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Comprobantes Fiscales Digitales
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El 7 de diciembre del 2009, la SHCP publica en el DOF las reformas al CFF artículos 29 y 29A donde establece la obligatoriedad de los comprobantes fiscales digitales a partir del 1ero de enero del 2011.
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En el transitorio segundo autoriza que quienes tengan comprobantes impresos en imprentas autorizadas, los continúen usando hasta q se agoten, o hasta que caduquen.
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El pasado 3 de septiembre del 2010 se publicó en la página de Internet del SAT el anteproyecto de la primera resolución relativa a los comprobantes fiscales digitales. Esto es publicado en el DOF el 14 de septiembre del 2010.
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Actualmente el uso de comprobantes fiscales es opcional, a partir del 2011 será obligatorio.
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OPCIONES • Si se tienen al inicio del 2011 comprobantes impresos,
se pueden seguir usando los mismos. • Tratándose de operaciones que no superen los $2,000 se podrán emitir comprobantes impresos siempre y cuando se solicite la asignación de folios (códigos de barras).
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OPCIONES • Los contribuyentes que en la última declaración anual
hayan manifestado ingresos menores a 4 millones de pesos, podrán emitir comprobantes fiscales impresos, sin importar el importe de las operaciones, solicitando la asignación de folios.
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OPCIONES • Quienes hoy expidan ya comprobantes fiscales digitales,
deben seguir con la misma dinámica, adecuándose técnicamente a las reglas en vigor. • Todos los nuevos contribuyentes a partir del 1ero de enero de 2011 deben ya expedir comprobantes fiscales digitales.
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RESUMEN • Continuar utilizando comprobantes impresos en imprentas
autorizadas por el SAT, hasta que se agoten, o hasta que caduquen. Transitorio II CFF. • Posibilidades para emitir facturación electrónica. • Ser autoimpresor al través de un software. • Utilizar los servicios de un proveedor, que cobra por cada comprobante emitido. • Al través del portal de internet del SAT, elaborando cada factura vía el SAT.
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