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Expositor Prof. G.R.Pinto Perry M.P.G.T. UNIVERSIDAD DE SANTIAGO FACULTAD DE ADMINISTRCION Y ECONOMIA DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA USACH DERECHO.

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1 Expositor Prof. G.R.Pinto Perry M.P.G.T. UNIVERSIDAD DE SANTIAGO FACULTAD DE ADMINISTRCION Y ECONOMIA DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA USACH DERECHO TRIBUTARIO IV Incentivos al Ahorro DERECHO TRIBUTARIO IV Incentivos al Ahorro © Prof. Pinto Perry Mcs.

2 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Impuesto Global Complementario Ley 19.622 Se permite rebajar de la base imponible los dividendos de créditos hipotecarios, que financian la adquisición de viviendas acogidas a las disposiciones del DFL 2 de 1959

3 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Impuesto Global Complementario Requisitos Que se contraiga una obligación con garantía hipotecaria Que se adquiera una vivienda NUEVA acogida al DFL 2 Que la misma vivienda se constituya como garantía hipotecaria Que se contraiga una obligación con garantía hipotecaria Que se adquiera una vivienda NUEVA acogida al DFL 2 Que la misma vivienda se constituya como garantía hipotecaria

4 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Beneficio Tributario Ley 19.622 Formas de Adquisición Contrato de compraventa financiado con crédito hipotecario Crédito hipotecario que financie la construcción de vivienda Contrato de leasing habitacional Sistema de cooperativa de vivienda Contrato de compraventa financiado con crédito hipotecario Crédito hipotecario que financie la construcción de vivienda Contrato de leasing habitacional Sistema de cooperativa de vivienda

5 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Beneficio Tributario Ley 19.622 Tipo de Vivienda Comprada o construida por vías de financiamiento antes señaladas Debe ser DFL 2 Con certificado de la recepción municipal Nueva Comprada o construida por vías de financiamiento antes señaladas Debe ser DFL 2 Con certificado de la recepción municipal Nueva

6 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Beneficio Tributario Ley 19.622 Topes de Rebaja Entre el 22.06.99 y el 31.12.99 10 UTM Entre el 01.01.2000 y el 30.09.2000 6 UTM Entre el 01.10.2000 y el 30.06.2001 3 UTM Entre el 22.06.99 y el 31.12.99 10 UTM Entre el 01.01.2000 y el 30.09.2000 6 UTM Entre el 01.10.2000 y el 30.06.2001 3 UTM

7 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Rebaja Contenida en el Artículo 55 bis de la LIR Contribuyentes Afectos Impuesto Único al Trabajo Impuesto Único al Trabajo Global Complementario Global Complementario

8 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Rebaja Contenida en el Artículo 55 bis de la LIR El beneficio consiste en una rebaja a la base imponible de los impuestos personales, sobre la base de los intereses PAGADOS por créditos con garantía hipotecaria destinados a adquirir o construir una o más viviendas.

9 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Rebaja Contenida en el Artículo 55 bis de la LIR Límites Renta bruta anual < 90 UTA: Todos los intereses con tope 8 UTA 90 UTA < Renta bruta anual < 150 UTA: Se aplica fórmula Renta bruta anual > 150 UTA: No puede usar este beneficio Renta bruta anual < 90 UTA: Todos los intereses con tope 8 UTA 90 UTA < Renta bruta anual < 150 UTA: Se aplica fórmula Renta bruta anual > 150 UTA: No puede usar este beneficio

10 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Rebaja Contenida en el Artículo 55 bis de la LIR Fórmula de Cálculo Se determinará multiplicando el interés deducible por el resultado - que se considerará como porcentaje - de la resta entre 250 y la cantidad que resulte de multiplicar el factor 1,667 por la renta bruta imponible anual del impuesto expresada en UTA

11 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Rebaja Contenida en el Artículo 55 bis de la LIR Fórmula de Cálculo Interés Deducible * (250- (1,667 * Renta Bruta en UTA)) 100 Interés Deducible * (250- (1,667 * Renta Bruta en UTA)) 100

12 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 57 bis Depósitos Fecha Monto 10.02.20XX 5.000.000 20.05.20XX 10.000.000 30.06.20XX 7.000.000 09.08.20XX 9.000.000

