La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Anteproyecto de Ley por la que se reconoce la Lengua de Signos y se regula el derecho a su aprendizaje, conocimiento y uso, y se establecen y garantizan.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Anteproyecto de Ley por la que se reconoce la Lengua de Signos y se regula el derecho a su aprendizaje, conocimiento y uso, y se establecen y garantizan."— Transcripción de la presentación:

1 Anteproyecto de Ley por la que se reconoce la Lengua de Signos y se regula el derecho a su aprendizaje, conocimiento y uso, y se establecen y garantizan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas MOTIVOS - superar barreras comunicativas -integración del colectivo -propiciar acceso a la información -falta de reconocimiento de LSE libre elección LSE Medios de apoyo a la comunicación oral cambio concepto de discapacidad - ausencia de intérpretes -ausencia de adaptaciones visuales España Ley 51/2003 de 3 Diciembre de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad de las personas con discapacidad Normativa básica sobre el aprendizaje, cono- cimiento y uso de la LSE y recursos que favorezcan la comunicación Europa ONU -LS en ámbito educativo -servicio de intérprete -favorecer acceso a información

2 TÍTULO PRELIMINAR Articulo 1: Reconocimiento de la LSE y catalana. Artículo 2: Derecho al aprendizaje,conocimiento y uso de la LSE Artículo 3: Derecho al aprendizaje,conocimiento y uso de los medios de apoyo al comunicación oral Artículo 4:Efectos de la ley: -Todo el territorio español -Medidas par hacer uso de LSE en ámbitos públicos y privados Artículo 5: Efectos que surtirán los medios de apoyo a la comunicación oral. -Medidas para hacer uso de los medios de apoyo a la comunicación oral en ámbitos públicos y privados. Artículo 6:Definiciones: -Lengua de signos -Lengua oral -Medios de apoyo a la comunicación oral -Persona sorda o con discapacidad auditiva -Persona sordociega -Usuari@ de una lengua -Usuari@ de la lengua de signos -Usuari@ de medios de apoyo a comunicación oral -Intérprete de lengua de signos -Guía intérprete -Educación bilingüe -Logopeda y Maestr@ Especialista en Audición y Lenguaje Artículo 7: Principios generales: -Transversalidad política -Accesibilidad universal -Libertad de elección -No discriminación -Normalización Artículo 8:Ámbito de aplicación -Bienes y servicios de a disposición del público -Transportes -Relaciones con las administraciones públicas -Participación política -Telecomunicaciones y sociedad de la comunicación

3 Título I: APRENDIZAJE, CONOCIMIENTO Y USO DE LA LENGUA DE SIGNOS CAPÍTULO I: aprendizaje y conocimiento de la LS Artículo 9:Objeto Aprendizaje de LS en ámbito educativo Artículo 10:del aprendizaje en la formación reglada -modelos educativos bilingües -plan de estudio LS para todo alumnado -profesionales cualificados -programas de formación para profesorado Artículo 11:del aprendizaje en la formación no reglada - familias entidades educativas -asociaciones -cursos de formación de LS para adultos Administración educativa CAPÍTULO II: uso de la LS Artículo 12: Objeto -prestación de servicios de intérprete Artículo 13:Ámbitos -Bienes y servicios públicos Educación, Formación y empleo Cultura, Deporte y Ocio Transportes -Administraciones públicas -Participación política -Medios de comunicación social Artículo 14:Centro de normalización lingüística de LSE

4 Título II: APRENDIZAJE,CONOCIMIENTO y USO DE LOS MEDIOS DE APOYO A LA COMUNICACIÓN ORAL CAPÍTULO I: aprendizaje y conocimiento de los medios de apoyo a la comunicación oral Artículo 15:Objeto Aprendizaje de los medios de apoyo a la comunicación oral en ámbito educativo Artículo 16:del aprendizaje en la formación reglada -aprendizaje de la lengua oral y medios de apoyo a la comunicación oral -profesionales cualificados -programas de formación para profesorado Artículo 17:del aprendizaje en la formación no reglada - familias entidades educativas -asociaciones -universidades Administración educativa CAPÍTULO II: uso de los medios de apoyo a la comunicación oral Artículo 18: Objeto Posibilitar el uso de los medios de apoyo a la comunicación oral Artículo 19:Ámbitos -Bienes y servicios públicos Educación, Formación y empleo Cultura, Deporte y Ocio Transportes -Administraciones públicas -Participación política -Medios de comunicación social Artículo 20:Centro del subtitulado y la audiodescripción

5 Título III: MEDIDAS DE ACCÍON POSITIVA Artículo 21:Comisión de Seguimiento dela Ley Artículo 22: Garantías de dotación estructural Artículo 23:Garantías jurídicas Disposición transitoria única. Régimen Transitorio de la situación de los intérpretes y profesionales de la LS Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposición final primera. Carácter básico de la ley Disposición final segunda.Supletoriedad de la de la Ley 51/2003, de 2 de Diciembre Disposición final tercera.Financiación Disposición final cuarta.Facultades de ejecución y desarrollo Disposición final quinta.Constitución de la Comisión de Seguimiento Disposición final sexta.Aplicación de la Ley. Disposición final séptima.Entrada en vigor


Descargar ppt "Anteproyecto de Ley por la que se reconoce la Lengua de Signos y se regula el derecho a su aprendizaje, conocimiento y uso, y se establecen y garantizan."

Presentaciones similares


Anuncios Google