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Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos

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Presentación del tema: "Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos"— Transcripción de la presentación:

1 Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
Marzo 2017

2 Temas: Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios. Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos.

3 Antecedentes En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos promulgada en 5 de febrero de 1917 (hace 100 años un mes y 11 días) ya se contemplaba la importancia del CONTROL PRESUPUESTAL 136 ARTÍCULOS 99 MODIFICADOS 37 ORIGINALES 295 PÁGINAS TIEMPO DE LECTURA APROXIMADA SIN PARAR 6 HORAS 30 min velocidad promedio 300 palabras por minuto

4 Antecedentes Artículo 126. No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior. Artículo original DOF

5 Antecedentes Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen. Artículo original DOF

6 Numeralia Total de Artículos: 136 Artículos Reformados: 99
Artículos Originales: 37 Total de Palabras que incluye: Tiempo Estimado de Lectura: 6 horas 30 min velocidad 300 p.p.m.

7 Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
DOF. 27 DE ABRIL DE 2016

8 Numeralia Total de Artículos: 65 Total de Páginas: 30
Total de Palabras que incluye: 14,701 Tiempo Estimado de Lectura: 1 hora con 13 minutos a velocidad de 200 p.p.m.

9 Puntos de interés Entrada en vigor: A partir del 28 de abril de 2016, algunas disposiciones entran en vigor con plazos diferidos de acuerdo a artículos transitorios. Objeto: Establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas. Ámbito de Aplicación: Estados y Municipios

10 Puntos de interés Regula el manejo de la Deuda desde su destino (inversión pública productiva), su aprobación, proceso competitivo, contratación, registro ante la SHCP y hasta su disposición y aplicación. Establece el Sistema de Alertas, para advertir el nivel de endeudamiento de los entes públicos, y de acuerdo a ese nivel les aplican ciertas reglas para lograr su saneamiento.

11 Puntos de interés Regula el manejo de la Deuda desde su destino (inversión pública productiva), su aprobación, proceso competitivo, contratación, registro ante la SHCP y hasta su disposición y aplicación. Establece el Sistema de Alertas, para advertir el nivel de endeudamiento de los entes públicos, y de acuerdo a ese nivel les aplican ciertas reglas para lograr su saneamiento.

12 Puntos de interés Concentra en un solo ordenamiento todas las reglas para lograr el orden y disciplina en el manejo de los recursos públicos. Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la correspondiente iniciativa de ingreso o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.

13 Puntos de interés La asignación para servicios personales que se apruebe en el Presupuesto, tendrá como límite el que resulte menor entre el 3 por ciento de crecimiento del presupuesto del año anterior o el crecimiento del PIB.

14 Puntos de interés En caso de contar con ingresos excedentes de ingresos de libre disposición, las ampliaciones presupuestales están restringidas a: Pago de deuda. Laudos laborales. Inversión Pública Productiva.

15 Puntos de interés En caso de no lograr la estimación de ingresos de libre disposición, se deberán hacer recortes presupuestales: Gastos de comunicación social Gasto Corriente y Percepciones extraordinarias de capítulo 1000.

16 Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.
POEZ. 31 DE DICIEMBRE DE 2016

17 Sii, nosotros también ya tenemos nuestra ley!!!!

18 Numeralia Total de Artículos: 129 Total de Páginas: 58
Total de Palabras que incluye: 21,031 Tiempo Estimado de Lectura: 1 hora con 45 min a 200 p.p.m

19 Puntos de interés Entrada en vigor: A partir del 1 enero de 2017, algunas disposiciones entran en vigor con plazos diferidos de acuerdo a artículos transitorios. Ámbito de Aplicación: Estado de Zacatecas y sus Municipios

20 Puntos de interés Objeto: Cumplir los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán al Estado de Zacatecas y Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas.

21 Puntos de interés La disciplina financiera comprende los procesos y acciones en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, contabilidad gubernamental, emisión de información financiera, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos.

22 Puntos de interés Abroga la Ley de Administración y Finanzas del Estado de Zacatecas (2001). Contiene reglas de disciplina por cada capítulo del clasificador por objeto de gasto. Establece el contenido y plazo para la presentación de leyes de ingresos y presupuestos.

