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Expositor Abg. ALDO SANTOS Director Ejecutivo DEFOMIN

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Presentación del tema: "Expositor Abg. ALDO SANTOS Director Ejecutivo DEFOMIN"— Transcripción de la presentación:

1 Expositor Abg. ALDO SANTOS Director Ejecutivo DEFOMIN
Legislación Minera, Régimen Fiscal y Legislación Ambiental Minera en Honduras. Cambiar defomin Expositor Abg. ALDO SANTOS Director Ejecutivo DEFOMIN Tajo East Ledge Mina San Andrés

2 Honduras es un País con una gama importante de recursos minerales, identificados mediante investigaciones realizadas con la cooperación internacional, resultando en la elaboración de un inventario minero que ha permitido incentivar y atraer la inversión.

3 La Constitución de la República de Honduras, establece en sus Artículos 12 y 340, el dominio eminente, inalienable e imprescriptible del Estado de Honduras, sobre todos los recursos naturales, cuya explotación responde al principio del interés público, el que será regulado por una norma especial.

4 LEY GENERAL DE MINERIA La Ley General de Minería comprendida en Decreto legislativo regula la explotación de recursos minerales desde el 6 de febrero de 1999. Se crea la Autoridad Minera y sus funciones, el régimen de otorgamiento de concesiones mineras, y los derechos y obligaciones administrativas, tributarias y ambientales, derivados de las mismas.

5 DE LA AUTORIDAD MINERA Entre sus atribuciones se encuentran:
La Dirección Ejecutiva de Fomento a la Minería “DEFOMIN” es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos de los Recursos Naturales y Ambiente; funciona con absoluta independencia técnica, administrativa, presupuestaria y de gestión. Entre sus atribuciones se encuentran: Dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar la política minera nacional. Otorgar, modificar o extinguir concesiones mineras; Consolidar en un sistema de cuadrículas el área cubierta por derechos mineros; Fiscalizar en coordinación con otros Organismos del Estado el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene de los concesionarios. Fiscalizar el cumplimiento de las normas de protección, restauración y manejo sostenible del ambiente, por las empresas minero-metalúrgicas. Consolidar, sistematizar, divulgar y mantener disponibles en un banco de datos permanentes y actualizado información sobre los recursos minerales del país, a través de un plan de publicaciones, biblioteca abierta y disponibilidad de archivos magnéticos. Elaborar y ejecutar el Manual de Política Ambiental Minera. Las demás que le confiere la Ley y su Reglamento. Diapositiva 5 donde salen todos

6 Objeto y Naturaleza de la Ley
Normar las actividades mineras y metalúrgicas en el país; es de orden público, interés general y de aplicación obligatoria. El aprovechamiento de los recursos minerales se realiza mediante el régimen de concesiones.

7 CLASIFICACION DE LOS RECURSOS MINERALES
Son recursos minerales todo depósito natural de sustancias inorgánicas que se encuentren en la superficie o en las capas inferiores de la corteza terrestre. Se clasifican en: Metálicos No Metálicos Gemas o piedras preciosas Los depósitos metálicos se les denominan minas y a los no metálicos y de gemas o piedras preciosas, canteras.

8 Actividades Mineras 2.-Exploración: Comprende conjunto de trabajos de localización, determinación de la estructura dela mina, la morfología, dimensiones y condiciones de la yacencia del cuerpo mineral, la tectónica de la zona que lo contiene, el cálculo de las reservas y del contenido y calidad de la clase de minerales existentes en el mismo, determinando las características geofísicas y geoquímicas del perímetro explorado. 1.-La prospección: Investigar un prospecto con el fin de determinar indicios de depósitos minerales. No requiere concesión minera. Es libre en todo el territorio, excepto en lugares concesionados y en propiedad privada, en la que se requiere autorización escrita del dueño o del poseedor legal de la misma. 3.-Explotación: Comprende las operaciones, trabajos y labores mineras destinadas a la preparación y desarrollo de las minas y canteras, para la extracción técnica y racional de los minerales, su comercialización, incluyendo el beneficio, mismo que constituye un derecho accesorio de la Concesión Minera, es decir, un proceso metalúrgico complementario, regulado por esta Ley. 4.-Comercialización: El concesionario minero, como persona autorizada tienen la libre disposición de sus productos. La comercialización de productos minerales es libre, interna y externamente y para su ejercicio no se requiere el otorgamiento de una concesión.

9 Título de Concesión Minera
La Concesión constituye un derecho real distinto y separado de la propiedad del predio donde se encuentra ubicada. Es un inmueble y sus partes integrantes y accesorias siguen tal condición aunque se ubiquen fuera de su perímetro.

