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La titularización Introducción General.

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Presentación del tema: "La titularización Introducción General."— Transcripción de la presentación:

1 La titularización Introducción General

2 Asuntos ¿En qué consiste? Condiciones y criterios
Supervisión del procedimiento Casos especiales Prioridades del Sindicato

3 ¿En qué consiste la titularización?
La titularización significa conceder un contrato permanente a un funcionario En el argot de OIT/N.U. , “permanente” significa sin límite de tiempo (WLT) excepto cuando se llegue a la edad de jubilación (que sigue siendo una razón legítima para poner fin al contrato)

4 Las ventajas de la titularización
- Protección indirecta contra el despido los motivos para la terminación del contrato (“propuesta de terminación”) deben estar justificados. El funcionario tiene derecho a recurrir al Comité Paritario -  El acceso a préstamos, especialmente para el MEC: El personal titularizado puede obtener un crédito por un período de tiempo mayor (hasta la edad de jubilación) que el personal con contratos de duración determinada (FT), por ejemplo, para comprar una casa. -   Subsidio de repatriación (funcionarios internacionales contratados): únicamente tienen derecho a este subsidio los funcionarios titularizados. El personal con contratos de duración determinada (FT) tiene derecho a una suma global fija de acuerdo con su antigüedad en el servicio.

5 Condiciones y criterios
Circular 6/452 (rev.1) de 8 de abril de 1993 Buena conducta, rendimiento satisfactorio, antigüedad, capacidad del funcionario/a de progresar en su carrera dentro de su ámbito de competencia y las necesidades previstas de la Organización Además de la antigüedad, el requisito fundamental para optar a un contrato sin límite de tiempo es el cumplimiento satisfactorio de sus funciones. Se establecen prioridades en función de la fecha de ingreso en la Organización Están excluidos los funcionarios en período de pruebas Se tiene en cuenta haber sido contratado para puestos no permanentes or regulares dentro de la OIT. Los contratos en el ambito de la cooperación técnica cuentan si el funcionario ha sido incluido en el presupuesto regular al menos durante los dos últimos años.

6 Sorprendentes diferencias en la antigüedad
El personal de servicios generales puede titularizarse a los 12 años de servicio y el personal del cuadro orgánico a los 7 años (el período depende del modelo de jubilación) En los últimos 15 años se ha logrado una mayor igualdad entre el personal de servicios generales en la sede y en el terreno La diferencia entre los servicios generales y el cuadro orgánico tiene su origen en: la necesidad de “enrolar” un mayor número de funcionarios en el terreno; dotar de mayor rapidez al proceso de jubilación del personal del cuadro orgánico (demografía + cuestiones de pensión) combinado con una contratación más lenta ESTA DIFERENCIA SURGE DE LA PRÁCTICA, NO DE LOS ESTATUTOS

7 El procedimiento Esta práctica es conjunta, y está co-dirigida por una representación a partes iguales del Sindicato y del DRH en un Comité especial Se han creado dos listas según la fecha de ingreso en la OIT: una para el personal de servicios generales (en la sede y en el terreno), y otra para el personal del cuadro orgánico Las fechas de referencia se han establecido en función del número de puestos vacantes por jubilación, la finalización del contrato y el ascenso a una categoría superior La duración del período entre las diferente fechas de referencia del correspondiente ejercicio pueden variar en función de la titularización

8 El procedimiento (cont.)
El Comité del Sindicato del Personal emite un comunicado con las fechas de referencia, a fin de que el personal pueda saber si su nombre ha sido incluido en la lista El Grupo de trabajo establece entonces las listas de los funcionarios candidatos a un contrato WLT (hay algunas excepciones: AISS; CINTERFOR; INST) El Grupo de trabajo examina las opiniones de los directores y, sobre este examen, presenta una lista con sus recomendaciones ante la CPN La CPN hace una recomendación al Director General con los nombres de los funcionarios que serán titularizados

9 SI NO A TODOS, A LA MAYOR PARTE DE LOS CASOS
Casos especiales: las Oficinas Regionales Las Oficinas Regionales son oficinas de enlace creadas en los países industrializados. El reglamento de estas Oficinas se remonta a una época en la que el personal era contratado y pagado, más o menos, por los gobiernos La situación ha cambiado ( ahora la OIT es el empleador directo casi siempre), pero el reglamento se sigue aplicando SI NO A TODOS, A LA MAYOR PARTE DE LOS CASOS La solicitud directa de revisión se envió al GABINETE. La cuestión se planteó ante la CPN. Recibió un decidido apoyo de la región de Europa (la mayoría de las Oficinas Exteriores) ¡Igualmente cierto para los corresponsales nacionales!

10 Casos especiales: CINTERFOR, AISS, INST
Los contratos en estas unidades son estables y no son de duración determinada No obstante, estos contratos son aún más flexibles que los del personal en plantilla de la OIT (“cuotas”), y no dependen exclusivamente de los fondos de las Oficinas regionales Por consiguiente, es posible la titularización en función del número de funcionarios en cada una de estas unidades; por ejemplo: el funcionario puede optar a un contrato sin límite de tiempo cuando otro funcionario con ese tipo de contrato deja el servicio

11 Al acercarse a la jubilación
Hay una práctica establecida para: Los funcionarios candidatos a la titularización a partir de los 57 años, a los que, en lugar de “bloquear” un puesto vacante, se les ofrece un contrato de duración determinada por un período de 5 años. Sin embargo, el personal del cuadro orgánico debería prestar atención a no perder sus derechos relativos al subsidio de repatriación Este enfoque puede aplicarse también a otros tipos de “casos especiales”

12 Las propuestas del Sindicato
PROTEGER EL PROCESO DE TITULARIZACIÓN DEL SISTEMA COMÚN LOGRAR LA IGUALDAD ENTRE EL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES Y DEL CUADRO ORGÁNICO EXTENDER LA TITULARIZACIÓN AL MENOS A LOS COLEGAS DE LAS OFICINAS EXTERIORES A QUIENES PAGA LA OIT PROTEGER A LOS COMPAÑEROS DE CINTERFOR, AISS, Y DEL INSTITUTO DE LA OIT MEDIANTE CONTRATOS POR PERÍODOS DE MAYOR DURACIÓN

13 UN ANTÍDOTO CONTRA LA FLEXIBILIZACIÓN
LA TITULARIZACIÓN: UN ANTÍDOTO CONTRA LA FLEXIBILIZACIÓN Gracias por su atención.


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