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Publicada porDaniel Roldán Lara Modificado hace 7 años
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ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA
Firmado el 24 de agosto de 2016
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TABLA DE CONTENIDO Preámbulo Componente 1. Reforma Rural Integral.
Componente 2. Participación en Política. Componente 3. Fin del Conflicto. Componente 4. Solución al Problema de las Drogas Ilícitas. Componente 5. Acuerdo Sobre las Víctimas del Conflicto. Componente 6. Jurisdicción Especial para la Paz Protocolos y Anexos. Ley de Amnistía, Indulto y Tratamientos Penales Especiales. Acto Legislativo 01 de Julio de 2016. Sentencia 379/16
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SIGLAS SIGLA SIGNIFICADO MM&V Mecanismo de Monitoreo y Verificación
MUSE Municiones Sin Explotar PDET Programas de Desarrollo de Enfoque Integral PNI Programa Nacional Integral de Sustitución. PTN Puntos Transitorios de Normalización. REG Restos Explosivos de Guerra RRI Reforma Rural Integral SIVJRNR Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición ZVTN Zonas Veredales Transitorias de Normalización SIGLA SIGNIFICADO AEI Artefactos Explosivos Improvisados CI Componente Internacional CFHBD Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo CTEP Circunscripciones Territoriales Especiales de Paz CSVR Comisión de Implementación, Seguimiento y Verficación del Acuerdo Final de Paz y Resolución de Diferencias. DA Dejación de Armas JEP Jurisdicción Especial para la Paz MAP Minas Antipersonal
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PREÁMBULO * Por María Correa R. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PREÁMBULO 1. Objeto 2. Base normativa 3. Grupos sociales protegidos 4. Principios 5. Participación de la comunidad internacional 6. Propiedad Privada 7. Acuerdo Político Nacional 8. Contenido de los acuerdos DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OBJETO “PONER FIN DE MANERA DEFINITIVA AL CONFLICTO ARMADO INTERNO COLOMBIANO, DE MAS DE MEDIO SIGLO DE DURACIÓN” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OBJETO En desarrollo del OBJETO del Acuerdo Final, se destaca la siguiente premisa: Inspira los acuerdos la libre manifestación de la voluntad del Gobierno Nacional y de las FARC-EP, al obrar de buena fe y con la plena intención de cumplir lo acordado. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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BASE NORMATIVA El Acuerdo Final se establece con sujeción a los siguientes DOCUMENTOS y NORMAS: DOCUMENTOS: Agenda del Encuentro Exploratorio sucedido en La Habana entre el 23 de febrero y el 26 de agosto de 2012. Derecho Internacional Humanitario (convenios y protocolos). Fallos proferidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos relativos a los conflictos y su terminación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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BASE NORMATIVA NORMAS 1. Artículo 22 CN: “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento” 2. Artículo 95 CN: “La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades. …6. Propender al logro y mantenimiento de la paz” 3. Derecho Internacional de los Derechos Humanos (sic) –Declaración Internacional de los Derechos Humanos- DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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NORMATIVIDAD NORMAS 4. Estatuto de Roma: Por el cual se instituyó una Corte Penal Internacional, entidad permanente facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional, con carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. 5. Artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra (1949) Enumera las disposiciones a seguir en caso de conflicto armado que no sea de índole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes. Cada una de las Partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar las disposiciones allí contenidas (Se anexa texto) DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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GRUPOS SOCIALES PROTEGIDOS
El Acuerdo Final presta especial atención a los Derechos Fundamentales, en especial los políticos, sociales, económicos y culturales de los siguientes grupos sociales, considerados como vulnerables: DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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GRUPOS SOCIALES PROTEGIDOS
Pueblos indígenas Niños y adolescentes Comunidades afrodescendientes Otros grupos étnicamente diferenciados Campesinos Personas en condición de discapacidad Desplazados por razones del conflicto Adultos mayores Población LGBTI DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PRINCIPIOS Se extraen del Preámbulo los siguientes, que según el texto se consideran las bases principales del Acuerdo Final: DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PRINCIPIOS El impulso a la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional. La construcción de un nuevo paradigma de desarrollo y bienestar territorial. El derecho de la sociedad a una seguridad humana integral con participación de las autoridades civiles. El derecho a la exención de responsabilidades por las acciones cometidas por las generaciones precedentes, sin perjuicio de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL
Los siguientes son los entes internacionales y los países que intervinieron como garantes o acompañantes en todo el proceso: República de Cuba República Bolivariana de Venezuela (País acompañante) República de Chile (País acompañante) Reino de Noruega Estados Unidos de América (Enviado especial) Unión Europea (Representante especial) Organización de las Naciones Unidas (ONU) Consejo Federal Suizo (Depositario del texto original) DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ACUERDO POLÍTICO NACIONAL
Una vez celebrado el plebiscito, habrá una convocatoria que reunirá a todos los partidos, movimientos políticos y sociales, y a todas las fuerzas vivas del país a concretar un ACUERDO POLÍTICO NACIONAL que definirá las reformas y ajustes institucionales para atender los retos que la paz demande DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CONTENIDO DE LOS ACUERDOS
Se relacionan los acuerdos específicos que conforman el texto final: Reforma rural Participación política Cese al fuego y hostilidades bilateral definitivo y la dejación de las armas Solución al problema de las drogas ilícitas Víctimas Mecanismos de implementación y verificación DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL PREÁMBULO
A título personal se expresan las siguientes, relacionadas con los algunos temas contenidos en el Preámbulo analizado: Grupos sociales protegidos Propiedad privada Principios Acuerdo Político Nacional DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL PREÁMBULO GRUPOS SOCIALES PROTEGIDOS
En un intento por relacionar los grupos sociales mas vulnerables, el Acuerdo incluye TODA la sociedad. No parece escaparse de este listado algún sector, vulnerable o no, lo que hace el detalle inocuo para los fines altruistas de protección que pretende el Acuerdo Final. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL PREÁMBULO PROPIEDAD PRIVADA
Seguramente será tema de debate nacional la referencia que a este respecto incluye el preámbulo expresamente: “… las transformaciones que conlleva la implementación del presente Acuerdo deben contribuir a reversar los efectos del conflicto y a cambiar las condiciones que han facilitado la persistencia de la violencia en el territorio; y que a juicio de las FARC-EP dichas transformaciones deben contribuir a solucionar las causas históricas del conflicto, como la cuestión no resuelta de la propiedad sobre la tierra y particularmente su concentración” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Al considerar la concentración de la propiedad como una de las causas del conflicto, y en el entendido de que el Acuerdo Final se considera un marco global que deberá ser reglamentado en cada materia, será de particular importancia el desarrollo de este tema, y las políticas que se implementen en cumplimiento del que fue considerado por los negociadores uno de los pilares fundamentales del Acuerdo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ACUERDO FINAL FARC- EP – GOBIERNO COLOMBIANO
REFORMA RURAL INTEGRAL (RRI). PARTICIPACIÓN EN POLITICA. *Por Eduardo Gallego Q. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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1. REFORMA RURAL INTEGRAL (RRI)
Busca erradicar el hambre, generar empleo e ingresos, formalizar el trabajo en el agro. En general dignificar las condiciones de los campesinos en Colombia mediante diversos programas de desarrollo. Se crearán Zonas de Reserva Campesina (ZRC) en donde participarán: (Mujeres cabezas de hogar, Comunidades Negras, Indígenas, Afrodescendientes, Raizales y Palenqueras). La RRI se hará con base en los varios principios, lo mas importantes: Transformación Estructural, enfoque de género, bienestar, derecho a la alimentación, democratización del acceso y uso de la tierra. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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De dónde se obtiene la tierra?
Se creará un Fondo de Tierras de distribución gratuita con 10 millones de Hs. La obtención de la tierra vendrá principalmente de: Extinciones de dominio, baldíos apropiados indebidamente, tierras residuales de Reservas Forestales, tierras inexplotadas, por incumplimiento de la función ecológica o social de la propiedad, tierras adquiridas o expropiadas por motivos de utilidad pública, previamente indemnizadas. Tierras donadas en el marco de la terminación del conflicto y la construcción de la paz. Otros Mecanismos: Subsidios integral, y crédito a largo plazo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Beneficiarios de la adjudicación y/o Subsidios o Créditos
Trabajadores agrarios con tierra insuficiente o sin tierra. Prioridad las mujeres rurales cabeza de familia, desplazados, asociaciones de trabajadores y grupos con asentamientos para sustitución de cultivos ilícitos. Una vez adjudicados los predios, estos tendrán la condición de inalienables e inembargables por un periodo de 7 años, así mismo tampoco podrán enajenarse. En las UAF actualmente son 15 años. En ambas modalidades la titularidad se pierde por no explotación de los predios o ejercicio de actividades ilícitas en las tierras. Se creará una nueva jurisdicción agraria para dirima conflictos relacionados con la adjudicación de tierras. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Programas que se crearán con la RRI
Sistema General de Información Catastral. Identificará los predios de la RRI a efectos de realizar exenciones tributarias para algunos campesinos. Plan de zonificación ambiental: Busca establecer que áreas son: Páramos, reservas forestales, ecosistemas frágiles, humedales, fuentes hídricas. Zonas de Reserva Campesina (ZRC). Asentamientos campesinos con proyectos productivos y/o asociativos. Infraestructura vial: Vías terciarias para sacar productos. Infraestructura de Riego: Tecnología en riegos según las características de la zona. Infraestructura Eléctrica y conectividad: Ampliación de redes en el campo. Plan para la formalización laboral: Campañas para erradicación de trabajo infantil. Beneficio económico periódico para trabajadores del campo con vocación a pensionarse. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Programas que se crearán con la RRI
Plan Nacional de Salud Rural: Oferta de servicios de Salud y Promoción y Prevención en ZRC. Plan Especial de Educación Rural: Busca erradicar el analfabetismo en las áreas rurales, modelos flexibles de educación con enfoque en ciencias agropecuarias. Plan de Vivienda y Agua Potable: Subsidios para construcción y mejora de vivienda para casos de pobreza extrema y victimas. Asistencia técnica para operación y manejo de sistemas de acueducto veredales. Plan de fomento a la economía solidaria y Asistencia Técnica (apoyo técnico y financiero a las ZRC) Plan de promoción y mercadeo de productos campesinos: Creación de centros de acopio para comercializar productos. Plan para la alimentación rural. Buscando erradicar el hambre, y atada a la implementación de los demás programas relacionados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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2. Participación en Política de las FARC - EP.
En el marco del fin del conflicto se requieren nuevas fuerzas en el escenario democrático para que enriquezcan el debate con la creación de nuevos partidos políticos. “Es necesario crear las condiciones y dar las garantías para que las organizaciones alzadas en armas se transformen en partidos o movimientos políticos”. Se creará el Sistema Integral de Seguridad Para el Ejercicio de la política: El sistema garantizará los derechos y libertades de quienes están ejerciendo la política en el marco de la democracia. Se creará un “programa de protección especializada para las personas integrantes del nuevo movimiento político entre las FARC – EP y el Gobierno Nacional” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Participación en Política de las Farc EP
La movilización y la protesta son ejercicios legítimos del derecho a la reunión, libre circulación, expresión y libertad de conciencia. El Gobierno se comprometerá a: Permitir la participación ciudadana a través de medios de comunicación, comunitarios institucionales y regionales. Se habilitará un canal institucional de televisión cerrada orientado a los partidos políticos con personería. Abrir convocatorias para la adjudicación de radio comunitaria y canales de televisión abierta y cerrada. Nombramiento de veedores ciudadanos con el fin de que auditen la gestión publica y el buen uso de los recursos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Compromisos del Gobierno.
Se realizarán modificaciones tendientes a remover “obstáculos” para que los partidos y movimientos políticos obtengan y conserven la personería jurídica. Financiación de grupos políticos por 8 años. Para su funcionamiento el Gobierno destinará, cada año y hasta el 19 de julio de 2022, el 5 % del presupuesto para los partidos. Teniendo en cuenta lo asignado a partidos para 2016 este equivale a mil 734 millones de pesos. Realizar campañas de expedición de cédulas masivas con prioridad en las zonas marginadas de centros urbanos y rurales. Creación de 16 Circunscripciones territoriales, buscan promover la participación de quienes han estado excluidos, se crearán en zonas históricamente afectadas por el conflicto y con presencia de las Farc. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Conclusiones RRI Habrá subsidios y créditos para compra de tierras; actualización del catastro y el impuesto predial rural (plazo 7 años). Formalización de propiedad rural: inicia con 7 millones de hectáreas. Fondo de Tierras para pequeños campesinos: a partir de 3 millones de hectáreas. Zonas de Reserva Campesinas. Planes Nacionales para acabar la pobreza rural extrema y reducir la pobreza del campo un 50% (plazo de 10 años). Incluye: infraestructura, vías terciarias, asistencia técnica, servicios públicos, salud, educación, internet entre otros. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Conclusiones - Participación en Política.