23 Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
POEZ. 11 DE MARZO DE 2017

24 Objetivo Definir las normas y políticas para facilitar el cumplimiento de los instrumentos jurídicos tales como, la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), y su caso, la emitida por el Consejo de Armonización Contable para el Estado de Zacatecas (CACEZAC).

25 Además de, la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios; Ley de Obligaciones, Empréstitos y Deuda Pública del Estado de Zacatecas y sus Municipios; Ley de Coordinación y Colaboración Financiera para el Estado de Zacatecas y sus Municipios.

26 MARCO JURÍDICO

27 Marco jurídico CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Constitución del Estado Libre y Soberano de Zacatecas Leyes Federales. (Reglamentos, Lineamientos, Acuerdos) Leyes Estatales. (Reglamentos, Manuales, Acuerdos)

28 NORMATIVA FEDERAL. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley General de Contabilidad Gubernamental; Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley General de Responsabilidades Administrativas; 6. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción;

29 NORMATIVA FEDERAL. 7. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 8. Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 9. Ley de Fiscalización Superior de la Federación; 10. Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas; 11. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 12. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles del Estado de Zacatecas;

30 NORMATIVA ESTATAL Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Zacatecas; Código Fiscal del Estado de Zacatecas; Ley de Coordinación y Colaboración Financiera para el Estado de Zacatecas y sus Municipios; Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios; Ley de Entidades Públicas Paraestatales del Estado de Zacatecas;

31 NORMATIVA ESTATAL Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas; Ley de Obligaciones, Empréstitos y Deuda Pública del Estado de Zacatecas y sus Municipios; Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas para el Estado de Zacatecas; Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Zacatecas; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas; Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas, para el ejercicio fiscal que corresponda, y los demás instrumentos normativos aplicables.

32 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 108, 117 fracc. VIII, 120, 134. Art p. 3., “Los Gobernadores de los Estados, los Diputados a las Legislaturas Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su caso así como los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las Leyes federales, así como el manejo y aplicación indebido de fondos y recursos federales” Art. 120 “Los Gobernadores de los Estados están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales” Art “Los recursos económicos de que dispongan la federación, los Estados y los municipios, administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”

33 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Art. 84. “El Gobernador se auxiliará de las dependencias y entidades que prevea la Ley Orgánica de la Administración Pública, para el despacho de los asuntos de su competencia”. Art. 86. “Los titulares de las dependencias del ejecutivo serán responsables de las órdenes y providencias que autoricen con su firma, así como de toda la falta, omisión o violación en que incurran con motivo del ejercicio de sus funciones”.

34 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Art.139 “La secretaría del ramo sólo hará los pagos autorizados por el Gobernador y que estén contemplados dentro del Presupuesto de Egresos”. Art “Todo servidor público que maneje fondos del erario, es personal y pecuniariamente responsable de los pago que hiciere…”

35 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
“Art 4. En el ejercicio de sus atribuciones, el Gobernador se auxiliará de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública de acuerdo con lo que establece la presente Ley”. “Art. 21 Los Secretarios conducirán sus actividades de manera programada, con base en las políticas, prioridades y restricciones que, para el logro de los objetivos, establezca el Plan Estatal de Desarrollo”

36 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
Las Dependencias que integran la Administración Centralizada son las siguientes: I. Secretaría General de Gobierno; II. Secretaría de Finanzas; III. Secretaría de Seguridad Pública; IV. Secretaría de Administración; V. Secretaría de la Función Pública; VI. Secretaría de Economía; VII. Secretaría de Turismo; VIII. Secretaría de Infraestructura; IX. Secretaría de Educación; X. Secretaría de Desarrollo Social; XI. Secretaría de Salud; XII. Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial; XIII. Secretaría del Agua y Medio Ambiente; XIV. Secretaría del Campo; XV. Secretaría de las Mujeres; XVI. Secretaría de Migración; XVII. Coordinación General Jurídica, y XVIII. Coordinación Estatal de Planeación.