10 Clasificación de los Recursos Minerales
La Concesión Minera otorga a su titular el derecho de explorar y explotar las sustancias minerales concedidas que se encuentran dentro de un sólido de profundidad indefinida, limitado por planos verticales correspondientes a los lados de un cuadrado, rectángulo o polígono cerrado, cuyos vértices están referidos a coordenadas Universales Transversales Mercators (UTM). TERRENO SUPERFICIAL Concesión Minera SOLIDO DE PROFUNDIDAD INDEFINIDO

11 El Sistema de Cuadrículas. La Cuadrícula Como Unidad de Medida:
La unidad básica de medida superficial de las concesiones mineras es una figura geométrica, delimitada por coordenadas (UTM) con una extensión de 100 hectáreas según el Sistema de Cuadrículas oficiales. Se otorgarán en extensiones de 100 a 1000 hectáreas en cuadrículas o conjunto de cuadrículas colindantes al menos por un lado. Salvo en la plataforma marítima continental donde podrán otorgarse en cuadriculas de 100 a hectáreas. Podrán ser fraccionadas a cuadrículas no menores de 100 hectáreas.

12 Cuando dentro del área encerrada por una cuadrícula existan licencias de exploración o concesiones de explotación peticionadas u otorgadas con anterioridad a la vigencia de la Ley, las nuevas solicitudes, si bien se solicitarán por la integridad de la cuadrícula, solo comprenderá las áreas libres de la cuadrícula o conjunto de cuadrículas. Si es permitido Licencia o concesión de explotación No se otorgarán concesiones mineras no metálicas dentro de los 500 metros medidos desde el eje de las carreteras nacionales.

13 Minería Artesanal La autorización para explotación de depósitos aluviales no metálicos, de arcillas superficiales, arenas, rocas y demás sustancias aplicables directamente a la construcción, será de competencia exclusiva de las municipalidades correspondientes, cuando la extracción no exceda de diez metros diarios; la explotación de volúmenes superiores requerirá de la autorización de una concesión minera.

14 DE LOS DERECHOS DE LOS CONCESIONARIOS
6.-Solicitar inspecciones de las labores de concesiones mineras vecinas o colindantes. 7.-Realizar sus operaciones directamente o por medio de terceros. 8.-Presentar solicitudes a la autoridad minera y obtener respuestas dentro de los plazos legales. 9.-Gozar de confidencialidad en lo atinente a la información técnica o financiera que suministre a la autoridad minera. 10.-Suspender temporalmente operaciones cuando las condiciones de mercado nacional o internacional no permitan, así como, por motivos de caso fortuito o fuerza mayor. El titular deberá dentro del mes siguiente a la suspensión. 1.-Al uso gratuito de la superficie de la concesión cuando se trate de terrenos improductivos del Estado. 2.-Solicitar a la autoridad minera el derecho de uso gratuito de los terrenos del Estado, ubicados fuera de la concesión. 3.-Construir en las concesiones vecinas, las labores que sean necesarias para desarrollar la actividad minera. 4.-Usar las aguas, dentro o fuera de la concesión, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia. 5.-Aprovechar las sustancias minerales contenidas en las aguas que alumbren con sus labores.

15 DEL REGIMEN DE TENENCIA DEL PREDIO SUPERFICIAL
El titular de un derecho minero podrá establecer sobre los terrenos superficiales en que se ubiquen las concesiones mineras, las servidumbres indispensables para desarrollar la actividad minera inherente a su derecho. Las servidumbres que se constituyan deberán inscribirse en el Registro correspondiente y a partir de su inscripción se consideraran parte integral de la concesión minera.

16 DE LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE CONCESIONES
La concesión minera obliga a la ejecución del proyecto de inversión para la producción de sustancias minerales, en los términos previstos en la misma. La producción no podrá ser inferior (US$ ) por año y por hectárea otorgada, tratándose de sustancias metálicas. Y (US$ ) por año y por hectárea otorgada, tratándose de sustancias no metálicas o de gemas o piedras preciosas.

17 Producción Mínima Concesiones Mineras Metálicas: no más tarde del vencimiento del octavo año. Concesiones Mineras no Metálicas y de gemas o piedras : no más tarde del vencimiento del cuarto año. La producción debe acreditarse con liquidaciones de venta otorgada con las formalidades exigidas por las regulaciones comerciales y tributarias; y presentarse ante la autoridad minera juntamente con la Declaración Anual Consolidada.

18 DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCESIONES MINERAS
El Estado garantiza que los procedimientos mineros responden a principios de certeza, simplicidad, publicidad, uniformidad y eficiencia. Dos o más peticionarios de concesión minera soliciten la misma área, se amparará al que primero presento su solicitud. Si al presentarse una solicitud minera se advirtiese que se superpone totalmente sobre otra anterior, se denegará y archivara sin ulterior trámite. Si la superposición es parcial, se requerirá al nuevo solicitante para que modifique la petición respetando el área de la solicitud anterior.

