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Publicada porIrene Rey Soler Modificado hace 9 años
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ALGUNAS PRECISIONES CONCEPTUALES Qué es el ordenamiento. Definir un orden bajo unos criterios específicos. Implica distribuir, clasificar, disponer, estructurar, con el fin de establecer un espacio funcional para el logro de un objetivo. El Territorio - Hace referencia a un área geográfica determinada - Está delimitado por unas fronteras dadas por las relaciones sociales, económicas, políticas, culturales. Comúnmente tiene unos límites administrativos - Sobre el recaen distintos intereses de acuerdo a los actores que intervienen en el territorio, estos intereses pueden ser comunes o no - Es un espacio en el cual se presentan conflictos (sociales, ambientales, políticos, armado) El ordenamiento del territorio - Se trata de definir un orden bajo criterios específicos que representan los enfoques de desarrollo de quienes planifican una determinada área. - Requiere entonces de un objetivo de desarrollo claramente definido, para ordenar algo que va a repercutir en el desarrollo deseado.
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Ordenamiento ambiental del territorio - La organización del espacio geográfico se establece bajo lineamientos prioritariamente sociales y ambientales - El objetivo principal busca que las actividades allí realizadas generen condiciones permanentes para el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales como base del desarrollo. - Se ordenan actividades en función de la oferta ambiental y el uso racional de los recursos. - Este último es el enfoque en el cual se ha basado la normatividad colombiana en su emprendimiento por organizar el territorio de un país cuya riqueza ambiental ha venido deteriorándose progresiva y permanentemente, reconociendo sectores estratégicos que requieren tener un tratamiento especial para asegurar su conservación. - El Decreto Ley 2811/74 (Código de recursos naturales) define que un Área de Manejo Especial se delimita para la administración, el manejo y la protección de los recursos naturales renovables y no renovables, visión que abre otras perspectivas de manejo ambiental.
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Ordenamiento social de la tenencia de la tierra: Acción 1. Apoyo a la formalización, regulación y legalización de la tenencia Acción 2. Apoyo a la constitución y reactivación de zonas de reserva campesina. Ordenamiento social de la tenencia de la tierra: Acción 1. Apoyo a la formalización, regulación y legalización de la tenencia Acción 2. Apoyo a la constitución y reactivación de zonas de reserva campesina. Ordenamiento de la producción: Acción 1. Articulación y enlace técnico institucional. Acción 2. Reconversión productiva sostenible en zonas de recuperación para la producción. Acción 3. Incorporación de actividades económicas asociadas a Servicios ecosistémicos. Ordenamiento de la producción: Acción 1. Articulación y enlace técnico institucional. Acción 2. Reconversión productiva sostenible en zonas de recuperación para la producción. Acción 3. Incorporación de actividades económicas asociadas a Servicios ecosistémicos. Ordenamiento de la gestión pública, privada y de cooperación internacional: Acción 1. Posicionamiento del Decreto Ley 1989 de 1989 en el ámbito local, regional, nacional e internacional. Acción 2. Gestión frente al desarrollo de infraestructura dentro de los parques nacionales naturales. Acción 3. Estrategia de sostenibilidad financiera para la región. Ordenamiento de la gestión pública, privada y de cooperación internacional: Acción 1. Posicionamiento del Decreto Ley 1989 de 1989 en el ámbito local, regional, nacional e internacional. Acción 2. Gestión frente al desarrollo de infraestructura dentro de los parques nacionales naturales. Acción 3. Estrategia de sostenibilidad financiera para la región. Ordenamiento de usos: Acción 1. Generación de procesos de restauración en los parques nacionales naturales. Acción 2. Implementación de acciones de apoyo a la erradicación voluntaria de cultivos de uso ilícito. Acción 3. Articulación y apoyo a la formulación e implementación de instrumentos de planificación en los DMI. Ordenamiento de usos: Acción 1. Generación de procesos de restauración en los parques nacionales naturales. Acción 2. Implementación de acciones de apoyo a la erradicación voluntaria de cultivos de uso ilícito. Acción 3. Articulación y apoyo a la formulación e implementación de instrumentos de planificación en los DMI. PRINCIPALES ACCIONES ADELANTADAS PARA EL ORDENAMIENTO
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Criterios y enfoques de trabajo en el AME Macarena - El referente para el ordenamiento territorial del AME Macarena se basa en la zonificación establecida por el Decreto Ley 1989 de 1989. En consecuencia, la inversión de proyectos deben ser coherentes con las funciones de los Distritos de Manejo Integrado y los Parques Nacionales Naturales. - La planeación para el ordenamiento territorial del AME Macarena debe contar con una proyección de largo plazo que oriente la inversión en el corto y el mediano plazo. - La concertación de procesos, proyectos y acciones debe reconocer a las formas de organización social (comunidades indígenas, comunidades negras, organizaciones campesinas de segundo nivel, juntas de acción comunal, a otras formas de organización de las comunidades). - Apoyo a procesos de formalización de la tenencia de la tierra, la constitución y el fortalecimiento de zonas de reserva campesina como instrumento. - La coordinación de acciones para el ordenamiento del territorio entre entidades públicas, privadas y de cooperación internacional requiere de un proceso permanente de institucionalización para organizar la planeación, ejecución y seguimiento de la gestión.
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