37 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
Art. 44. La Administración Pública Paraestatal, se conformará de Organismos Públicos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos Públicos. Su objeto, organización y funcionamiento se especificará en la Ley de Entidades Públicas Paraestatales. Art. 48 Los Organismos Públicos Descentralizados son, además de aquellos que con posterioridad se creen, los siguientes: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para el Estado de Zacatecas; Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia; Consejo Estatal de Desarrollo Económico; Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación; Servicios de Salud de Zacatecas; Régimen Estatal de Protección Social en Salud; Centro Estatal de Trasplantes de Órganos y Tejidos;

38 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
VIII. Instituto Regional del Patrimonio Mundial; IX. Instituto de la Defensoría Pública; X. Instituto de Cultura Física y el Deporte del Estado de Zacatecas; XI. Sistema Zacatecano de Radio y Televisión; XII. Patronato Estatal de Promotores Voluntarios; XIII. Instituto Zacatecano de Educación para Adultos; XIV. Instituto de Capacitación para el Trabajo; XV. Instituto Zacatecano de Cultura “Ramón López Velarde”; XVI. Instituto Zacatecano de Construcción de Escuelas; XVII. Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas; XVIII. Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas; XIX. Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Zacatecas;

39 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
XX. Universidad Politécnica de Zacatecas; XXI. Universidad Politécnica del Sur de Zacatecas; XXII. Instituto Tecnológico Superior de Nochistlán; XXIII. Instituto Tecnológico Superior de Fresnillo; XXIV. Instituto Tecnológico Superior de Tlaltenango; XXV. Instituto Tecnológico Superior de Loreto; XXVI. Instituto Tecnológico Superior de Río Grande; XXVII. Instituto Tecnológico Superior de Jerez; XXVIII. Instituto Tecnológico Superior de Sombrerete; XXIX. Escuela de Conservación y Restauración de Zacatecas “Refugio Reyes”. XXX. Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas; XXXI. Colegio de Educación Profesional y Técnica de Zacatecas; XXXII. Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Zacatecas; XXXIII. Instituto de Selección y Capacitación del Estado; y XXXIV. Universidad Tecnológica de Zacatecas

40 PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE ZACATECAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017
Es el Decreto, autorizado por la H. LXII Legislatura cuyo objeto es regular la autorización, asignación, ejercicio, registro, evaluación, control, transparencia y rendición de cuentas del gasto público estatal del ejercicio fiscal Contiene disposiciones generales de disciplina financiera y responsabilidad hacendaria; y señala que se ejecutará a través de disposiciones normativas generadas por el ejecutivo.

41 Ejercicio del Presupuesto de Egresos.

42 Aplicación Obligatoria para:
Dependencias del Poder Ejecutivo (Secretarías) Entidades del Poder Ejecutivo (OPD) Fideicomisos Servirá de apoyo a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Órganos Autónomos y Municipios del Estado de Zacatecas.

43 Principios para el ejercicio del presupuesto
Austeridad Economía Eficacia Eficiencia Ética Honestidad Legalidad

44 Obligaciones y Responsabilidades en el ejercicio del Presupuesto.
Además de las establecidas en la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, serán obligaciones de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo:

45 Obligaciones y Responsabilidades en el ejercicio del Presupuesto.
Cumplir las disposiciones aplicables en materia presupuestaria; Apegarse a los montos aprobados en el Presupuesto. Efectuar sus erogaciones conforme a los principios para el ejercicio del gasto público Fomentar el ahorro y optimizar el ejercicio de los recursos públicos

46 Obligaciones y Responsabilidades en el ejercicio del Presupuesto.
Cumplir las disposiciones con estricto apego a las clasificaciones CONAC Cumplir en forma correcta y oportuna con los requerimientos de información Cumplimiento de obligaciones en materia fiscal, contractual, laboral y administrativa Cubrir las contribuciones federales, estatales y municipales

47 Presupuesto Aprobado

48 Presupuesto Aprobado:
Refleja las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas en el Presupuesto. Es el que aprobó el Poder Legislativo.

49 Clave presupuestal.

50 Validación presupuestal automatizada.

51 Techo financiero y suficiencia presupuestal.
1.- SIIF 2.- $ = Operaciones y Compromisos 3.-Ministraciones cumpliendo con normatividad aplicable.

52 Calendarización del Presupuesto.
Notificará los techos Financieros. Los poderes y autónomos dentro de los primeros diez días.

53 Presupuesto Modificado

54 Es aquel que refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar, en su caso, las adecuaciones presupuestarias al presupuesto aprobado. Sumas y restas monitos

55 Tipos de adecuaciones presupuestarias.
Ampliación. Implica un aumento en el monto total del Pto. Ampliación ordinaria. Ampliación automática.

