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PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY DE TRANSPARENCIA (Boletín Nº 7686-07) Unidad de Normativa Dirección Jurídica.

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1 PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY DE TRANSPARENCIA (Boletín Nº 7686-07) Unidad de Normativa Dirección Jurídica

2 IDENTIFICACIÓN PROYECTO DE LEY Oficio CPLT mayo 2010 Solicita perfeccionamientos normativos a la LT Propuesta recogida por el Grupo Interparlamentario Pro Transparencia (Pdte. S. H. Larraín; Vicepdte. D. Burgos; S. Tuma; D. Monckeberg; S. Alvear; S. Allende; S. V. Perez; S. L Perez; D. Eluchans; D. Harboe; D. Cardemil; D. Diaz; D. Molina) Antecedente previo Jorge Burgos, Felipe Harboe, Marcelo Díaz Alberto Cardemil, Edmundo Eluchans, Andrea Molina Autores Moción parlamentaria 2 de junio de 2011, Cámara de Diputados Fecha ingreso Segundo trámite constitucional, aprobado en general por la Sala del Senado el martes 8 de octubre Con plazo para indicaciones hasta el 18 de noviembre Comisión de Gobierno del Senado Estado actual

3 SUJETOS OBLIGADOS Corporaciones y Asociaciones municipales Ratifica criterio jurisprudencial del Consejo Jurisprudencia judicial de las Cortes de Apelaciones 3 criterios básicos: creación pública, conformación pública de órganos de decisión y función pública Historia de la Ley Ello no excluye a otras entidades que cumplan una función pública Por ejemplo las fundaciones de la Primera Dama Decisiones del Consejo y de las Cortes de Apelaciones

4 GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVOS Normativa actual antigua La gestión documental se encuentra normada en el DFL Nº 5.200, de 1929, del Ministerio de Educación. Proyecto de ley Un Reglamento suscrito por Mineduc y Min. Hda. determinará la forma en que OAE deberán conservar, archivar y eliminar la información que esté bajo su control. El fundamento de esta modificación radica en facilitar el ejercicio del DAI y la gestión de las respectivas solicitudes por parte de los órganos obligados.

5 TRANSPARENCIA ACTIVA Nuevas materias Se amplían y mejoran lan las formas de publicar las materias del art. 7º, por ej. declaraciones de intereses y patrimonio de ciertas autoridades y funcionarios. Actos con efectos sobre terceros: el CPLT podrá autorizar medios alternativos o eximir de publicar cuando no exista interés público. Objetivo de la modificación Facilitar el acceso a determinada información considerada especialmente relevante. TA y protección de datos Receptores de fondos públicos y beneficiarios de subsidios deben ser identificados por el RUT o RUN No publicación de datos personales en TA y tachado

6 CORREOS ELECTRÓNICOS Regulación actual y fallos del TC Existe comunicación privada: derecho a la privacidad (art. 19 Nº 4 CPR) Ausencia de norma expresa que regule la materia Objetivo de la modificación Cumplir con el estándar de especificidad para que los correos electrónicos puedan ser requeridos vía SAI. Alcance y procedimiento garantista El alcance es restringido (actos finales, fundamentos y procedimientos, e interés público en la divulgación) No aplica cuando existe privilegio deliberativo

7 NOTIFICACIÓN A TERCEROS Regulación actual: plazos acotados El plazo para notificar es de 2 días El plazo para oponerse es de 3 días Objetivo de la modificación Facilitar el ejercicio de derechos por parte de 3º respecto de los cuales los OAE tienen información cuya entrega pudiera afectarlos. Aumento de plazos Plazo notificación: 5 días hábiles Plazo de oposición: 10 días hábiles Omisión de notificación Jurisprudencia del CplT que diga que no afecta derechos LQC establezca el secreto o reserva o jurisprudencia

8 MOFICACIONES PROCESALES EN EL AMPARO Instancia alternativa de solución de controversias (SARC) Instancias de acercamiento de las partes Con garantías de imparcialidad Forma de realizar notificaciones en el procedimiento Evitar la carta certificada Permite la notificación electrónica tanto al requirente como al órgano público Publicidad y secreto del expediente de amparo Regla general: la publicidad Excepción: que las partes soliciten preventivamente su reserva Deberán aportarse al CplT obligatoriamente los documentos solicitados como medio de prueba

9 NUEVOS RECURSOS Normativa actual Consagra un único recurso Reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones Recurso especial de reposición Sólo para el solicitante cuando el CplT deniegue acceso a información basado en manifiesto error de hecho determinante para decisión o que aparecieren antecedentes ignorados al momento de adoptarse aquélla Plazo interposición: 3 días hábiles contados desde notificación decisión No procede el recurso de reposición general (LBPA) Recurso de unificación de jurisprudencia Se presenta ante la Corte Suprema Cuando existieren fallos contradictorios de las Cortes de Apelaciones Plazo interposición: 15 días corridos contados desde notificación sentencia que se recurre

10 INFRACCIONES Y SANCIONES Normativa actual Infracciones acotadasInfracciones acotadas: denegación infundada, no entrega oportuna e incumplimiento injustificado de las normas de transparencia Sanciones acotadasSanciones acotadas: multa del 20 al 50% remuneración y de persistir el incumplimiento el duplo y suspensión por 5 días Ampliación de infracciones Todo incumplimiento de la Ley de Transparencia y su reglamento. Por ejemplo: caso de cobros distintos a los costos directos. Ampliación de sanciones Se incluye la censura Se elimina el piso mínimo multa del 20 % de la remuneración Se amplía el plazo de suspensión hasta 30 días

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