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Licda. Edna Magnolia Líquez Romero LEGISLACIÓN AMBIENTAL GUATEMALTECA.

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1 Licda. Edna Magnolia Líquez Romero LEGISLACIÓN AMBIENTAL GUATEMALTECA

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3 El derecho ambiental se desarrolló como respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y protección del medio ambiente; su evolución ha sido rápida y progresiva incorporándose paulatinamente en todas las ramas jurídicas y adquiriendo a su vez autonomía propia como disciplina vinculada casi a todas las ciencias.

4 RESEÑA HISTORICA DEL DERECHO AMBIENTAL Históricamente se han encontrado normas que regulan aspectos ambientales que imponían castigos ejemplares a los infractores. A continuación una síntesis con los datos antiguos sobre el tema: 1. Código Hitita. (Antiguo pueblo de Asia Menor, revelan una gran influencia babilónica) Contiene reglas contra la contaminación de las aguas, la multa era la entrega de valores en plata.

5 2. Código de Hammurabi 1,700 a. C.: Daba importancia a la naturaleza en general. (Hammurabi fue el sexto rey de Babilonia durante el Primer imperio Babilónico, desde el año 1792 al año 1750 a. C. según la cronología media.) 3. Platón: Recomendaba reforestar las colinas de Ática y Grecia. (347 a. C. Filósofo griego seguidor de Sócrates y maestro de Aristóteles.) 4. Babilonia: A través del Derecho Forestal especifico se protegen los árboles. 5. China: Se establecieron parques para la exhibición de animales.

6 6. Mahoma: «A todo aquel que planta o siembra alguna cosa y del fruto de sus árboles comieran los hombres, aves y fieras, será tomado como que hubiera dado limosna» 7. India: Existen áreas para la protección de aves y animales. 8. Ley de las XII Tablas: es el código más antiguo de Derecho romano, escrito entre los años 450 a 490 a. C.: Existe una disposición de sepultar o cremar los muertos en la ciudad. 9. Griegos y Romanos: Justiniano abogó por el principio de que las orillas del mar pertenecían al pueblo.

7  Demanda formulada en 1868 contra el Imperio Austro-Húngaro por campesinos (motivo depredación de aves insectívoras por la industria de la llamada Moda Victoriana –uso de plumas) solicitaban la protección de las aves.  El Consejo Federal Suizo en 1872, planteó la creación de una comisión internacional para la redacción de un acuerdo de protección de aves.  Antecedentes que sirven de base para que en París, 1902 se pudiera firmar uno de los primeros instrumentos internacionales, Acuerdo Internacional para la Protección de las Aves Útiles para la Agricultura.  Convención Africana para la Preservación de Animales, Aves y Peces de la Vida Silvestre, Londres 19 de mayo de 1, 900.

8 Acuerdo para la Protección de las Aves Útiles para la Agricultura, Paris 19 de marzo de 1,902. Convención sobre la Conservación de la Fauna y la Flora en su Estado Natural, Londres 1933. Convención para la Preservación de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América, Washington, 12 de octubre de 1940.

9 Que se refieren a una sola especie Primer Tratado Ballenero Internacional, Ginebra 24 de septiembre de 1931. Que regulan empleo de sustancia contaminantes en tiempo de guerra o Protocolo para la prohibición del empleo en la guerra de gases asfixiantes, tóxicos o similares y armas bacteriológicas, Ginebra 17 de junio de 1925.

10 Primeras conferencias Internacionales

11 Conferencia sobre el medio humano de Estocolmo La Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano (también conocida como Conferencia o Cumbre de Estocolmo) fue convocada por la Organización de Naciones Unidas celebrada en Estocolmo, Suecia entre el 5 y el 16 de junio de 1972.Organización de Naciones Unidas EstocolmoSuecia516 de junio1972 Fue la primera gran conferencia de la ONU sobre cuestiones ambientales internacionales. ambientales internacionales

12 M arcó un punto de inflexión en el desarrollo de la política internacional del medio ambiente. En la reunión se acordó una Declaración que contiene 26 principios sobre el medio ambiente y el desarrollo, un plan de acción con 109 recomendaciones, y una resolución.