Con nuevos partidos, se distribuirán entre mas participantes los recursos públicos. En zonas afectadas por el conflicto habrá 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, que permitirán elegir a 16 representantes a la Cámara por dos períodos electorales. Se elaborará un Estatuto para los opositores del gobierno. Se creará un programa de protección para integrantes del nuevo movimiento político que surja de las Farc y una misión electoral especial con veedurías en recursos públicos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Reflexiones. El gobierno entregará tierras en la RRI, las Farc lo harán? Como hará el gobierno para evitar que las tierras terminen en manos de quienes las necesitan? Cuales son los requisitos para las entregas de la tierra a los beneficiarios? Bastará con ser un ex guerrillero o debería otorgarse la tierra atada a un proyecto productivo? Que tan viable será la implementación de los programas de energía eléctrica, salud, educación, agua potable, acueducto, si históricamente no se ha podido en ciudades principales? De donde se obtendrán los recursos para los programas de la RRI? Donde serán las 16 circunscripciones especiales? DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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3. FIN DEL CONFLICTO Acuerdo sobre Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de las Armas entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP Por Natalia Ramírez Arenas DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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DEFINICIONES: Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo:
Terminar de manera definitiva las acciones ofensivas entre la Fuerza Pública y las FARC-EP, las hostilidades y cualquier conducta que no deba ser ejecutada de conformidad con el anexo de las reglas que rigen el CFHBD. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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DEFINICIONES: Dejación de Armas
Es un procedimiento técnico, trazable y verificable mediante el cual la ONU recibe la totalidad del armamento de las FARC-EP para destinarlo a la construcción de monumentos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Mecanismo de Monitoreo y Verificación
Compuesto por tres instancias Una de orden nacional Ocho (8) estructuras de verificación de carácter regional Unas estructuras de monitoreo local desplegadas en áreas determinadas Mecanismo técnico tripartito integrado por Representantes del Gobierno Nacional (Fuerza Pública) Representantes de las FARC-EP Componente internacional con observadores de la ONU Se encargará de verificar el cumplimiento del acuerdo, para contribuir a la generación de transparencia, credibilidad y confianza en el proceso de ejecución del CFHBD. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN Y CAMPAMENTOS
Se acuerda establecer 23 Zonas Veredales Transitorias de Normalización y 8 campamentos (Ver Anexo X1). A partir del D+5 los distintos frentes de las FARC-EP se desplazan hacia las distintas ZVTN previamente acordadas, siguiendo las rutas de desplazamiento establecidas de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC- EP Todo lo anterior, monitoreado y verificado por el MM&V. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN Y CAMPAMENTOS
Una vez ubicados los efectivos de las FARC-EP, en las ZVTN, el Gobierno Nacional suspende las órdenes de captura de la totalidad de los (as) integrantes de las FARC-EP que se encuentren dentro de dichas zonas, previa entrega por parte de las FARC-EP de un listado de sus integrantes presentes en cada una de las ZVTN. Listado que será recibida y aceptada por el Gobierno de buena fe, de conformidad con el principio de confianza legítima, sin perjuicio de las verificaciones correspondientes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN Y CAMPAMENTOS
Las FARC-EP designa un grupo de 60 de sus integrantes que podrán movilizarse a nivel nacional en cumplimiento de tareas relacionadas con el acuerdo de paz. Las FARC-EP designa un grupo de 10 de sus integrantes que pueden movilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de las tardeas relacionadas con el acuerdo de paz. Los integrantes deben almacenar las armas previamente en contenedores, bajo la verificación del MM&V Movilización de integrantes DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ZONA DE SEGURIDAD Alrededor de cada ZVTN se establece una Zona de Seguridad donde no puede haber unidades de la Fuerza Pública, ni efectivos de las FARC-EP con excepción de los equipos de monitoreo y verificación acompañados de seguridad policial cuando las circunstancias lo requieran y autorizado por el MM&V. Cada zona de seguridad es de 1 kilómetro. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Dejación de Armas Minas Antipersonal Transporte de Armas Destrucción de Armas DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS
Monitoreo y verificación de la tenencia: Dentro de los campamentos hay de manera permanente representantes del MM&V. Cada integrante de las FACR porta un arma individual dentro del campamento. Registro: Procedimiento técnico para consignar la cantidad y tipo de armas recibidas a las FARC por parte del MM&V Identificación: Procedimiento técnico que permite caracterizar las armas por parte del MM&V. Este procedimiento se hace solo con las armas individuales de los integrantes de las FARC dentro de los campamentos Recolección: Procedimiento técnico, mediante el cual el MM&V recibe todas las armas de las FARC, de acuerdo a los procedimientos establecidos Almacenamiento del armamento: En cada zona dentro de uno de los campamentos, hay un punto para el almacenamiento de armamento recibido por el MM&V, en contenedores dispuestos para tal fin. Solo puede ingresar el MM&V para efectuar el monitoreo permanente. Extracción del armamento: Procedimiento técnico a cargo de la ONU, que consiste en la salida física del armamento de las zonas Disposición final del armamento: Las armas se destinan a la construcción de 3 monumentos: uno en la sede de la ONU, otro en la República de Cuba, y el otro en territorio Colombiano en el lugar que determine la organización política surgida de las FARC, en acuerdo con el Gobierno Nacional. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROCESO Minas Antipersonal Las FARC contribuye por diferentes medios, incluyendo el suministro de información, con la limpieza y descontaminación de los territorios afectados por minas antipersonal, artefactos explosivos improvisados, y municiones sin explotar o restos explosivos de guerra en general. Transporte de Armas El días D+5 se inicia el desplazamiento a las ZVTN y transporte de armamento individual. Del días D+7 al D+30 se realiza el transporte de armas de acompañamiento, del armamento de las milicias, las granadas y las municiones, por parte de los integrantes de las FARC hacia las ZTVN El armamento de acompañamiento permanence en almerillos temporales bajo responsabilidad de las FARC hasta el día D+60 que serán almacenadas en los contenedores dispuestos para este fin. 3 fases para la recolección de armamento individual: D+90 el 30%; D+120 el 30% y D+150 el 40% Destrucción de Armas Del D+10 al D+60, se realiza la destrucción del armamento instable guardado en depósitos (caletas) previamente georeferenciados, y bajo el cumplimiento de protocolos de seguridad monitoreados por el MM&V DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Reincorporación de las FARC-EP a la vida civil – en lo económico, lo social y lo político – de acuerdo con sus intereses Se dan tres tipos de reincorporación: Política Económica Social DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Reincorporación Política
El tránsito de las FARC-EP, de organización en armas a un nuevo partido o movimiento político legal, que goce de los derechos y cumpla las obligaciones y deberes propios del orden constitucional, es una condición necesaria para el fin del conflicto armado, la construcción de una paz estable y duradera y, en general, para el fortalecimiento de la democracia en Colombia. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Reincorporación Política
Presupuestos y Financiación: El partido o movimiento político que se constituya recibirá anualmente entre la fecha de registro y el 19 de julio de 2026, una suma equivalente al 10% de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos. Por otra parte para contribuir al financiamiento de la difusión y divulgación de su plataforma ideológica y programática, se le asignará un 5% anual de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos entre la fecha de registro y el 19 de Julio de 2022. Las campañas electorales de 2018 y 2022 tendrán financiación preponderantemente estatal, de acuerdo a las siguientes reglas: Para campañas presidenciales se reconocerá financiación estatal. Para Senado, financiación estatal anticipada equivalente al 10% del límite de gastos fijados por la autoridad electoral. La financiación previa no estará sujeta a devolución siempre que se inviertan en las finalidades establecidas en la ley. Personería Jurídica: Finalizado el proceso de dejación de armas, los plenipotenciarios de las FARC-EP registrarán formalmente ante el Consejo Nacional Electoral la transformación en partido o movimiento político, presentando el acta de constitución, estatutos, código de ética, plataforma ideológica y designación de sus directivos. El partido o movimiento será reconocido en igualdad de condiciones para lo cual el Gobierno Nacional tramitará las reformas normativas a que haya lugar. Estarán sujetos a las reglas de los demás partidos políticos salvo la acreditación de un número de afiliados, presentación a certámenes electorales y obtención de un umbral de votación entre la fecha de registro y el 19 de julio de 2026. Representación Política: i) Podrán inscribir listas únicas de candidatos propios o en coalición con otros partidos para la circunscripción ordinaria del Senado y la Cámara de Representantes. Se garantizará un mínimo de 5 curules para el Senado y 5 para la Cámara de Representantes. ii) Tres voceros en cada una de las Cámaras (Senado y Cámara de Representantes) para que participen en el debate de los proyectos de reforma constitucional o legal que sean tramitados mediante el procedimiento legislativo especial para la paz. Tendrán voz pero no voto. iii) Un delegado con voz y no voto ante el Consejo Nacional Electoral y podrá participar de las deliberaciones de esa corporación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Reincorporación Económica y Social
Las FARC- EP constituirá una organización de economía social y solidaria, denominada Economías Sociales del Común – ECOMÚN. Tendrá cobertura nacional y podrá tener seccionales territoriales. Las y los miembros de las FARC podrán afiliarse voluntariamente. El Gobierno facilitará la formalización jurídica de ECOMÚN mediante la financiación de la asesoría jurídica y técnica. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Centro de pensamiento y formación política
La agrupación política que quedará de la transición de las FARC, constituirá un Centro de pensamiento y formación política, como institución sin ánimo de lucro, que tendrá como propósitos adelantar estudios e investigaciones sociales, así como diseñar y adelantar programas de formación política. Podrá celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y de cooperación internacional. Se designará para el funcionamiento de esta institución, un monto anual igual al asignado para la difusión y divulgación de la plataforma ideológica y programática hasta el 19 de julio de 2022. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Consejo Nacional de Reincorporación
Se creará el Consejo Nacional de Reincorporación, integrado por dos (2) miembros del Gobierno y dos (2) de las FARC-EP, con la función de definir las actividades, establecer el cronograma y adelantar el seguimiento del proceso de reincorporación, según los términos acordados con el gobierno. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Identificación, desarrollo y ejecución de proyectos productivos sostenibles Estos proyectos como parte de la fase de reincorporación buscan vincular al mayor número de personas hoy pertenecientes a las FARC. Cada integrante de las FARC en proceso de reincorporación, tendrá derecho por una vez, a un apoyo económico para emprender un proyecto productivo individual o colectivo, por la suma de 8 millones de pesos. Los recursos para los programas serán transferidos a ECOMÚN, quien para su administración constituirá un encargo fiduciario. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Garantías de reincorporación económica y social sostenible
Renta básica: Cada uno de los hoy pertenecientes a LAS FARC, a partir de la terminación de las ZVTN y durante 24 meses, recibirán una renta básica mensual equivalente al 90% del smmlv, siempre que no tengan un vínculo contractual que les genere ingresos. Posterior a este término, se otorgará una asignación mensual de acuerdo con la normatividad que se expida para ese efecto y no menor a la que haya estado vigente, siempre que el beneficiario acredite su continuación de la ruta educativa en los propósitos de reincorporación. Cada una de las personas pertenecientes hoy a las FARC, al momento de la terminación de las ZVTN, recibirá una asignación única de normalización equivalente a 2 millones de pesos. Las sumas correspondientes a los pagos por concepto de seguridad social en salud y pensiones de acuerdo con la normatividad vigente, serán garantizados por el Gobierno Nacional, quien constituirá un encargo fiduciario para la realización de los pagos durante 24 meses. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ACUERDO SOBRE GARANTÍAS DE SEGURIDAD Y LUCHA CONTRA LAS ORGANIZACIONES CRIMINALES RESPONSABLES DE HOMICIDIOS Y MASACRES O QUE ATENTAN CONTRA DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS, MOVIMIENTOS SOCIALES O MOVIMIENTOS POLÍTICOS DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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El Gobierno Nacional garantizará la implementación de las medidas necesarias para intensificar con efectividad y de forma integral, las acciones contra las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres, o que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz. Además asegurará la protección de las comunidades en los territorios, que se rompa cualquier tipo de nexo entre la política y uso de las armas, y que se acaten los principios que rigen toda sociedad democrática. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Estamentos que se crean
8. Consejo Nacional para la Reconciliación 1. Comisión Nacional de Garantías 7. Cuerpo de Seguridad y Protección 2. Unidad Especial de Investigación Estamentos que se crean 6. Mesa Técnica de Seguridad y Protección 3. Cuerpo Élite 5. Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la UNP 4. Sistema Integral de Seguridad y Alto Nivel DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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1. Comisión Nacional de Garantías de Seguridad para el desmantelamiento de organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres Será creada por el Gobierno, y tendrá como objeto el diseño y seguimiento de la política pública y criminal en materia de desmantelamiento de cualquier organización. Será presidida por el Presidente de la República, y estará conformada por el Ministro del Interior, Ministro de Defensa, Ministro de Justicia, Fiscal General de la Nación, Defensor del Pueblo, Director de la Unidad Especial de Investigación, Comandante General de las Fuerzas Militares, Director General de la Policía Nacional, dos (2) representantes del nuevo movimiento político de las FARC, dos (2) voceros en representación de las plataformas de derechos humanos y paz. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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2. Unidad Especial de Investigación
Creada y puesta en marcha por el Gobierno Nacional, para el desmantelamiento de las organizaciones criminales y sus redes de apoyo, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo. Su mandato será la investigación, persecución y acusación de las organizaciones criminales responsables de homicidios, masacres, violencia sistemática de género, o que atenten contra defensores de derechos humanos. Será parte de la Jurisdicción Ordinaria y de la Fiscalía General de la Nación. Su director deberá ser jurista con experiencia en investigaciones penales para un período de 6 años, y contará con una Unidad Especial de Policía Judicial DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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3. Cuerpo Élite Como garantía de una acción inmediata del Estado contra las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo y desmantelamiento, se integrará un Cuerpo Élite en la Policía Nacional con enfoque multidimensional, sus integrantes serán seleccionados bajo un modelo especial que certifique altos estándares de idoneidad, transparencia y efectividad. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4. Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política con instancia de Alto Nivel Se crea con la finalidad de desarrollar un nuevo modelo de garantías de derechos de los ciudadanos u protección para los movimientos y partidos políticos. Tendrá una instancia de alto nivel para ser implementado, garantizando su funcionamiento, articulación y supervisión y será el espacio de interlocución y seguimiento para la seguridad y protección de los integrantes de los partidos y movimientos políticos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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La instancia estará conformada por:
El Presidente de la República El Ministro del Interior El Ministro de Defensa El Consejero de Derechos Humanos de la Presidencia de la República El Comandante de las Fuerzas Militares El Director de la Policía Nacional El Director de la Unidad Nacional de Protección, UNP Participación permanente del nuevo movimiento político de las FARC-EP. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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5. Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la UNP
Será creada por el Gobierno, especializada en seguridad y protección para los integrantes del nuevo partido o movimiento político de las FARC-EP, así como para los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil. Garantizará la administración, funcionamiento y operación de la Mesa Técnica y del Cuerpo de Seguridad y Protección. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6. Mesa Técnica de Seguridad y Protección
Se creará con el propósito de desarrollar, coordinar, y hacer seguimiento y sugerencias a la implementación de un Plan Estratégico de Seguridad y Protección para los integrantes del nuevo partido o movimiento político de las FARC-EP y los antiguos integrantes del grupo armado. Tendrá integrantes del Gobierno Nacional y las FARC-EP. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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7. Cuerpo de Seguridad y Protección
Será creado por el Gobierno Nacional, integrado por personal de confianza del nuevo partido o movimiento político de las FARC-EP, el cual tendrá enlace directo y coordinación con la Policía Nacional que a su vez designará enlaces para cada esquema de seguridad y protección, a nivel nacional, departamental y municipal. La modalidad de vinculación de sus integrantes será a través de contratación laboral directa como servidores públicos, o contratados temporales de prestación de servicios o a través de operadores de seguridad debidamente autorizados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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8. Consejo Nacional para la Reconciliación y la Convivencia
Este estamento, deberá diseñar y ejecutar el Programa de reconciliación, convivencia y prevención de la estigmatización, de los integrantes de las FARC-EP en proceso de reincorporación, y tendrá la participación de las entidades territoriales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4. Solución al Problema de las Drogas Ilícitas
Por Guiselle Moná Flórez Imágenes tomadas de google DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OBJETIVO “Dar un tratamiento distinto y diferenciado al fenómeno del consumo, al problema de los cultivos de uso ilícito, y a la criminalidad organizada asociada al narcotráfico, que utiliza indebidamente a las y los jóvenes. En tal sentido, se requiere de nuevas políticas que reflejen esa nueva visión y el tratamiento diferenciado.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OBJETIVO “Dar un tratamiento distinto y diferenciado al fenómeno del consumo, al problema de los cultivos de uso ilícito, y a la criminalidad organizada asociada al narcotráfico, que utiliza indebidamente a las y los jóvenes. En tal sentido, se requiere de nuevas políticas que reflejen esa nueva visión y el tratamiento diferenciado.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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COMPROMISO DEL ESTADO “El compromiso del Gobierno Nacional de poner en marcha las políticas y programas de este punto, de intensificar y enfrentar de manera decidida la lucha contra la corrupción en las instituciones causada por el problema de las drogas ilícitas, y de liderar un proceso nacional eficaz para romper de manera definitiva cualquier tipo de relación de este flagelo con los diferentes ámbitos de la vida pública.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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COMPROMISO FARC-EP “El compromiso de las FARC-EP de contribuir de manera efectiva, con la mayor determinación y de diferentes formas y mediante acciones prácticas con la solución definitiva al problema de las drogas ilícitas, y en un escenario de fin del conflicto, de poner fin a cualquier relación, que en función de la rebelión, se hubiese presentado con este fenómeno.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4.1Problema de los cultivos de uso ilícito.
4.2. Atención integral al consumo de drogas. 4.3Lucha contra la producción y comercialización de drogas ilícitas . DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4.1. Programas de sustitución de cultivos de uso ilícito.
Crear el Programa Nacional Integral de Sustitución (PNIS) hace parte de la Reforma Rural Integral (RRI). “Lograr que el territorio nacional esté libre de cultivos de uso ilícito teniendo en cuenta el respeto por los derechos humanos, el medio ambiente y el buen vivir.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4.1. Programas de sustitución de cultivos de uso ilícito.
