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Contabilidad Electrónica
Noviembre 2016
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Contabilidad Electrónica
Definición Contabilidad Electrónica: Adicional a llevar la contabilidad en medios electrónicos en la administración del negocio, es la obligación de enviar mensualmente las Balanzas de Comprobación exclusivamente, y solo en ejercicio de una auditoría y a requerimiento expreso, las Pólizas contables, en formato xml, a través del Buzón Tributario o Portal de Trámites. Buzón Tributario: es un servicio que permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, quienes pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y aclaraciones. Fiscalización Electrónica: son auditorías que consisten en revisar renglones específicos a través de medios electrónicos a partir de antecedentes concretos que se generan automáticamente con la información que obra en poder de la Autoridad, se inician con una resolución provisional acompañada de un oficio de preliquidación y se concluyen con la resolución definitiva, todo a través del Buzón Tributario. 1
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Contabilidad Electrónica
Generalidades A partir de 2014 se establece la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT. Las modificaciones al Código Fiscal de la Federación no alteran las formas, criterios o procedimientos que actualmente aplican los contribuyentes para realizar sus registros y asientos contables. La Contabilidad electrónica no implica un proceso de auditoría permanente o continuo, ni modifica los procedimientos y garantías asociados al ejercicio de facultades de comprobación. 3
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Contabilidad Electrónica
Marco Jurídico Art. 28 del CFF: Fr. III - Obligación de llevar la contabilidad en medios electrónicos Fr IV - Obligación de enviar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT Resolución Miscelánea Fiscal 2016: Sujetos no obligados a llevar contabilidad en los términos del CFF Contabilidad en idioma distinto al español Contabilidad en medios electrónicos. Entrega mensual Entrega a requerimiento de la autoridad. Entrega a través del prestador de servicios de recepción de documentos digitales. Opción para utilizar “Mis cuentas” 4
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Contabilidad electrónica
Aspectos relevantes Los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable lo harán a través del buzón tributario, excepto los contribuyentes: Que tributen en el RIF Las personas físicas con actividad profesional (siempre que sus ingresos del ejercicio en que se trate no excedan de dos millones de pesos). Las sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles. Las demás personas físicas y las Asociaciones Religiosas que hayan optado por utilizar la herramienta electrónica “Mis cuentas”. 5
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Aspectos relevantes Multa por no ingresar la información contable: Artículo 81 Frac. XLI: No ingresar la información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria estando obligado a ello; ingresarla fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales, o bien, no ingresarla de conformidad con las reglas de carácter general previstas en el artículo 28, fracción IV del Código, así como ingresarla con alteraciones que impidan su lectura. Artículo 82 Frac. XXXVIII: Respecto de las señaladas en la fracción XLI… Sanción por incumplimiento: de $5,000 a $15,000 7
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Aspectos relevantes – Jurisprudencia El Amparo contra el anexo 24 de la resolución miscelánea fiscal para 2015, solicitado por los contribuyentes, se basa en que los lineamientos técnicos de forma y sintaxis para la generación de archivos XML especificados por el consorcio w3, se encuentran en idioma distinto al español. El 28 de octubre de 2016, se publicó la reiteración de jurisprudencia conforme a lo siguiente: El efecto que debe imprimirse a la sentencia que concede el amparo contra el Anexo referido es el de desincorporar de la esfera jurídica del quejoso la obligación de atender los lineamientos técnicos de forma y sintaxis para la generación de archivos XML especificados por el consorcio w3, establecidos en la página de internet hasta en tanto el Servicio de Administración Tributaria formule y publique en alguno de los medios a su alcance los lineamientos a seguir para la generación de archivos XML en idioma español. 8
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Aspectos relevantes – Anexo 24 El 4 de octubre de 2016 se publicó la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, que contiene la publicación de la modificación del Anexo 24. A fin de subsanar lo señalado por la SCJN, se publicó la modificación al Anexo 24 que remite al Anexo Técnico publicado en la página del SAT; esto es, se publicaron los lineamientos a seguir para la generación de archivos XML en idioma español, que los contribuyentes necesitan a fin de estar en aptitud de cumplir con su obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos. El Anexo Técnico es una referencia técnica en materia informática para la construcción de los archivos xml, y que utilizarán los entes informáticos, cabe señalar que no se modificaron nodos ni atributos contenidos en el Anexo 24 publicado anteriormente. La vigencia del Anexo 24 publicado inició a partir de 1 de noviembre de 9
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Envío de la información contable La información se envía por Buzón tributario y requiere firma electrónica. De forma mensual únicamente se enviará: Balanza de comprobación. Catálogo de cuentas. Mediante complementarias se puede sustituir la información enviada para subsanar errores u omisiones. 10