13 Cumbre de la tierra, Rio de Janeiro

14 Evento organizado por la -ONU- celebrada en Río de Janeiro, Brasil del 3 al 14 de junio de 1992, participantes el Gobierno y 178 países.ONURío de JaneiroBrasil1992 Maurice Strong fue el secretario general. Aproximadamente 400 representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG) estuvieron presentes. Maurice StrongONG

15 Y más de 17,000 personas asistieron al Foro de ONG celebrando paralelamente a la cumbre. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD) que popularmente es conocida como Cumbre de Río o de la Tierra, fue celebrada veinte años después de la Conferencia de Estocolmo.

16 La Declaración de Río de Janeiro, sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, aclara el concepto de desarrollo sostenible. desarrollo sostenible « Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. », (Principio 1) « Para alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente debe ser parte del proceso de desarrollo y no puede ser considerado por separado ». (Principio 4)

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18 Cumbre mundial sobre el desarrollo sostenible, Johannesburgo 2,002 La Cumbre de la Tierra celebrada del 26 de agosto al 4 de septiembre de 2002 en Johannesburgo (África del Sur).2002JohannesburgoÁfrica del Sur Organizada por la ONU, con la asistencia de más de un centenar de Jefes de Estado y alrededor de 60, 000 personas, incluidos los delegados, los representantes de ONG, los periodistas y empresas.ONUONG Este encuentro pretendía ofrecer un discurso ecologista como parte de la labor de concientización sobre la importancia del desarrollo sostenible, para que todas las personas puedan satisfacer sus necesidades presentes y futuras sin dañar el medio ambiente.

19 Se constituyó como un instrumento de coordinación entre distintos actores de la sociedad internacional con el propósito de incentivar a la población internacional, y que la protección ambiental fuese compatible con el crecimiento económico, y el desarrollo social, mediante la suma de los esfuerzos y de las capacidades de las partes involucradas. Satisfacer sus necesidades presentes y futuras, sin dañar el medio ambiente.

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21 DERECHO AMBIENTAL Es el conjunto de normas jurídicas que se ocupan del medio físico y del medio humano, es decir, del medio conformado por la naturaleza y del medio que el mismo hombre conformas. Es la rama del Derecho que incide sobre las conductas individuales y sociales para prevenir y remediar las perturbaciones que alteran el equilibrio ambiental.

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23 Medio ambiente Son las condiciones químicas, físicas y biológicas que rodean un organismo, comprendiendo como tal organismo a toda entidad de orden animal y vegetal existente, incluyendo al hombre. (Michael Allaby) Constituye el conjunto de los agentes físicos, químicos, biológicos y de los factores sociales susceptibles de tener un efecto directo o indirecto, inmediato o a plazo, sobre los seres vivientes y las actividades humanas. (Consejo Internacional de la Lengua Francesa)

24 Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones futuras. Es decir, no se trata solo del espacio en el que se desarrolla la vida, sino que también comprende seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura.

25 la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente, celebrada en Estocolmo en 1972, define medio ambiente de la manera siguiente: “Conjunto de componentes físicos, químicos, biológicos y sociales capaces de causar efectos directos o indirectos, a corto o a largo plazo, sobre los seres vivos y las actividades humanas”

26 Sistemas del medio ambiente El MEDIO AMBIENTE abarca varios sistemas en este sentido nos ocuparemos de los establecidos en La Ley de Protección y mejoramiento del medio ambiente Decreto No. 68-86 del Congreso de la República de Guatemala; los que se enumeran a continuación: Sistema atmosférico (aire)Arto. 14 de la ley citada. Sistema Hídrico (agua)Arto. 15 de la ley citada. Sistema Lítico (rocas y minerales) Arto. 16 misma ley. Sistema Edáfico (suelos)Arto. 16 de la ley citada.

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28 ELEMENTOS DEL MEDIO AMBIENTE Natural. Se preocupa de los seres bióticos y los abióticos. Arto. 19 Decreto. 68-86 del Congreso de la República de Guatemala. Artificial. Por ejemplo, las ciudades. Social. Se refiere a las comunidades que habitan la tierra. Lo social es la agregación o agrupación de individuos, lo que se llama el Instinto Gregario del Hombre, lo cual también se ve en los animales, como ejemplo: los leones.

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