1. Proteger a las comunidades y mayor presencia del estado en los territorios afectados por el cultivo. 2. Acuerdo voluntario con las comunidades para sustitución y no resiembra. 3. Tratamiento penal diferencial: el Gobierno se compromete a tramitar los ajustes normativos que permitan renunciar al ejercicio de la acción penal o proceder con la extinción de la sanción penal contra los pequeños agricultores vinculados con el cultivo de uso ilícito cuando, dentro de un término de 2 años, contados a partir de la entrada en vigencia de la nueva norma, manifiesten formalmente ante las autoridades competentes, su decisión de renunciar a cultivar o mantener los cultivos de uso ilícito. 4.Crear asambleas comunitarias y comisiones municipales: son la base del esquema de planeación participativa, serán la base para la construcción del plan municipal integral de sustitución y desarrollo alternativo para las zonas afectadas por cultivos de uso ilícito y serán la plataforma de seguimiento. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Priorización del territorio
1.Zonas priorizadas atendiendo al principio de integración a la Reforma Rural Integral; 2. Densidad de cultivos de uso ilícito y de población; 3. Parques Nacionales Naturales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Proyectos productivos
Para los núcleos familiares de los cultivadoras vinculados a los cultivos de uso ilícito: Facilitar el tránsito de las personas cultivadoras, recolectoras y amedieras* hacia economías legales, mediante medidas de apoyo inmediato para garantizar su sustento y la seguridad alimentaria: 1.Entrega de mercado o bonos por 1 año. 2.Establecimiento de huertas caseras. 3.Proyectos de generación de ingresos rápidos, como cultivos de ciclo corto, piscicultura, aviculturao piscicultura, avicultura etc. Para los recolectores y recolectoras las acciones comprenden: 1.Opciones de empleo temporal. 2.Entrega de mercado o bonos por 1 año. Para la comunidad en general: 1.Seguridad alimentaria de la primera infancia, de los niños. 2. Programas de superación de la pobreza. *Persona que explota una finca, compartiendo los beneficios a medias con el dueño. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Etapas erradicación de los cultivos
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4.2. Programas de Prevención del Consumo y Salud Pública
“El Gobierno creará el Programa Nacional de Intervención Integral frente al Consumo de Drogas Ilícitas como una instancia de alto nivel.” “El problema de las drogas ilícitas es un problema transnacional cuya solución supone actuar simultáneamente tanto al interior del país como en coordinación y con el compromiso de la comunidad internacional.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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1. El acuerdo reconoce el consumo de drogas como un asunto de salud pública, debe ser prioridad y política del estado Acciones para la promoción en salud y prevención del consumo. 3.Acciones para apoyar y fortalecer los procesos de liderazgo juvenil con el propósito de impactar positivamente (colegios, clubes, barrios, etc.) 4.Acciones para ampliar y mejorar el acceso y la oferta en atención y asistencia cualificada a personas consumidoras, incluyendo el tratamiento y la rehabilitación, y que tenga en cuenta, entre otros, el enfoque de género. 5.Elaborar investigaciones y estudios especializados relacionados con el consumo de drogas ilícitas que incluya un enfoque diferencial, de género y etario. 6.Proteger las comunidades indígenas y las tradiciones con cultivos de amapolas, coca entre otras. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4.3. Solución al fenómeno de producción y comercialización de narcóticos. “Abordar el tema del esclarecimiento de la relación entre producción y comercialización de drogas ilícitas y conflicto, incluyendo la relación entre el paramilitarismo y el narcotráfico, y la disposición de todos y todas de contribuir a ese esclarecimiento.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Objetivos 1. Estrategia contra los activos involucrados en el narcotráfico y el lavado de activos. 2.Judicialización efectiva. 3.Identificación de la cadena de valor del narcotráfico. 4.Nuevo Estatuto de prevención y lucha contra las finanzas ilícitas. 5.Conferencia Internacional y espacios de diálogos regionales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CONCLUSIONES 1.Faltaba programas de sustitución de cultivos en Colombia. 2.¿Como se va a financiar la sustitución sobre cultivos proyectados y sobre los que no se tiene conocimiento?. 3.En el acuerdo no se logró el desmantelamiento o la aceptación de responsabilidad en el control y trafico de drogas por parte de las FARC, simplemente hay un compromiso de ayudar( Llama la atención que las Farc no hable sobre sus conexiones con laboratorios y cómo trafican los insumos). 4. Los programas tienen un enfoque a las comunidades afectadas por los cultivos. 5. Énfasis en la erradicación manual de los cultivos. 6. El programa debe ser articulado con otros países , pues el fenómeno del narcotráfico es trasnacional. 7. Los consumidores dejan de ser vistos como personas problemáticas o delincuentes, ahora son vistos como pacientes porque se reconoce un problema de salud pública. El Estado tendrá que garantizar la rehabilitación y reconocer a los consumidores. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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5. ACUERDO SOBRE LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO * Guiselle Moná
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OBJETIVOS 1.Pretende un sistema integral compuesto por mecanismos judiciales y extrajudiciales 2. Resarcir a las víctimas entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición
El reconocimiento de las víctimas: Es necesario reconocer a todas las víctimas del conflicto, no solo en su condición de víctimas, sino también y principalmente, en su condición de ciudadanos con derechos. • El reconocimiento de responsabilidad: Cualquier discusión de este punto debe partir del reconocimiento de responsabilidad frente a las víctimas del conflicto. No vamos a intercambiar impunidades. • Satisfacción de los derechos de las víctimas: Los derechos de las víctimas del conflicto no son negociables; se trata de ponernos de acuerdo acerca de cómo deberán ser satisfechos de la mejor manera en el marco del fin del conflicto. • La participación de las víctimas: La discusión sobre la satisfacción de los derechos de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario con ocasión del conflicto, requiere necesariamente de la participación de las víctimas, por diferentes medios y en diferentes momentos. • El esclarecimiento de la verdad: Esclarecer lo sucedido a lo largo del conflicto, incluyendo sus múltiples causas, orígenes y sus efectos, es parte fundamental de la satisfacción de los derechos de las víctimas, y de la sociedad en general. La reparación de las víctimas: Las víctimas tienen derecho a ser resarcidas por los daños que sufrieron a causa del conflicto. Restablecer los derechos de las víctimas y transformar sus condiciones de vida en el marco del fin del conflicto es parte fundamental de la construcción de la paz estable y duradera. • Las garantías de protección y seguridad: Proteger la vida y la integridad personal de las víctimas es el primer paso para la satisfacción de sus demás derechos. • La garantía de no repetición. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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El Sistema Integral estará compuesto por los siguientes cinco mecanismos y medidas: 1.Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición: Será un órgano temporal y de carácter extra-judicial, que busca conocer la Verdad de lo ocurrido y contribuir al esclarecimiento de las violaciones e infracciones y ofrecer una explicación amplia a toda la sociedad de la complejidad del conflicto; 2. Unidad especial para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado: Será una unidad especial de alto nivel de carácter humanitario y extrajudicial, cuyo objetivo es dirigir, coordinar y contribuir a la implementación de acciones humanitarias de búsqueda e identificación de todas las personas dadas por desaparecidas en el marco del conflicto que se encuentren con vida, y en los casos de fallecimiento, cuando sea posible, la localización y entrega digna de restos. Hará reporte a las familiar y agilizarán los trámites en medicina legal para la entre de los cuerpos que se encuentren en las zonas señaladas en la rendición de cuentas Jurisdicción Especial para la Paz: Estará constituida por una serie de salas de justicia, entre las que se incluye una Sala de Amnistía e Indulto, y un Tribunal para la Paz, para administrar justicia e investigar, esclarecer, perseguir y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4.Medidas de reparación integral para la construcción de la paz: Se trata de medidas que buscan asegurar la reparación integral de las víctimas, incluyendo los derechos a la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y la no repetición; y la reparación colectiva de los territorios, las poblaciones y los colectivos más afectados por el conflicto y más vulnerables, en el marco de la implementación de los demás acuerdos. 5.Garantías de No Repetición: Las garantías de no repetición son el resultado, de la implementación coordinada de todas las anteriores medidas y mecanismos, así como en general de todos los puntos del Acuerdo Final. : DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Otros mecanismos “la firma de medidas y protocolos para adelantar los programas de limpieza y descontaminación de los territorios de minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) y municiones sin explotar (MUSE), o restos explosivos de guerra (REG); medidas inmediatas humanitarias de búsqueda, ubicación, identificación y entrega digna de restos de personas dadas por desaparecidas en el contexto y con ocasión del conflicto.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición La Comisión deberá cumplir tres objetivos fundamentales, que en su conjunto contribuyen a la no repetición del conflicto: 1. La Comisión deberá contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido, de acuerdo con los elementos del mandato que se describen más adelante, y ofrecer una explicación amplia de la complejidad del conflicto. 2.La Comisión deberá promover y contribuir al reconocimiento. Eso significa el reconocimiento de las víctimas como ciudadanos y ciudadanas que vieron sus derechos vulnerados y como sujetos políticos de importancia para la transformación del país. 3.Comisión deberá promover la convivencia en los territorios, en el entendido de que la convivencia no consiste en el simple compartir de un mismo espacio social y político, sino en la creación de un ambiente transformador que permita la resolución pacífica de los conflictos y la construcción de la más amplia cultura de respeto y tolerancia en democracia. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CARACTERISTICAS DE LA COMISIÓN
1. Mecanismo extrajudicial. 2.Temporal. 3. Propia metodología. 4. Propias reglas. 5. Exentas del deber de denuncia. 6. Mecanismo imparcial e independiente con plena autonomía para el desarrollo de su mandato. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MANDATO La Comisión tendrá como mandato esclarecer y promover el reconocimiento de: 1.Prácticas y hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario. 2.Las responsabilidades colectivas del Estado, incluyendo del Gobierno y los demás poderes públicos, de las FARC-EP, de los paramilitares, así como de cualquier otro grupo. 3.El contexto histórico, los orígenes y múltiples causas del conflicto, teniendo en cuenta como insumo los informes de la Comisión Histórica del Conflicto. 4. El fenómeno del paramilitarismo, en particular sus causas, orígenes y formas de manifestarse. 5. El desplazamiento y despojo de tierras con ocasión del conflicto y sus consecuencias. 6. Elaborar un informe final que tenga en cuenta los diferentes contextos, refleje las investigaciones en torno a todos los componentes del mandato y contenga las conclusiones y recomendaciones de su trabajo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROCESO DE SELECCIÓN 1. La Comisión estará conformada por 11 comisionados y comisionadas.. 2. El “Mecanismo de selección de los Magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz” será el comité de escogencia encargado de seleccionar y nombrar a los 11 comisionados y comisionadas 3.seleccionar comisionados y comisionadas extranjeros pero estos en todo caso no podrán ser más de 3. 4. La selección de los comisionados y las comisionadas deberá adoptarse por mayoría de 2/3 de los integrantes del comité de escogencia. 5.La Comisión tendrá una duración de 3 años incluyendo la elaboración del Informe Final. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto La UBPD tendrá las siguientes funciones: • Recolectar toda la información necesaria para establecer el universo de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado. • Fortalecer y agilizar los procesos para la identificación de restos en coordinación con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. • Garantizar la participación de los familiares de las personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, en los procesos de búsqueda, identificación, localización y entrega digna de restos. • Entregar a los familiares un reporte oficial detallado de la información que haya logrado obtener sobre lo acaecido a la persona dada por desaparecida, al término de la ejecución del plan de búsqueda correspondiente. Los restos no identificados o no reclamados por sus familiares deberán ser preservados y estarán a disposición de las autoridades competentes para la satisfacción de los derechos de las víctimas. • Entregar una copia del reporte descrito en el párrafo anterior a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. • Informar periódica y públicamente al menos cada 6 meses sobre las actividades de búsqueda, identificación, localización y entrega digna de restos que se realicen, respetando siempre el derecho a la privacidad de las víctimas. • Planificar, coordinar y dirigir la ejecución junto con las entidades correspondientes y con la participación de las organizaciones de víctimas y de derechos humanos de un plan nacional y planes regionales para el rastreo, búsqueda e identificación. • Elaborar e implementar un registro nacional de fosas, cementerios ilegales y sepulturas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CONCLUSIONES No se acordó una reparación de las víctimas con el patrimonio de las FARC, la carga es para el gobierno de reparar. Importante la creación del comité de desaparecidos por que se enfocará que ha pasado con los desaparecidos por el conflicto armado. La versión libre (en caso de omitir información) no quitará los beneficios obtenidos en el acuerdo. El éxito de la Comisión dependerá del reconocimiento de responsabilidades por parte de quienes de manera directa e indirecta participaron en el conflicto. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6. Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)
Por: Duverney Ramírez Ayala. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Agenda Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR. Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. - Marcos Jurídicos de referencia. - Frente a la amnistía y el indulto. - Sujetos de la Jurisdicción especial para la paz. - Caso excluido. - Prelación del componente. - No cesación de derechos civiles. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Agenda Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. - Procedimientos. - Órganos. a. Sala de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas. c. Sala de Amnistía o indulto. d. Sala de definición de situaciones jurídicas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Agenda e. Unidad de Investigación y acusación. b. El Tribunal para la Paz. Recursos dentro del proceso. Cosa Juzgada. Responsabilidad del mando de las Farc por los actos de sus subordinados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Agenda Sanciones en el marco de la JEP. Medidas de reparación integral. Procesos colectivos de retornos de personas en situación de desplazamiento y reparación de víctimas en el exterior. Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR)”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
1- Los Estados tienen el deber jurídico de atender a las víctimas, de prevenir nuevos hechos de violencia y alcanzar la paz. “La paz como producto de una negociación se ofrece como una alternativa moral y políticamente superior a la paz como producto del aniquilamiento del contrario.” (Sentencia del 25 de octubre de 2012-Corte Interamericana de Derechos Humanos/ Caso Mozote y lugares aledaños vs El Salvador). (Negrillas mías). DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
2- Los objetivos del SIVJRNR son satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, ofrecer verdad y reparación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
3- “(…)la comunidad política no es solo una unión de coetáneos, sino también un vínculo entre generaciones que se eslabonan en el tiempo.” En esta medida el acuerda busca no perpetuar conflictos que afecten los derechos de las futuras generaciones. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
4- “El Estado tiene autonomía para conformar jurisdicciones o sistemas jurídicos especiales”; en esta medida, motivado por las condiciones especiales del conflicto, en el marco de los parámetros del DIH etc., adoptar mecanismos para lograr la paz. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
5- “En toda actuación del componente de justicia del SIVJRNR se tomarán en cuenta como ejes centrales los derechos de las víctimas y la gravedad del sufrimiento infligido por las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario y las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el conflicto.” Se propenderá la reparación del daño causado cuando sea posible. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
6- La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), es una jurisdicción especial que ejerce funciones judiciales de manera autónoma y preferente sobre los asuntos de su competencia. Se aplicará únicamente a conductas cometidas con anterioridad a su entrada en vigor. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
7- La amnistía y la terminación de hostilidades está sometida únicamente al cumplimiento del acuerdo y la finalización de la rebelión. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
8- Verdad plena (es decir confesiones e información relevante y exhaustiva de los delitos cometidos) como requisito para acceder a beneficios del SIVJRNR. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Algunos principios básicos del componente de justicia del SIVJRNR.
