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Publicada porDolores Ferreyra Duarte Modificado hace 8 años
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Segundo presupuesto extraordinario 2015 Modificación a la Ley N° 9289, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y Segundo Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 Contraloría General de la República Marzo 2015
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Contenido Estructura del Presupuesto Extraordinario Normas presupuestarias Situación de la capitalización del BNCR
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Estructura del presupuesto extraordinario Artículo 1. Modifica los ingresos: desincorpora recursos. Artículo 2. Rebaja de los egresos. Artículo 3. Traslado de recursos y rebalanceo de fuentes de financiamiento. Artículo 4. Inclusión de normas para cambio de destino de recursos de varias municipalidades y el INVU
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Artículo 1. Rebaja ingresos Millones de ¢ Total189,778 Rebaja ingresos extraordinarios internos Títulos Valores Deuda Interna. Contribución del Estado Deuda Política (solicitud TSE) 6,754 Emisión Títulos Valores Deuda Interna Largo Plazo146,139 Recursos del crédito externo Crédito BIRF 7498-CR Proyecto de Limón Ciudad-Puerto. Ley N° 8725 36,885
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Artículos 2 y 3. Rebaja Egresos y traslados MinisterioRebajaAumentoNetoObservaciones Total265.85476.076-189.778 Servicio de la Deuda Pública 171.89635.896-136.000 ¢132.000mill de canjes y ¢4,000mill de intereses Ministerio de Educación Pública 12.164 --12.164 ¢5.500mill a Juntas de Educación, ¢2.825mill incentivos salariales, ¢2.000mill Fundación Omar Dengo, ¢1,000mill retribución por años servidos. Tribunal Supremo de Elecciones 7.331 - -7.331 ¢6.754 mill Contribución Estatal a Partidos Políticos, ¢213mill Materiales, ¢204mill Servicios. Ministerio de Salud 7.298 --7.298 ¢4.264mill CCSS Tratamiento enfermedades tabaco, ¢550mill promoción Ley 9028, ¢500mill servicios jurídicos, ¢350mill ICODER, ¢355mill IAFA. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 6.482 --6.482 ¢6.338 PANI. Poder Judicial4.927 --4.927 ¢3.048mill remuneraciones (suplencias), ¢1.473mill servicios (servicios de telecomunicaciones). Ministerio de Seguridad Pública 3.500 --3.500 ¢1.785mill bienes duraderos (equipo de cómputo, edificios), ¢1.307mill materiales y suministros. Ministerio de Obras Públicas y Transportes 2.610 --2.610 ¢1.675mill maquinaria y equipo, ¢700mill Servicios
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Artículos 2 y 3. Rebaja Egresos y traslados MinisterioRebajaAumentoNetoObservaciones Ministerio de Justicia y Paz 2.221 --2.221 ¢500mill disponibilidad laboral, ¢447mill Agencia Protección Datos Hab, ¢553mill Materiales y Suministros, ¢537mill servicios (básicos), ¢184mill maquinaria. Ministerio de Cultura y Juventud 1.520 --1.520 ¢966 mill en transferencias corrientes (¢374mill a Parque Metropolitano La Libertad, ¢166mill Centro Nacional de la Música, ¢149mill Sinfónica Heredia, ¢119mill Centro Producción Cinematográfica, ¢100mill Museo de Arte), ¢255 mill en bienes duraderos, ¢108mill remuneraciones). Ministerio del Ambiente y Energía 1.495 --1.495 ¢1.191mill construcciones, ¢273mill servicios. Ministerio de Hacienda 41.44840.000-1.448 Rebaja: ¢36.885mill Limón Ciudad Puerto, ¢4.167 Servicios (¢1.568 otros alquileres Adm Tec), ¢363mill remuneraciones. Aumento: Capitalización BNCR ¢40.000mill Asamblea Legislativa 1.027 --1.027 ¢357mill en servicios, ¢346 mill en bienes duraderos (equipo mobiliario y cómputo), ¢215 mill remuneraciones. Contraloría General de la República 638 --638 ¢245 mill en remuneraciones, ¢140 mill en servicios, ¢109 mill en bienes duraderos. Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto 272 --272 ¢183mill Servicios Presidencia de la República 222 --222 ¢136mill servicios, ¢40mill materiales y suministros, ¢25mill remuneraciones Ministerio de Agricultura y Ganadería 178 --178 ¢70 mill en mobiliario y cómputo, ¢46 mill en servicios (ej. capacitación), ¢42 mill en materiales y suministros.