13 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Fecha MontoFactor Act.ProporciónDel Ejer.Del Ejer.Stge. 10.02.20xx 5.000.0001,000 5.000.00011/124.583.333 451.667 20.05.20xx 10.000.0001,000 10.000.0008/12 6.666.666 3.556.667 30.06.20xx 7.000.0001,001 7.007.0007/12 4.087.417 3.077.083 09.08.20xx 9.000.0001,002 9.018.0005/12 3.757.500 5.397.000 31.000.000 31.025.000 19.094.916 11.930.083 Artículo 57 bis

14 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Giros Fecha Monto 09.02.20xx 1.000.000 10.05.20xx 500.000 02.10.20xx 2.000.000 15.12.20xx 5.000.000 Artículo 57 bis

15 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Fecha MontoFactor Act.ProporciónDel Ejer.Del Ejer.Stge. 09.02.20xx 1.000.0001,000 1.000.00011/12916.66783.333 10.05.20xx 500.0001,000 500.0008/12333.333166.666 02.10.20xx 2.000.000 1,000 2.000.0003/12500.0001.500.000 15.12.20xx 5.000.000 1,000 5.000.0001/12416.6674.583.333 8.500.000 8.631.500 2.166.6676.333.333 Artículo 57 bis

16 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Determinación del Saldo de Ahorro Neto: Depósito proporcional del ejercicio (cuadro 1) $ 19.094.916 Retiro proporcional del ejercicio (cuadro 2) ($ 2.166.667) Saldo Ahorro Neto del Ejercicio $ 16.928.249 Determinación del Saldo de Arrastre para Ejer. Siguiente Depósito proporcional para ejer.sgte. (cuadro 1) $ 11.930.083 Retiro proporcional para ejer.sgte. (cuadro 2) ($ 6.333.332) Saldo de Arrastre para ejer. Siguiente $ 5.596.751 Determinación del Saldo de Ahorro Neto: Depósito proporcional del ejercicio (cuadro 1) $ 19.094.916 Retiro proporcional del ejercicio (cuadro 2) ($ 2.166.667) Saldo Ahorro Neto del Ejercicio $ 16.928.249 Determinación del Saldo de Arrastre para Ejer. Siguiente Depósito proporcional para ejer.sgte. (cuadro 1) $ 11.930.083 Retiro proporcional para ejer.sgte. (cuadro 2) ($ 6.333.332) Saldo de Arrastre para ejer. Siguiente $ 5.596.751 Artículo 57 bis

17 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Saldo de Ahorro Neto $ 16.928.249 Topes para calcular el CREDITO: 30% de la Base Imponible del Global Complementario 65 UTA Saldo de Ahorro Neto $ 16.928.249 Topes para calcular el CREDITO: 30% de la Base Imponible del Global Complementario 65 UTA Artículo 57 bis

18 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 54 bis A contar del 1 de octubre de 2014

19 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 54 bis Beneficio Permite que los beneficios de determinados instrumentos de ahorro, no estén afectos al IGC Los instrumentos no pueden estar acogidos a otro beneficio Permite que los beneficios de determinados instrumentos de ahorro, no estén afectos al IGC Los instrumentos no pueden estar acogidos a otro beneficio

20 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 54 bis Instrumentos que se Pueden Acoger Depósitos a plazo Cuentas de ahorro Cuotas de fondos mutuos Otros instrumentos autorizados por el Ministerio de Hacienda a través de decreto supremo Depósitos a plazo Cuentas de ahorro Cuotas de fondos mutuos Otros instrumentos autorizados por el Ministerio de Hacienda a través de decreto supremo

21 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 54 bis Entidades Emisoras Todos aquellos emisores autorizados por SBIF SVS SSS S.P. Departamento de Cooperativas Todos aquellos emisores autorizados por SBIF SVS SSS S.P. Departamento de Cooperativas

22 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 54 bis Requisitos Copulativos Los inversionistas tienen que ser contribuyentes del IGC Los instrumentos tienen que extenderse en forma unipersonal y nominalmente. Si son cuotas de FM, tienen que estar registrados en los libros de la administradora Manifestar expresamente el deseo de acogerse a esta beneficio

23 USACH © Prof. Pinto Perry Mcs. Artículo 54 bis Requisitos Copulativos La suma de inversiones > 100 UTA $ 53.026.600 anual La suma de inversiones > 100 UTA $ 53.026.600 anual Se considera la inversión “neta” Los rendimientos no tienen que ser retirados


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