679: Carlos II tuvo que aceptar el hábeas corpus 1689: Guillermo I acepta la Declaración de Derechos Monarquía parlamentaria inglesa Poderes legislativo y ejecutivo separados Parlamento vota las leyes y controla a los miembros del gobierno Limitaciones: sólo podía votar el 15% de la población (burgueses ricos y grandes propietarios)
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