56 Transferencia presupuestaria.
Es la modificación de una clave presupuestal a otra. Transferencias internas. Transferencia externas. COEPLA autoriza. No se autoriza transferencias del Cap

57 Reducción presupuestaria.
Disminuye la asignación presupuestal Reducción ordinaria. Reducción automática.

58 Presupuesto Comprometido

59 ¿Cuándo es? Cuando se da la aprobación por autoridad competente de acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros, para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras.

60 ¿De quién es responsabilidad?
Titular y del Coordinador Administrativo o Equivalente de las Dependencias o Ente Público.

61 Reorientación de economías
Los recursos no comprometidos en el período de ejecución del proyecto o proceso, se considerarán economías presupuestarias y la Secretaría podrá disponer de ellas para acciones prioritarias.

62 Presupuesto Devengado

63 ¿Qué es? Es el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados.

64 ¿De quién es responsabilidad?
Tanto para las Dependencias como para los Entes Públicos del Poder Ejecutivo, será responsabilidad del Titular y del Coordinador Administrativo o Equivalente.

65 HOJA DE LIBERACIÓN LCR-1
Procedimiento SIIF HOJA DE LIBERACIÓN LCR-1 CUENTA POR PAGAR CP Firmados y con la documentación comprobatoria.

66 Presupuesto Ejercido

67 ¿Cuándo es? Es cuando se autoriza la liberación del pago.

68 ¿De quién es la responsabilidad?
Tratándose de dependencias: será responsabilidad de la Dirección de Egresos de la Secretaría; Tratándose de Entes Públicos del Poder Ejecutivo: será responsabilidad del Titular y del Coordinador Administrativo o Equivalente.

69 PLAZO MÁXIMO EN DÍAS NATURALES
Cronograma para el trámite de pago directo a un Proveedor, Contratista o Prestador de Servicios: RESPONSABLE ACCIÓN PLAZO MÁXIMO EN DÍAS NATURALES Proveedor o Prestador de Servicios Entrega CFDI a Dependencia 5 Dependencia Entrega del trámite de LCR-1 y CP a SEFIN Secretaría de Finanzas Revisión del trámite de LCR-1 y CP 4 Liberación de Pago al Proveedor o Prestador de Servicios 20 Revisión del trámite de LCR-1 y CP. Se tomará desde la fecha del sello del módulo de recepción e información de pagos en la “ Relación de trámites para recepción” o en el formato LCR-1 y hasta la fecha de la impresión del Contra-Recibo. Los plazos podrán ser modificados de acuerdo a la disponibilidad de recursos. Entrega del trámite de LCR-1 y CP a SEFIN. Se tomará desde la fecha del sello de la Dependencia al momento de recibir la representación impresa del CFDI y hasta la fecha de recepción en el SIIF central del módulo de recepción e información de pagos, en la “Relación de trámites para recepción” o en el formato LCR-1. Liberación de Pago al Proveedor o Prestador de Servicios Se tomará desde la fecha de impresión del Contra-Recibo y hasta la fecha del comprobante electrónico del pago, o en su caso, la fecha de emisión del cheque. Entrega CFDI a Dependencia Se tomará desde la fecha de emisión del CFDI y hasta la fecha del sello de la Dependencia al momento de recibir la representación impresa del CFDI, el cual deberán colocar en el reverso del documento. Este cronograma no será aplicable tratándose de: pagos de nóminas, pagos de terceros vinculados con la nómina, servicios básicos o irreductibles, transferencias de recursos a Entes Públicos del Poder Ejecutivo y Municipios, reposición de fondos revolventes y viáticos, entre otros.

70 Procedimiento para el pago
La Secretaría, por conducto de la Dirección de Egresos previa revisión del formato LCR-1 y la póliza de Cuenta por Pagar, programará el pago del importe del documento, a los 20 días naturales siguientes a la fecha de impresión del Contra-Recibo.

71 Contra-Recibo Otorga certidumbre a las Dependencias, de que han entregado la documentación comprobatoria para el trámite de liberación de recursos y que ésta ha sido revisada.

72 Formas de pago. Transferencia electrónica
Cheque (para abono en cuenta) Cadenas productivas

73 Información sobre pagos
A partir del ejercicio actual es muy importante solicitarle a los proveedores un correo electrónico, ya que se cuenta con un sistema de envió automático de información de pagos, el cual al final del día confirma los pagos realizados a proveedores, contratistas y prestadores de servicio

74 Presupuesto Pagado

75

76 Cuentas bancarias Todas las cuentas bancarias de la Administración Centralizada del Poder Ejecutivo deberán ser suscritas y manejadas por la Secretaría, excepto las de fondo revolvente y fondo de viáticos.

