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Publicada porMagdalena Cáceres Martín Modificado hace 7 años
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UNIDAD DIDÁCTICA II Riesgos ligados al medio ambiente de trabajo. Exposición a sustancias nocivas y tóxicas Autor: José Ramón castro González Descarga ofrecida por:
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Factores de tipo Químico y/o Biológicos
POLVOS HUMOS SOLIDOS En forma de partículas ROCIOS NEBLINAS AEROSOLES LIQUIDOS Sin forma de partículas GASES VAPORES GASEOSO
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Vías de entrada Contaminantes Químicos
A través de la Nariz y la Boca, los Pulmones, etc. VIA RESPIRATORIA VIA DERMICA A través de la Piel A través de la Boca, Estómago, Intestinos, Etc. VIA DIGESTIVA A través de Heridas abiertas, llagas, etc. VIA PARENTERAL
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Definiciones Sustancia nociva
Sustancias y preparados que puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte por inhalación, ingestión o penetración cutánea
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Definiciones Sustancia Tóxica
Término que se aplica a los materiales sólidos, líquidos o gaseosos que contienen sustancias que por su composición, posibilidad de combinación o mezcla representan un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el medio ambiente
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Definiciones Agente Químico
Todo elemento o compuesto químico, por sí solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido, incluido el vertido como residuo, en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no.
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Exposición a un agente Químico
Definiciones Exposición a un agente Químico Presencia de un agente químico en el lugar de trabajo que implica el contacto de éste con el trabajador, normalmente, por inhalación o por vía dérmica
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Definiciones Zona de respiración
El espacio alrededor de la cara del trabajador del que éste toma el aire que respira. Semiesfera de 0,3 m de radio que se extiende por delante de la cara del trabajador, cuyo centro se localiza en el punto medio del segmento imaginario que une ambos oídos y cuya base está constituida por el plano que contiene dicho segmento, la parte más alta de la cabeza y la laringe.
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Definiciones Período de referencia
Período especificado de tiempo, establecido para el valor límite de un determinado agente químico. El período de referencia para el límite de larga duración es habitualmente de 8 horas, y para el límite de corta duración, de 15 minutos
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Definiciones Exposición
Presencia de un agente químico en el aire de la zona de respiración del trabajador. Dos tipos: Exposición Diaria Exposición de corta duración
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Exposición diaria (ED)
Definiciones Exposición diaria (ED) Es la concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador medida, o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo, para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de 8 horas diarias.
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Exposición de corta duración (EC)
Definiciones Exposición de corta duración (EC) Es la concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada para cualquier período de 15 minutos a lo largo de la jornada laboral.
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Valores Límite Ambientales (VLA)
Definiciones Valores Límite Ambientales (VLA) Valores de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en el aire, y representan condiciones a las cuales se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos día tras día, durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud
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Valor Límite Ambiental-Exposición Diaria (VLA-ED)
Definiciones Valor Límite Ambiental-Exposición Diaria (VLA-ED) Valor de Referencia para la Exposición Diaria (EC) Representan condiciones a las cuales se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos 8 horas diarias y 40 horas semanales durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud
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Valor Límite Ambiental-Exposición
Definiciones Valor Límite Ambiental-Exposición de Corta Duración (VLA-EC) Valor de Referencia para la exposición de corta duración (EC) No debe ser superado por ninguna EC a lo largo de la jornada laboral Valoración única para los agentes químicos de efectos principalmente agudos (por ejemplo, los gases irritantes)
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Efectos combinados de agentes químicos
Definiciones Efectos combinados de agentes químicos Cuando están presentes en el ambiente varios agentes que ejercen la misma acción sobre los mismos órganos o sistemas, es su efecto combinado el que requiere una consideración preferente. Debe ser considerado como aditivo, salvo que se disponga de información que indique que los efectos son sinérgicos o bien independientes.
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Definiciones Consideraciones
VLA-ED de cualquier agente químico no debe ser superado por la ED a dicho agente en ninguna jornada laboral En casos justificados cabe una valoración de base semanal en lugar de diaria. Entonces el parámetro de exposición que se compara con el VLA-ED es la Exposición Semanal (ES)
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Métodos Preventivos Almacenamiento y Manipulación
Medidas de protección: Organizativas Colectivas Individuales
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Almacenamiento Limitar las cantidades de sustancias peligrosas en los lugares de trabajo a las estrictamente necesarias. Almacenar agrupándolas por grupos de riesgo, depositándolas en recipientes seguros y herméticamente cerrados. Recipientes metálicos Vidrio Plástico
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Almacenamiento y Manipulación
Las áreas de almacenamiento deben estar protegidas, ventiladas y con control de derrames, aparte de las exigencias propias en función de su peligrosidad y de acuerdo con las prescripciones legales. En instalaciones fijas, la manipulación debe efectuarse en lugares bien ventilados, preferentemente con extracción localizada y bajo control de derrames, evitando el vertido libre. Recomendable el uso de sistemas mecánicos de bombeo. Los motores eléctricos deberán estar protegidos siempre que se manipulen inflamables. Deben adoptarse medidas preventivas ante las descargas electrostáticas.
