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Publicada porTRINIDAD ALVAREZ Modificado hace 7 años
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OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES FRENTE AL SG-SST Autor: Trinidad Álvarez Cárdenas ID 558853 Trabajo de investigación Presentado a: Niber Alfonso Sarmiento Peñaranda Docente CONTADURÍA PÚBLICA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS CIENCIAS EMPRESARIALES SAN JOSÉ DE CÚCUTA 2017
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CONTENIDO INTRODUCCIÓN4 Obligaciones especiales del Empleador5 1. Proveer instrumentos laborales6 2. Procurar locales y elementos de protección 7 3. Prestar los primeros auxilios8 4. Pagar la remuneración convenida9 5. Respetar la dignidad personal10 6. Conceder licencia por calamidad doméstica11 7. Al expirar contrato expedir certificado laboral12 8. Pagar gastos por cambio de residencia laboral13 9. Cumplir el reglamento interno14 10. Conceder licencia remunerada a trabajadoras embarazadas15 CONCLUSIONES16 BIBLIOGRAFIA17
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INTRODUCCIÓN Según la Ley 1562 de 2012. Sistema de Riesgos Laborales, destinada a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes como consecuencia del trabajo que desarrollan, por la cual se modifica y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional. De acuerdo a esta norma, se va a tratar de prevenir las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones del trabajo y de la protección y promoción en la salud de los trabajadores, la cual tiene por objeto mejorar las condiciones y el ambiente del trabajo, la salud, el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores. Dichos riesgos pueden llegar a afectar la seguridad y salud en el trabajo, los cuales deben ser prevenidos, reconocidos, evaluados y controlados para asegurar el bienestar y un ambiente adecuado para los trabajadores.
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Obligaciones especiales del empleador Artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y de la Seguridad Social La finalidad primordial es lograr la justicia en las relaciones que existen entre trabajadores y empleadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
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1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores. Medida de Prevención: Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
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2. Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud. Tener en cuenta la evolución de la técnica para hacer lugares y puestos de trabajo más seguros y mejor adaptados al trabajador. Sustituir los elementos peligrosos por aquellos que entrañen poco o ningún peligro.
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3. Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidente o de enfermedad. A este efecto en todo establecimiento, taller o fábrica que ocupe habitualmente más de diez (10) trabajadores, deberá mantenerse lo necesario, según reglamentación de las autoridades sanitarias. Adoptar medidas de protección tendentes a anteponer la protección colectiva de los trabajadores a la individual. Dar las instrucciones debidas a los trabajadores en esta materia. controlar el estado de salud de un colectivo de trabajadores a fin de detectar precozmente las alteraciones que se produzcan en la salud de estos (chequeos de salud)
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4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos. Los salarios deben pagarse en moneda corriente en el lugar de trabajo durante la jornada laboral o inmediatamente después del trabajo. Los salarios deben pagarse directamente al trabajador o a una persona autorizada (por escrito) por el trabajador. El empleador no puede deducir, retener ni compensar ninguna cantidad de salario sin el consentimiento del trabajador. Se permite el pago de salarios en especie, total o parcialmente, como una parte de la remuneración y puede consistir alimentos, alojamiento o prendas para el trabajador o su familia. El contrato de trabajo establece expresamente estas prestaciones; sin embargo, no podrán superar el 30 % del salario mínimo. No cumplir con la legislación laboral es un delito penal y da lugar a multas entre uno y cien salarios mínimos vigentes en función de la gravedad del delito. Art. 134 a 140 y 149 a 153 del Código Sustantivo del Trabajo 1950, modificado en 2017
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5. Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos. El empresario ha de respetar al máximo la dignidad y la intimidad del trabajador, sus cualidades y su personalidad, respetar el derecho a la estabilidad laboral en personas con discapacidad, el acoso sexual, a su creencia religiosa, política y estrato social, sin discriminación por raza, origen y educación.
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6. Conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que, en los dos (2) últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudique el funcionamiento de la empresa. En el reglamento de trabajo se señalarán las condiciones para las licencias antedichas. Salvo convención en contrario, el tiempo empleado en estas licencias puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su jornada ordinaria, a opción del empleador.