77 Proceso de requerimiento de cuentas bancarias
Solicitud por escrito. Solicitud con al menos 3 (tres) días de anticipación Anexar en su caso, convenio que dé origen al programa o proyecto correspondiente. La Secretaría informará a la Dependencia o Ente Público los datos de la cuenta bancaria en la que se recibirán los recursos de referencia.

78 La Secretaría efectuará los pagos mediante:
Cheque. Cuando exceda el importe de $2, este deberá contener la leyenda «Para abono en cuenta del Beneficiario». Transferencia electrónica. Siendo responsabilidad del Coordinador Administrativo o su equivalente, asegurarse de que los beneficiarios presenten previo al envío de trámite de pago el formato RCB-1. La Secretaría efectuará los pagos mediante:

79 Disposiciones por Capítulo de Gasto

80 Capítulo 1000 Servicios Personales

81 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN CAPÍTULO 1000 DISPOSICIONES GENERALES Para efectos del artículo 52 de Ley de Disciplina y el artículo 13 de la LDFEFyM, establecen que: “la secretaría de finanzas o su equivalente de cada Ente Público contará con un sistema de registro y control de las erogaciones de servicios personales”; se entenderá que el área equivalente en cada ente público es: la Coordinación Administrativa, la Dirección Administrativa o área análoga; la verificación de la correcta operación del sistema mencionado corresponderá a la SFP.

82 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN La responsabilidad de Comprometer y Devengar en el SIIF, el Presupuesto del Capítulo 1000 de las Dependencias, se modifica de diez a cinco días hábiles de anticipación para su validación Presupuestal, por ello se deberá apegar estrictamente al calendario de trabajo 2017:

83 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

84 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN La notificación a SAD, de movimientos de personal o incidencias, se deberá realizar a través de la captura en el SIRH, para que surtan efectos en la elaboración de nómina, ante el IMSS e INFONAVIT.

85 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Sólo el Titular del Poder Ejecutivo podrá autorizar dentro del marco de la Ley, la creación de nuevas plazas, recategorizaciones y el otorgamiento de estímulos. Para tales fines la Secretaría; verificará la disponibilidad presupuestal; todos los trámites relacionados con éstos movimientos invariablemente se procesarán y realizarán por conducto de la SAD. Queda prohibido a las Dependencias y Entidades, autorizar la creación de nuevas plazas, recategorizaciones del personal y/o el otorgamiento de estímulos.

86 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN PAGO DE SUELDOS Y SALARIOS Apegarse estrictamente a los criterios de la política de servicios personales que establezca el Titular del Ejecutivo por conducto de la SAD y de la Secretaría; Abstenerse de contratar personal eventual que no se encuentre previsto para la ejecución de algún programa o proyecto autorizado en el Presupuesto; en caso contrario y de presentarse alguna multa, recargo, capital constitutivo o crédito fiscal, será responsabilidad directa de la Dependencia.

87 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Requisitos para tramitar alta de personal de base, contrato, confianza, mandos medios y superiores: 1. Solicitud de Empleo. 2. Clave Única de registro Poblacional CURP (copia). 3. Identificación oficial: credencial de elector o pasaporte (copia). 4. Acta de nacimiento. 5. Comprobante de Domicilio (copia). 6. Dos cartas de recomendación. 7. Currículo Vitae. 8. Carta de no antecedentes penales. 9. Certificado Médico reciente. 10. Certificado o constancia de grado máximo de estudios (copia).

88 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN 11. Cartilla Militar liberada (varones). 12. 2 Fotografía tamaño infantil de frente. 13. Registro Federal de Contribuyentes, expedido por el SAT (copia). 14. Número de Seguro Social expedido por el IMSS (copia). 15. Carta testamentaria. 16. Acuerdo de adhesión para apertura de cuenta. 17. Responsiva de crédito INFONAVIT.

