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Teoría general de los contratos civiles y mercantiles

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Presentación del tema: "Teoría general de los contratos civiles y mercantiles"— Transcripción de la presentación:

1 Teoría general de los contratos civiles y mercantiles
C.P. María del Carmen Flores Cabrera MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

2 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
hecho y acto jurídico Hecho Jurídico Es todo acontecimiento, sea un fenómeno de la naturaleza o del hombre, voluntario o involuntario que el ordenamiento jurídico toma en consideración para atribuirle consecuencia de derecho (Derechos y obligaciones) Acto Jurídico El Acto Jurídico es considerado como la manifestación de la voluntad humana susceptible de producir efectos jurídicos, es decir, crear o transmitir derechos y obligaciones. Es preciso que se realice de acuerdo con los requisitos legales previamente establecidos para cada caso MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

3 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Fuentes de las Obligaciones Son fuentes de las obligaciones aquellos hechos jurídicos que dan origen a la obligación, es decir, los hechos jurídicos mediante los cuales dos personas se encuentran en la situación de deudor y acreedor uno del otro. Solo pueden quedar obligados cuando ocurren los supuestos de hechos previstos en la ley. El contrato. Produce obligaciones porque tanto el acreedor como el deudor han manifestado su voluntad de contratar. El pago de lo indebido. Este se presenta cuando una persona (deudor) paga a quien no es su acreedor. La ley obliga a aquel que ha recibido el pago tiene la obligación de resarcirlo. La gestión de negocios. Consiste en la obligación que adquiere aquel que sin estar obligado, asume la gestión de negocios ajenos, de continuar la gestión comenzada y de llevarla a término hasta que el dueño se halle en estado de proveer a sí mismo a ellas, debiendo también someterse a las consecuencias del negocio y a las obligaciones derivadas de un mandato. MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

4 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Enriquecimiento sin causa. se dan ciertos supuestos en donde todo aquel que se enriquece sin justa causa a expensas de otro, está obligado a indemnizar dentro de los límites de su propio enriquecimiento, de todo lo que aquel se hubiese empobrecido. Hecho ilícito. En el cual se agrupan las obligaciones provenientes del daño causado con intención por el agente a la persona o al patrimonio de la víctima, o cuando se causa el daño sin intención por imprudencia, negligencia, impericia, se responde por el daño causado por un hecho propio, o bien por los hechos de una persona sometida a nuestra guarda, o de una cosa o animal sobre los cuales debíamos haber ejercido una vigilancia correcta. MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

5 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Definición de contrato (Art CCF) Acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones entre la partes que lo suscriben Es un acto jurídico destinado a crear y generar derechos y obligaciones Se rige por el principio de autonomía de la voluntad, a través del cual se puede contratar sobre cualquier materia no prohibida Diferencia entre Contrato y convenio Contrato (Art CCF) Convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos Convenio (Art 1792 CCF) Acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

6 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Principios que rigen los contratos Buena fe Contractual Reglas generales que son base y fundamento en toda relación jurídica contractual Registral Principios Física Posibilidad Jurídica Moral y buenas costumbres Igualdad y Justicia MAESTRÍA EN IMPUESTOS. Planeación Fiscal

7 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Principio de Buena Fe El principio de buena fe responde a un vivir honestamente, a un respeto de las propiedades de los demás, a una constante y perpetua voluntad de dar a cada quien los suyo. La buena fe radica en la dirección de la voluntad General Forma de conducta que sea honesta responsable y solidaria que debe observar toda persona en cualquier actividad que realice Contractual Actuar con diligencia y seriedad tantos en los actos previos a la celebración del contrato, durante su ejecución y conclusión Registral Cuando se le da parte a la autoridad (Registro Público de la propiedad, en un contrato de compra venta) MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

8 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Principio de Posibilidad Física El objeto debe existir o ser susceptible de existir o de realizar. Artículo La cosa objeto del contrato debe: 1o. Existir en la naturaleza. 2o. Ser determinada o determinable en cuanto a su especie. 3o. Estar en el comercio. Artículo Las cosas futuras pueden ser objeto de un contrato. Sin embargo, no puede serlo la herencia de una persona viva, aun cuando ésta preste su consentimiento. Jurídica Objeto licito y jurídicamente posible Artículo El hecho positivo o negativo, objeto del contrato, debe ser: I. Posible; II. Lícito. Moral Conducta honesta y responsable MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

9 Teoría general de los Contratos civiles y mercantiles
Principio de Igualdad y justicia Igualdad Debe prevalecer el equilibrio entre las partes contratantes y lograr que a cada quien se le de lo que le corresponda Justicia Contractual Incluye conceptos restitutivos en caso de rescisión (inexistencia y nulidad) Art CCF MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