9- Se creará una Secretaría Ejecutiva que se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos del SIVJRNR. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Marcos Jurídicos de Referencia: Principales: Derecho internacional Humanitario. Derecho internacional en materia de Derechos Humanos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. En cualquier caso, los operadores jurídicos en el tribunal para la paz (secciones del tribunal, salas, unidad de investigación y acusación), causarán su propio precedente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Las víctimas serán escuchadas en los supuestos de priorización y selección de casos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Frente a la amnistía y el indulto: Al finalizar las hostilidades, el Estado colombiano “podrá” imponer la amnistía más amplia posible, conforme al DIH y las disposiciones del acuerdo de cara a la amnistía (párrafo 39 del presente componente). Se desarrollará una ley de amnistía que contenga los delitos incluidos y excluidos de la amnistía, el ámbito y alcance de estas conductas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Se deja claro que no podrán amnistiarse ni indultarse los delitos de lesa humanidad ni aquellos definidos en el Estatuto de Roma, entre otros: “Los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma.” Entre los delitos indultables están: “la rebelión, la sedición, la asonada, así como el porte ilegal de armas, las muertes en combate compatibles con el Derecho Internacional Humanitario, el concierto para delinquir con fines de rebelión y otros delitos conexos” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. El grado de contribución del sujeto o colectivo a la verdad será directamente proporcional a su tratamiento a recibir en este componente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. La pertenencia a un grupo rebelde se determinará previa entrega de un listado por dicho grupo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Sujetos de la jurisdicción especial para la paz: El componente se aplicará a los involucrados directa o indirectamente en el conflicto armado y a aquellos condenados o investigados por el delito de rebelión u otros relacionados con el conflicto aunque no pertenezcan a las organizaciones armadas en rebelión. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. El componente aplicará a los grupos al margen de la ley que suscriban un acuerdo de paz con el gobierno. También serán objeto del componente quienes hayan contribuido con financiación o colaboración con grupos paramilitares que no sean resultado de coacciones. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Serán sujetos del componente los agentes del Estado que hubieran cometido delitos relacionados con el conflicto armado. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Caso excluido: El componente no investigará personas que hayan sido presidentes de la república, dicha competencia seguirá siendo ejercida por el congreso. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. Prelación del componente: El componente prevalecerá sobre actuaciones penales, disciplinarias o administrativas. En cualquier caso prevalecerá el principio de “no reformatio in peius” y el principio de “non bis inidem”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. No cesación de derechos civiles: La imposición de cualquier sanción en el SIVJRNR no limitará el ejercicio de los derechos civiles para lo cual se acordarán las reformas constitucionales pertinentes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e indultos así como de otros tratamientos especiales. No cesación de derechos civiles: La imposición de cualquier sanción en el SIVJRNR no limitará el ejercicio de los derechos civiles para lo cual se acordarán las reformas constitucionales pertinentes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Procedimientos: Se aplicarán dos (02) procedimientos: 1- En caso de reconocimiento de verdad y de responsabilidad. 2- En caso de no reconocimiento de verdad y responsabilidad. El reconocimiento de verdad podrá hacerse de manera individual o colectiva dentro del año (01) siguiente a la instalación de la sala (diap. Siguiente). Periodo prorrogable por tres (03) meses por motivos debidamente sustentados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Órganos: a. Sala de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas. b. El Tribunal para la Paz (órgano de cierre). c. Sala de Amnistía o indulto. d. Sala de definición de situaciones jurídicas, para los casos diferentes a los literales anteriores o en otros supuestos no previstos. e. Unidad de Investigación y acusación, la cual debe satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia cuando no haya reconocimiento colectivo o individual de responsabilidad. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. a. Sala de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas. En términos generales, es la encargada de evaluar y clasificar las conductas para determinar si están sujetas a investigación y juzgamiento de la JEP. Ello incluye las conductas en investigación, por investigar y las ya juzgadas. Es ante esta sala que se hará, inicialmente, el reconocimiento de verdad y responsabilidad necesario para el otorgamiento de los beneficios establecidos en el Acuerdo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. c. Sala de Amnistía o indulto La sala de Amnistía o indulto se encargará de tramitar y estudiar los casos sujetos a tal tratamiento conforme se establece en el acuerdo y la ley de amnistía o indulto que se tramitará. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. d. Sala de definición de situaciones jurídicas. Esta sala será la encargada de definir la situación jurídica de todos aquellos que se acojan al SIVJRNR conforme los lineamientos del acuerdo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. e. Unidad de Investigación y acusación. Será el ente investigador dentro de la JEP. Se encargará de velar por la protección de las víctimas, testigos y demás intervinientes del proceso. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. b. El Tribunal para la Paz. Estará dividido por secciones y cada sección tendrá sus propias funciones: Sección de primera instancia en caso de reconocimiento de verdad y responsabilidad. Se encargará de proferir sentencias en caso de reconocimiento de verdad y responsabilidad. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Sección de primera instancia para casos de ausencia de verdad y responsabilidad. Se encargará de adelantar juicios contradictorios imponiendo sentencias condenatorias o absolutorias y con las sanciones ordinarias o alternativas que correspondan según sea el caso. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Sección de revisión de sentencias. Se encargará de revisar las sentencias emitidas por la justicia ordinaria y, a petición de parte, las emitidas por contraloría o procuraduría siempre que no vayan a ser objeto de amnistía o indulto. Sección de apelaciones. Se encargará de decidir las apelaciones proferidas por cualquiera de las secciones de la primera instancia. Según el acuerdo, en su punto 52 de este componente, “en segunda instancia no se podrá agravar la condena cuando el único accionante sea el sancionado.”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Integración del tribunal: El tribunal para la paz estará integrado por magistrados colombianos. Sin que ello impida que la persona que será judicializada solicite que la sección que conocerá su caso sea integrada por tres (03) colombianos y dos (02) extranjeros. Serán en total veinte (20) magistrados colombianos y cuatro (04) extranjeros que operarán en caso de ser solicitados. Para la elección de los magistrados se tendrá en cuenta los mismos requisitos que para ser magistrado de las altas cortes salvo el requisito de nacionalidad para los extranjeros. No aplicará el sistema de carrera. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
131
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Integración de las salas. Cada sala estará integrada por un total de seis (06) magistrados quienes deberán ser experto en las distintas ramas del derecho y tener conocimiento en DIH, Derechos Humanos o Resolución de Conflictos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
132
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Procedimiento, órganos y sanciones del componente de justicia del SIVJRNR. Integración de la Unidad de investigación y acusación. Estará integrado por un total de 16 fiscales de los cuales doce (12) serán nacionales y cuatro (04) extranjeros; y hasta un tercio más, esto es, cinco (05) más, de los cuales cuatro (04) serán nacionales y uno (01) extranjero. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
133
Recursos dentro del proceso
Según el acuerdo, las providencias emitidas podrán recurrirse mediante: 1- Recurso de reposición. Se presenta por cualquiera de las partes ante la sala que dictó la providencia. 2- Recurso de apelación. Se presenta ante la sección de apelaciones del tribunal únicamente a solicitud del destinatario de la resolución o sentencia. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
134
Recursos dentro del proceso
Las víctimas también podrán interponer recurso de apelación contra las sentencias cuando se les vulneren sus derechos fundamentales, el cual será resuelto dentro de los diez (10) días. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
135
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Cosa Juzgada Todas las sentencias del tribunal así como las resoluciones que concedan amnistía o indulto o que resuelvan situaciones jurídicas harán tránsito a cosa juzgada y sólo podrán invalidarse por el mismo tribunal con base en las causales explícitas en el reglamento. Cualquier decisión de cualquier órgano que pretenda dejar sin efectos las decisiones tomadas por el tribunal, deberá someterse al mismo para que se determine si dicha decisión conculca los principios del SIVJRNR. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Responsabilidad del mando de las Farc por los actos de sus subordinados La responsabilidad de los mandos de las FARC-EP por los actos de sus subordinados deberá fundarse en el control efectivo de la respectiva conducta, en el conocimiento basado en la información a su disposición antes, durante y después de la realización de la respectiva conducta, así como en los medios a su alcance para prevenirla, y de haber ocurrido adoptar las decisiones correspondientes. La responsabilidad del mando no podrá fundarse exclusivamente en el rango o la jerarquía. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Sanciones en el marco de la JEP
Las sanciones para quienes reconozcan verdad y responsabilidad de “infracciones” muy graves antes de que sea emitida sentencia tendrá un mínimo de cinco (05) años y un máximo de ocho (08). Quienes no hayan tenido participación determinante en esas conductas graves, habiendo participado en ellas, recibirán una sanción mínima de dos (02) a cinco (05) años. Las sanciones de privación efectiva de la libertad, en estos casos, no se podrá entender como cárcel, prisión, ni adopción de medidas de aseguramiento equivalentes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
138
Sanciones en el marco de la JEP
Si no hay reconocimiento de verdad y responsabilidad en el caso de conductas muy graves las sanciones de privación efectiva de la libertad no podrán ser inferiores a quince (15) años ni superiores a veinte (20). Estas sanciones, que se constituyen en las ordinarias, y las alternativas, sí incluirán privación efectiva de la libertad como cárcel o prisión, o cualquier otra medida de aseguramiento. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Sanciones en el marco de la JEP
No habrá extradición por conductas realizadas con anterioridad al a firma del acuerdo y que sean objeto del mismo sin importar si es producto de amnistía e indulto o no, siempre que los sujetos se hallan sometido al SIVJRNR. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Sanciones en el marco de la JEP
Criterio para determinar las sanciones: 1. El grado de verdad otorgado por la persona 2. La gravedad de la conducta sancionada 3. El nivel de participación y responsabilidad, y 4. Los compromisos en materia de reparación a las víctimas y garantías de no repetición. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Sanciones en el marco de la JEP
Clases de sanciones: Sanciones aplicables a quienes reconozcan verdad exhaustiva, detallada y plena en la Sala de reconocimiento de verdad y responsabilidades: Sanciones aplicables a quienes reconozcan Verdad y responsabilidades por primera vez en el proceso contradictorio ante la Sección de Primera Instancia del Tribunal para la Paz, antes de dictarse sentencia. Sanciones aplicables a quienes no reconozcan Verdad y responsabilidad en el proceso contradictorio ante la Sección de Primera Instancia del Tribunal para la Paz y resulten declarados culpables por éste. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Medidas de reparación integral
Con el fin de contribuir al derecho de la reparación de las víctimas, se realizarán actos de reconocimiento donde el gobierno, las FARC y demás actores del conflicto reconozcan su responsabilidad colectiva y pidan perdón. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
143
Medidas de reparación integral
Con la misma finalidad de lo anterior, se acordó también que quienes manifiesten su voluntad de contribuir de manera directa a la reparación de las víctimas puedan participar de manera directa con acciones concretas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Medidas de reparación integral
“Las FARC-EP se comprometen en el proceso de reincorporación a la vida civil, y como parte de dicho proceso, a realizar acciones de contribución a la reparación por los daños causados que podrán incluir entre otras, la participación en obras de reconstrucción de infraestructura en los territorios más afectados por el conflicto, la participación en los programas de limpieza y descontaminación de los territorios de minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) y municiones sin explotar (MUSE) o restos explosivos de guerra (REG), la participación en los programas de sustitución de cultivos de uso ilícito, la contribución a la búsqueda, ubicación, identificación y recuperación de restos de personas muertas o dadas por desaparecidas en el contexto y con ocasión del conflicto, y la participación en programas de reparación del daño ambiental, como por ejemplo la reforestación.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Procesos colectivos de retornos de personas en situación de desplazamiento y reparación de víctimas en el exterior Con el acuerdo, se perseguirá la incorporación de las personas desplazadas a los territorios a través programas colectivos con enfoque territorial y de género. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Medidas sobre restitución de tierras
Se implementarán políticas de restitución de tierras donde los entes territoriales participarán activamente. Se dará acompañamiento técnico y financiero a las víctimas para la reconstrucción de su proyecto de vida. La información resultante de las inscripciones en el registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente y las posteriores sentencias que ordenan la restitución de tierras, se incluirán en el Registro Único de Víctimas para efectos de la armonización de los registros y el acceso a las diferentes medidas de reparación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR)” Tiene como finalidad Resolución de diferencias; seguimiento a los componentes del Acuerdo y verificar su cumplimiento; impulso y seguimiento a la implementación legislativa de los acuerdos; informes de seguimiento a la implementación; recibir insumos de instancias encargadas de implementación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Por María Camila Mejía D.
CAPÍTULO ÉTNICO Por María Camila Mejía D. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Las partes reconocen que los pueblos étnicos han contribuido a la construcción de una paz sostenible y duradera, al progreso, desarrollo económico y social del país, y que han sufrido condiciones de injusticia; han sido afectados gravemente por el conflicto armado interno por lo que se les deben propiciar las máximas garantías para el ejercicio de sus derechos humanos y colectivos DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Principios A la libre determinación, autonomía y gobierno propio A la participación, consulta y consentimiento previo libre e informado A la identidad e integridad social, económica y cultural A los derechos sobre sus tierras, territorios y recursos El derecho a la restitución y fortalecimiento de su territorialidad, los mecanismos vigentes para la protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y /o tradicionalmente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Salvaguardas y Garantías (para la interpretación e implementación del Acuerdo) Se respetará el carácter principal y no subsidiario de la consulta previa libre e informada y el derecho a la objeción cultural como garantía de no repetición, siempre que proceda. Se hará en la fase de implementaciónrespetando los estándares constitucionales e internacionales. En ningún caso la implementación de los acuerdos irá en detrimento de los derechos de los pueblos étnicos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de RRI Se garantizará la perspectiva étnica y cultural, las condiciones jurídicas vigentes de la propiedad colectiva, los mecanismos para la protección y seguridad de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente. Acceso a tierras incluyendo el Fondo de Tierras. Se entenderá que la función ecológica de la propiedad y las formas propias y ancestrales de relacionamiento con la tierra se anteponen a la noción de inexplotación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de RRI En la creación de mecanismos de resolución de conflictos de tenencia y uso y de fortalecimiento de la producción alimentaria participarán los pueblos y comunidades étnicas cuando se comprometan sus derechos. Los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), que se piensen realizarse en territorios de comunidades indígenas y afrocolombianas, deben tener un mecanismo especial de consulta para su implementación, con el fin de incorporar la perspectiva étnica y cultural en el enfoque territorial. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de Participación
Garantizará la participación de los representantes de autoridades étnicas y sus organizaciones en las diferentes instancias que se creen el marco de la implementación del Acuerdo Final. Adoptarán medidas para garantizar la inclusión de candidatos de los pueblos étnicos en las listas de las Circunscripciones Territoriales Especiales de Paz - CTEP, cuando su Circunscripción coincida con sus territorios. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de Garantías de Seguridad del punto 3.4
En los Programa de Seguridad y Protección para las comunidades y organizaciones en los territorios se incorporará perspectiva étnica y cultural. Se garantizará el fortalecimiento de los sistemas de seguridad propios de los pueblos étnicos, reconocidos a nivel nacional e internacional como la Guardia indígena y la Guardia Cimarrona DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de solución del problema de las drogas ilícitas
Se garantizará la participación efectiva de los pueblos étnicos en el diseño y ejecución del PNIS.El PNIS respetará y protegerá los usos y consumos culturales de plantas tradicionales catalogadas como de uso ilícito. En la priorización de los territorios se atenderá a las realidades de los territorios de pueblos étnicos. El Programa de Desminado y Limpieza se desarrollará en concertación con los pueblos étnicos y sus organizaciones. Se atenderá de manera prioritaria los casos del pueblo EMBERA, los del Pueblo JIW, el pueblo Nukak y el del Pueblo Awá en el departamento de Nariño. También los casos de los Consejos Comunitarios. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de solución del problema de las drogas ilícitas
Como un gesto de voluntad de paz, reparación y humanidad, el Gobierno Nacional, las FARC-EP y las organizaciones representativas de los pueblos étnicos se comprometen a desarrollar un programa de asentamiento, retorno, devolución y restitución de los territorios del pueblo indígena Nukak, el pueblo Embera Katío del Alto San Jorge resguardo Cañaveral, así como del territorio del Consejo Comunitario Alto Mira y frontera y Curvaradó y Jiguamiandó. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de Victimas del Conflicto
Respetarán el ejercicio de las funciones jurisdiccionales de las autoridades tradicionales dentro de su ámbito territorial. En el diseño de los diferentes mecanismos judiciales y extrajudiciales acordados respecto a los pueblos étnicos se incorporará la perspectiva étnica y cultural. En la implementación de la Jurisdicción Especial para la Paz se crearán mecanismos para la articulación y coordinación con la Jurisdicción Especial Indígena y las autoridades ancestrales afrocolombianas. Se concertará un programa de armonización para la reincorporación de los desvinculados pertenecientes a Pueblos étnicos, que opten por regresar a sus comunidades. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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En Materia de Implementación y Verificación
Se creará una Instancia Especial de Alto nivel con Pueblos Étnicos para el seguimiento de la implementación de los acuerdos. Las fuentes de financiación para la implementación de los acuerdos no involucrarán aquellos acuerdos en materia presupuestal que ya se hayan realizado entre el Gobierno Nacional y los Pueblos Indígenas y afrocolombianos, consignados en el Plan Nacional de Desarrollo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6.2. Componente internacional de verificación de la Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR) DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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A la firma del acuerdo final, se da inicio a la implementación de todos los puntos acordados. Se creará un mecanismo de verificación de los acuerdos que tendrá un componente internacional, tendrá como propósito comprobar el estado y avances de la implementación de los mismos, brindar oportunidades de mejoramiento continuo, así como contribuir a fortalecer su implementación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Criterios orientadores del mecanismo de verificación
Verificación: rigurosa en la comprobación del estado de la implementación y puntos de discusión y controversia. Objetividad: todo informe o pronunciamiento soportado en datos y hechos. Correspondencia: corresponderá exactamente a las materias y contenidos de que trata el acuerdo y que fueron pactados en la mesa de diálogo. Enfoque diferencial y de género: se verificará el impacto diferencial y de género. Enfoque intersectorial e integral: se apoyará en la información suministrada por el componente internacional de acompañamiento, el componente técnico y la que suministren los representantes del Gobierno y las FARC-EP, y los voceros de las organizaciones sociales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Criterios orientadores del mecanismo de verificación:
Acceso a la información: en materia de implementación de los acuerdos. La información de carácter confidencial será tratada de acuerdo con la normatividad vigente. Transparencia: solicitarán al Gobierno Nacional y a las agencias que realizan el acompañamiento internacional, informes sobre los avances de la implementación de los acuerdos, en lo que corresponde a la destinación e inversión de los recursos públicos para la implementación de los mismos. Territorialidad: tendrán especial énfasis en la aplicación regional, departamental y municipal de los acuerdos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Composición del mecanismo de verificación y funciones
Notables: dos (2) personas de representatividad internacional, elegidas, una por el Gobierno y la otra por las FARC-EP, funciones: a. Realizarán los pronunciamientos públicos, en relación con los avances que se registren en la implementación de los acuerdos y puntos de discusión y controversia, todo ello en coordinación con la CSVR. b. En relación con los puntos de discusión y controversia que adviertan dificultad en la implementación, en coordinación con los representantes de los países que hacen parte del componente internacional de verificación, presentarán recomendaciones de solución. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Composición del mecanismo de verificación y funciones
Componente internacional de verificación: Estará integrado por un representante de cada uno de los siguientes países: Cuba, Noruega, Venezuela y Chile. El componente funcionará con los siguientes criterios: a. Se ajustará a los protocolos establecidos por la CSVR para la verificación de la implementación de los acuerdos. b. Coordinará con la CSVR los procesos de verificación. c. Comprobará el cumplimiento de los protocolos de implementación y verificación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Componente internacional de verificación
d. Podrá consultar a institutos, instituciones y organizaciones de la sociedad civil que puedan aportar a la verificación de la implementación de los acuerdos. e. Coordinará sus actividades con los criterios de funcionamiento y alcance que la CSVR le haya asignado al Instituto Kroc de Estudios Internacionales de Paz de la Universidad de Notre Dame, EE.UU. f. Rendirá sus observaciones de cumplimiento a la CSVR durante los primeros 18 meses y posterior a ello, se realizarán semestralmente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Componente técnico El Instituto Kroc, con sujeción a los criterios y líneas de acción que defina la comisión de seguimiento, desarrollará entre otras, las siguientes actividades: a. Diseñará la metodología para identifica avances de los acuerdos. b. Aportará las buenas prácticas y experiencias para un seguimiento efectivo a la implementación. c. Brindará el soporte técnico d. Construirá un modelo de evaluación y seguimiento que permita medir el cumplimiento de los acuerdos f. Los informes, matrices y productos generados, tendrán como destinatario el Componente Internacional de Verificación y la CSVR. g. Las actividades de acompañamiento internacional y los informes de los componentes temáticos, serán tenidos en cuenta como un insumo para asegurar el seguimiento objetivo al cumplimiento de la implementación de los acuerdos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Misión política de verificación de las Naciones Unidas
El Gobierno y las FARC-EP solicitarán a las Naciones Unidas, una misión con el fin de verificar la reincorporación de las FARC-EP y la implementación de medidas de protección y seguridad personal y colectiva. Dicha misión iniciará sus actividades una vez concluya el mandato de la misión de verificación de cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo. el sistema de verificación que se ponga en marcha debe asegurar su funcionamiento por un período de tres (3) años, renovables si fuera necesario. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Misión política de verificación de las Naciones Unidas
Los contenidos de los textos a verificar de los acuerdos son: Acuerdo 3.2. Reincorporación de las FARC-EP a la vida civil -en lo económico, lo social y lo político- de acuerdo con sus intereses. Los contenidos del Acuerdo que deberán ser verificados especialmente son: a. Reincorporación política. b. Garantías para el nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la vida política. c. Reincorporación económica y social Acuerdo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Misión política de verificación de las Naciones Unidas
3.4. Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz. Los contenidos del Acuerdo que deberán ser verificados especialmente son: a. Medidas de protección, seguridad personal y colectiva b. Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, en especial para los integrantes de las FARC-EP y sus familias. c. Los Programas Integrales de Seguridad y Protección para las comunidades y organizaciones en los territorios. d. La Misión deberá ser de carácter político y estar compuesta por personal desarmado y con experiencias en Derechos Humanos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Calidades del Verificador
El verificador, participante que integre el mecanismo, deberá comprometerse con la confidencialidad de todo el proceso de la implementación de los acuerdos, estará fuera de la controversia y opinión pública, y en todo caso, propenderá por encontrar soluciones que puedan contribuir al mejoramiento continuo en la implementación de los acuerdos. El Gobierno renovará el actual mandato del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos por un periodo de 3 años que podrá ser renovable. Así mismo, solicitará que dentro del informe que anualmente presenta su oficina sobre Colombia, incluya un capítulo especial en relación con la implementación de los acuerdos en materia de derechos humanos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Temporalidad del componente internacional de verificación La CSVR
Previa evaluación de la conveniencia y necesidades de verificación, recomendará al señor Presidente de la República la finalización de su funcionamiento. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6.3. COMPONENTE DE ACOMPAÑAMIENTO INTERNACIONAL
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El acompañamiento internacional es un esfuerzo de contribución para fortalecer las garantías para el cumplimiento de los acuerdos. Deberá respetar el orden constitucional y legal de Colombia, la soberanía interna, y el deber de garantizar los derechos humanos de los ciudadanos. El acompañamiento internacional en los términos como se define en este acuerdo, tendrá conexión con la CSVR. El acompañamiento se basará en los siguientes criterios: Soberanía. Imparcialidad. Oferta de experiencia, capacidad técnica y recursos: radica en la disposición de compartir buenas prácticas, transferir conocimiento, experiencias y recursos, para asegurar el éxito de la implementación de los acuerdos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Acompañamiento internacional
Las FARC-EP y el Gobierno Nacional han acordado que se solicitará el acompañamiento internacional de los siguientes países y entidades internacionales, a la implementación de los acuerdos, en cada uno de los puntos del acuerdo general para el fin del conflicto: DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Acompañamiento Internacional
ACUERDO INSTANCIA DE ACOMPAÑAMIENTO INTERNACIONAL RRI Unión Europea, FAO, Vía Campesina Participación Política Unasur, Suiza, Instituto Holandés para la Democracia Multipartidaria, NIMD Reincorporación Unión Europea, Unesco, PNUD, OCLAE El gob coordinará revisión de la situación de personas privadas de la libertad, procesadas o condenadas, por pertenecer o colaborar con las FARC Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Acompañamiento Internacional
ACUERDO INSTANCIA DE ACOMPAÑAMIENTO INTERNACIONAL Lucha Desmantelamiento de Organizaciones UNODC y Estados Unidos Unidad Especial de Investigación Estados Unidos y Unión Europea Garantías de Seguridad y Personal Estados Unidos, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Solución al problema de las Drogas Ilícitas - UNODC , Comisión Global de Drogas Victimas y sus derechos Humanos - Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, CICR , ICTJ , podrán ser invitadas por la CSVR y otras DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Acompañamiento Internacional
ACUERDO INSTANCIA DE ACOMPAÑAMIENTO INTERNACIONAL Unidad de búsqueda de desaparecidos Suecia, CICR Enfoque de Género - ONU Mujeres. , Representante del Secretario General para violencia sexual en el conflicto, Federación Democrática Internacional de Mujeres. Las actividades de acompañamiento internacional atenderán los criterios y requerimientos que establezca la CSVR. Para el cumplimiento de las actividades primará la especialización temática y la plena articulación de los acompañantes mediante el establecimiento de una instancia de integración bajo los criterios de la CSVR. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6.5. HERRAMIENTAS DE DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN
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Para generar confianza y credibilidad frente al Acuerdo Final: Creación de un Sistema Conjunto de Comunicaciones y Pedagogía del Acuerdo Final y divulgación sobre los avances de la implementación. Campaña pedagógica, incluye piezas pedagógicas para comunicar los contenidos del Acuerdo Final por 6 meses, a través de radio y televisión y un año adicional para difusión y pedagogía del inicio de la implementación del Acuerdo Final. La CSVRcoordinará la activación de 31 emisoras en FM para que funcionen bajo la modalidad de interés público para apoyar la pedagogía de los acuerdos. Una vez finalice el proceso de dejación de armas y entre en funcionamiento ECOMÚN, las 31 emisoras serán administradas por ésta cooperativa. Herramientas de comunicación: se diseñará estrategia de difusión a través de las redes sociales. El financiamiento del Sistema será asumido por Gobierno Nacional y entrará en funcionamiento una vez haya iniciado la CSVR. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6.6. Acuerdo sobre “Refrendación” Las partes han convenido acoger como fórmula de convergencia la decisión que profiera la Corte Constitucional sobre los alcances del Proyecto de Ley Estatutaria No. 156 Cámara de 2015, 94 de 2015 Senado, aceptando el mecanismo de participación popular que la Corte indique y en los términos que este alto tribunal señale. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Planeamiento Suministro de Información para el Planeamiento (Duración 35 días previos a la firma del acuerdo final) : Capacitar y certificar a los integrantes del gobierno y las FARC EP que sean designados para conformar las (MM&V). Entregar nombres de los integrantes Inicio de la capacitación del personal MM&V Entrega de información de las unidades y de las estructuras de la adaptación de los dispositivos Suministrar información de las coordenadas de las ZVTN, PTN y MM&V Acoplamientos de los equipos DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Protocolo y Anexos Por: Dominica Mesa
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1. Introducción al Acuerdo de Cese Al fuego y de Hostilidades Bilateral Definitivo (CFHBD) y Dejación de Armas (DA) Compuesto por 2 fases: Planeamiento. Ejecución. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Planeamiento Suministro de Información para el Planeamiento (Duración 35 días previos a la firma del acuerdo final) : Capacitar y certificar a los integrantes del gobierno y las FARC EP que sean designados para conformar las (MM&V). Entregar nombres de los integrantes Inicio de la capacitación del personal MM&V Entrega de información de las unidades y de las estructuras de la adaptación de los dispositivos Suministrar información de las coordenadas de las ZVTN, PTN y MM&V Acoplamientos de los equipos DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Inicio de despliegue local del MM&V. Inicio del despliegue Regional del MM&V. Inicio de despliegue Nacional del MM&V. Verificación del MM&V para garantizar que las condiciones administrativas, técnicas, logísticas y de infraestructura se encuentran en óptimas condiciones. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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EJECUCIÓN (Duración D+185 días después de firmado el acuerdo final)
Anuncio e Inicio: Conjunto de actividades que llevarán a cabo el gobierno nacional, FARC EP y MM&V a partir del acuerdo final que da inicio al CFHDA y DA. Terminar de manera definitiva la ofensiva entre Fuerzas Públicas y FARC EP (todo tipo de hostilidades de acuerdo al anexo de CFHDA y DA). Una vez la fase de preparación haya culminado se da inicio al funcionamiento de mecanismo Tripartito de MM&V (integrado por FARC EP, Gobierno Nacional y Naciones unidas). Restricción de vuelos militares a pies sobre ZVTN, PTN y ZS. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Suministro de información y ejecución del CFHBD y DA: Inicio del proceso de dejación de armas como se estableció en el acuerdo de CFHBD y DA Entrega de coordenadas del gobierno y FARC EP para adoptar las medidas para el desplazamiento de las estructuras a las ZVTN y PTN La Fuerza pública organiza dispositivo de tropas para facilitar desplazamiento de las estructuras de las FARC EP a las zonas establecidas en el acuerdo Gobierno suministra información a MM&V para garantizar el monitoreo y la verificación del proceso de desplazamiento de las diferentes misiones hacia las zonas acordadas FARC EP sumista información al MM&V para el transporte, recolección, identificación, monitoreo y tenencia de la disposición final de las armas DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Una vez instaladas las FARC EP en las ZVT y PN se concretará el lugar de instalación de los contenedores para la seguridad del armamento. Inicio del monitoreo y de la verificación de MM&V sobre el transporte de armas, granadas y municiones por parte de FARC EP hacia ZVTN y PTN. Las municiones y armamentos permanecen bajo responsabilidad de FARC EP hasta el D+60, de este día en adelante serán almacenados en los contenedores. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Entrega de las coordenadas de las caletas de armamento “inestable” por las FARC EP para su destrucción según el acuerdo. FARC EP entregará información de la cantidad de sus integrantes a MM&V. A mas tardar el D+180 finaliza el proceso de extracción de armas por parte de las Naciones Unidas MM&V certifica y comunica cada fase del procedimiento de dejación de armas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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2. Reglas Que Rigen El Cese Al Fuego Y De Hostilidades Bilateral Y Definitivo (CFHBD) Y Dejación De Armas (DA) Estas reglas son el núcleo principal de MM&V. Buscan evitar situación que ponga en riesgo el acuerdo de CFHBD y DA. Existen una conductas descritas en los anexos que NO deben ser realizadas, estas buscan proteger los derechos de la población civil y evitar sean afectados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Gobierno Nacional Y FARC EP NO Realizarán Las Siguientes Acciones
Entrar en contacto armado. Impedir labor de MM&V. Ocultar información relevante. Desplegar unidades armadas no autorizadas en las ZVTN, PTN y ZS que no estén estipuladas dentro del acuerdo. Impedir asistencia humanitaria o protección. Utilizar leguaje difamatorio por cualquier medio. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte o MM&V. Utilizar las rutas de desplazamiento de las ZVTN, PTN, ZS para fines diferentes a los acordados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Incumplir compromisos adquiridos en el acuerdo Afectar derecho o libertades de la Población civil Fuerza Pública y FARC EP mantendrán cumplimiento de la ley sobre incorporación de los integrantes a sus filas, al igual que no incorporar a sus filas o milicias, nuevos integrantes DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Gobierno Nacional Se Compromete A NO:
Planear o ejecutar vuelos militares por debajo de pies. Tener trato discriminatorio con el personal de este acuerdo. Planear, ejecutar o diseñar operaciones ofensivas contra FARC EP. Ingresar a ZVTN Y PTN sin informar o coordinar con MM&V Impedir desplazamiento de las FARC EP a ZVTN y PTN Impedir atención médica, medicamentos o insumos a ZVTN Y PTN. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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FARC EP Se Compromete A NO
Hacer presencia armada y uniformada en zonas diferentes a las del acuerdo. Salir de las ZVTN y PTN sin cumplir los procedimientos y términos acordados. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas, municiones o explosivos no autorizados DENTRO del acuerdo. Atentar contra instalaciones gubernamentales e infraestructura. Modificar sin justificación la cantidad de personas y armas autorizadas para permanecer dentro de los campamentos Incumplir el procedimiento de registro y almacenamiento de armas e integrantes acordado con las FARC EP. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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3. Despliegue Del Mecanismo De Monitoreo Y Verificación Del Acuerdo (CFHBD) y (DA) Cronograma para el alistamiento y despliegue del MM&V sobre CFHBD y DA (puede variar). Día y Secuencia de actividades estipuladas con duración de 56 días. Funcionamiento de los equipos en el terreno: Instancia Nacional: un solo equipo en Bogotá. Instancia regional: 2 equipos de verificación en cada sede: Medellín, Bucaramanga, Quibdó, Popayán, Florencia, Villavicencio y San José del Guaviare. Instancia local: 35 personas: 10 personas del gobierno nacional, 1o personas de las FARC EP y 15personas del componente Internacional (personas que permanentemente estarán ubicados en ZVTN y PTN). Estas personas se distribuyen en comisiones para realizar el monitoreo de lo descrito en el acuerdo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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23 ZVTN y 8 PTN están ubicados en: Guajira: Fonseca Cesar: La Paz. Norte de Santander: Tibu Antioquia: Remedios, Itüango, Dabeiba, Vigía del Fuerte. Chocó: Rio Sucio Córdoba: Tierra Alta, Planadas , Tolima: Villa Rica, Buenos Aires, Cauca: Corinto. Nariño: Policarpa, Tumaco. Putumayo: Puerto Asís. Caquetá: Cartagena Del Chaira, La Montañita , San Vicente Del Caguán. Arauca: Arauquita , Tame. Meta: Mesetas, Vista Hermosa , La Macarena , Mapiripán . Vichada: Cumaribo. Guaviare: San José Del Guaviare 1, San José Del Guaviare 2 ,Calamar Y El Retorno. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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4. Flujo De La Información Del MM&V
Reportes: documento interno construido por las diferentes instancias y por el componente Internacional. Incluye información recolectada, análisis de la información desagregada por la diversidad de género y recomendaciones de manejo. Estos documentos se pasan hacia la siguiente instancia judicial. Estos reflejan los diferentes puntos de vista de los distintos componentes que integran cada instancia. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Informe: documento público emanado de la instancia nacional, elaborados por los integrantes del componente Internacional, del gobierno y las FARC EP. Contiene detalles del avance del proceso, monitoreo y reflexión, novedades observadas por MM&V y refleja análisis de la información recolectada con enfoque diferencial y de genero. Flujo de la Información y generación de reportes en la Instancia local: esta instancia emite reportes a la instancia regional, es recolectada por los monitores, evaluada y analizada por los 3 componentes del MM&V . Componente Internacional consolida la información y genera el reportes la local lo analiza y determina si es de su competencia o de lo contrario si es competencia de la escala a la regional. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Flujo de la Información y generación de reportes en la Instancia regional: esta instancia emite reportes a la instancia nacional. Esta analiza los reportes enviados por la instancia local, si es insuficiente la información se solicita ampliación a la instancia local o envía comisión para recolectar nuevos elementos para tener la información necesaria. Flujo de la Información y generación de reportes en la Instancia Nacional: Emite reportes e informes Reportes internos: enviados al Gobierno Nacional y a las FARC EP. Instancia nacional los revisa y en caso de necesitar ampliación la solicita a la instancia regional o envía comisión a terrenos para adicionar la información . El componente Internacional Una vez analizado los hechos y los integrantes consolida reporte y emite recomendaciones a las entidades dentro del proceso. Informes públicos: son emitidos por los Canales establecidos por el Gobierno y las FARC EP, cada 30 días o antes según criterio de la instancia Nacional quien es la única que hace las declaraciones DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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5. Comunicaciones Estratégicas Mecanismo De Monitoreo Y Verificación MM&V Procedimiento uniforme para optimizar acciones y la comunicación de las actividades de MM&V para la población civil nacional e internacional y los integrantes del acuerdo (el Gobierno Nacional y FARC EP) Objetivo: realizar la difusión de las actividades de MM&V en cuanto a los acontecimientos del acuerdo de CFHBD y DA de manera transparente y amplia Responsables: Instancia Nacional: el vocero del componente Internacional es el responsable y el autorizado para hacer las declaraciones publicas oficiales Todas las Instancias: Tienen función de difusión y socialización, son la cara visible de MM&V ante las comunidades, son encargadas de las comunicaciones entre las diferentes entidades del estado y las FARC EP DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Productos comunicacionales: 1. Informes periódicos mensuales, producidos por la instancia nacional por la información recopilada por las diferentes instancias y los voceros hacia la opinión publica 2. didáctico: facilitar el entendimiento de los objetivos MM&V 3. Surge del manejo de contingencias y eventos o situaciones que ameriten el pronunciamiento de MM&V Difusión, periodicidad y duración del trabajo de comunicaciones estratégicas: la MM&V define los canales que considere necesarios y mas adecuados. Esto durará el mismo tiempo que dure el MM&V. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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6. Observación y Registro del MM&V