89 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Se deberá cumplir con los siguientes lineamientos: • Los formatos deberán ser entregados para trámite correspondiente 2 originales de los formatos. Para el caso de las bajas de personal: • Renuncia voluntaria: presentar el escrito del trabajador. • Terminación de Contrato: notificación en donde conste que se dio por enterado. NO SERÁ RECIBIDO PARA TRÁMITE NINGÚN MOVIMIENTO QUE EXCLUYA ALGUNO DE LOS REQUISITOS ANTES MENCIONADOS.

90 1.5 Disposiciones específicas para el Sector Educativo:
La SEDUZAC deberá realizar los pagos por concepto de remuneraciones, prestaciones laborales y demás erogaciones relacionadas con servicios personales, observando los siguientes lineamientos: Tramitar los pagos de acuerdo al calendario establecido con la Secretaria, enviando su trámite con 10 días naturales de anticipación (hoja de liberación LCR-1 debidamente firmado, Cuenta por Pagar, Cuadro de cifras el cual deberá contener el número de personas y plazas que se incluyen, cd con la base de datos de la nómina);

91 1.5 Disposiciones específicas para el Sector Educativo:
La SEDUZAC en coordinación con la SAD y la Secretaría, llevaran a cabo los trabajos necesarios para incorporar la nómina estatal del sector educativo al SIRH, a más tardar el 30 de junio de 2017.

92 1.6 Pago de sueldos y salarios para el sector educativo
A efecto de realizar el pago de sueldos y salarios correspondientes a la nómina se deberá tomar en consideración lo siguiente: b) Se deberán devolver a la Secretaría, los cheques originales que no hayan sido entregados a los trabajadores debidamente cancelados en un período máximo de 15 días (antes 45), para proceder a su registro;

93 1.6 Pago de sueldos y salarios para el sector educativo
f) En relación a los recursos del FONE, los registros contables y presupuestales deberán realizarlos conjuntamente la SEDUZAC con la SECRETARÍA; g) En relación a la nómina y su afectación como altas, bajas, o cualquier incidencia la elaborará directamente la SEDUZAC debiendo informar en un plazo no mayor a cinco días a la SAD y a la Secretaría.

94 Capítulo y 5000

95 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN CAPITULOS 2000, 3000 Y 5000 1) De la suficiencia presupuestal para el pago de convocatorias por concepto de licitación pública para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios. 2) Formato Único para la solicitud de Adquisición de bienes y/o Contratación de Servicios (FUSA). 3) De la Entrega – Recepción de los bienes.

96 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

97 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

98 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

99 CAPITULO 2000 (MATERIALES Y SUMINISTROS) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 CAPITULO 2000 (MATERIALES Y SUMINISTROS) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN El monto máximo autorizado por mes para tarjetas de gasolina para monederos electrónicos es de: Uso de vehículo Manual Anterior Manual Actual Administrativo Hasta $2,000.00 Hasta $3,000.00 Operativo Hasta $4, y $5, justificados Hasta $5,000.00 Seguridad Pública Hasta $6, y $12, justificados. Hasta $20,000.00 Especial (comunicación social, logística de eventos) Hasta $15,000.00

100 CAPITULO 2000 (MATERIALES Y SUMINISTROS) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 CAPITULO 2000 (MATERIALES Y SUMINISTROS) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN 2.7 Mantenimiento para vehículos oficiales Compra de refacciones automotrices menores, con cargo al fondo Revolvente, por mes. Dependencias Manual Anterior Manual Actual Dependencias. Hasta $5,000.00 Hasta $15,000.00 Dependencias que manejan maquinaria pesada Hasta $20,000.00 Dependencias con más de 65 vehículos

101 CAPITULO 3000 (SERVICIOS GENERALES) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 CAPITULO 3000 (SERVICIOS GENERALES) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN 3.4 Servicios Generales (Incremento en Montos) Contratación de servicios por evento Manual Anterior Manual Actual Por conducto de la Dependencia. Hasta $25,000.00 Por conducto de la Dirección de Servicios Generales. Hasta $85,000.00 De $25, hasta $100,000.00 Por conducto de la Dirección de Adquisiciones. Mayores a $85,000.00 Mayores a $100,000.00

102 CAPITULO 3000 (SERVICIOS GENERALES) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
MANUAL DE NORMAS Y POLÍTICAS DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2017 CAPITULO 3000 (SERVICIOS GENERALES) SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN 3.10 De la contratación de prestación de servicios. (incremento en Montos) Manual Anterior Manual Actual Por conducto de la Dependencia Hasta $20,000.00 Hasta $25,000.00 Por conducto de la Dirección de Adquisiciones. Mayores a $20,000.00 Mayores a $25,001.00

103 Capítulo 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas.

104 Son las asignaciones destinadas en forma directa o indirecta a los sectores público, privado y externo, organismos y empresas paraestatales y apoyos como parte de su política económica y social, de acuerdo con las estrategias y prioridades de desarrollo para el sostenimiento y desempeño de sus actividades.

