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Publicada porGuillermo Coronel Salazar Modificado hace 7 años
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JORNADAS SOBRE NUEVAS TECNOLOGÍAS EN EL GOBIERNO Y GESTIÓN DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS
GIJÓN - SEPTIEMBRE 2017 Plataforma de tramitación de Expedientes de Nacionalidad. Funciones de los Colegios en el uso de la misma
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PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD
PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD. FUNCIONES DE LOS COLEGIOS EN EL USO DE LA MISMA SEPTIEMBRE- 2017
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NUESTRA PLATAFORMA SÓLO APLICA AL CASO DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
CUESTIONES BÁSICAS ¿Qué es la nacionalidad? La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas ¿Cómo se puede adquirir la nacionalidad española? Por nacimiento en España Por residencia en España (caso que nos ocupa) Por carta de naturaleza (gracia que otorga el Gobierno en casos excepcionales) Por posesión de estado (quien la haya utilizado de buena fe durante 10 años sin tener conocimiento de que no es español) Por opción (extranjeros que se encuentran en determinadas situaciones que les permiten optar a la nacionalidad española) Por ostentar la condición de sefardí (Ley 12/2015, de 24 de junio) NUESTRA PLATAFORMA SÓLO APLICA AL CASO DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
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CUESTIONES BÁSICAS ¿Dónde y cómo presentar la solicitud?
Si la presenta el propio interesado o su representante legal: Presencialmente(*): En cualquiera de las entidades a las que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (oficinas de asistencia en materia de registros, oficinas consulares, Correos) Electrónicamente: A través del formulario disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia Por mediación de un abogado: A través de la plataforma desarrollada por el Consejo General de la Abogacia para la tramitación de solicitudes por parte de Abogados Por mediación de otros profesionales: Otros colectivos profesionales podrían brindar también este servicio: Gestores Administrativos Graduados Sociales Procuradores (*) si el representante legal no está obligado a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas por la Ley 39/2015
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CONVENIO CGAE – MINISTERIO DE JUSTICIA
Marco normativo: Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil Reglamento de desarrollo de dicha Ley (art. 7), aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre. Orden JUS/698/2016, de 4 de mayo, por la que se establecen los requisitos y condiciones para la suscripción de Convenios de habilitación para la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados. El Consejo General de la Abogacia firmó el 25 de julio pasado el convenio con el Ministerio de Justicia para la tramitación electrónica de expedientes de nacionalidad por residencia. Este Convenio requiere: Desarrollo de una plataforma técnica que permitirá a los Abogados subir solicitudes de sus clientes. La adhesión de los colegios de Abogados al Convenio (es voluntaria) La adhesión de los abogados al Convenio a través de su Colegio (es voluntaria) Obligaciones de los Colegios adherentes: Cumplimentar documento de adhesión, firmado por el Decano, y remitirlo al CGAE Con la adhesión, los Colegios de Abogados se comprometen a ofrecer a sus colegiados los servicios de revisión y canalización de los trámites de solicitud de nacionalidad que sus colegiados ejercientes inicien Por cada solicitud: revisar, cotejar y validar la documentación presentada por el abogado Firmar digitalmente que la revisión se ha realizado correctamente (Certificado de Revisión Colegial - CRC). Esto será realizado automáticamente por el sistema de forma transparente para el usuario.
