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Sistema Universal de Protección de los DDHH

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Presentación del tema: "Sistema Universal de Protección de los DDHH"— Transcripción de la presentación:

1 Sistema Universal de Protección de los DDHH
Organos y mecanismos específicos

2 Carta de las Naciones Unidas (26/6/45)
El principal objetivo de la organización es "preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra" y " reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre". Una de sus metas es alcanzar una cooperación internacional "en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión“ (Art. 1). Los Artículos de la Carta tienen el valor de legislación internacional positiva (tratado: documento vinculante). Todos los Estados Miembros de la ONU deben cumplir de buena fe las obligaciones que han contraído a través de la Carta, incluyendo la de fomentar el respeto de los derechos humanos y la de cooperar con las Naciones Unidas y con otras naciones para alcanzar este fin. Sin embargo, la Carta no establece derechos determinados ni tampoco la forma de aplicarlos en los Estados Miembros.

3 La Comisión de DDHH y el Consejo de DDHH
Para cumplir con los objetivos fijados en la Carta, el Consejo Económico y Social de la ONU en 1946, creó la Comisión de Derechos Humanos, (principal órgano normativo en cuanto a derechos humanos dentro del sistema universal y es quien ha se encargó de definir los derechos y las libertades básicas). El 15 de marzo de 2006 la Asamblea General de la ONU decidió sustituir la Comisión de Derechos Humanos por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

4 La Comisión de Derechos Humanos promovió el texto de lo que posteriormente fue la Declaración Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948. Posteriormente, redactó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y sus Protocolos Adicionales. Desde 1948, se han promovido por la ONU cerca de 60 tratados y declaraciones sobre derechos humanos. Entre ellos la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948); la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1961); la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965); la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979); la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984); la Convención sobre los Derechos del Niño (1989); etc.

5 Organos de supervisión de Tratados
Dentro del sistema de la ONU, existen seis comités que supervisan el cumplimiento de los distintos tratados por parte de los Estados partes: 1.- El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. 2.- El Comité de Derechos Humanos. 3.- El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 4.- El Comité contra la Tortura. 5.- El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. 6.- El Comité de los Derechos del Niño

6 El 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General votó unánimemente a favor de crear el puesto de Alto Comisionado para los Derechos Humanos, que coordina el programa de la ONU sobre Derechos Humanos y fomenta su respeto universal. Diferentes mandatos: investigación; promoción; capacitación. Oficinas Regionales.

7 El Alto Comisionado para los Derechos Humanos es el/la principal funcionario/a de derechos humanos de las Naciones Unidas y dirige los esfuerzos de la organización respecto de sus actividades en dicha materia, bajo la supervisión del Secretario General de la Organización, de quien depende. El puesto fue creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1993 con el mandato de promover y proteger el goce y la plena realización, para todas las personas, de todos los derechos contemplados en la Carta de la Naciones Unidas y en las leyes y tratados internacionales en materia de derechos humanos.

8 La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH)
La/el Alta/o Comisionada/o para los Derechos Humanos dispone de una Oficina que ejecuta el mandato encargado. Para ello cuenta con cerca de trabajadores con sede en Ginebra y Nueva York, así como en las doce oficinas nacionales y las doce oficinas regionales repartidas por el mundo. Cuenta igualmente con 235 trabajadores que prestan sus servicios en el marco de misiones de paz de las Naciones Unidas. La Oficina asume además el papel de secretariado del Consejo de Derechos Humanos, así como del resto de órganos internacionales encargados de la protección de los derechos humanos creados mediante tratados internacionales en el seno de Naciones Unidas. 