105 Disposiciones Generales .
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 de la LGCG, las Dependencias y Entes Públicos del Poder Ejecutivo, publicarán en Internet la información concepto de ayudas y subsidios a los sectores, identificando: Nombre del beneficiario Clave Única de Registro de Población (CURP) o Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con Homoclave cuando sea persona moral o persona física con actividad empresarial y profesional Monto recibido.

106 Subsidios y Subvenciones
Asignaciones para el desarrollo de acciones y actividades prioritarias: a través de los cuales los Entes Públicos llegan a los diferentes sectores de la Sociedad. Promover la Innovación tecnológica. Motivar la Inversión Fortalecimiento Agrícola.

107 Ley de Disciplina Financiera.
Art. 77 al 90 a. Prever montos máximos por beneficiarios y por porcentaje del costo total del proyecto, en los proyectos de beneficio directo a individuos o grupos sociales, los montos y porcentajes se establecerán con base en criterios redistributivos que deberán privilegiar a la población de menores ingresos y procurar la equidad entre regiones y comunidades, sin demérito de la eficiencia en el logro de los objetivos

108 b. Procurar que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros; c. Procurar la coordinación de acciones entre Dependencias y Entes Públicos del Poder Ejecutivo, para evitar duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos;

109 d. Garantizar la oportunidad y temporalidad en su otorgamiento;
e. Procurar que sea el medio más eficaz y eficiente para alcanzar los objetivos y metas que se pretenden.

110 Ayudas Sociales Son aquellas asignaciones destinadas a cubrir apoyos de tipo económico otorgados a terceros, con el propósito de contribuir al bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de sus familias. Jefatura de Oficina del Gobernador. Secretaría General de Gobierno. Secretaría de Economía. Secretaría de Desarrollo Social. Secretaría de Agua y Medio Ambiente. Secretaría del Campo. Secretaría de Migración.

111 Capítulo 6000 Inversión Pública.

112 Son las erogaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios que las Dependencias y Entes Públicos del Poder Ejecutivo contraten con personas físicas o morales, necesarios para construir, instalar, ampliar, adecuar, rehabilitar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles, así como las asignaciones para realizar estudios y proyectos de pre inversión.

113 La inversión pública se desarrolla en bienes de dominio del poder público.
En el sector público se tendrá que identificar para el manejo y el registro contable, los siguientes tipos de obras: a) Obras públicas capitalizables; b) Obras de domínio público; c) Obras Transferibles; e, d) Inversiones consideradas como infraestructura realizadas por los entes públicos en los bienes previstos en el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales.

114 El costo de la obra pública, deberá incluir:
Elaboración de proyecto Construcción y la supervisión Gastos y costos relacionados con la misma, generados hasta su conclusión, independientemente de la fuente de financiamiento, observando los lineamientos aplicables en cada caso.

115 Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones.

116 Inversiones Financieras y Otras Provisiones.
Son las Erogaciones que realiza la administración pública en la adquisición de acciones, bonos y otros títulos y valores; así como, en préstamos otorgados a diversos agentes económicos. Se incluyen las aportaciones de capital a las Entidades públicas; así como las erogaciones contingentes e imprevistas para el cumplimiento de obligaciones del Gobierno.

117 FIDEICOMISOS

118 TIPOS DE FIDEICOMISOS Fideicomisos públicos con estructura orgánica
Fideicomisos públicos sin estructura orgánica

119 Registro contable de fideicomisos.

120 INFORMES TRIMESTRALES DE LOS FIDEICOMISOS
La Dependencia o Entidad encargada de la administración del Fideicomiso, deberá informar trimestralmente a la Secretaría, el detalle de las aportaciones y aplicaciones de recursos del Fideicomiso, utilizando para ello los formatos establecidos por la Secretaría, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes al término de cada trimestre.

