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Publicada porEsther Barbero Valdéz Modificado hace 7 años
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Documentación ¿Qué es el REAF-REGAF? Nota de prensa Power point
Documento “Algunas notas sobre la posible reforma del Impuesto sobre Sociedades”, apartados: Introducción El IS en el contexto internacional El IS en nuestro sistema tributario Algunas posibilidades de mejorar la recaudación por IS Armonización comunitaria Conclusiones
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El debate existente Tenemos un problema de déficit y nos hemos comprometido a rebajarlo: si en 2015 fue del 5,1%, parece que en 2016 cumpliremos con un 4,6%. En 2017 habrá que alcanzar el 3,1% y en 2018 el 2,2%, lo cual supone un esfuerzo muy importante en estos 2 últimos años Se confiesa la dificultad de rebajar los gastos, por lo que se pretende alcanzar el objetivo, fundamentalmente, a través del incremento de ingresos Durante la crisis el IS pasó de recaudar casi M€ en 2007 a poco más de M en 2011 y, después, como mucho ha llegado a M, incrementándose la recaudación menos que los beneficios empresariales
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El debate existente Se insiste en los medios en que el tipo efectivo es mucho menor que el nominal, sobre todo en grandes compañías y en grupos. Al mismo tiempo se opina que las multinacionales pagan pocos impuestos en nuestro país y en otros de la UE En 2014, con efectos 2015, se produce la reforma del IS rebajando el tipo nominal y ensanchando las bases A través del RD-ley 2/2016 se intenta solucionar coyunturalmente, y para este año, el problema del déficit con un incremento muy importante de los pagos fraccionados (8.000M) Con el RD-ley 3/2016 se modifica de nuevo el IS con efectos 2016 y para incrementar la recaudación del tributo en las declaraciones a presentar en 2017 y siguientes para paliar el efecto adverso de la reversión de los PF’s excesivos de 2016
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El Impuesto en el contexto internacional
Gráfico Impuesto sobre Sociedades/Total ingresos tributarios De 2007 a 2014 el IS pasa de recaudar en UE un 8,5% de los IT a recaudar el 6,5%, mientras en España pasa del 13% al 6% Gráfico Impuesto sobre Sociedades/PIB En % del PIB la recaudación por IS en en UE es del 2,5% y en España de solo el 2%, pero en 2015 es el 2,4%
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El Impuesto en el contexto internacional
Nuestro nominal excede muy poco al nominal medio de UE(28), en línea con UE (19) y en general por debajo de los grandes países de UE
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El Impuesto sobre Sociedades español
De 2005 a 2013, las sociedades individuales declarantes pasan de a , pero las sociedades con BI (+) pasan en esos años del 42,8% del total a solo el 26,5% En esos años los grupos consolidados se multiplican por 3, pero los que declaran BI (+) pasan del 68,12% al 52,41% del total de GF declarantes Las sociedades con BI (+) en 2014 son menos del 30% del total de entidades declarantes De 2005 a 2013 las entidades con RCP descienden de M€ a , mientras que las BI (+) descienden de M€ a M€
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Conclusiones Diagnóstico:
La recaudación obtenida por IS en el S. XXI ronda los M€, un 2% del PIB, cuando en la UE 28 está en una media del 2,5% del PIB. No deberíamos fijarnos como objetivo conseguir la recaudación récord de 2007, casi millones, porque ese ejercicio precrisis fue excepcional. Después de la crisis la recaudación viene lastrada por los créditos fiscales acumulados por las empresas, especialmente los debidos a bases imponibles negativas. Dentro del censo de contribuyentes por este impuesto, 7 de cada 10 entidades declaran bases negativas y casi una cuarta parte de todas están inactivas. Los grupos fiscales han crecido de manera exponencial. La divergencia entre resultados contables positivos y bases imponibles positivas, hasta 2013, ha ido aumentando.
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Conclusiones Diagnóstico:
El diferencial entre el tipo nominal y el efectivo, entendiendo por este último el cociente entre cuota líquida y resultado contable, no es síntoma de fraude o desimposición en este tributo teniendo en cuenta que nuestras grandes empresas obtienen buena parte de sus beneficios fuera de España y la existencia de una importante bolsa de créditos fiscales, especialmente originados por bases imponibles negativas. Los pagos fraccionados exigidos por el Real Decreto-ley 2/2016 provocan un adelanto de impuesto de este año con impacto negativo en la tesorería de las empresas y las medidas del Real Decreto-ley 3/2016 aplicables a ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2016 limitarán en alguna medida la inevitable reversión del adelanto recaudatorio por pagos fraccionados.
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Conclusiones Propuestas de modificación:
Acometer un plan específico de depuración del censo de declarantes estableciendo controles de sociedades inactivas y de las que declaran bases imponibles negativas de manera recurrente. Analizar los ajustes fiscales que ocasionan mayor divergencia entre resultado contable y base imponible. Reversión gradual de las medidas excepcionales relativas a los pagos fraccionados. Revisión generalizada de determinados regímenes especiales con la intención de eliminar algunos y modificar otros, pudiendo afectar a los siguientes: AIE’s y UTE’s, entidades no lucrativas, grupos fiscales, cooperativas o minería. El régimen de consolidación fiscal podría limitarse a grupos que consolidan contablemente o que estén obligados a auditarse. Revisión de la corrección de la doble imposición.
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Conclusiones Propuestas de modificación:
Eliminación de la excepcional deducibilidad del coste de activos adquiridos mediante arrendamiento financiero. Prohibición de deducir, total o parcialmente según los casos, gastos conexos a ingresos exentos o bonificados. Correcciones en la normativa relativa a precios de transferencia en el sentido de rebajar más los requisitos de documentación y asegurar la neutralidad del ajuste. Establecer la caducidad del derecho a compensar BIN cuando la sociedad no haya realizado operaciones ininterrumpidamente en un determinado período de tiempo. Establecer cautelas para que las asimetrías híbridas que se intentan corregir en supuestos de desimposición también se impidan en casos de sobreimposición. Revisión de las reducciones, deducciones y bonificaciones, si bien en este sentido se ha ido avanzando en las últimas reformas.
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