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Artículos 2 y 3. Rebaja Egresos y traslados MinisterioRebajaAumentoNetoObservaciones Ministerio de Gobernación 121 --121¢45mill remuneraciones eventuales, ¢30,mill servicios, ¢35mill materiales y suministros, ¢9mill bienes duraderos. Ministerio de Planificación 120 --120¢91mill servicios (¢40mill de gestión y apoyo), ¢15mill remuneraciones, ¢10mill materiales y suministros, ¢3mill bienes duraderos. Ministerio de Ciencia y Tecnología 110 --110¢45 mill en capacitación, ¢27 mill mobiliario y cómputo, ¢20 mill gastos de viaje Ministerio de Comercio Exterior 95 --95¢53 mill en servicios, ¢23 mill en materiales y suministros, ¢19 mill en mobiliario Ministerio de la Presidencia 55 --55¢25mill Materiales y suministros, ¢15mill remuneraciones, ¢10mill servicios, ¢5 mill equipo. Regímenes de Pensiones 50 --50Indemnizaciones Min. de Vivienda 6 --6¢4mill gastos de viajes, ¢2 materiales y suministros. Defensoría de los Habitantes 6 --6¢4 mill en mobiliario de oficina, ¢2 actividades protocolarias Ministerio de Economía, Industria y Comercio 62 181118Rebaja: ¢60mill cuotas a organismos internacionales (transferencia a la Fundación Europea para la Sociedad de la Información para mantenimiento de oficinas electrónicas), ¢2mill alimentos y bebidas. Aumento: ¢76mill Servicios, ¢104,5mill cuotas organismos intl. (OECD, Naciones Unidas)
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Artículo 4. Normas Presupuestarias Proyecto incluye 55 La Contraloría considera que las normas que disponen sobre el uso de recursos entregados a beneficiarios en el períodos anteriores, estarían afectando la ejecución de presupuestos cerrados, en contraposición al principio de anualidad. Artículo 8, inciso e) - LAFRPP. Dentro del contenido mínimo de los presupuestos deben incluirse “las normas que regulen exclusivamente la ejecución presupuestaria, las cuales se aplicarán durante el ejercicio económico para que dicho presupuesto esté vigente” Cuando la Sala Constitucional se ha referido a la constitucionalidad de las normas de ejecución del presupuesto, ha adoptado la posición de que este tipo de normas deben regular materia presupuestaria. (Votos N° 0121-89, N° 0568-90 y N° 1262-90).
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Capitalización del BNCR Hacienda incorpora ¢40.000 M para capitalización BNCR. Monto Señala que es para atender contingencia tributaria y evitarle a esa entidad financiera que su atención le genere un problema de suficiencia patrimonial. Exposición de Motivos Indica que es para estimular sectores productivos mediante fortalecimiento de indicadores suficiencia patrimonial. Se sustenta en artículo 50 Constitución Política (estimular producción y reparto riqueza) y 4 de la LOSBN (garantía Estado). La partida
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Capitalización del BNCR CGR considera que detalle de la justificación en el Presupuesto es escueto, considerando naturaleza y magnitud de la partida. Justificación Aunque la capitalización podría resultar procedente, es importante que la AL profundice sobre las justificaciones de dicha capitalización y estado de la contingencia tributaria Conveniencia de profundizar sobre las justificaciones
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Muchas gracias
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Otros asuntos para su conocimiento
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Comparativo Moción 109-E 8oct14 con Art.1 del II extraordinario Título Moción 109-e 8oct14Art.1 II ExtraordinarioDiferencia Asamblea Legislativa 1.021.300.000 1.027.000.000,00 5.700.000 Contraloría General de la República 637.912.960 637.912.960,00 - Defensoría de los Habitantes 6.000.000 6.000.000,00 - Ministerio de Agricultura y Ganadería 178.156.573 178.156.573,00 - Ministerio de Ciencia y Tecnología 110.000.000 110.000.000,00 - Ministerio de Comercio Exterior 95.290.000 95.290.000,00 - Ministerio de Cultura y Juventud 1.520.485.134 1.520.485.134,00 - Ministerio de Economía, Industria y Comercio 2.054.000 2.054.000,00 - Ministerio de Educación Pública 12.163.543.459 12.163.543.459,00 - Ministerio de Gobernación y Policía 121.183.574 121.183.574,00 - Ministerio de Hacienda 4.305.943.446 41.327.605.204,87 37.021.661.759 Ministerio de Justicia y Paz 2.221.451.000 2.221.451.000,00 - Ministerio de la Presidencia 55.200.000 55.200.000,00 - Ministerio de Obras Públicas y Transportes 2.610.373.422 2.610.373.422,00 - Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica 120.035.420 120.035.420,00 - Ministerio de Relaciones Exteriores 271.520.000 271.520.000,00 - Ministerio de Salud 7.297.689.555 7.297.689.555,00 - Ministerio de Seguridad Pública 3.500.000.000 3.500.000.000,00 - Ministerio de Trabajo 6.531.591.555 6.481.591.555,00 (50.000.000) Ministerio de Vivienda 6.273.000 6.273.000,00 - Ministerio del Ambiente y Energía 1.494.903.502 1.494.903.502,00 - Poder Judicial 4.927.303.700 4.927.303.700,00 - Presidencia de la República 221.963.800 221.963.800,00 - Regímenes de Pensiones 50.000.000,00 50.000.000 Servicio de la Deuda Pública 104.000.000.000 96.000.000.000,00 (8.000.000.000) Tribunal Supremo de Elecciones 7.579.825.900 7.330.565.000,00 (249.260.900) Total general 161.000.000.000 189.778.100.858,87 28.778.100.859
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TSE – Contribución Estatal a Partidos Políticos para elecciones municipales 2016 En concordancia con propuesta del TSE, el proyecto propone reducir a cero la partida por ¢6.754 millones incluida en el presupuesto de ese Tribunal y financiada con bonos, destinada a dar contenido presupuestario a la contribución estatal a los partidos políticos para las elecciones municipales del 2016. Según tal propuesta, no será necesario disponer de estos recursos en el año 2015, y el Ministerio de Hacienda los incluiría en el presupuesto del 2016.
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Procedimiento determinativo tributario Artículo 144 del CNPT. Concluida la auditoría fiscal, se presentan conclusiones al contribuyente y se le propone la aceptación del ajuste fiscal (de haber). Dentro de los cinco días hábiles siguientes, este deberá comparecer ante la auditoría y manifestar su conformidad o disconformidad. Si acepta, el contribuyente llena un formulario y se le dan 30 días para el pago total o parcial del adeudo o la suscripción de un arreglo de pago. Si rechaza la regularización, se le notifica en 10 días, el acto administrativo de liquidación de oficio con expresión de los hechos y fundamentos jurídicos respectivos. El ingreso respectivo deberá hacerse dentro de los treinta días siguientes, excepto si el sujeto pasivo ha rendido, dentro de ese mismo plazo, las garantías establecidas reglamentariamente, sobre la deuda y sus correspondientes intereses de demora. Contra el acto administrativo de liquidación de oficio, cabrá el recurso de revocatoria dentro de los 30 días hábiles siguientes a su notificación.
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Exp. N°14-011798-0007-CO (24/7/2014) contra el artículo 144 del CNPT y artículos 182 y 183 del DE N°38277-H (Reglamento de Procedimientos Tributarios), por lesión al derecho de defensa y debido proceso; no se permite al contribuyente ser oído o presentar sus alegatos y pruebas, de previo al dictado del auto de liquidación de oficio. Además, si el administrado no satisface el ajuste, ésta puede certificar el adeudo y crea un título ejecutivo por medio del cual queda facultada para perseguir el patrimonio. Las disposiciones reglamentarias cuestionadas son inconstitucionales en cuanto omiten regular una fase en donde se pueda demostrar si la garantía que aporta el administrado es suficiente o no a modo de respaldar el monto adeudado. La suspensión aludida en el caso concreto supone la imposibilidad de dictar el acto de liquidación de oficio de la obligación tributaria, mientras no se resuelva esta acción. Acción de inconstitucionalidad
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