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Envío de la información contable Los contribuyentes deberán poder generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares generada a partir de julio de para entregarla al SAT sólo cuando: Se ejerzan las facultades de comprobación. Se ejerzan facultades de comprobación en los casos de terceros relacionados (compulsas). Se solicite o tramite una devolución o compensación. DÉCIMO RESOLUTIVO DE LA 1RMF2015 DÉCIMO. Para los efectos de la regla , exclusivamente respecto de la fracción III, de esta Resolución, los contribuyentes empezarán a observar lo establecido en el Resolutivo Cuarto, fracción I de la Séptima Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 18 de diciembre de 2014, a partir del 1 de julio de 2015 con la información generada desde esta fecha. Para los efectos de la regla , exclusivamente respecto de la fracción I y II incisos a) y b), de esta Resolución y en relación al Resolutivo Tercero, fracción I de la Séptima Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014 publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2014, los contribuyentes podrán enviar la información contable del mes de enero de 2015 a más tardar en la misma fecha del vencimiento del envío de la información correspondiente al mes de febrero de 2015. 11
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Premisas de Catálogo de Cuentas El contribuyente no requiere modificar su catálogo de cuentas. Para su envío al SAT, las cuentas del catálogo del contribuyente deben asociarse a un valor del código publicado por el SAT, que resulte más apropiado de acuerdo con la naturaleza y preponderancia de la cuenta. El catálogo de cuentas deberá enviarse junto con la balanza de comprobación del mes en el que se adicionen o modifiquen cuentas de mayor o subcuentas del nivel que ya fueron reportadas. 12
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Premisas de Balanza de Comprobación Los contribuyentes no deben asociar en la balanza de comprobación el código agrupador del SAT. El contribuyente deberá enviar la balanza de comprobación con las cuentas en las que se registren saldos y/o movimientos. Las cuentas de orden, las cuales se utilizan para determinar el impuesto anual del ejercicio, podrán ser reportadas al cierre del ejercicio, en la balanza de diciembre o en la balanza de ajustes (balanza 13), según corresponda. 13
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Premisas de Pólizas del periodo Los contribuyentes deberán poder generar archivos xml para enviar sus pólizas contables y auxiliares (de cuenta y de folios de los comprobantes fiscales) los cuales se entregarán sólo cuando el SAT lo solicite. En las pólizas deberán vincular los folios fiscales (UUID) que soporten la operación o bien, se podrá entregar un reporte auxiliar donde se relacionen dichos folios fiscales. Las pólizas y sus auxiliares de cuenta y subcuenta, serán aquellas que incluyan el nivel de detalle con el que los contribuyentes realicen sus registros contables. 14
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Catálogo de Cuentas Balanza de comprobación 15
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Obtención de Antecedentes FATCA Cédula … Cuentas Inversiones Bancarias en el Extranjero Registro Público Inmuebles Tipo Costo $ … Padrón Tipo Costo $ Padrón Tipo Costo $ Vehículos Inmuebles Tipo Costo $ Cuentas Inversiones Bancarias en el Extranjero … Inv. Bancarias Nacionales Institución Tipo Monto $ Clientes / Proveedores Nombre Saldo $ Ingresos / Egresos Fecha Concepto Monto Información de Vuelos Destino Costo $ Inv. Bancarias Nacionales Institución Tipo Monto CNBV … Ingresos / Egresos Fecha Concepto Monto CFDIs Fiscalización Electrónica BUSQUEDA POR CURP … Clientes / Proveedores Nombre Saldo $ Contabilidad Información de Vuelos Destino Costo $ … Información de Vuelos … 17
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CÉDULA DE IRREGULARIDADES
CÉDULA DE IRREGULARIDADES Contribuyente: JUAN PEREZ ÁLVAREZ RFC: PEAJ640617KM1 Domicilio: Av. De las Fuentes No. 279, Col. Bosques de la Herradura, Naucalpan, Edo. De México CURP: PEAJ640617HRRNV04 Declaración Anual Fecha de presentación Tipo Saldo a pagar 24/04/2016 Normal $ Inmuebles (propiedades) Ubicación Valor de adquisición Casa habitación Paseo de los virreyes No. 10, Colonia Bosques de las lomas, Miguel Hidalgo, Ciudad de México. $ 12,000, MXN Av. De las Fuentes No. 279, Col. Bosques de la Herradura, Naucalpan, Edo. De México. $ 9,000, MXN Local comercial Río Lerma No. 201, Col. Cuauhtémoc, Del. Cuauhtémoc. Ciudad de México $ 4,500, MXN Vehículos adquiridos Vehículo Placas Valor factura Fecha de adquisición Ferrari MKY-3456 $90,000, MXN 30/11/2015 Aston Martin PYM-7895 $ 6,000, MXN 25/08/2015 Cuentas Bancarias Nacionales Institución Bancaria Tipo de inversión y/o cuenta Monto Moneda CITIBANAMEX Cheques $ ,000,000.00 MXN BANORTE - IXE Inversiones $ ,000,000.00 HSBC $ ,000,000.00 CFDI's UUID Fecha Efecto Concepto 4579-BIC90-07DTF-KIE093 05/08/2016 Ingreso Venta de contado $25,000,000.00 8723-DWE9-83UIA-SD98R 20/08/2016 Venta a crédito $18,000,000.00 ER90-480D-ET983-12KDP 27/08/2016 Egreso Compras de contado $3,800,000.00
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Contabilidad electrónica
Beneficios Se programarán actos de fiscalización sobre rubros específicos haciendo más ágil la revisión. El contribuyente entregará en forma electrónica (XML) la contabilidad en facultades de comprobación a través del buzón tributario, evitando enviar un gran volumen de documentación física. Al enviar pólizas y auxiliares en archivo XML ya no habría necesidad de entregarlo físicamente, reduciendo costos de impresión y traslado entre otros. 20
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Contabilidad electrónica
Beneficios Se automatiza el procesamiento y validación de información y se reduce el tiempo requerido para concluir las auditorías y resolver devoluciones. Se crean oportunidades de mejora en los controles operativos, financieros y fiscales de los contribuyentes de forma integrada con la facturación electrónica y otros documentos digitales. 21
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G r a c i a s
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