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Publicada porJosé Francisco Peña Rubio Modificado hace 8 años
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Jurídica Marta Morales del Río CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SUMINISTROS
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros TOPICOS Regla General Ley N°18.575 Ley N°19.886: Exclusiones Inhabilidades Contrato de Servicios y Suministro Mecanismos de Contratación Trato Directo: Causales Jurisprudencia Principios: Jurisprudencia Recomendaciones y Consultas Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Art. 9°Ley N°18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado Establece la propuesta pública, como regla general, para la celebración de los contratos administrativos Establece los principios de libre concurrencia de los oferentes y de igualdad ante las bases que rigen el contrato Establece la propuesta privada por resolución fundada Establece el trato directo por la naturaleza de la negociación Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Art. 9°de la Ley N°18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado Resguarda el Principio de Probidad Resguarda el Principio de Transparencia Licitación Pública es la regla general Primacía del Principio de Libre Concurrencia Primacía del Principio de Igualdad ante las Bases Excepciones: propuesta privada y trato directo Dictamen N° 46.746/09 Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios a)Contratos a honorarios con personas naturales. Normas estatutarias b)Convenios entre servicios públicos del art. 2°DL 1263/75. Ej. Universidades c)Contratos acorde a procedimiento de organismo internacional d)Instrumentos financieros e)Ejecución y concesión de obras públicas; SERVIU; obras urbanas. Aplicación supletoria f)Contratos sobre material de guerra; adquisiciones de Fuerzas Armadas y de Orden; para prevenir riesgos a seguridad nacional o pública Exclusiones: artículo 3° Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios Inhabilidades Directivos ley N° 19.886 Art. 4° inc.6° Funcionarios directivos de la entidad o parientes de éstos; sociedades de que formen parte; gerentes o administradores de éstas. Sanción: nulidad Excepción: circunstancias excepcionales Incumplimientos Laborales ley N° 19.886 Art. 4° inc. 1° Prohibición de celebrar contratos con organismos públicos ley N° 20.393 Condena penal a persona jurídica prohibición perpetua Prohibición temporal hasta 5 años Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios Contrato de Suministro y Servicios Suscripción de contrato Obligatoria: superior a 1.000 UTM Facultativa: superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM. Requisitos: Bienes y servicios estándar de simple y objetiva especificación Establecido en las Bases Emisión de Orden de Compra Inferior a 100 UTM Arts. 22-63 Reglamento. Dto. 1.383 Hacienda. 27/12/11 Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios Mecanismos de Contratación Convenio Marco Licitación Pública Licitación Privada Trato Directo Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Mecanismos de Contratación Marta Morales del Río División Jurídica Convenio MarcoCatálogoConvenio Acuerdo Complementario Orden de compra (+1.000 UTM Cuadro Comparativo) Licitación Pública Llamado público (+ 1.000 UTM monto indet.) BasesResolución simple Licitación Privada Invitaciones (al menos 3) BasesResolución fundada Trato Directo3 cotizac. salvo excepciones Términos de Referencia Resolución fundada
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Causales de Trato Directo Ley N° 19.886 Artículo 8° a)Si no hubo interesados b)Contrato terminado anticipadamente c)Emergencia, Urgencia, Imprevisto d)Proveedor Único e)Contratos con extranjeros en el extranjero f)Servicios de naturaleza confidencial g)Naturaleza de la negociación h)Monto igual o menor a 10 UTM Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Causales de Trato Directo Decreto N°250, de 2004, Ministerio de Hacienda Artículo 10, N°7 a)Prórroga o servicios conexos – 1.000 UTM b)Gastos de representación c)Seguridad de las autoridades d)Consultorías: facultades del proveedor o aspectos claves y estratégicos e)Titulares propiedad intelectual f)Confianza y seguridad: experiencia – no existen otros g)Servicios accesorios h)Conocimiento público: riesgo i)Bienes muebles extranjeros- sistema jurídico j)Costo evaluación desproporcionado-contrato menor a 100 UTM k)Proyectos específicos docencia-procedimientos internos l)Ofertas inadmisibles no cumplen requisitos m)Servicios especializados inferiores a 1.000 UTM Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Causales taxativas Justificar en el acto administrativo y acreditar fundamento No sirven razones de índole general Condiciones más ventajosas para evitar convenio marco no constituyen causales de trato directo Ejemplo: causal de confianza y seguridad, no basta acreditar experiencia Trato Directo Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios PRINCIPIOS Transparencia Igualdad y Libre Concurrencia Eficacia y Eficiencia Sujeción a las Bases Principios Generales Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Ley de compras garantiza la transparencia al establecer procedimientos uniformes y obligatorios para los servicios públicos Acceso obligatorio y gratuito al Sistema de Información Soporte papel es la excepción. Documentos digitalizables Causales de trato directo no evitan el uso obligatorio del Sistema de Información TRANSPARENCIA Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Para solicitar “Servicios Adicionales” describir características, criterios objetivos Indicar en motivación ausencia de convenio marco Cláusulas de renovación automática ocultan acuerdos Adjudicación debe explicitar criterios de evaluación Bases deben indicar criterios, desempate y