121 TRANSPARENCIA Y FISCALIZACIÓN
DE LOS FIDEICOMISOS La atención de todo tipo de obligaciones de rendir información en materia de transparencia, los requerimientos de información que realicen, será responsabilidad del Titular de la Dependencia o Entidad encargada de la administración del Fideicomiso.

122 Capítulo 8000 Participaciones y Aportaciones

123 Asignaciones destinadas a cubrir las participaciones y aportaciones para las Entidades Federativas y los Municipios. Incluye las asignaciones destinadas a la ejecución de programas federales a través de las Entidades Federativas, mediante la reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en los términos de los convenios que celebre el Gobierno Federal con éstas.

124 Capítulo 9000 Deuda Pública

125 Asignaciones destinadas a cubrir obligaciones por concepto de deuda pública interna y externa derivada de la contratación de empréstitos; incluye la amortización, los intereses, gastos y comisiones de la deuda pública, así como las erogaciones relacionadas con la emisión y/o contratación de deuda. Asimismo, incluye los adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS).

126 Dentro de este capítulo quedarán incluidos los siguientes conceptos:
a) Amortización de la Deuda Pública b) Intereses de la Deuda Pública c) Comisiones de la Deuda Pública d) Gastos de la Deuda Pública e) Costo por Coberturas f) Apoyos Financieros g) Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS).

127 Fondo Revolvente y Fondo de Viáticos

128 Principales Cambios Destino del fondo revolvente. Cubrir gastos menores de las partidas de los capítulos 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales, la suma de los importes de los comprobantes de un mismo proveedor, no deberá exceder la cantidad de: $15, (Quince mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, por cada trámite de reposición.

129 Principales Cambios Tarifas de viáticos para alimentación y hospedaje, estatales, nacionales e internacionales.

130 . TÍTULO VI.- INFORMACIÓN CONTROL Y EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO.

131 Evaluación del Gasto. La evaluación tiene como objetivo cuantificar mediante indicadores en forma permanente, el avance y resultados en eficiencia y eficacia del ejercicio del gasto público, a fin de apreciar sus efectos antes, durante y después de efectuarse los actos administrativos para prevenir desviaciones y aplicar correctivos cuando sea necesario, sin interrumpir la continuidad de los procesos presupuestarios, coadyuvando a la retroalimentación de acciones que permitan la conclusión de programas, metas, procesos y proyectos derivados del Plan Estatal de Desarrollo COEPLA SFP SEFIN

132 Evaluación y Control del Gasto.
La SEFIN operará el Sistema de Información Financiera (SIIF) para llevar a cabo el registro y seguimiento del ejercicio del presupuesto. La SFP vigilará el estricto cumplimiento normativo del presupuesto de egresos, efectuando el seguimiento y la evaluación financiera del gasto público.

133 Evaluación Programática.
La SFP es la encargada de efectuar el seguimiento de avance y cumplimiento de los procesos autorizados en el PEEZ a las dependencias y entidades, así como de su evaluación. La COEPLA es la encargada de efectuar el seguimiento del avance y cumplimiento programático reportado por las Dependencias y su evaluación.

134 Transparencia del Gasto Público
Los ejecutores del gasto observarán la Ley General de Contabilidad Gubernamental; Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.

135 Presentación de Informes.
Obligación de las Dependencias y Entidades de presentar: informes trimestrales, semestrales y anuales que contengan el reporte del avance físico – financiero de los proyectos autorizados en su presupuestos y la información complementaria. ¿Quiénes? Dependencias y Entidades, ante la COEPLA.

136 Informes trimestrales
Los entes públicos deberán entregar trimestralmente en el PASHCP, sus estados financieros, en términos de la LGG, de no cumplir, la SEFIN, se reserva la facultad de seguir otorgando las ministraciones posteriores. OPDS de EDUCACIÓN además, deberán entregar los primeros 10 días del mes siguiente, a la SEFIN, sus EDOS FINANCIEROS MENSUALES, en términos de la LGCG.

137 CAPTURA EN EL PASH Las dependencias y entidades, deberán capturar trimestralmente en el PASH, los informes sobre el ejercicio y destino de los recursos de origen federal, en los términos del artículo 107, fracc. I de la LFPRH; dicha información se deberá capturar a más tardar a los 5 días naturales posterior a la terminación de cada trimestre.


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