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Medidas de protección organizativas
En todas las operaciones en las que intervengan sustancias peligrosas deberían establecerse procedimientos escritos de trabajo en los que se indiquen, junto a la secuencia de operaciones que se han de realizar, las debidas medidas preventivas. Tener en cuenta a la hora de diseñar el plan de emergencia, en previsión de situaciones que puedan revestir trascendencia y especial peligrosidad, rebasando incluso los límites de la propia instalación. Se dispondrá de los medios precisos, tanto humanos como materiales, para hacer frente a este tipo de contingencias.
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Medidas colectivas. Ventilación
Sinónimo de renovación o reposición de aire sucio o contaminado por aire limpio Los centros de trabajo deberán contar con ventilación natural o artificial adecuadas, de acuerdo con las normas. Cuando generen condiciones o contaminación ambiental capaces de alterar la salud de los trabajadores, se efectuará el reconocimiento, evaluación y control de éstos, tomando en cuenta la ventilación natural o artificial y la calidad y volumen del aire.
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Ventilación natural o forzada
RD 486/97 requiere una tasa de ventilación mínima de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco, y de 50 metros cúbicos en los restantes casos.
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Ventilación Sistemas de Extracción Localizada:
Caso particular de ventilación, cuyo objeto es captar los humos, polvo, vapores, etc. lo más cerca posible de su punto de generación, evitando su dispersión en el ambiente. Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo por emanación de gases, vapores o líquidos o por emisión de polvo deberá estar provisto de dispositivos adecuados de captación o extracción cerca de la fuente emisora correspondiente.
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Sistemas de extracción localizada
El caudal de extracción debe ser suficiente para arrastrar la contaminación generada hacia la campana de captación Dependerá de: La adaptación de la campana al foco El modo de generación del contaminante La presencia de corrientes de aire externas que puedan dificultar la captación.
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Medidas de Protección Individual
Tipos de E.P.I DEPENDIENTES DEL MEDIO AMBIENTE (EQUIPOS FILTRANTES) El aire inhalado pasa a través de un filtro donde se eliminan los contaminantes
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Máscara Mascarilla
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Medidas de Protección Individual
Tipos de E.P.I INDEPENDIENTES DEL MEDIO AMBIENTE (EQUIPOS FILTRANTES) Proporcionan protección tanto para atmósferas contaminadas como para la deficiencia de oxígeno. Se fundamentan en el suministro de un gas no contaminado respirable (aire u oxígeno)
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Equipo no autónomo
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Equipos autónomos de aire/oxígeno comprimido
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Clasificación de los agentes biológicos
Grupo 1: aquél que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre Grupo 2: aquél que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo generalmente profilaxis o tratamiento eficaz
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Clasificación de los agentes biológicos (II)
Grupo 3: aquél que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz. Grupo 4: aquél que causando una enfermedad grave en el hombre supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz
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Actividades Expuestas a Riesgos Biológicos
Trabajos en centros de producción de alimentos. Trabajos agrarios. Actividades en las que existe contacto con animales o con productos de origen animal. Trabajos de asistencia sanitaria, comprendidos los desarrollados en servicios de aislamiento y de anatomía patológica. Trabajos en laboratorios clínicos, veterinarios, de diagnóstico y de investigación (a los laboratorios de diagnóstico microbiológico no les aplica este R.D.). Trabajos en unidades de eliminación de residuos. Trabajos en instalaciones depuradoras de aguas residuales.
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Medidas Preventivas Establecimiento de procedimientos de trabajo adecuados y utilización de medidas técnicas apropiadas para evitar o minimizar la liberación de agentes biológicos en el lugar de trabajo Adopción de medidas de protección colectiva o, en su defecto, de protección individual, cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios Utilización de medios seguros para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos por los trabajadores, incluido el uso de recipientes seguros e identificables, previo tratamiento adecuado si fuese necesario
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Medidas Preventivas Utilización de una señal de peligro biológico como la indicada en el anexo III de este Real Decreto, así como de otras señales de advertencia pertinentes El empresario garantizará una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a agentes biológicos según determinen las autoridades sanitarias en las pautas y protocolos que se elaboren
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Fichas de datos de seguridad
Desde el 1 de julio de 1995, obligatorio que todos los preparados peligrosos estén acompañados por su ficha de seguridad Proporcionada por el fabricante, importador o comercializador en la primera entrega del producto
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Lo que debe tener una ficha de seguridad
Identificación de la sustancia y del responsable de su comercialización. Composición/información sobre los componentes. Identificación de los peligros. Primeros auxilios. Medidas de lucha contra incendios. Medidas que deben tomarse en caso de vertido accidental. Manipulación y almacenamiento. Controles de exposición/protección individual. Propiedades físico-químicas. Estabilidad y reactividad. Informaciones toxicológicas. Informaciones ecológicas. Consideraciones relativas a la eliminación. Informaciones relativas al transporte. Informaciones reglamentarias
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Frases R y S Complemento indicativo simplificado
Frases R: descripción del Riesgo Frases S: indicación de la medida preventiva a adoptar Posibilidad de combinarse para ajustar la descripción del riesgos o de las medidas
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