Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porMaría Antonia Espejo Cruz Modificado hace 8 años
1
Hacia un nuevo sistema de pensiones Francisco Quiero Aguirre Adrián Prieto Fernando Carmona Instituto de Ciencias Alejandro Lipschutz
2
El problema: solidaridad vs subsidiariedad Según la Real Academia Española de la lengua significa “adhesión circunstancial a la causa o a la empresa de otros”. En este sentido cumple el rol de un “Deber impuesto a toda persona por el solo hecho de su pertenencia al conglomerado social”. La solidaridad representa la piedra angular del constitucionalismo de nuestros tiempos, el Derecho Constitucional de Estado Social y democrático de Derecho. Según la doctrina internacional, para la seguridad social el principio de solidaridad es esencial, no puede concebirse un sistema de seguridad social sino como un Servicio Público solidario. Separa aguas, entre un Sistema de seguridad social efectivo o uno que sea capaz de cubrir ciertas contingencias de seguridad social, pero en realidad es un seguro privado. Según OIT y la amplia doctrina en el ámbito del trabajo los principios que son la base de un sistema de seguridad social son: Solidaridad Universalidad Participación Igualdad
3
Diagnóstico general del sistema de cotización individual Evidencia contradictoria sobre su funcionamiento en América Latina: -Aumento general de la población pasiva bajo 3 clasificaciones: 50-64 años (transición a la vejez), 65-74 años (tercera edad) y 75 o más (cuarta edad) Para 2010 la población mundial sobre los 60 años fue de 11% y se espera que para 2050 sea el 22%. -Baja densidad de fondos aumenta el gasto estatal para asegurar el pago mínimo de pensiones; -menos cotización a pesar del aumento de la PEA junto a una baja densidad de la cotización total (México); solo un tercio de la PEA recibe seguro social; -La fragilidad del mercado laboral crea empleos sin cotización. En México el 28.5% de la población está en el sector informal. la Superintendencia de Pensiones de Chile plantea que para el 2025 el 55% de las pensiones será inferior a la mínima, y que no contarán con el mínimo de cotizaciones que exige el sistema (240) -A pesar de estos elementos, las AFP han aumentado su negocio considerablemente, han creado mercados oligopólicos, su rentabilidad promedio no supera el 7% desde su creación y sus comisiones son en promedio del 40%.
5
3 tipos de regímenes pensionales en América Latina Sustitutivo: cambio del régimen de reparto por una de capitalización individual y contribución definida. Se refleja en los casos de Bolivia, México, República Dominicana, el Salvador y Chile; Mixto: no se clausura el sistema público, conservándose como elemento solidario y fundamental del sistema. Se aplicó en Argentina, Costa Rica y Uruguay; Paralelo: se mantiene el sistema público pero incorporando un sistema de capitalización individual, que funciona de forma excluyente con el primero. Funciona en los casos de Colombia, Perú y Venezuela. En el sistema sustitutivo el Estado asume una triple deuda: el déficit del sistema anterior, garantiza el rendimiento mínimo de las inversiones en los fondos y el monto de la prestación en caso de quiebra de las administradoras.
6
Los modelos de cotización Modelo de generaciones traslapadas: el ahorro de los cotizantes financia el consumo futuro durante el retiro. Parte del supuesto de la renovación poblacional y de una PEA en crecimiento constante. Divide la vida del trabajador como de actividad económica (activa) y de retiro (pasiva) La solidaridad intergeneracional determina el stock total de capital, siendo la el tipo de interés el que afecta cuánto se descuenta en el primer periodo. Modelo de capitalización: sistema en que la tasa de rentabilidad es igual a la del ahorro privado. No afecta al ahorro total ni a la acumulación del total de pensiones. El ahorro depende del ingreso individual una vez deducido el consumo (S = Y - C) bajo un supuesto no ponzi (Y>C) lo cual se cumple cuando la tasa de interés rentabiliza los ahorros de la forma (1+r)S. Por este motivo, las pensiones dependen de la inversión para que se cumpla el principio Y>C. El envejecimiento población afecta el crecimiento de las tasas de interés, que se compensan con IED, haciendo depender de la especulación financiera que crezcan las pensiones.