10 Elementos Vicios del Consentimiento Consentimiento Existencia Error
Elementos de un contrato Consentimiento Vicios del Consentimiento Manifestación de la voluntad libre y cierta que puede ser expresa o tácita. Existencia Física y jurídicamente posible (licito)[Arts 1824,1825,1826 y 1827 CCF] Error Dolo o Mala fe Violencia Objeto Elementos Art. 1812, 1816 y 1820 CCF Licitud Formalidad Ausencia de vicios de la voluntad Validez De goce [Arts y 1799 CCF] Capacidad de los contratantes De ejercicio MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

11 Elementos de un contrato
Elementos de Existencia (Art1794 CCF) MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

12 Elementos de un contrato
MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

13 Inexistencia y Nulidad
La inexistencia, en términos legales, es la ausencia de alguno de los elementos esenciales del contrato Consentimiento Cuando no se cumplen las condiciones de validez la sanción consiste en una nulidad relativa o absoluta Condiciones de Existencia Objeto Licitud La diferencia entre los elementos de validez y los elementos de existencia, consiste en la sanción que el derecho les aplica cuando estos no se cumplen, mientras que para los elementos de validez la sanción consiste en una nulidad ya sea relativa o absoluta, para la ausencia de algún elemento de existencia implica la inexistencia del contrato Formalidad Condiciones de Validez Ausencia de vicios de la voluntad Capacidad de los contratantes MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

14 Inexistencia y nulidad de los contratos
Se considera así aquella conducta humana que es inexistente como acto jurídico para el Derecho, cuando le falta un elemento esencial, en ausencia del cual es lógicamente imposible concebir su existencia jurídica. El acto inexistente, se confunde con la nada y el Derecho no tiene que ocuparse de él, porque de hacerlo se estaría ocupando de la nada. Características de la inexistencia El acto inexistente no engendra, en su calidad de acto jurídico, ningún efecto jurídico. No es susceptible de convalidarse (rectificarse o regularse) No es necesaria una declaración judicial de inexistencia del acto, por lo tanto, no será necesario comparecer ante un juez, por lo que, llegado el caso de que una persona invocará ese acto en juicio. El juzgador sólo constatará la inexistencia. MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

15 Inexistencia y nulidad de los contratos
En el acto nulo, se dan los elementos de existencia pero de modo imperfecto; por este motivo, no producirá efecto legal alguno o los producirá de manera provisional, pues los mismos serán destruidos de manera retroactiva, cuando se determine la nulidad del acto por autoridad judicial. los actos nulos se clasifican en: nulos absolutos o de pleno derecho y en nulos relativos o anulables. La nulidad absoluta o de pleno derecho. Se origina con el nacimiento del acto, cuando el mismo va en contra de una norma que integra el orden público. El acto nulo absoluto en esta tesis, es asimilado al inexistente, y por ello, se sostiene que no produce efecto legal alguno. La nulidad relativa o anulabilidad. Al igual que la absoluta, el acto nace viciado, pero produce plenamente sus efectos, mismos que se anularán una vez que el juez declare la nulidad, solo puede ser invocada por las personas en cuyo favor la establece la ley y es susceptible de convalidarse (rectificación o regulación) por confirmación o prescripción MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

16 Clasificación del contrato
Contrato/Definición Tipos Contratos preparatorios: Promesa de contrato. Contrato por medio del cual una o ambas partes se obligan por escrito y dentro de cierto tiempo a celebrar un contrato futuro determinado. Contratos traslativos de dominio: Compraventa, permuta, donación y mutuo. Contratos traslativos de uso: Arrendamiento, subarrendamiento y comodato. Contratos de finalidad común: Asociación civil, sociedad civil y aparcerías Contratos de prestación de servicios: Depósito, mandato, prestación de servicios, obra a precio alzado, transporte y hospedaje. Contratos aleatorios: Juego y apuesta, renta vitalicia y compra de esperanza. Contratos de garantía: Fianza, prenda e hipoteca MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

17 Criterios de Distinción entre los contratos civiles y mercantiles
La nota característica de los contratos mercantiles es el fin de lucro y de provecho, sin atender la cualidad de las personas, ni a ninguna otra consideración. Los contratos mercantiles son aquellos que constituyen algunos actos de comercio enumerados por el artículo 75 del C.de Comercio por citar: Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con propósito de especulación comercial. El Derecho mercantil es el derecho de los actos en masa realizado por empresas. Los contratos mercantiles están vinculados a la actividad empresarial. MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal

18 MAESTRÍA EN IMPUESTOS.Planeación Fiscal


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