19 PROCEDIMIENTO ORDINARIO MINERO Finanzas y Fiscalización Minera
2 5 4 Dictamen Ambiente y Seguridad Dictamen Catastro Minero Dictamen Minas y Geología 3 Publicaciones Oposición 6 Dictamen Finanzas y Fiscalización Minera Solicitud de Concesión Minera Secretaria General Dictamen Legal 7 Título de Concesión Minera 1 8 10 9 Contrato Concesión Minera Registro Público de Derechos Mineros

20 REGIMEN TRIBUTARIO Las actividades mineras y metalúrgicas están sujetas exclusivamente al régimen tributario siguiente: Al Impuesto Sobre la Renta Al Impuesto Sobre Ventas Al Impuesto de municipal de extracción minera, correspondiente al 1% de las ventas o exportaciones. Explicar en que consiste

21 Las siguientes normas especiales para la determinación del Impuesto Sobre la Renta.
Los gastos de desarrollo y preparación , podrán deducirse íntegramente en el ejercicio en que se incurran o mediante amortizaciones anuales en los períodos subsiguientes; Las pérdidas acumuladas podrán compensar totalmente con las utilidades que se generen a partir del primer año en que éstas se produzcan y en los tres (3) años siguientes; y, El impuesto sobre los activos no es aplicable a las empresas pre operativas y a aquellas operativas durante los cinco (5) primeros años contados desde el inicio de las actividades productivas. La tasa de depreciación de activos fijos es de veinte por ciento (20%) anual como tasa global; Los gastos de exploración se castigan en el ejercicio en que se realizan o se difieren para ser amortizados en función al plazo estimado de explotación de las reservas probables de la mina, determinadas al inicio de la actividad de explotación a elección del contribuyente; El valor de adquisición de derechos mineros, de parte de particulares, se amortiza de acuerdo a la segunda alternativa contemplada en el numeral anterior;

22 Las empresas que inicien actividades mineras o metalúrgicas, con inversiones superiores en moneda nacional equivalente a DIEZ MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$.10, 000,000.00) o las empresas que encontrándose en producción amplíen sus actividades mineros metalúrgicos. con inversiones superiores en moneda nacional equivalente a VEINTE MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$.20, 000,000.00), gozarán del régimen tributario que les garantizará estabilidad mediante contrato suscrito con el Estado, por un plazo de diez (10) años, contados a partir del año siguiente a aquel en que se acredita la ejecución de la inversión.

23 En nuevos proyectos minero-metalúrgicos o en empresas que encontrándose en producción amplíen sus actividades minero-metalúrgica con inversión que exceda los TREINTA MILLONES DE DOLARES (US$.30, 000,000.00), el plazo de estabilidad tributaria se le otorgará por quince (15) años.

24 Legislación Ambiental Minera en Honduras

25 Ley General del Ambiente
Dicha ley regula el proceso de licenciamiento ambiental para todos los proyectos que se realizan en el país.

26 Honduras se cuenta con dos instrumentos legales que regulan el aspecto ambiental minero, la Ley General del Ambiente y la Ley General de Minería. No Ley General de Minería

27 Se prohíbe a los concesionarios mineros, el vertimiento en suelos, ríos, lagos, lagunas y cualquier otro curso y fuente de agua, de desechos tóxicos y no tóxicos sin su debido tratamiento que perjudique la salud humana o el ambiente. El Artículo 63 de la Ley General del Ambiente establece que en la explotación de los recursos minerales se sujeta a sus disposiciones relativas a la prevención de la contaminación del medio ambiente y de la degradación de los recursos naturales. La Ley General de Minería señala que todo proyecto minero en su fase de explotación esta obligado al cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación establecidas por la autoridad minera y ambiental. En la etapa de la exploración estará regida por el Manual de Buenas Prácticas Ambientales comprendidas en el Acuerdo

28 Decreto 147/2006, Sentencia de Inconstitucionalidad Ley General Minería
La Corte Suprema de Justicia a través de la Sala de lo Constitucional declaró con lugar el recurso de inconstitucionalidad por la vía de acción interpuesto contra 13 Artículos de la Ley General de Minería entre ellos, 25, 26, 32, 34,35, 36, 39, 40, 74, 76, 79, 85, 105. Los referidos artículos comprendían la imposición de servidumbres, libre disposición del derecho de concesión minera, cuantía de canon territorial e impuesto municipal, pago de penalidades, estabilidad tributaria e importación libre de impuestos y las atribuciones en materia ambiental de la Autoridad Minera, las cuales limitó el fallo emitido.

29 EXTINCION DE CONCESIONES Y SU DESTINO
Las concesiones se extinguen por: cancelación, nulidad y renuncia. cancelación: no pagar oportunamente el canon territorial o en su caso, la penalidad, durante dos (2) años consecutivos. 2. Nulidad de las concesiones por haber sido solicitado por persona inhábil. 3. La renuncia total o parcial de un derecho minero.

30 ¡MUCHAS GRACIAS!


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