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Publicada porMaría Pilar Ortega Peña Modificado hace 9 años
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DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Forma parte del DIP ¿Por qué? -función jurisdiccíonal desarrollada por los tribunales estatales -Conexión de esa función con un orden jurídico extranjero Derecho Internacional Privado - 2012
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DERECHO PROCESAL INTERANCIONAL Derecho Internacional Privado - 2012 Principios Jurisdicción razonable Acceso a la justicia No discriminación del litigante Cooperación Circulación de los fallos
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DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Jurisdicción razonable Refiere a: El juez que entiende en un determinado litigio debe tener una razonable conexión con el objeto del mismo Evitar foros abusivos o arbitrarios Evitar el forum shopping
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Derecho Internacional Privado - 2012 DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Si la conexión es razonable, se facilita el acceso a la justicia Vinculado con las contiendas negativas de competencia (ningún Estado “desea” entender en un determinado proceso – inexistencia de Tratado) Vinculado con la gratuidad y derecho a defensa Acceso a la justicia
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Derecho Internacional Privado - 2012 DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Implica la igualdad de trato procesal de los litigantes sin importar dónde están domiciliados o su nacionalidad Elimina la prestación de fianza para litigantes extranjeros o domiciliados en el extranjero. No discriminación del litigante
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Derecho Internacional Privado - 2012 DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Este es un principio, recogido en diversos instrumentos No obstante, admite excepciones. Cooperación
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Derecho Internacional Privado - 2012 DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Deriva del principio anterior No es automática; está sometida a ciertos requisitos, que implican un control formal y no sobre el fondo de la cuestión Circulación de los fallos
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