Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porGabriel Valdéz Ávila Modificado hace 6 años
2
En atención a las peticiones presentadas por habitantes del municipio de Querétaro, presentamos una propuesta que tiene la finalidad de reforzar la seguridad en los fraccionamientos de la ciudad.
3
Propondremos reformar el artículo 180 del Código Urbano del Estado de Querétaro para que se permita la instalación de casetas de vigilancia y equipamiento para controlar el acceso a fraccionamientos, en el siguiente sentido:
4
En las vías públicas de los fraccionamientos, los municipios del estado podrán autorizar la construcción de casetas de vigilancia y la instalación de equipamiento para controles de acceso; la reglamentación municipal establecerá los procedimientos y requisitos para la obtención de dicha autorización.
5
Primero se presentará al Ayuntamiento la iniciativa de reforma
Primero se presentará al Ayuntamiento la iniciativa de reforma. Una vez avalada, se enviará a la LVIII Legislatura local para su aprobación. Cumplido el procedimiento, el Municipio de Querétaro deberá armonizar la normatividad de su competencia y expedir los lineamientos necesarios en seguridad, movilidad y protección civil.
7
Propuesta de procedimiento y reglas para controles de acceso en fraccionamientos del municipio de Querétaro
8
1 La solicitud la realizará el representante legal de la asociación de colonos ante la Secretaría de Desarrollo Económico, Planeación Urbana y Ecología.
9
2 No se permitirá la colocación de ningún tipo de elemento que obstruya el libre tránsito. 1
10
3 La vigilancia de los controles de acceso deberá estar a cargo de una empresa de seguridad privada acreditada.
11
4 Deberá garantizarse, en todo momento, la libertad de tránsito, estipulada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
12
5 Deberán instalarse cámaras de seguridad en los controles de acceso que permitan obtener evidencia de los vehículos y personas que ingresen o salgan.
13
6 Los colonos deberán generar canales de comunicación mediante aplicaciones de mensajería instantánea vinculadas a Seguridad Pública
14
7 La imagen de las casetas de vigilancia será autorizada por la Secretaria de Desarrollo Económico, Planeación Urbana y Ecología.
15
8 La Secretaría de Desarrollo Económico, Planeación Urbana y Ecología podrá revocar, con sustento legal, la autorización de la caseta de vigilancia.
16
9 De existir inconformidad justificada con respecto al funcionamiento del control de acceso, el comité de colonos deberá presentarla para su análisis.
17
10 Para fraccionamientos concluidos y/o municipalizados, este trámite podrá realizarse por el comité de colonos ante la Dirección Desarrollo Urbano perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Económico, Planeación Urbana y Ecología.
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.