9 Otros mecanismos extra-convencionales (Consejo de DDHH)
Mecanismos por país Mecanismos temáticos a) Grupos de Trabajo (ej: Detención arbitraria; Desapariciones forzadas) b) Relatores Especiales (ej temáticos: prostitución y pornografía infantil /ej. país: Congo, Iraq, Territorios Palestinos ocupados) c) Expertos independientes (ej temáticos: derechos humanos y extrema pobreza/ej país: Haití)

10 El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas
El Consejo de Derechos Humanos es un organismo intergubernamental de las Naciones Unidas encargado de fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo y para hacer frente a situaciones de violaciones de los derechos humanos y formular recomendaciones sobre ellos. Tiene la capacidad de discutir todas cuestiones temáticas relativas a los derechos humanos y situaciones que requieren su atención durante todo el año. Se reúne en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. El Consejo está compuesto por 47 Estados Miembros de las Naciones Unidas que son elegidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas. El Consejo de Derechos Humanos sustituido a la antigua Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

11 El Consejo fue creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de marzo de 2006, con el objetivo principal de considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto. Un año después de celebrar su primera reunión, el 18 de junio de 2007, el consejo adoptó su "paquete de construcción institucional" que proporciona elementos que guían su trabajo futuro. Entre estos se destaca el nuevo Mecanismo de examen periódico universal , a través del cual se examinará la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de las Naciones Unidas. Otras características incluyen un nuevo Comité Asesor que sirve como el "think tank" del consejo asesorándolo en diversas cuestiones temáticas relativas a los derechos humanos y el nuevo mecanismo de método de denuncias que permite que individuos y organizaciones presenten denuncias sobre violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. El Consejo de Derechos Humanos también continuará trabajando de cerca con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas establecidos por la extinta comisión y admitidos por el Consejo

12 Procedimiento de denuncias
El 18 de junio de 2007, el CDDHH aprobó el texto del Presidente titulado "CDDHH de las Naciones Unidas: creación de instituciones" (resolución 5/1) por el que un nuevo procedimiento de denuncia está siendo creado para abordar cuadro persistente de violaciones manifiestas y fehacientemente probadas de todos los derechos humanos y libertades fundamentales que ocurren en cualquier parte del mundo y en cualquier circunstancia. El nuevo procedimiento de denuncia está establecido en cumplimiento del mandato otorgado al CDDHH por la A. Gral. (Resolución 60/251 de 15/03/2006), en la que se pidió al CDDHH revisar y, en caso necesario, mejorar y racionalizar, dentro del plazo de un año después de la celebración de su primer período de sesiones, todos los mandatos, los mecanismos, las funciones y responsabilidades de la antigua Comisión de Derechos Humanos, incluyendo el procedimiento de la resolución 1503, con el fin de mantener un sistema de procedimientos especiales, el asesoramiento de expertos y un procedimiento de denuncia.

13 En consecuencia, la resolución 1503 (XLVIII) del ECOSOC del 27 de mayo de 1970, revisado por resolución 2000/3, de 19 de junio de 2000, sirvió como base de trabajo para el establecimiento de un nuevo procedimiento de denuncia y se ha mejorado en la medida necesaria para asegurar que el procedimiento de denuncia debe ser imparcial, objetiva, eficiente, orientada a las víctimas y realizado de manera oportuna.

14 El Procedimiento 1503 Confidencialidad
Todos los pasos iniciales del proceso son confidenciales hasta que una situación se remite al Consejo Económico y Social. Pero desde 1978, el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos anuncia los nombres de los países que han sido objeto de examen. De esta manera, si un cuadro de abusos ocurridos en un determinado país no se resuelve en las etapas iniciales del proceso puede ser señalado a la atención de la comunidad mundial por medio del Consejo Económico y Social, que es uno de los principales órganos de las Naciones Unidas.