7
Características del modelo chileno de AFP Ahorro forzoso: los trabajadores están obligados a cotizar en el sistema y enviados en caso de formar parte de la PEA a la AFP con menor comisión. Los trabajadores no pueden elegir otro sistema de pensiones, por lo que se socava la libertad de elección sobre el destino de su cotización. Los consumidores no son sensibles a la oferta de AFP (racionalidad limitada) Carga de las pérdidas sobre el trabajador: un rendimiento negativo de los fondos genera pérdidas en los ahorros del trabajador. Vulnerabilidad a las crisis internacionales: las AFP utilizan los dineros de los fondos para invertir en el extranjero, lo que hace que las crisis bursátiles en los mercados internacionales afecten el monto de las pensiones. Relación negativa entre cobro de comisiones y monto de las pensiones: mientras mayores sean las comisiones menores serán los montos de las pensiones. Dependencia del gasto público: un 42% del presupuesto en gastos de pensiones es destinado al pago de pensiones versus un 27% del pilar solidario
11
Nuestra propuesta A corto plazo: -aumentar a lo menos a $ 125.000 la pensión básica solidaria, que es el equivalente al 50% de lo que la Ley ha establecido como salario mínimo. Se propone financiarlo con un porcentaje de los Fondos Soberanos y un impuesto progresivo; -El 5% de cotización adicional a cargo del empleador debe ser gradual en 5 años, integrará los aportes del Estado como empleador y debe ir íntegro a un Fondo Colectivo de Pensiones –componente de seguro social que operará bajo un esquema de reparto- administrado por el Estado. -Elevar el tope imponible de UF 74,3 = $1.919.618,76 (valor UF de $26.224,30 al 19 de septiembre), a UF 120 = $3.146.916 - Aumentar cobertura del pilar solidario del 60% de la población al 80%, de forma de constituir una Pensión Universal Mínima Garantizada, que este por sobre la línea de la pobreza, monto que se debe actualizar permanentemente.
12
Cambios regulatorios a las AFP: 1.La devolución a las cuentas de los afiliados de las comisiones cobradas cuando los fondos tengan rentabilidad negativa. Endosar las pérdidas a las AFP cuando las hubieran en el rendimiento de los fondos; 2.La eliminación de las comisiones por intermediación cobradas a los afiliados por las AFP, que deben ser asumidas por ellas como costos de administración, en concordancia con la propuesta 30 de la Comisión Asesora Presidencial sobre Sistema de Pensiones; 3.Eliminar el cálculo de tablas de mortalidad diferenciadas por sexo, e instaurar tablas uniformes; 4.Incorporar la participación de los afiliados y pensionados a los directorios de las AFP para que participen en la administración de sus fondos. 5.Que los antiguos cotizantes sean incluidos en el proceso de licitación de cartera, que permitan bajar las comisiones, inyectar competencia al sistema y mejorar los servicios de los cotizantes, en su defecto negociar una tarifa única del sistema entre las AFP; 6.Los gastos de notificaciones, embargos y otras actuaciones del proceso de cobranza serán efectivamente asumidos por el Estado; 7.Avanzar hacia una entidad estatal para la administración de pensiones
13
A mediano plazo: Señalamos que el sistema debe recibir aportes tripartitos, donde el aporte del empleador y el trabajador, sumados equivalgan a un 20% de los ingresos del trabajador (10% trabajador y 10% empleador); Crear el Sistema de Protección Integral de las Personas Mayores (Propuesta 38), crear e implementar una Ley de Dependencia (Propuesta 39), e incentivar la creación de Centros de Día (Propuesta 40) para personas mayores y personas con ciertos grados de dependencia y en situación de discapacidad; Los trabajadores a honorarios que perciban rentas superiores a los 700 mil pesos coticen obligatoriamente en 10% de su devolución de impuestos; Avanzar gradualmente en la posibilidad de elección del sistema previsional de los trabajadores, que los primeros 800 mil pesos de ingresos brutos del trabajador den paso a una cotización obligatoria al sistema de reparto y sobre este monto pueda elegir el sistema que prefiera, o sistema de capitalización individual o sistema estatal de reparto;
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.