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7. Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración de contrato, una certificación en que consten el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado; e igualmente, si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considera que el trabajador, por su culpa, elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurrido cinco (5) días a partir de su retiro no se presenta donde el médico respectivo para la práctica del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente. Para un empleado es muy importante contar con las certificaciones sobre los trabajos que ha desarrollado pues de esto depende conseguir un nuevo empleo. Es muy diferente a la carta de recomendación y no está obligado a expedirla, y no puede incluir observaciones negativas del trabajador en la certificación laboral, incluir elogios donde se exalte el buen desempeño,, eso depende la buena voluntad del empleador
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8. Pagar al trabajador los gastos razonables de venida y de regreso, si para prestar sus servicios lo hizo cambiar de residencia, salvo si la terminación del contrato se origina por culpa o voluntad del trabajador. Si el trabajador prefiere radicarse en otro lugar, el empleador le debe costear su traslado hasta la concurrencia de los gastos que demandaría su regreso al lugar donde residía anteriormente. En los gastos de traslado del trabajador, se entienden comprendidos los de los familiares que con el convivieren. Las empresas pueden dar opciones, hacer pactos, incluir clausulas, pero son normas de orden público y de carácter irrenunciable. El regreso está condicionado a. Despido por alguna falta o renuncia por decisión del trabajador (sin justa causa), el empleador no está obligado a costear el regreso a la ciudad origen Cuando el trabajador decide quedarse a vivir en esa nueva ciudad y ya se vencieron los términos del contrato. Cuando no regresa a su ciudad de origen
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9. Cumplir el reglamento y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes. No estar sujetos a acoso laboral como: Actos de agresión física Expresiones injuriosas o ultrajantes Palabras soeces o con alusión a la raza, género, origen, preferencia política o status social. Comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional, amenazas de despido, expresados en presencia de los compañeros de trabajo. Toda conducta que sea capaza de ofender la dignidad humana, la vida e integridad física, la libertad sexual. Comentarios formulados en público, sobre la apariencia física o manera de vestir. Descalificación humillante de las propuestas u opiniones de trabajo. Trato discriminatorio en cuanto a otorgamiento de derechos y prerrogativas laborales y la imposición de deberes labores extrañas.
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10. Conceder en forma oportuna a la trabajadora en estado de embarazo, la licencia remunerada consagrada en el numeral 1 del artículo 236, de forma tal que empiece a disfrutarla de manera obligatoria una (1) semana antes o dos (2) semanas antes de la fecha probable del parto, según decisión de la futura madre conforme al certificado médico a que se refiere el numeral 3 del citado artículo 236. Las medidas necesarias para eliminar los riesgos como: agentes físicos: vibraciones, ruido, radiaciones ionizantes, frio o calor extremos, Agentes químicos: sustancias cancerígenas, disruptores endocrinos, mercurio, plomo y sus derivados, pesticidas y disolventes Agentes Psicosociales: horarios de trabajo inadecuados, como turnos de noche, prolongación de las jornadas. Agentes ergonómicos: actividades realizadas de pie, manipulación de cargas, posturas forzadas, trabajos en altura, ausencia de zonas de descanso, peligro derivado de instalaciones poco apropiadas. Si esa adaptación no fuera posible, habría que recurrir al cambio de puesto de trabajo. En este caso, debe llevar a cabo un informe médico de los servicios de la Seguridad Social.
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En la relación laboral es sumamente importante conocer las obligaciones del empleador y del trabajador, pues ambas partes deben tener conocimiento de las faltas que puede cometer y el costo en que pueden incurrir. Saber que hacer en un momento de despido injustificado, recurrir al Código Sustantivo del Trabajo y consultar las normas, y cumplir con las obligaciones en beneficio de ambas partes. Disfrutar de vacaciones, licencias de maternidad o enfermedad, tramitar y mantener al día la documentación legal, incluyendo el contrato laboral. La expedición del certificado laboral es importante a la hora de quedar desempleado.
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Bibliografía http://leyes.co/codigo_sustantivo_del_trabajo/57.htm http://www.grupocontable.pe/cinco-tips-para-elaborar-un-reglamento-interno- de-trabajo/ http://www.finanzaspersonales.co/trabajo-y-educacion/articulo/obligaciones- empresa-cuando-cambia-ciudad/55857 http://www.accounter.co/normatividad/conceptos/obligacion-de-contemplar-en- el-reglamento-interno-de-trabajo-las-normas-que-reprimen-el-acoso- laboral.html http://accolombianlawyers.com/noticias/2017/07/13/que-conductas- constituyen-acoso-laboral/
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