15 Criterios de admisibilidad
Para decidir qué comunicaciones pueden ser aceptadas para ser examinadas, la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos ha elaborado un reglamento [resolución 1 (XXIV) de 13 de agosto de 1971 de la Subcomisión]. En términos generales, esas normas pueden resumirse de la forma siguiente: No se admitirá ninguna comunicación que sea contraria a los principios de la Carta de las Naciones Unidas o que muestre motivaciones políticas. Sólo se admitirá una comunicación si, después de examinada, se comprueba que hay motivos fundados para pensar -tomando también en consideración todas las respuestas enviadas por el gobierno interesado- que existe un cuadro persistente de violaciones manifiestas y fehacientemente probadas de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

16 Las comunicaciones podrán proceder de particulares o de grupos que afirmen ser víctimas de violaciones de los derechos humanos o que tengan un conocimiento directo y digno de crédito de esas violaciones. Las comunicaciones anónimas son inadmisibles, al igual que las basadas únicamente en informes de los medios de comunicación. Cada comunicación deberá describir los hechos, e indicar el propósito de la petición y los derechos que hayan sido violados. Por regla general, no se examinarán las comunicaciones que contengan términos ofensivos o comentarios insultantes sobre el Estado contra el que se formula la reclamación. Para que se examine una comunicación deberán haberse agotado los recursos internos, a menos que pueda demostrarse de forma convincente que las soluciones al nivel nacional serían ineficaces o se prolongarían más allá de lo razonable.

17 Ver:

18 El Examen Periódico Universal
(EPU)

19 Definición El Examen Periódico Universal (EPU) es un nuevo mecanismo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, mediante el que se examina regularmente la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de la ONU. El examen se aplica sin distinción a todos los Estados, cubre la totalidad de los derechos humanos y es llevado a cabo por los mismos Estados.

20 Los objetivos generales del EPU son:
El mejoramiento de la situación de los derechos humanos sobre el terreno en el país objeto de examen. El cumplimiento de las obligaciones y los compromisos del Estado en materia de derechos humanos y la evaluación de los progresos realizados y de los retos que quedan por superar. El fortalecimiento de la capacidad del Estado para proteger los derechos humanos. El intercambio de las mejores prácticas entre los Estados. La cooperación en la promoción y protección de los derechos humanos. El fomento de la plena cooperación con el Consejo, sus mecanismos y otros órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas.

21 Funcionamiento El examen se efectúa en el Grupo de Trabajo sobre el mecanismo de examen periódico universal (Grupo de Trabajo sobre el EPU), integrado por los 47 Estados miembros del Consejo. La periodicidad del examen es cuatrienal, lo que significa que cada año se examinan 48 países, 16 en cada uno de los tres periodos de sesiones anuales del Grupo de Trabajo. Cada examen se basa en tres documentos clave:

22 La información preparada por el Estado examinado que, en la mayoría de los casos, adoptará la forma de un informe nacional. Una compilación, preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), de la información incluida en los informes de los mecanismos de derechos humanos de la ONU, entre ellos los órganos de vigilancia de los tratados, los procedimientos especiales y otros órganos pertinentes. Un resumen, también preparado por la OACNUDH, de la información facilitada por otros interlocutores pertinentes, por ejemplo, ONG, instituciones de derechos humanos nacionales, grupos de mujeres, sindicatos y grupos eclesiásticos.

23 Una parte clave de este examen es el diálogo interactivo de tres horas de duración que se establece en el Grupo de Trabajo sobre el EPU entre el Estado examinado y otros Estados miembros de la ONU. Durante este diálogo, los Estados miembros pueden plantear preguntas y formular recomendaciones al Estado examinado. Tras el diálogo, una terna de relatores (la denominada “troika”, formada por tres miembros del Consejo elegidos para facilitar el examen) y la secretaría del EPU, en consultas con el Estado examinado, elaboran un informe, que incluye las preguntas planteadas durante el diálogo y las recomendaciones formuladas, indicando cuáles de ellas han sido aceptadas por el Estado examinado. A continuación el Grupo de Trabajo aprueba el informe del examen y lo remite al Consejo para su aceptación. En el siguiente periodo de sesiones, el Consejo adopta el resultado final del examen, incluyendo nuevos puntos de vista del país examinado. Es entonces cuando corresponde al Estado examinado y a otras partes, si procede, actuar para cumplir las recomendaciones. (Ver:


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