La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

INGRESO DE FICHAS TÉCNICAS. Se encuentran reguladas en las Disposiciones Generales de Carácter General en su Capitulo III Disposición Sexta.-Las entidades.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "INGRESO DE FICHAS TÉCNICAS. Se encuentran reguladas en las Disposiciones Generales de Carácter General en su Capitulo III Disposición Sexta.-Las entidades."— Transcripción de la presentación:

1 INGRESO DE FICHAS TÉCNICAS

2 Se encuentran reguladas en las Disposiciones Generales de Carácter General en su Capitulo III Disposición Sexta.-Las entidades Financieras deben proporcionar a la CONDUSEF la información respecto de la oferta de productos y servicios financieros que brinden al publico en general en la ficha técnica. Obligaciones de las Entidades Financieras

3 Disposición Séptima.- Las Entidades Financieras deberán publicar de manera visible y permanente en el portal de internet:  El logotipo con el que se identifica al Buró;  La descripción y alcances del Buró, en los mismos términos en los que se incluye en el sitio oficial del Buró;  La información que de ellas conste en el Buró, y  La indicación de que la información corresponde únicamente a la Entidad Financiera de que se trate y que para conocer la información de todo el sector a la que corresponda, se podrá acceder al sitio http://www.buro.gob.mx. http://www.buro.gob.mx

4 Obligaciones de las Entidades Financieras “El Buró de Entidades Financieras contiene información de (nombre de la Entidad Financiera) sobre nuestro desempeño frente a los Usuarios, por la prestación de productos y servicios. Te invitamos a consultarlo en la página http://www.buro.gob.mx o en nuestra página de internet (página de la Entidad Financiera donde se encuentre su información)”. Disposición Octava.-Las Entidades Financieras deberán publicar de manera visible y permanente en sus sucursales mediante la utilización de carteles, pantallas informativas, o cualquier otro medio que estimen conveniente, la siguiente leyenda:

5 Obligaciones de las Entidades Financieras  El modelo del cartel deberá tener un tamaño mínimo de 90 x 60 centímetros, con una tipografía de 28 puntos como mínimo. Las entidades que ofrezcan en sus sucursales productos o servicios financieros de otra u otras entidades integrantes del mismo grupo, podrán incorporarlo en un solo cartel. En el IFIT puedes descargar la sugerencia de cartel aquí:

6 EJEMPLO LLENADO INFORMACIÓN OPERACIONES ACTIVAS

7 1.Seleccionar el Menú: Administración de productos y servicios 2.Seleccionar la opción Alta para ingresar nuevos productos.

8 3. Seleccionar la clasificación, de acuerdo al tipo de producto. Ejemplo: Carga de crédito simple: Empresarial. a) Tipo de operación: Activa b) Producto: Crédito simple c) Subproducto: Empresarial

9 4. Ingresar el nombre comercial del producto 5. Validar el nombre 6. Seleccionar casilla Contrato de Adhesión (en caso de que se tenga registrado)

10 Registro de operación ACTIVA 7. Seleccionar las características de la operación Activa

11 Registro de operación ACTIVA 8. Seleccionar los requisitos de la operación Activa

12 Registro de operación ACTIVA 9. Registrar las comisiones de la operación Activa

13 Registro de operación ACTIVA 10. Registrar los costos de contratación de la operación Activa

14 11. Registrar los costos de contratación de los Productos ligados del producto principal. En caso de que la institución que registra el producto principal ofrezca los productos ligados es fundamental que registren sus costos. requiere la institución Los productos ligados son los que requiere la institución para que el usuario del producto principal obtenga la contratación de éste

15 Registro de operación ACTIVA 12. Registrar los servicios complementarios de la operación Activa

16 Registro de operación ACTIVA 13. Registrar los Alcances o Beneficios de la operación Activa

17 Registro de operación ACTIVA 14. Registrar las Restricciones o Exclusiones de la operación Activa

18 Registro de operación ACTIVA 15. Registrar las Referencias Comparativas de la operación Activa (en caso de que el producto solicite su registro).

19 16. Una vez que se tenga la certeza de la información, ésta deberá validarse.

20 17. Posterior a la validación, surgirá la ficha técnica y debajo de ésta, aparecerá el botón para que se genere el acuse del producto. Con ello podrás imprimir y/o guardar tu acuse. Recuerda que una vez generado el acuse no podrás realizar modificaciones posteriores a la ficha, durante el periodo de actualización.


Descargar ppt "INGRESO DE FICHAS TÉCNICAS. Se encuentran reguladas en las Disposiciones Generales de Carácter General en su Capitulo III Disposición Sexta.-Las entidades."

Presentaciones similares


Anuncios Google