puntajes No fijar garantía de seriedad en un porcentaje de la oferta TRANSPARENCIA Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA No restringir licitaciones sólo a personas jurídicas No impedir participación exigiendo determinada experiencia. Evaluar Inhabilidades. Sólo art. 4°ley 19.886 y ley 20.393 Impedir participación de oferentes con deudas laborales y previsionales constituye barrera de entrada No procede extender impedimento a sociedad producto de una fusión LIBRE CONCURRENCIA Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Inhabilidad para contratar se configura al momento que señala la ley, no antes Art.92 del Reglamento no contiene inhabilidades para contratar Inhabilidad art. 4°no aplica a entidades de derecho privado sin fines de lucro Entidades públicas que participan en licitaciones conforme al principio de libre concurrencia deben rendir garantías Modificación trato directo no debe alterar elementos esenciales del contrato LIBRE CONCURRENCIA Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Continuas prórrogas o renovaciones indefinidas pugnan con la libre concurrencia Fundamento de renovaciones automáticas debe constar en las Bases. No proceden razones de carácter general Exigencia de inscripción en el Registro de Proveedores, sólo para contratar Acompañar 3 cotizaciones cuando la ley lo exige, en tratos directos Evaluación en función del proponente que presenta la mayor experiencia - capacidad económica -es arbitrario en perjuicio de los demás, cuyos antecedentes se determinan por un elemento ajeno. Permitir coexistencia de convenios anteriores a 1999 vulnera principio de igualdad LIBRE CONCURRENCIA Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Evaluación y adjudicación deben considerar eficiencia y economía en orden a obtener bienes y servicios de calidad Oferta más conveniente no equivale a más barata Combinación más ventajosa: considerar todos los elementos No exigir antecedentes que no se utilizarán en la evaluación Para acreditar ausencia de condena procede exigir declaración jurada No procede exigir escritura pública de contrato, ley no lo contempla ECONOMÍA Y EFICIENCIA Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA No procede incorporar nuevos bienes y servicios en una prórroga de contrato, implica nueva contratación con objeto distinto No procede modificar elementos esenciales del contrato si no ha sido previsto en las bases Modificación del contrato por mutuo acuerdo debe regularse en las bases No procede cláusula de término de contrato no prevista en las bases SUJECIÓN A LAS BASES Marta Morales del
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Si bases no contemplan subfactores, no procede que en evaluación se asignen ponderaciones diferenciadas Si se detallan subfactores en la evaluación, deben considerarse en una misma relación porcentual dentro del valor relativo de la propuesta No procede modificar las bases mediante las aclaraciones, sólo por acto administrativo No procede someter a evaluación a un oferente que no presentó un antecedente relevante SUJECIÓN A LAS BASES Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Certeza y Seguridad jurídica: las bases deben precisar situaciones de incumplimiento grave, para aplicar la respectiva causal de término de contrato; lo mismo con causales de multa Continuidad de servicio y legalidad: no procede opción del proveedor de dar término inmediato y anticipado al contrato Impugnabilidad: aplicación de multas debe considerar mecanismos de impugnación PRINCIPIOS GENERALES Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros JURISPRUDENCIA Es responsabilidad de los Servicios mantener en Sistema de Información datos fidedignos Atribuciones de Tribunal de Contratación no impiden a Contraloría hacer efectiva responsabilidad administrativa Principio de no formalización: vicio de procedimiento o de forma solo afecta validez del proceso licitatorio si recae en algún requisito esencial PRINCIPIOS GENERALES Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros RECOMENDACIONES En Tratos Directos: No acompañar los antecedentes que respaldan la fundamentación de un trato directo, o derechamente no fundamentar En la motivación del acto que aprueba el contrato, limitarse a citar la resolución exenta que autorizó el trato directo o la norma que contempla la causal de trato directo. Remitir al trámite de toma de razón la autorización del trato directo en lugar del contrato, o este último sin haberlo autorizado, o sin autorizarlo conjuntamente con la aprobación del contrato. ERRORES FRECUENTES Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros RECOMENDACIONES En Bases Administrativas: Agregar inhabilidades no contempladas en la ley. Garantía de fiel cumplimiento en contratos de servicios: 60 días hábiles desde el término del contrato. Evaluación de servicios habituales: no considerar mejores condiciones de empleo y remuneración. Pautas de evaluación: no describir los criterios a considerar; omitir ponderaciones y/o puntajes. Imposición a los proponentes, de renuncia a reclamo o indemnización. ERRORES FRECUENTES Marta Morales del Río División Jurídica
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Contratos de Prestación de Servicios y Suministros RECOMENDACIONES CONFECCIONAR FORMATOS TIPO DE BASES ADMINISTRATIVAS RES. 1.600/08 CGR ART. 9.- 9.5 Marta Morales del Río División Jurídica
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Denuncias CGR Los temas que generan mayor cantidad de denuncias se concentra en errores en los criterios de evaluación, vulneración del principio de estricta sujeción a las bases y en el trato preferencial a uno o mas proveedores en detrimento de los demás.
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Jurídica Marta Morales del Río CONSULTAS
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