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Universidad del Turabo Escuela de Educación Código de ética para la investigación y publicación Effective date June 1, 2003. Copyright © 2002 American.

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1 Universidad del Turabo Escuela de Educación Código de ética para la investigación y publicación Effective date June 1, 2003. Copyright © 2002 American Psychological Association. All rights reserved http://www.apa.org/ethics/code2002.html#8 traducido por Rosita Puig Díaz Ed. D.

2 Autorización o aprobación institucional 8.01 Cuando sea requerido por la institución el investigador deberá proveer información precisa de la investigación que propone antes de comenzar. Una vez aprobada deberá realizarse acorde con el protocolo de investigación que se haya aceptado.

3 Consentimiento informado 8.02 Informar a los participantes que tienen el derecho de: Conocer el propósito de la investigación, el tiempo y los procedimientos.Conocer el propósito de la investigación, el tiempo y los procedimientos. Rechazar la participación o retirarse de la misma una vez haya comenzado. Rechazar la participación o retirarse de la misma una vez haya comenzado. Conocer los factores futuros que pueden influir en su disposición a participar como lo son: riesgos potenciales, efectos adversos o incomodidad.Conocer los factores futuros que pueden influir en su disposición a participar como lo son: riesgos potenciales, efectos adversos o incomodidad.

4 Consentimiento informado 8.02 Informar a participantes que tienen el derecho de:Informar a participantes que tienen el derecho de: Conocer los factores futuros que pueden influir en su disposición a participar como lo son riesgos potenciales, efectos adversos o incomodidad.Conocer los factores futuros que pueden influir en su disposición a participar como lo son riesgos potenciales, efectos adversos o incomodidad. Conocer los posibles beneficios de la investigación,Conocer los posibles beneficios de la investigación, los límites de confidencialidad, los incentivos de participación y con quien comunicarse en relación a la investigación y los derechos de los participantes de la misma..

5 Consentimiento informado 8.03 8.03 Cuando la investigación requiera de un tratamiento experimental el participante deberá ser informado de : La naturaleza del experimento. La naturaleza del experimento. Los servicios que estarán o no disponibles para los grupos control. Los servicios que estarán o no disponibles para los grupos control. Los métodos a utilizarse para la selección de los grupos. Los métodos a utilizarse para la selección de los grupos. La compensación. La compensación.

6 Consentimiento informado 8.04 8.04 Consentimiento informado para realizar grabaciones de audio y video en las investigaciones Deberán obtener autorización antes de comenzar las grabaciones y solamente se utilizaran en observacionesnaturalistas en lugares públicos y con la garantía de no causar ningún daño personal y anonimato. Deberán obtener autorización antes de comenzar las grabaciones y solamente se utilizaran en observacionesnaturalistas en lugares públicos y con la garantía de no causar ningún daño personal y anonimato.

7 Consentimiento informado 8.05 Dispensa 8.05 Dispensa No es necesario el uso del consentimiento informado cuando: Se realizan investigaciones de prácticas normales en la educación que no crean ningún riesgo, pero garantizan el anonimato y la confidencialidad. Se realizan investigaciones de prácticas normales en la educación que no crean ningún riesgo, pero garantizan el anonimato y la confidencialidad.

8 8.06 Ofrecer incentivos para la participación Se debe evitar ofrece estipendios económicos excesivos o inapropiados que de alguna forma induzcan a las personas a participar de forma coerciva.

9 8.07 Falsear los datos de la investigación (Deception ) No se deben realizar investigaciones en las que los datos sean falseados, a menos que sea justificado en el estudio como parte de las técnicas de investigación. No se debe bajo ninguna circunstancia falsear información a los participantes en aquellas actividades que le puedan ocasionar algún daño físico o emocional.

10 Participantes (a)Cuando se realizan investigaciones con subordinados (estudiantes) es necesario garantizar que no habrán represalias por la no participación. (b) Cuando la participación sea parte de un curso, es necesario ofrecerle al estudiante otras alternativas para cumplir con los requisitos del curso.

11 8.08 Hallazgos 8.08 Presentación del Informe preliminar de hallazgos Se debe presentar con prontitud el informe final y brindar la oportunidad a los participantes para que obtengan la información apropiada relacionada con la naturaleza, resultados y conclusiones de la investigación y actuar para corregir cualquier malentendido que exista. Se debe presentar con prontitud el informe final y brindar la oportunidad a los participantes para que obtengan la información apropiada relacionada con la naturaleza, resultados y conclusiones de la investigación y actuar para corregir cualquier malentendido que exista.

12 8.09 Utilización de animales en las investigaciones Se velará porque se maneje adecuadamente la utilización de animales en la investigación siguiendo las regulaciones federales, las leyes y estatutos estatales. Se velará porque se maneje adecuadamente la utilización de animales en la investigación siguiendo las regulaciones federales, las leyes y estatutos estatales. 8.10 Presentando el informe final Bajo ninguna cirscunstancia se deben fabricar los datos o presentar información falsa. Bajo ninguna cirscunstancia se deben fabricar los datos o presentar información falsa. Si se identificarán errores en la publicación se debe proceder inmediatamente a preparar una fe de errata. Si se identificarán errores en la publicación se debe proceder inmediatamente a preparar una fe de errata.

13 8.11 Plagio Se deberán tomar todas las precauciones para presentar porciones del trabajo de otras personas como si fuera propio, aun cuando el trabajo sea citado en el informe. Se deberán tomar todas las precauciones para presentar porciones del trabajo de otras personas como si fuera propio, aun cuando el trabajo sea citado en el informe. 8.12 Crédito en la autoría El investigador se dará crédito solamente en el trabajo que haya realizado o contribuido en forma significativa. El investigador se dará crédito solamente en el trabajo que haya realizado o contribuido en forma significativa.

14 8.14 Compartir los datos para verificación Los datos de las investigaciones deben ser compartidos y permitir que otras personas verifiquen las conclusiones y hallazgos. No obstante, se debe velar por mantener el anonimato de los participantes. Los datos de las investigaciones deben ser compartidos y permitir que otras personas verifiquen las conclusiones y hallazgos. No obstante, se debe velar por mantener el anonimato de los participantes. 8.15 Revisiones Cuando se revise material de una investigación, las personas que lo revisan deben garantizar también que velarán por el anonimato de los participantes. Cuando se revise material de una investigación, las personas que lo revisan deben garantizar también que velarán por el anonimato de los participantes.


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