Objetivos del monitoreo: obtener información “buena” y verídica que genera confianza para el efectivo proceso de validación Principales tareas son de observación, búsqueda, acopio y sistematización de la información relacionada con hechos que violen el acuerdo, o que representen una amenaza para el correcto cumplimiento del mismo. Fuente: Directas o primarias: Fuerzas Militares, Policía, FARC EP, autoridades locales, personeros, defensoría, Iglesias, Lideres sociales, Población civil comités de derechos Internacionales. Secundarias: documentos de entidades públicas o privadas, denuncias de organizaciones sociales y no gubernamentales, prensa, estudios, reportajes y noticias. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Tareas permanentes de los Monitores: La observación es una tarea permanente; ante una presunta violación al acuerdo se activa el proceso de registro, análisis y elaboración de reportes Realizan un bitácora de campo diaria en la cual anotan sus observaciones, fechas, avances, dificultades. Tarea de los monitores ante actos que presuman infracciones al Acuerdo: Registrar los hechos, realizar consultas y averiguaciones en el terreno, contrastar fuentes y versiones y analizar la información recopilada, todo esto en la “FICHA DE REGISTRO” Se trata de que los tres componentes del MM&V estén representados. Mínimo 2 fuentes de información. En caso de no ser concluyente, se consigue una tercera Fuente. No se pueden hacer grabaciones a las fuentes primarias y pero se debe tomar nota exacta. Si solo hay una Fuente, la instancia local realiza una revisión y un análisis más exhaustivo, sino hay fuentes adicionales se pone información sin contraste. Las fichas de registro deben ser completamente diligenciadas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Análisis de la Información: Una vez recopilada se realiza un contraste de los datos suministrados para compararlos y poder revisar y obtener conclusiones. Una ver terminado el proceso y de determinar si es un incidente o una violación al acuerdo se realiza un reporte y se comunica a la instancia de verificación regional los hechos y las conclusiones del incidente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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7. Coordinación Del MM&V Por Parte Del Componente Internacional
Serán quienes presiden y coordinen el mecanismo en todos los niveles, solucionen controversias, hagan recomendaciones y presenten reportes. Compuesto por Misión de Naciones Unidas Cada integrante del MM&V tiene un mando independiente. El grupo de conducción Nacional de MM&V esta compuesto por un jefe y un adjunto de cada componente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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La coordinación del componente internacional local, regional y nacional incluye: Reuniones y toma de decisiones: tripartitas (estado, FARC EP, y componente internacional), redactar minutas de la reuniones, aprobar la minutas y sacar conclusiones. Preparación de informes y reportes: preparar los borradores de las actividades del MM&V, integrar los comentarios y observaciones de los miembros de los equipo locales, regionales y nacional, transmitir la información a los destinatarios Planeamiento operacional: formular propuestas para el despliegue operacional del MM&V, consultar con las demás instancias los ajustes, someter a aprobación, comunica y aprueba para su ejecución El componente internacional coordina y verifica los procedimientos de seguridad para las salidas de las FARC EP en el proceso de paz. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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8. Código De Conducta Para Los Integrantes Del MM&V Durante El CFHBD-DA MM&V esta compuesto por el Gobierno Nacional, FARC EP y ONU con algunos observadores internacionales que son la Comunidad de Estados Latinoamericanas y del Caribe (CELAC). MM&V es una garantía para el cumplimiento de los acuerdos. Facilita la solución de controversias e incidentes que puedan surgir con la implementación del acuerdo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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De común acuerdo entre los diferentes integrantes se comprometen a: Ser profesionales y disciplinados Actuar con objetividad, integridad y tacto Apoyar y fomentar relaciones de confianza entre compañeros y compañeras Cuidar apariencia personal y buena presentación Administrar debidamente el presupuesto y los bienes del MM&V Relacionarse con la población (victimas y afectados) con máximo respeto, cortesía y consideración Denunciar actos de amenaza, explotación, violencia o abuso sexual NO desprestigiar al MM&V con actos personales NO Tomar alcohol en exceso NO Participar en actividades ilegales o corruptas Utilizar el cargo para obtener ventajas personales Si no se cumple con este código se puede perder la condición de integrante del MM&V, aplicar medidas disciplinarias, administrativas o penales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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9. Directrices Para La Solución De Controversias En El Marco Del Acuerdo Entre El Gobierno Nacional Y FARC EP Gestión de cese al fuego y dejación de armas: en la labor de monitoreo y verificación, los equipos del MM&V pueden encontrarse con incidentes de todo tipo y los tres componentes debe tener criterios comunes Incidentes irrelevantes: que en ZVTN y PTN se den acontecimientos que no tengan relevancia pero requieren una respuesta por MM&V, como accidentes, Incidentes relevantes: Incumplimientos que no constituyen violaciones: A. por problemas técnicos u otros independientemente de la voluntad del Gobierno o FARC EP B. Por comunicación inadecuada entre mandos y subordinados C. Incumplimientos por interpretaciones diferentes entre las partes Incumplimientos que constituyen violaciones: (son aquellos incumplimientos conscientes y deliberados de las partes que los cometen, consecuencias mayores como muerte de una persona o varias y el empleo de armas) A. Violaciones Leves: individuales por subordinados o iniciativa propia, con consecuencias menores. B. Violaciones Graves: colectivas, por personas con mando, repetidas y con consecuencias mayores. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Respuestas del MM&V: debe responder a todos los incumplimientos de dos formas En prioridad: tomar medidas paliativas para el cumplimiento del compromiso que se incumplió Medidas correctivas de mas largo plazo, para remediar las causas del incumplimiento. Incumplimientos de problemas técnicos: el MM&V debe recomendar medidas para evitar su repetición. Incumplimientos por falta de comunicación entre mandos y subordinados: el MM&V debe sugerirle a los mandos o por si mismos proveer información y comunicación sobre los acuerdos y los protocolos. Incumplimientos por diferencias de interpretación: el MM&V debe dirimir las diferencias de interpretación. Solución de controversias: EL MM&V por su componente tripartito es uno de los encargados principales para evaluar en conjunto los hechos y las circunstancias, si las partes están en desacuerdo con el incidente el componente internacional debe tener en cuenta unas preguntas claves para entender el alcance del incumplimiento y así determinar el grado el incidente. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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10. Mandato del MM&V del Acuerdo CFHBD y DA
Todos lo componentes acuerdan constituir un mecanismo de monitoreo y verificación del CFHBD y proponer funciones del MM&V para su verificación. Propósito y alcance: hacer seguimiento y resolver los factores que pongan en riesgo CFHBD y DA, dirigir a las partes ante posibles violaciones o incumplimientos. Analizar de manera imparcial los hechos que presuman el incumplimiento, amenacen o violen los compromisos establecidos El monitoreo se realiza en todas las instancias, local, regional y Nacional una vez se haya firmado el acuerdo. Gobierno y FARC EP se comprometen a cooperar con MM&V , asegurar la libertad de movimiento de los integrantes del MM&V y facilitar el acceso a las partes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Composición del MM&V: Hombres y mujeres del Gobierno Nacional, FARC EP y Componente Internacional El componente Internacional es una misión política de la ONU, integrada por observadores de la CELAC Es el encargado de dirimir controversias, presentar recomendaciones, generar reportes, brindar transparencia e imparcialidad en el acuerdo Esta compuesto por 8 instancias regionales, unas instancias locales y una instancia nacional Funciones Instancia Nacional: Despliegue de los monitores y verificadores en los tiempos y áreas establecidas en el acuerdo Supervisar las instancias regionales y locales Verificar la veracidad de los informes recibidos Informar al gobierno y a las FARC EP y recibir recomendaciones de ellos relacionado con el monitoreo y la verificación Realizar tareas de comunicación estratégica para la población y orientar a las instancias en lo que sea necesario Realizar Informes a la comunidad cada 30 días. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Funciones de la Instancia Regional: Analizar, evaluar y verificar la veracidad de los hechos consignados en los reportes de las instancias locales Enviar reportes a la instancia nacional su no es de su competencia Orientar y realizar el trabajo de campo ocasional cuando la instancia local lo requiera Difusión y comunicación de acuerdo a la establecido en el acuerdo Orientar a las instancias locales sobre la verificación e los hechos que constituyen violaciones o amenazas al acuerdo Funciones de la Instancia Local: Observar, recolectar y registrar información en terreno sobre el cumplimiento del acuerdo Observar y confirmar los movimientos de las partes, en los terrenos estipulados en el acuerdo Coordinar con los encargados el funcionamiento de las ZVTN y PTN. Alertar a la instancia regional sobre temas que puedan poner en riesgo el acuerdo. El componente internacional realiza el monitoreo de las armas y de los integrantes de las FARC EP. Acatar instrucciones y recomendaciones de la instancias regionales y locales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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11. Funcionamiento de ZVTN y PTN y adecuación de dispositivos en el terreno de la Fuerza Pública. Establecen los criterios de adecuación de los dispositivos en el terreno, el funcionamiento de las 23 ZVTN y de 8 Campamentos PTN de las FARC EP durante CFHBD Y DA. PTN: compuesto por un campamento, una zona de seguridad de 500 mt a 1 km, una sede local del MM&V por fuera de la zona de seguridad, extensión de acuerdo a la topografía, e integrantes para el sitio de las FARC EP. ZVTN: son zonas territoriales, temporales, transitorias definidas y delimitadas previamente, cuyos limites corresponden a la vereda donde se ubican. Estas zonas puede ser ampliadas o reducidas por mutuo acuerdo, tendrán una extensión razonable, zona de seguridad de 1 km de ancho. Temporales: Día+180 en adelante se dan por terminadas. Transitorias: zonas para garantizar el cumplimiento de CFHBD y DA, iniciar el proceso de reincorporación de las estructuras de las FARC EP en lo económico, político, social y permitir la implementación de los acuerdos. Definidas: son zonas delimitadas, facilitan la logística y permiten el monitoreo y la verificación por MM&V. Previamente concertadas: Escogidas de común acuerdo entre el Gobierno y las FARC EP. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Conclusiones de las PTN y ZVTN
Las PTN son de menor dimensión y solo pueden tener 1 campamento, se encuentran en lugares mas dispersos en el territorio y facilitan la ubicación de las FARC EP. LAS ZVTN tendrán campamentos de acuerdo a la cantidad de integrantes a ubicar y a las condiciones del terreno. Funcionamiento: se mantendrán las autoridades civiles sin limitación en ambas zonas, no se podrán realizar manifestaciones de carácter político en las mismas solo pedagogías del proceso de paz. Se garantiza el normal desenvolvimiento de las actividades políticas, económicas y sociales en esta regiones. Libre locomoción de la población civil con excepción de los campamentos de las FARC EP Gobierno se hace responsable del cumplimiento de las reglas establecidas en el acuerdo. Instituciones del estado llevarán a cabo los procedimientos pertinentes en ZVTN y PTN para la reincorporación de las FARC EP. Estas zonas serán monitoreadas y verificadas por MM&V . Se da por terminado el funcionamiento de estas zonas a partir del D+180 en adelante. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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12. Ruta De Desplazamiento Y Coordinación De Movimientos De Terreno
Las rutas de desplazamiento (RD) son corredores de movilidad creados y delimitados geográficamente para facilitar de manera segura, ágil y verificable el tránsito de estructuras de las FARC EP, las misiones, comisiones y milicias a las zonas ZVTN y PTN. Están habilitadas a partir D+5, desplazamiento de las FARC EP desde el D+5 hasta D+30, una vez ubicadas allá se la informa a MM&V para re acomodar a la fuerza pública y deshabilitar las RD. Por cada zona de ZVTN y PTN las FARC EP y gobierno entregarán coordenadas de la ubicación, a las unidades de la Fuerza Pública y las FARC EP para adecuar los dispositivos, con el monitoreo de MM&V. En el anexo “Delimitación Geográfica de las Rutas de Desplazamiento” se especifica lo siguiente: 1. punto de inicio con coordenados, 2. descripción de la ruta, 3. medios de transporte, 4.Tiempo de desplazamiento, 5. Punto de referencia para MM&V, 6. Punto final (ZVTN o PTN). DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Los desplazamientos se hará de la siguiente forma: 1. campo traviesa, trochas o caminos; 2. Carreteras o ejes viales (vehículos);3. Ejes fluviales (embarcaciones fluviales). Los medios de transporte serán definidos por mutuo acuerdo entre el Gobierno Nacional y FARC EP. El desplazamiento de las FARC EP y la habilitación de las rutas se harán con coordinación permanente del MM&V. Diseño de las Rutas se caracterizan por ser: Secretas, puntos de referencia establecidos para el desplazamiento en coordinación con la Fuerza pública y MM&V y previamente acordada entre las partes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLOS SEGURIDAD MM&V, DELEGADOS Y SERVIDORES PÚBLICOS, INTEGRANTES FARC-EP, POBLACIÓN CIVIL POR: YÉSICA GONZÁLEZ DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LOS INTEGRANTES DEL MM&V DEL CFHBD Y DA
“El protocolo contiene las medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, para garantizar la seguridad de las personas que integran los equipos MM&V.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS La seguridad de los integrantes del MM&V, se presta por parte de las instituciones del Estado definidas para este fin, que se implementará de acuerdo con las necesidades logísticas, administrativas y de recursos. Coordinación FARC-EP y CI-MM&V. Las instituciones del Estado deberán asegurar que los desplazamiento del MM&V se realicen por rutas seguras, sin minas antipersonal , artefactos explosivos improvisados y municiones sin explotar o restos explosivos de guerra. Los integrantes del MM&V portan de manera obligatoria los distintivos, identificaciones y emblemas correspondientes, y que se implementen las medidas integrales por parte del Estado que sean necesarias para garantizar y facilitar su movilidad y actividad en el territorio nacional. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Las sedes designadas para el cumplimiento de las funciones de los equipos del MM&V, cuentan con la seguridad y protección por parte de las organizaciones del Estado designadas para este fin. Los desplazamientos que realicen los miembros del MM&V, son informados a través de procedimientos definidos para el efecto y coordinados con los integrantes de la Fuerza Pública. El Gobierno Nacional (Fuerza Pública) y las FARC-EP proporcionarán información al MM&V sobre eventuales amenazas que puedan afectar su seguridad. Implementación de procedimientos de seguimiento y verificación de alertas tempranas, que permita neutralización de acciones que pongan en riesgo a integridad física de los participantes en el CFHBD. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Los integrantes del MM&V son informados y se comprometen a seguir las recomendaciones que en materia de seguridad y protección, les sean realizadas por las instituciones de seguridad del Estado. Al interior de las ZVTN y PTN, el MM&V es acompañado de seguridad policial cuando las circunstancias así lo requieran. Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se observarán sus necesidades específicas, así como los riesgos propios de su condición femenina. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO DEL CAPÍTULO DE SEGURIDAD PARA LOS DELEGADOS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL CFHBD Y DA “Para garantizar la seguridad de los delegados del Gobierno Nacional y Servidores Públicos durante el CFHBD y DA.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS La seguridad (desplazamientos, ingresos y permanencia en ZVTN y PTN) está a cargo de las instituciones de seguridad del Estado. El GN y FARC-EP pondrán en conocimiento del MM&V cualquier información que indique amenaza contra los delegados del GN y servidores públicos, quienes acatarán las medidas en materia de seguridad y protección establecidas. Hacen referencia a la atención médica según las necesidades específicas en su condición de mujer. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LOS INTEGRANTES DE LAS FARC-EP DEL CFHBD Y DA “Medidas establecidas de manera conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP para garantizar la seguridad de los integrantes de las FARC – EP. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS Dentro de las ZVTN y PTN, los mandos de las FARC-EP son responsables de la seguridad e integridad de su personal. Fuera del campamento los integrantes de las FARC-EP transitarán en traje civil y sin armamento. Las FARC-EP designa un grupo de 60 integrantes que puedan movilizarse a nivel nacional en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz. Contarán con medidas de seguridad acordadas con el Gobierno y FARC-EP en el Acuerdo de Garantías de Seguridad correspondiente a los subpuntos 4 y 6 del punto 3, Fin del Conflicto. Por cada ZVTN, las FARC-EP designará un grupo de 10 integrantes que pueden movilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de tareas, para lo cual dispone de 2 equipos de desplazamientos por zona. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Los integrantes de las FARC-EP que salgan a recibir atención médica que no pueda brindar dentro de la ZVTN o los PTN, cuentan con las medidas y protección necesarias. Evacuación y atención médicas se tendrá en cuenta los riesgos propios de su condición femenina. Medidas de protección se coordinan con los organismos de seguridad del Estado y de manera previa se requiere información detallada de la cantidad de personas, fechas de salida y retorno, rutas de desplazamiento y lugares específicos a visitar a efectos de realizar las coordinaciones pertinentes. Los integrantes de las FARC-EP cuentan para su desplazamiento con la respectiva acreditación que les garantice su libre tránsito. El GN proporciona los medios humanos, logísticos, técnicos, de comunicaciones y de movilidad que sean necesarios para los desplazamientos y que requieran los dispositivos de protección y seguridad. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA POBLACIÓN CIVIL DEL ACUERDO DEL SFHBD Y DA
“Medidas para garantizar la seguridad y convivencia de la población civil en las ZVTN y PTN y sus correspondientes ZS durante CFHBD y DA. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS El GN garantizará las condiciones de convivencia y seguridad de la población civil durante CFHBD y DA, fomentando los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria. La seguridad de la población civil está sustentada en la puesta en práctica de medidas en materia de Derechos Humanos que permitan su protección frente a potenciales amenazas que pongan en riesgo la vida, integridad personal, libertades civiles y su patrimonio. EL GN y las FARC pondrán en conocimiento de MM&V cualquier información sobre amenazas que pongan en riesgo la seguridad de la población civil a efectos de adoptar las medidas correspondientes. El GN adelantará todas las actividades de confirmación y neutralización que surjan de las alertas tempranas que se presentan en relación con las amenazas que pongan en riesgo la población civil. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Durante la vigencia de las ZVTN y PTN será suspendido el porte y la tenencia de armas para la población civil dentro de dichas zonas y en las ZS. La seguridad para las personas que ingresen en las ZVTN y los PTN se sustentan así: Cada ZVTN y PTN cuenta con un área de recepción, para atender a las personas que lleguen a la misma. En los campamentos no hay ni puede ingresar población civil en ningún momento. Respecto a la población civil se acatará lo acordado en la reglas que rigen CFHBD DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LOS DESPLAZAMIENTOS DE LAS FARC-EP DEL ACUERDO CFHBD Y DA “Medidas para garantizar los desplazamientos de las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP a las ZVTN y los PTN” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS Acatamiento de las reglas que rigen el cese al fuego; conocimiento del plan para el desplazamiento, efectiva coordinación y canales seguros de comunicación; medidas de seguridad para la manipulación y transporte de las armas. D+1 delegado del GN y de las FARC-EP entregan las coordenadas de ubicación de las unidades de la Fuerza Pública y de las FARC-EP al CI-MM&V, para que se adopten medidas para posibilitar los desplazamientos de las estructuras de las FARC-EP. 3 fases: Planeación: Coordinación, alistamiento, disponibilidad información, tiempo prudencial para el repliegue y recomposición de la Fuerza Pública. Ejecución: D+1 un delegado del GN y de las FARC-EP entregan coordenadas de ubicación. Ajustes para permitir desplazamientos. D+5 las distintas misiones, comisiones y unidades tácticas de combate se desplazan hacia ZVTN y PTN. Adaptación: Se adapta los dispositivos en el terreno de la Fuerza Pública. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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“Medidas para garantizar la seguridad en las ZVTN y PTN”