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COMPLEJIDAD DE DOCUMENTACIÓN
Otros Acta notoriedad Certificado CCSE Certificado DELE Pasaporte completo en vigor Certificado de empadronamiento Justificante del pago de la tasa Certificación de defunción del cónyuge Certificado Reg Central de Penados español Certificado de nacimiento del país de origen Autorización del encargado del Registro Civil Documento acreditativo de la condicion de sefardí Certificado de matrimonio del país de celebración. Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951 Auto judicial donde se designe la representación legal Certificado de antecedentes penales del país de origen Documento identificativo de quien ostente representación Mandato o Poder acreditativo del representante voluntario Certificado de nacimiento inscrito en un Registro Civil español Certificado de Convivencia o Empadronamiento conjunto con el cónyuge Certificación literal de matrimonio expedido por Registro Civil español Certificación de matrimonio expedido por Registro Civil español actualizado Certificación de nacimiento del padre/madre inscrito en un Registro Civil español Certificado o resolución de la oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por Registro Civil español Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge Certificado literal de nacimiento abuelo/abuela español inscrito en un Registro Civil español Documentación acreditativa de poseer una segunda nacionalidad que da derecho a la exención de la prueba DELE del Instituto Cervantes. Certificado de centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite el suficiente grado de integración Certificado de nacimiento inscrito en un Registro Civil Español o documentación acreditativo de la filiación o adopción por español. Modelo de solicitud firmado por el/los representantes legales o por el/los representantes legales y el mayor de 14 años pero menor de 18 Tarjeta de Identidad de extranjero, Tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión, o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión Auto del Tribunal competente por el que se designe a la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento ó Resolución asumiendo la tutela, guarda o acogimiento
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PRESENTACIÓN MEDIANTE ABOGADO: PROCESO
Pre-condiciones: El colegiado debe ser ejerciente (Abogado) Debe estar colegiado como ejerciente en, al menos, un Colegio que se haya adherido al convenio Debe, a su vez, adherirse expresamente al convenio (sobre la plataforma) El Colegio debe validar el documento de adhesión del abogado (sobre la plataforma) Proceso de solicitud de nacionalidad: El solicitante acude al abogado El abogado revisa el caso y solicita la documentación necesaria Se efectúa el pago de la tasa (mod. 790). De momento, en ventanilla. El abogado inicia el expediente en el sistema de la Abogacía Cumplimenta todos los datos y adjunta copias digitalizadas de los documentos Con la documentación original acude a su Colegio de Abogados El Colegio de Abogados coteja las copias digitalizadas de los documentos con los originales en papel. Si todo es correcto, marca cada documento como “cotejado – OK” La solicitud, junto con todos los documentos, es enviada al Ministerio de Justicia telemáticamente, donde se inicia el trámite
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FLUJO DE TRABAJO “NORMAL”
Digitalización 2 Firma con sello electrónico del Colegio y envío al sistema DGRN 6 Crear solicitud y subir documentos 3 Aplicación de Expedientes de Nacionalidad (RedAbogacía) Abogado adherido Sistema de la DGRN 1 Un cliente contrata el servicio a un abogado Documentos en papel Acuse de recibo 7 Servicio Web 4 Llevar originales en papel Documentos electrónicos Solicitante (ciudadano extranjero) Cotejo y validación 5 Tramitador Colegio
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FLUJO ALTERNATIVO: SUBSANACIÓN DE ERRORES
Volver a digitalizar (si es necesario) 4 Firma con sello electrónico del Colegio y envío al sistema DGRN 7 Volver a enviar 5 Aplicación de Expedientes de Nacionalidad (RedAbogacía) Sistema de la DGRN 3 Corregir datos (si es necesario) Documentos en papel Acuse de recibo 8 Servicio Web Abogado adherido Documentos electrónicos 2 Enviar a Subsanar 6 Revisar y volver a cotejar lo necesario Cotejo y validación 1 Tramitador Colegio
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EL PAPEL DEL COLEGIO DE ABOGADOS
El Colegio de Abogados interesado debe: En primer lugar, adherirse al convenio (modelo estándar a firmar por el Decano/a) Enviar adhesión firmada al CGAE Designar personal administrativo para las labores de cotejo y validación Establecer criterios para la atención de este nuevo servicio: Con / sin cita previa Horario de atención Prestación del servicio “al vuelo” (según llego, me hacen el cotejo) o “en diferido” (dejo los documentos y vuelvo más tarde a recogerlos) Poner puestos de usuario a disposición de los abogados en el Colegio, posiblemente con escáner (para subsanar errores sobre la marcha) Si se va a prestar el servicio por correo postal / mensajero (costes de envío de vuelta de la documentación) Etc. etc. Formar al personal designado en el procedimiento y en el uso de la herramienta Comunicar a sus colegiados la disponibilidad del servicio Validar adhesiones de los colegiados (en la herramienta) Prestar el servicio Ante cualquier incidencia técnica, contactar con Soporte RedAbogacía
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SITUACIÓN DEL PROYECTO
Situación a fecha actual: Plataforma de la Abogacía construida y en producción Convenio firmado el 25 de julio ¡Todo listo para arrancar! Siguientes pasos: Los Colegios interesados tienen que adherirse al convenio Después, los abogados interesados deben adherirse también Organizar el servicio (en cada Colegio) Formación on-line Empezar a tramitar solicitudes
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AGRADECIMIENTOS ¡GRACIAS!
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