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Publicada porCatalina Ferreyra Aguirre Modificado hace 7 años
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alquileres Subdirección General de Servicios al Contribuyente
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locador FACTURACIÓN LOCACIÓN DE INMUEBLE ¿Cuáles son los requisitos?
Estar inscripto en régimen general (ganancia – IVA) o Monotributo. Declarar los inmuebles en bienes personales locador Todas las locaciones de inmuebles tiene que estar facturadas sin importar el importe mensual de la misma.
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locador FACTURACIÓN LOCACIÓN DE INMUEBLE
¿Cómo facturo la locación de un inmueble destinado a CASA HABITACIÓN? Dichas locaciones se encuentran exentas en IVA. Lo puede facturar el mismo locador o través de un intermediario. ¿QUÉ FACTURA DEBE EMITIR EL LOCADOR? De ser responsable inscripto: factura tipo “B” De ser monotributista: factura tipo “C” Las facturas que emite el locador deben ser electrónicas, quedan exceptuados los inscriptos en el régimen de pequeños contribuyentes (monotributo) Categorías A-B-C-D-E que podrán seguir emitiendo facturas manuales con CAI. locador
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locador FACTURACIÓN LOCACIÓN DE INMUEBLE
¿Cómo facturo la locación de un inmueble con destino COMERCIAL? Los inmuebles con destino comercial están alcanzados en IVA, siempre que el alquiler del mismo supere el monto de $ El locador es el único que puede facturar la locación, en estos casos no podrá haber intermediarios. ¿QUÉ FACTURA DEBE EMITIR EL LOCADOR? De ser responsable inscripto: factura tipo “B” o “A” De ser monotributista: factura tipo “C” Las facturas que emite el locador deben ser electrónicas, quedan exceptuados los inscriptos en el régimen de pequeños contribuyentes (monotributo) Categorías A-B-C-D-E que podrán seguir emitiendo facturas manuales con CAI. locador
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FACTURACIÓN DE INMUEBLES DESTINO CASA HABITACIÓN
Art. 2 RG 4004 SOLO Destino Casa Habitación (en el resto de los alquileres la factura debe ser emitida por el locador) ¿QUÉ CLASE DE COMPROBANTE DEBEN EMITIR? De ser responsable inscripto: factura tipo “B” De ser monotributista: factura tipo “C” Las facturas deben ser electrónicas, quedan exceptuados los inscriptos en el régimen de pequeños contribuyentes (monotributo) Categorías A-B-C-D-E que podrán seguir emitiendo facturas manuales con CAI. INDICAR en la factura apellido y nombres o razón social y CUIT del locador. INTERMEDIARIOS No se puede emitir un recibo clase “x” en lugar de las facturas/recibos clase “b” o “c” como respaldo de la operación de locación
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¿CÓMO SE DOCUMENTA LA COMISIÓN DE LA INMOBILIARIA POR SU GESTIÓN/INTERMEDIACIÓN EN LA COBRANZA DEL ALQUILER? El intermediario debe emitir una factura A, B o C, según corresponda, por los honorarios/comisión cobrada al locador. INTERMEDIARIOS
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CASA HABITACIÓN INQUILINO CONDICIONES
¿Qué beneficio tiene el inquilino? El inquilino podrá tomarse como DEDUCCIÓN en el Impuesto a las Ganancias, hasta el 40% de la suma pagada en concepto de alquiler de casa habitación, con el límite de $ (MNI) al año. No ser titular de ningún inmueble, en ninguna proporción. Contar con la documentación respaldatoria (contrato y facturas o recibos). CONDICIONES INQUILINO ¿Cómo se informa la deducción? Empleado en relación de dependencia o jubilado: por medio del servicio web “SIRADIG – Trabajador”. Autónomos: la deducción se deberá incluir dentro de las deducciones generales en la DDJJ anual del Impuesto a las Ganancias.
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COMERCIAL En el caso de ser inquilino responsable inscripto de un inmueble destinado a fin comercial, tener en cuenta: ¿QUÉ OBLIGACIONES POSEE? 1 Agente de retención del impuesto a las Ganancias - RG 830. 2 Agente de retención del Impuesto a las Ganancias e IVA - RG 2616. INQUILINO 3 Agente de retención en IVA - Anexo I de la RG 2854 y modificatorias. 4 Verificar la validez fiscal del comprobante y la situación fiscal del locador.
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RECORDAR Régimen de información de las operaciones de compraventa y/o locación de inmuebles (RG 2820) Empadronamiento en el REGISTRO DE OPERACIONES INMOBILIARIAS por actividad de intermediación en la compraventa, NO así por la locación de bienes inmuebles urbanos. Régimen de Información mensual por las operaciones de locación y/o cesión de inmuebles rurales, NO así por las operaciones relativas a inmuebles urbanos.
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RECORDAR OBLIGACIÓN DE ACEPTAR TARJETAS DE DEBITO Y EQUIVALENTES
Responsables Inscriptos en el IVA/Monotributistas Habitualidad => Venta de cosas muebles para consumo final, prestación de servicios de consumo masivo, realización de obras o locaciones de cosas muebles Cronograma: desde abril 2017 a marzo 2018.
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RECORDAR F 960/d Data Fiscal
Contiene los datos identificatorios del contribuyente, las formas de pago aceptadas y un código de respuesta rápida (QR) Todos los ciudadanos pueden reportar las irregularidades detectadas Cronograma: desde mayo 2017 a marzo 2018.
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RECORDAR FACTURACIÓN ELECTRÓNICA – OBLIGADOS
Inmobiliarias Inscriptas en IVA desde 01/05/2014 (RG 3571) Inmobiliarias Monotributistas (RG 3990) Categorías A a E => NO obligados Categorías F y G => desde 01/06/2017 Categorías H y superiores => desde 01/05/2011
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MUCHAS GRACIAS Subdirección General de Servicios al Contribuyente
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