PROTOCOLOS DE SEGURIDAD PARA DISPOSITIVOS EN EL TERRENO DEL ACUERDO DE CFHBD Y DA “Medidas para garantizar la seguridad en las ZVTN y PTN” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS La seguridad en los terrenos se soporta en los siguientes aspectos: límites específicos, una zona de seguridad en su contorno, dispositivos de seguridad, adecuada infraestructura física y aprovisionamiento logístico, seguridad en las comunicaciones, normas de convivencia, atención médica básica y plan de evacuación frente a emergencias y desastres naturales. El GN y FARC-EP delimitan claramente ZVTN y los PTN, estableciendo los sitios de referencia como accidentes geográficos, coordenadas y mojones. Alrededor de las ZVTN y los PTN se implementa una zona de seguridad de un kilómetro para evitar incidentes o accidentes. En cada ZVTN se identifica un solo campamento dentro del cual se establece un sitio específico donde son ubicados los contenedores para almacenar el armamento y la munición de las FARC-EP. Fuera de los campamentos y dentro de las ZVTN y los PTN se ubica una recepción para que las FARC-EP atienda las visitas. Los funcionarios públicos que brinden capacitación portarán su respectiva acreditación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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El GN tomará las medidas necesarias para evitar el ingreso a las ZVTN y los PTN de personas que tengan requerimientos pendientes con las autoridades judiciales. En ningún caso estas medidas serán utilizadas para obstaculizar la llegada de visitantes a las ZVTN y PTN. En caso de presentarse dentro de una ZVTN o PTN algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado, se hace en coordinación con el MM&V, de acuerdo con el siguiente procedimiento: Una vez el MM&V conozca el hecho inicia las coordinaciones con los mandos de las FARC en la zona correspondiente y el GN. El MM&V evalúa la situación y adelanta el procedimiento que corresponda. El MM&V solicita al GN el apoyo de la autoridad correspondiente. La autoridad designada por GN toma contacto con el MM&V. El MM&V realiza las coordinaciones pertinentes con las FARC para el ingreso de la autoridad a la ZVTN. El ingreso y permanencia durante las diligencias es acompañado por los integrantes del MM&V. Durante el procedimiento se mantiene permanente contacto con los mandos de FARC en la ZVTN o PTN respectivo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y CONTROL ARMAS DURANTE CFHB Y DA “Medidas para garantizar la seguridad durante la manipulación, almacenamiento, transporte y control de armas de fuego, municiones y explosivos los cuales serán monitoreados y verificados por CI – MM&V.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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MEDIDAS MANIPULACIÓN Durante los desplazamientos no se podrá manipular ningún tipo de explosivos, munición explosiva, sustancias peligrosas o artefactos explosivos improvisados. No se podrá manipular, portar o tener armas de fuego, municiones y explosivos al interior de las ZVTN y los PTN. Para el porte, manipulación y mantenimiento de las armas de fuego se aplicarán las normas de seguridad del decálogo de seguridad de las armas de fuego. La destrucción del armamento inestable se efectúa por parte de las FARC en coordinación con CI-MM&V. Se deberá asegurar que los sitios donde se vaya a realizar la destrucción del material inestable, y sus rutas de aproximación se encuentren libres de MAP, AEI, MUSE o REG Se garantiza presencia de un paramédico con equipamiento y medicamentos. Las FARC son las responsables de hacer cumplir las normas de seguridad de manipulación de armamento. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ALMACENAMIENTO El CI – MM&V establecerá las condiciones necesarias para el almacenamiento seguro de las armas y municiones, una vez ingresen a las ZNTV y PTN. TRANSPORTE Bajo ninguna circunstancia serán transportados hacia las ZVTN y PTN armamento inestable. El transporte y acompañamiento se hará bajo estándares internacionales. Las FARC garantiza que las armas relacionadas en el suministro de información entregado sean transportadas a ZVTN y PTN. La extracción de armamento para nuevos sitios de almacenamiento para disposición final se realizan bajo estándares de seguridad de la ONU. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CONTROL El CI-MM&V realiza los controles pertinentes de monitoreo y verificación de las armas individuales, de las armas en los armerillos y de las armas en los contenedores. Las FARC difundirá a sus integrantes los protocolos de seguridad dispuestos para la manipulación, transporte, almacenamiento y control para la seguridad de las armas de fuego y municiones. Selección punto seguro para la ubicación de los contenedores donde se van a almacenar las armas. Verificación de cumplimiento de los protocolos de seguridad de la destrucción de armamento inestable. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO LOGÍSTICA DEL CFHBD Y DA
Contiene los procedimientos establecidos de manera conjunta entre el GN y las FARC – EP para garantizar la logística de las ZVTN y PTN y MM&V durante el CFHBD y DA. Alojamiento, alimentación, cocinas, depósito de alimentos, comedores, aulas, oficinas, bibliotecas, recepción, baños, enfermería y odontología para atención básica en salud, comunicaciones, almacén de intendencia, kit de aseo masculino, kit de aseo femenino y accesorios, kit de ropa e implementos deportivos.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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SALUD. Atención médica básica que sea necesaria de forma inmediata. Atención médica especializada o de emergencia. Se podrán hacer los traslados pertinentes para la atención oportuna y la seguridad. LÍNEAS DE ABASTECIMIENTO. Medios y procedimientos para satisfacción de necesidades. COMUNICACIONES. Procedimientos para garantizar los medios necesarios de comunicación y establecen frecuencias y horarios que faciliten la coordinación. Habrá delegado de las FARC-EP encargado del enlace logístico. El GN y las FARC-EP acordaron un listado de artículos para el sostenimiento que contienen los elementos de alimentación y medicamentos que serán ajustados de acuerdo a las características de cada región donde estén ubicadas las ZVTN y PTN. Las necesidades logísticas comenzarán a ser suplidas a partir del D+30 DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROTOCOLO DEJACIÓN DE ARMAS
Proceso organizado, trazable y verificable que se desarrolla en 2 tiempos, denominados Control de Armamento y de Dejación de las Armas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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REGISTRO. Procedimiento técnico por el cual CI- MM&V consigna la cantidad y tipo de armas recibidas. IDENTIFICACIÓN. Procedimiento técnico por el cual se establece las características de las armas. Solo armas individuales. MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA TENENCIA. Verificación del CI-MM&V de que cada uno de los integrantes de las FARC-EP porta su arma individual. RECOLECCIÓN. Recibo de las armas. ALMACENAMIENTO. Depósito en contenedores. EXTRACCIÓN ARMAMENTO. Salida física del armamento. Ubicación determinada por el GN y FARC-EP. DISPOSICIÓN FINAL. Construcción de 3 monumentos.(ONU, Cuba y Colombia). DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROCEDIMIENTO Para efectos de la DA, el día de la entrada en vigor del Acuerdo se denomina “día D”. La DA implica fase de Planeamiento y otra de ejecución. Fase Planeamiento D+5 entrega de información de armas que tienen en su poder. (Cantidad de armas transportadas a ZVTN y PTN, cantidad de armas de acompañamiento, granadas, municiones, así como el armamento de milicias, cantidad y tipo de armamento inestable, lugar y oportunidad en que se realizará destrucción). Fase Ejecución D+5 desplazamiento ZVTN y PTN. Registro y almacenamiento de armas individuales. D+7 al día D+30 transporte de armas de acompañamiento, el armamento de las milicias, las granadas y municiones. D+60 almacenamiento de las armas de acompañamiento, las armas de milicias, las granadas y municiones. D+10 y el D+60 destrucción de armamento inestable guardado en depósito y caletas. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Recolección y almacenamiento individual se hará de manera secuencial: D+90 se almacena 30% del total. D+120 se almacena otro 30% del total. D+150 se almacena el 40% del total. D+150 y el día D+180 las Naciones Unidas proceden a la extracción. D+180 se da por finalizado el funcionamiento de estas ZVTN y los PTN y se da por cumplido el cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO, MARCADO Y ALMACENAMIENTO DE ARMAS
Realizad por CI-MM&V DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ARMAS INDIVIDUALES Formulario para cada arma (tipo de arma, calibre, modelo, nombre de quien la porta. CI-MM&V comprueba los datos del formulario del arma y la inspección ocular de la misma. Se asigna número bajo la forma de un código de barras, código alfanumérico o código QR. Las armas pertenecientes integrantes de las FARC-EP miembros del MM&V y aquellos autorizados a salir de los campamentos serán almacenados en contenedores para tales efectos. Las armas individuales de los demás serán portados por ellos, siendo objeto de monitoreo y verificación. Posteriormente los combatientes proceden a su registro. Se archivan los formularios de manera segura. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ARMAS DE ACOMPAÑAMIENTO, DE MILICIAS, GRANADAS Y MUNICIONES. El CI-MM&V es el encargado de verificar el cumplimiento de este protocolo. Coordinará con el responsable de las FARC-EP. El CI-MM&V procederá al registro e identificación de dichas armas, granadas y municiones para inventario. Acondicionamiento de armerillos temporales de las armas de acompañamiento, las pertenecientes a milicias, y las granadas de municiones. Archivo de formularios. CI-MM&V custodio de la información. D+60. Almacenamiento en contenedores de las armas de acompañamiento, las de milicias, granadas y municiones. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ALMACENAMIENTO DE LAS ARMAS Y MUNICIONES. Sistema de seguridad perimetral acordado entre CI-MM&V y FARC-EP. Señales que indiquen acceso restringido. Los contenedores estarán pintados de blanco con el logo de Naciones Unidas. Contenedores serán asegurados mediante sistema de doble cierre, cuyas llaves estarán 1 en poder del CI-MM&V y otra del comandante de las FARC-EP Luces perimetrales que se encenderán automáticamente en horas de oscuridad. Sistema alarma que anuncie apertura del contenedor. Los observadores del CI-MM&V no manipularán material ni municiones explosivas. Solo casos excepcionales. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ANEXO 1 LEY DE AMNISTÍA, INDULTO Y TRATAMIENTOS PENALES ESPECIALES
*Luis Fernando González DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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LEY DE AMNISTÍA, INDULTO Y TRATAMIENTOS PENALES ESPECIALES
El acuerdo dispone sobre el contenido forzoso de dicha ley. Establece que se aplicará tanto a los responsables del delito político como los conexos con estos. También habla de responsables tanto directos como indirectos que tengan relación con el conflicto que hayan sido cometido antes de la entrada en vigor del acuerdo “En cuanto a los miembros de un grupo armado en rebelión solo se aplicará a los integrantes del grupo que haya firmado un acuerdo de paz con el gobierno, en los términos que en esta ley se indica”. “Del mismo modo, se aplicarán respecto de todas las sanciones administrativas, disciplinarias, fiscales o renuncia del Estado al ejercicio de la acción penal. Los principios deberán ser aplicados de manera oportuna” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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La amnistía será un mecanismo de extinción de la acción penal, disciplinaria, administrativa y fiscal, cuya finalidad es otorgar seguridad jurídica a los integrantes de las FARC-EP o a personas acusadas de serlo, tras la firma del Acuerdo Final de Paz con el Gobierno Nacional y la finalización de las hostilidades. En lo que respecta a la sanción disciplinaria o administrativa, la amnistía tendrá también el efecto de anular o extinguir la responsabilidad o la sanción disciplinaria o administrativa impuesta por conductas relacionadas directa o indirectamente con el conflicto armado”. El estado colombiano otorgará la amnistía más amplia posible. “Serán considerados delitos políticos aquellos en los cuales el sujeto pasivo de la conducta ilícita es el Estado y su régimen constitucional vigente, cuando sean ejecutados sin ánimo de lucro personal”. “También serán amnistiables los delitos conexos con el delito político que describan conductas relacionadas específicamente con el desarrollo de la rebelión y cometidos con ocasión del conflicto armado, así como las conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión. Serán considerados delitos conexos al delito político, aquellos calificados como comunes cuando cumplan los requisitos anteriores y no se trate de conductas ilícitas cometidas con ánimo de lucro personal, en beneficio propio o de un tercero”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Los agentes del estado no recibirán amnistía ni indulto. Los agentes del estado que hubieren cometido delitos con ocasión, por causa, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado antes de la entrada en vigor del Acuerdo Final Acuerdo Final de Paz, recibirán un tratamiento penal especial diferenciado, simétrico, equitativo, equilibrado y simultaneo de conformidad con esta Ley”. No pueden ser objeto de amnistía o indulto: Los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma. Sin embargo, esto no significa que sus responsables vayan a ser sancionados con pena de prisión, pues su castigo será de otra índole diferente a la restricción efectiva de la libertad. El efecto de la entrada en vigencia de la ley, será la puesta de libertad inmediata, de los beneficiados, aun aquellos responsables de delitos de lesa humanidad (“no amnistiables”) , quienes adquieren una especie de libertad condicional previa firma de un acta de compromiso. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
255
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Respecto de los rebeldes que pertenezcan a las organizaciones que hayan suscrito un Acuerdo Final de Paz, así como aquellas personas que se encuentren privadas de la libertad con fundamento en una condena por delitos políticos o conexos conforme a lo establecido en esta ley, el Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a cuya disposición esté la persona sentenciada, deberá verificar el Acuerdo Final y cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 34 y 35 de esta ley y autorizar dicha libertad condicionada”. El efecto inmediato de la amnistía es la extensión de la condena, así como de la indemnización de perjuicios derivados de la conducta punible y de la acción de derivada de la acción de repetición para quienes hayan sido funcionarios públicos. La amnistía no se extiende a la acción de extinción de dominio a cargo del estado. Sin embargo, cuando se haya extinguido cualquier bien antes de la entrada en vigencia de la ley por atribuirse su adquisición a actividades relacionadas con las FARC, el afectado podrá pedir reversión de la sentencia afirmando bajo juramento ante Tribunal de Distrito o Corte Suprema que provino de actividad lícita, decisión que deberá proferirse prevalentemente dentro de los 14 meses siguientes. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
256
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Los beneficiados con la ley podrán pedir amparo de pobreza y el estado se obliga en ese caso a proveer los recursos necesarios para una defensa calificada, mediante contratación de entidades defensoras de derechos humanos, u otras, a las cuales se les deberá pagar el costo de tal defensa integralmente. El estado se obliga a disponer de los recursos necesarios para este efecto. La sanción de los delitos no indultables ni amnistiables consistirá en condiciones de restricción efectiva de libertad que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de la sanción, “… condiciones que en ningún caso se entenderán como cárcel o prisión ni adopción de medidas de aseguramiento equivalentes”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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EL ESTATUTO DE ROMA – CORTE PENAL INTERNACIONAL
En su preámbulo dispone en el párrafo 10º que “… la Corte Penal Internacional establecida en virtud del presente Estatuto será complementaria de las jurisdicciones penales nacionales…”. Entre los artículos 5 al 8 define los delitos de competencia de la Corte Penal, entre ellos los siguientes de lesa humanidad cometidos contra población civil como parte de un ataque generalizado y sistemático: Asesinato, Exterminio; Esclavitud; Deportación o traslado forzoso de población; Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; Tortura; Violación, esclavitud sexual, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; Desaparición forzada de personas; Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
258
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En su artículo 17 dispone sobre la inadmisibilidad de la competencia de la corte. Pero también establece en qué casos, pese a no tener competencia en principio, la asume a prevención, por ejemplo, cuando: “… el juicio ya haya estado o esté en marcha o que la decisión nacional haya sido adoptada con el propósito de sustraer a la persona de que se trate de su responsabilidad penal por crímenes de la competencia de la Corte, según lo dispuesto en el artículo 5”; “Que el proceso no haya sido o no esté siendo sustanciado de manera independiente o imparcial y haya sido o esté siendo sustanciado de forma en que, dadas las circunstancias, sea incompatible con la intención de hacer comparecer a la persona de que se trate ante la justicia”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Al respecto esto ha dicho la CPI sobre el proceso entre el Gobierno y las FARC-EP “Cualquier acuerdo de paz al que se llegue, así como el marco jurídico para la paz, debe ser compatible con el Estatuto de Roma”, dice la fiscal de la Corte, Fatou Bensouda, al hacer referencia a las negociaciones entre el Gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC. Además agrega: “La Fiscalía (de la CPI) ha informado a las autoridades colombianas que una condena que fuera severa o manifiestamente inadecuada a la luz de la gravedad de los crímenes y de la forma de participación de la persona acusada viciaría el carácter genuino del procedimiento nacional, aún en caso de que todas las fases anteriores del procedimiento hubieran sido consideradas genuinas”. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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ACTO LEGISLATIVO 01 DE JULIO 7 DE 2016
Incorpora a la CP 4 artículos transitorios, sin numerarlos. El primero: trámite y procedimiento especial y excepcional de actos legislativos y leyes, por un término 6 meses, prorrogables por otro período igual Los proyectos de ley y de acto legislativo tramitados mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz serán de iniciativa exclusiva del Gobierno nacional tendrán trámite preferencial. En consecuencia, tendrán absoluta prelación en el orden del día sobre cualquier otro asunto, hasta tanto la respectiva Cámara o Comisión decida. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Los proyectos de ley serán aprobados con las mayorías previstas en la Constitución y la ley, según su naturaleza; actos legislativos serán tramitados en una sola vuelta de cuatro debates. El tránsito del proyecto entre una y otra Cámara será de 8 días. Los proyectos de acto legislativo serán aprobados por mayoría absoluta; Los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previa del Gobierno Nacional; DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
262
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El control de constitucionalidad de los actos legislativos se hará solo por vicios de procedimiento en su formación. Los términos de esta revisión para leyes y actos legislativos se reducirán a la tercera parte de los del procedimiento ordinario y no podrán ser prorrogados. El segundo Artículo transitorio regula las Facultades presidenciales para la paz. Faculta al Presidente para que dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigencia pueda expedir los decretos con fuerza de ley cuyo contenido tendrá por objeto facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El procedimiento de revisión de constitucionalidad de estas disposiciones deberá surtirse por parte de la Corte Constitucional dentro de los dos meses siguientes a su expedición. El tercer artículo transitorio dispone sobre el plan de Inversiones para la Paz, por veinte años el Pdte debe incluir en el Plan Plurianual de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo, un componente específico para la paz priorizando los ciudadanos y las entidades territoriales más afectadas por la pobreza rural. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
263
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El cuarto artículo trata sobre la incorporación del acuerdo como un Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de Con el fin de ofrecer garantías de cumplimiento del Acuerdo Final, una vez éste haya sido firmado y entrado en vigor ingresará en estricto sentido al bloque de constitucionalidad para ser tenido en cuenta durante el período de implementación del mismo como parámetro de interpretación y referente de desarrollo y validez de las Normas y las Leyes de Implementación y Desarrollo del Acuerdo Final. Además. establece con precisión la forma y términos en que serán tramitados en el congreso los actos legislativos y PL sobre implementación de los acuerdos. Contra este AL cursa demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el ex constituyente Jesús Pérez González Rubio, contra los artículos 1 y 2 del AL 01 de 2016, admitida el 23/8/16. Frente al primer artículo considera que “este reduce de 8 a 4 debates los requeridos para que un acto legislativo sea aprobado, con las consecuencias de improvisación y ligereza en el análisis que viene caracterizando la producción normativa del Congreso en el último tiempo y que está decisión, constituye una sustitución para lo cual el Congreso no tiene competencia” Frente al segundo artículo porque “también constituye una sustitución al transferirle al Gobierno competencias que el constituyente primario le dio al Congreso con exclusividad. Se suplanta al Congreso mediante la asignación de su competencia al Gobierno en esta materia.” DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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DEPÓSITO DEL ACUERDO ANTE EL CONSEJO FEDERAL SUIZO
¿Qué es el Consejo Federal Suizo? Instancia donde se ha sido depositado el acuerdo final Farc - Gobierno: Al contrario de lo que ocurre en la mayor parte de los Estados, el gobierno suizo no cuenta ni con primer ministro ni con Jefe de Estado permanente. Desde 1848 el Ejecutivo suizo está compuesto por siete miembros, a los que se denomina consejeros federales. En base a un principio de rotación, cada año uno de ellos asume la presidencia del país. El 16 de noviembre de 1848 la Asamblea General, constituida aquel mismo año, elegía por primera vez a los siete 'ministros' del Consejo Federal. La base legal del nuevo órgano estaba recogida en la Constitución Federal, aprobada en votación popular por tres cuartas partes de los ciudadanos el 6 de junio de La nueva ley fundamental atribuía a la Confederación competencias que hasta entonces eran responsabilidad cantonal. El Consejo Federal disponía así de mayores y más diversas atribuciones que el órgano que le había precedido. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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QUÉ SON LOS CONVENIOS DE GINEBRA DE 1949 Y SUS PROTOCOLOS ADICIONALES?
Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son tratados internacionales que contienen las principales normas destinadas a limitar la barbarie de la guerra. Protegen a las personas que no participan en las hostilidades (civiles, personal sanitario, miembros de organizaciones humanitarias) y a los que ya no pueden seguir participando en los combates (heridos, enfermos, náufragos, prisioneros de guerra). Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son la piedra angular del derecho internacional humanitario, es decir el conjunto de normas jurídicas que regulan las formas en que se pueden librar los conflictos armados y que intentan limitar los efectos de éstos. Protegen especialmente a las personas que no participan en las hostilidades (civiles, personal sanitario, miembros de organizaciones humanitarias) y a los que ya no pueden seguir participando en las hostilidades (heridos, enfermos, náufragos, prisioneros de guerra). Los Convenios y sus Protocolos establecen que se debe tomar medidas para prevenir o poner fin a cualquier infracción de dichos instrumentos. Contienen normas estrictas en relación con las llamadas "infracciones graves". Se debe buscar, enjuiciar o extraditar a los autores de infracciones graves, sea cual sea su nacionalidad. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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¿Dónde se aplican los Convenios de Ginebra?
Estados parte de los Convenios de Ginebra. Los Convenios de Ginebra entraron en vigor el 21 de octubre de Fueron ratificados paulatinamente a lo largo de las décadas: 74 Estados ratificaron los Convenios en la década de 1950, 48 Estados lo hicieron en la de 1960, 20 Estados, en la de 1970, y otros 20, en la de Veintiséis Estados ratificaron los Convenios a comienzos de los años 1990, sobre todo después de la disolución de la Unión Soviética, Checoslovaquia y ex Yugoslavia. Gracias a siete nuevas ratificaciones que se concretaron a partir del año 2000, el total de Estados Partes se elevó a 194, lo que significa que los Convenios de Ginebra ahora son aplicables universalmente. ---- DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra Artículo 3 - Conflictos no internacionales En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes cada una de las Partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones: Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa, serán, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna o cualquier otro criterio análogo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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A este respecto, se prohíben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que atañe a las personas arriba mencionadas: a) los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios; b) la toma de rehenes; c) los atenta dos contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes; d) las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados. Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos. Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comité Internacional de la Cruz Roja, podrá ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto. Además, las Partes en conflicto harán lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio. La aplicación de las anteriores disposiciones no surtirá efectos sobre el estatuto jurídico de las Partes en conflicto. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Acuerdos tramitación Actos Legislativos.
ACUERDO 11 DE MAYO DE 2016 Acuerdos tramitación Actos Legislativos. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Artículo Transitorio: En desarrollo del derecho a la paz, el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera constituye un Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de Con el fin de ofrecer garantías de cumplimiento del Acuerdo Final, una vez éste haya sido firmado y entrado en vigor, el anterior ingresará en estricto sentido al bloque de constitucionalidad para ser tenido en cuenta durante el periodo de implementación del mismo como parámetro de interpretación y referente de desarrollo y validez de las Normas y las Leyes de Implementación y desarrollo del Acuerdo Final. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
271
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El procedimiento legislativo especial para la aprobación del Acuerdo Final para la terminación del conflicto (…), incluirá un “procedimiento de ley aprobatoria del Acuerdo Especial” con los siguientes criterios procedimentales especiales: envío al Congreso para su incorporación al derecho interno por medio de una ley; tramitación como ley ordinaria(…); el Gobierno se obligará a presentar esta ley aprobatoria inmediatamente sea firmado y aprobado el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, y entrando en vigor el presente Acto Legislativo. (…) El control constitucional relacionado con la aprobación de la Ley aprobatoria del Acuerdo Especial, será único y automático. El control constitucional relacionado con la implementación del Acuerdo Final mediante Leyes ordinarias o leyes estatutarias, será único y automático. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CORTE CONSTITUCIONAL SENTENCIA C-379/16
Julio 18 de 2016 * Por María Correa R. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL ACUERDO PRINCIPIOS
Se explican las subrayas en los principios que se lograron extraer del texto del Preámbulo: 1. El impulso a la presencia y la acción eficaz del Estado en todo el territorio nacional. Es un propósito deseable y esperado; y un derecho al cual todos los colombianos deberíamos acceder y exigir del Estado por el solo hecho de ostentar esta ciudadanía. El hecho de ser incluido en el Acuerdo Final con el grupo FARC-EP, no solo demuestra la debilidad del Estado en el ejercicio de su función de proteger a los ciudadanos dentro y fuera del territorio nacional, sino la pasividad de la misma sociedad en aceptar y cohonestar con sus dirigentes en la construcción de un Estado que solo se muestra fuerte en sus facultades impositivas pero no en la protección de los derechos fundamentales. … DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL PREÁMBULO PRINCIPIOS
4. El derecho a la exención de responsabilidades por las acciones cometidas por las generaciones precedentes, sin perjuicio de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Resulta contradictorio este enunciado al incluir como una generalidad “las acciones cometidas por las generaciones precedentes”, cuando en otro de sus apartes exige la lucha contra las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres, apuntando en forma explícita a los grupos paramilitares y sus redes de apoyo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL PREÁMBULO PRINCIPIOS
Pareciera entonces que se desmoronan los principios rectores del Acuerdo cuando se presenta como uno de sus ejes centrales la RECONCILIACIÓN NACIONAL, pero solo serán acogidos con los “beneficios” del Acuerdo Final los delitos de uno de los grupos criminales actores del conflicto armado, generando sentimientos de venganza y en últimas de NO RECONCILIACIÓN con un grupo en especial, escogido por ambas partes en la negociación. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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OPINIONES SOBRE EL PREÁMBULO ACUERDO POLÍTICO NACIONAL
Innumerables interrogantes surgen a propósito del ACUERDO POLÍTICO NACIONAL, aquí algunos: Todas las fuerzas vivas del país? No se especifica el tipo de grupo social que esta acepción representa. Es este el “acuerdo” que reglamentará el marco normativo creado por el Acuerdo Final? Qué carácter legal tendrá el documento que resulte de este acuerdo? En el entendido de que el Acuerdo Final no tiene rango constitucional, ni modifica la Carta, será el APN el que lo haga? A qué “reformas y ajustes institucionales” se refiere? DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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SENTENCIA C-379/16 POR LA CUAL LA CORTE CONSTITUCIONAL: 1. AVALA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA REGULACIÓN ESTATUTARIA DEL PLEBISCITO PARA LA REFRENDACIÓN DEL ACUERDO FINAL. 2. PRECISA QUE EL PLEBISCITO TIENE CARÁCTER VINCULANTE RESPECTO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 3. PRECISA QUE EL ACUERDO ES UNA DECISIÓN POLÍTICA QUE NO IMPLICA LA INCORPORACIÓN DE UN TEXTO NORMATIVO AL ORDENAMIENTO JURÍDICO. 4. FIJA EL ALCANCE DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN LAS CAMPAÑAS EN TORNO AL PLEBISCITO 5. DETERMINA LA FORMA EN QUE SE GARANTIZARÁ A TODOS LOS CIUDADANOS LA PUBLICIDAD E INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON EL ACUERDO FINAL. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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NORMA OBJETO DE CONTROL
La Sentencia C-379/16 se dictó en el marco del control de constitucionalidad frente al Proyecto de Ley Estatutaria (941/15 Senado – 16/15 Cámara), que regula el Plebiscito para la refrendación del Acuerdo Final. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
279
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY ESTATUTARIA
1. Se entenderá que la ciudadanía aprueba este plebiscito en caso de que la votación por el sí obtenga una cantidad de votos mayor al 13% del censo electoral vigente y supere los votos depositados por el no (subraya propia) CENSO ELECTORAL VIGENTE AÑO 2015: x 13% = Este último sería el número de votos necesario para que el Plebiscito sea considerado válido. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
280
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY ESTATUTARIA
2. Se autoriza a los servidores públicos que deseen hacer campaña a favor o en contra para debatir, deliberar y expresar pública y libremente sus opiniones o posiciones frente al plebiscito para la refrendación del Acuerdo Final. 3. Votarán también los colombianos residentes en el exterior a través de los consulados. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
281
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY ESTATUTARIA
4. CARÁCTER Y CONSECUENCIAS DE LA DECISIÓN La decisión aprobada a través del Plebiscito tendrá carácter vinculante para efectos del desarrollo constitucional y legal del Acuerdo Final. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
282
DECISIONES DE LA SENTENCIA C-379/15
En lo que se refiere al procedimiento legislativo surtido, declara EXEQUIBLE el Proyecto de Ley Estatutaria. Declara EXEQUIBLE el título del Proyecto de Ley Estatutaria, en el entendido de que el Acuerdo Final es una decisión política y la refrendación a la que alude el proyecto, no implica la incorporación de un texto normativo al ordenamiento jurídico. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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Decisiones de la Sentencia C-379/15
3. Declara INEXEQUIBLE el Inciso Segundo del Artículo 3º del Proyecto de Ley Estatutaria: “ARTÍCULO 3º. Carácter y consecuencias de la decisión. La decisión aprobada a través del Plebiscito para la Refrendación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, tendrá un carácter vinculante para efectos del desarrollo constitucional y legal del Acuerdo. En consecuencia, el Congreso, el Presidente de la República y los demás órganos, instituciones y funcionarios de Estado, dentro de la órbita de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones que les correspondan para acatar el mandato proveniente del veredicto del pueblo expresado en las urnas” Lo anterior, en el entendido de que el carácter vinculante se predica solo respecto del Presidente de la República. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
284
SOBRE LA SÍNTESIS DE LA SENTENCIA
Luego de la parte resolutiva la Corte hace un resumen de los argumentos que originaron su decisión. Aquí los mas relevantes: 1. Se insiste en todo el escrito que la aprobación del Plebiscito al Acuerdo Final no implica la incorporación de un texto normativo al ordenamiento jurídico. A ESTE RESPECTO DISENTIMOS POR TRATARSE DE UN PLEBISCITO: PARTICIPACIÓN CIUDADANA (CONSTITUYENTE PRIMARIO), LO CUAL IMPLICARÍA DE SUYO OTORGARLE RANGO CONSTITUCIONAL AL DOCUMENTO QUE RESULTE APROBADO MEDIANTE ESTE MECANISMO. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
285
SOBRE LA SÍNTESIS DE LA SENTENCIA
2. “El objetivo del plebiscito especial no es someter a refrendación popular el contenido y alcance del derecho a la paz, sino solamente auscultar la voluntad del electorado sobre la decisión pública contenida en el Acuerdo Final, esto es, un documento específico de índole política, que puede ser comprendido como una política pública en sentido amplio, susceptible de posterior implementación mediante acciones diversas, entre ellas las de carácter normativo”. (Subrayo) DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
286
SOBRE LA SÍNTESIS DE LA SENTENCIA
3. En caso que el plebiscito sea aprobado, el efecto es la activación de los mecanismos de implementación del Acuerdo Final. 4. En caso de que el plebiscito no sea aprobado, porque no se cumpla con el umbral aprobatorio o cumpliéndose los ciudadanos voten mayoritariamente por el “no”, el efecto es la imposibilidad jurídica de implementar el Acuerdo Final. Si se parte de considerar que el Plebiscito no reforma la Constitución, una potencial desaprobación del Acuerdo tiene incidencia únicamente respecto de la implementación de esa decisión en particular. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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SOBRE EL RESULTADO DEL PLEBISCITO
Los anteriores puntos aclaran con mucho las dudas surgidas durante la etapa de conversaciones, sobre las consecuencias del voto negativo por parte de los ciudadanos: EL VOTO ASÍ EMITIDO NO “IMPROBARÍA” EL TEXTO DEL ACUERDO FINAL, SINO QUE DEJARÍA AL GOBIERNO EN LA IMPOSIBILIDAD JURÍDICA DE ACTIVAR LOS MECANISMOS PREVISTOS EN AQUÉL PARA PONERLO EN MARCHA. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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SOBRE EL RESULTADO DEL PLEBISCITO
EFECTOS DE LA APROBACIÓN DEL PLEBISCITO: Otorga legitimidad democrática a la implementación del Acuerdo Final. Confiere estabilidad temporal al mismo, en tanto el aval ciudadano es obligatorio y solo podría ser desvirtuado en el futuro a través de un nuevo llamado institucional a la voluntad popular. Concede garantías de cumplimiento de lo pactado, en virtud de la legitimidad democrática que confiere la refrendación popular. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
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CONCLUSIÓN EL PODER DEL PUEBLO ES REAL y se concreta con el VOTO, derecho que nos confiere el sistema de gobierno democrático que nos rige. Una sociedad es madura democráticamente cuando participa en las decisiones sobre su destino social y político, de forma responsable y consciente. Hagamos uso de nuestro PODER REAL desde la razón y con la convicción de que será lo mejor para nuestro pueblo. DEVOLVER A TABLA DE CONTENIDO
290
GRACIAS
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