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Key Consulting Firm “Asesoría profesional de alta calidad”

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Presentación del tema: "Key Consulting Firm “Asesoría profesional de alta calidad”"— Transcripción de la presentación:

1 Key Consulting Firm “Asesoría profesional de alta calidad”

2 Reforma Hacendaria 2014

3 Normatividad de la Reforma
Lic. Luis Carlos Ledesma Villar

4 Constitución Política
Ley del Impuesto al Valor Agregado Código Fiscal de la Federación Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta Ley Federal de Derechos Ley Aduanera Ley de Coordinación Fiscal

5 Ley de Ingresos de la Federación 2014
Ley General de Salud Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos Ley General de Contabilidad Gubernamental Presupuesto de Egresos de la Federación 2014

6 65 años 65 años Lo bueno de la reforma ? Ley de la Pensión Universal
No pensionado Ingresos < 15 SMDF Residir en México Registro Nacional Pob. Extranjeros (25 años resid) 65 años Cotizar 2 años en un periodo de 3 45 días desempleado No percibir ingresos por pensión o jubilación Acreditar programas de la STPS 60%, 50% y 40% (6 meses) Lo bueno de la reforma ? Ley de la Pensión Universal Ley del Seguro de Desempleo Abroga LIETU LIDE Ley de la Pensión Universal Ley del Seguro de Desempleo $1, Mensual 1 vez en 5 años Key Firm México ® Todos los derechos reservados

7 Ley del Seguro de Desempleo
Se utilizará los recursos acumulados en la Subcuenta Mixta para cubrir los pagos, por un monto máximo equivalente a un porcentaje del salario promedio de las últimas veinticuatro cotizaciones mensuales Ejemplo: Subcuenta Mixta 7,000.00 Salario Importe Mensual 2012 70 2,128.00 2013 90 2,736.00 80 2,432.00 Primer pago mensual 60% 1,459.20 Segundo pago mensual 50% 1,216.00 Tercer pago mensual 40% 972.80 Cuarto pago mensual Quinto pago mensual Sexto pago mensual Total Desempleo 6,566.40 1 vez cada 5 años

8 Ley del IVA Lic. Luis Carlos Ledesma Villar

9 16% LIVA Homolgación Casa habitación, intereses
Transporte foraneo de pasajeros Espectaculos públicos Teatro y circo siguen exentos 16% Importación temporal (IMMEX) Enajenación entre residentes extranjeros Elimina retención a proveedores nacionales. Importación temporal (IMMEX) Servicios privados de enseñanza Facultad de Edos. Para gravar Esp Pub (exepto cine)

10 16% LIVA Extranjeros en Congresos, Convenciones
Chicles y goma de mascar Enajenación de perros y gatos, asi como alimento Oro, joyeria, orfebreria 16% Transporte aereo internacional Causa IVA el faltante Exenta de intereses a Coop. Soc. Financieras. Acreditamiento del IVA como si fueran IF

11 Luis Carlos Ledesma Villar
Reformas Fiscales 2014 Luis Carlos Ledesma Villar

12 Reformas Fiscales 2014. ¿Cómo quedó la reforma fiscal?
Revisemos cuáles propuestas fueron finalmente aprobadas y serán publicadas en el DOF Conozcamos las adecuaciones que le hicieron los legisladores a la reforma hacendaria que mando la Presidencia de la República o el Secretario de la OCDE.

13 La OCDE Legislador Supra-Nacional
En materia tributaria la OCDE ha señalado diversos criterios necesarios para la creación de estructuras tributarias efectivas y eficaces: Uso de tecnología en la actividad fiscal y recaudatoria Ubicación de agentes generadores de ingresos Relación entre agentes generadores de ingresos, pagadores de impuestos e intermediarios Modificación en sistemas jurídicos de resolución de controversias Ataque frontal a la corrupción Transparencia en la información Educación en materia fiscal y tributaria a la población

14 Una estrategia para apoyar el crecimiento y el bienestar de México
El informe denominado Going for Growth de la OCDE. Sirve como una herramienta para identificar y priorizar las reformas estructurales que pueden tener beneficios a largo plazo en el PIB per cápita. Tales prioridades en el proceso de reformas tienen como prerrequisitos la sustentabilidad macroeconómica y fiscal.

15 Reformas Fiscales 2014.

16 Reformas Fiscales 2014.

17 Reformas Fiscales 2014.

18 Reformas Fiscales 2014.

19 Reformas Fiscales 2014.

20 Reformas Fiscales 2014.

21 Reformas Fiscales 2014. Las positivas: 1.- Desaparece el IETU
ES DE MAYOR IMPACTO PARA LA INDUSTRIA Y SOBRE TODO A LAS PERSONAS FISICAS. Las positivas: 1.- Desaparece el IETU 2.- Desaparece el IDE, aunque subsiste la obligación para los bancos de proporcionar información de depósitos en efectivo superiores a 15,000 en un mes.

22 Reformas Fiscales 2014. 3.- El dictamen fiscal es optativo cuando se obtengan ingresos mayores a 100 millones; aunque sigue siendo recomendable mantener una revisión fiscal, por las nuevas responsabilidades  para accionistas. Esta recomendación puede ser extensiva a empresas con ingresos menores a los 100, aunque el dictamen no se presente.

23 Reformas Fiscales 2014. Se aprueba la abrogación de:
La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. Fin del SUDOKU FISCAL.

24 Fin del SUDOKU FISCAL. IDE IETU ISR ISR IDE IETU

25 Reformas Fiscales 2014. 4.- La tasa de ISR para empresas se mantiene al 30% 5.- Se mantiene la deducción al 100% sobre inversiones en energías renovables, incluyendo las inversiones en cogeneración.

26 Reformas Fiscales 2014. 6.- Se mantiene la exención de IVA a las siguientes actividades: Arrendamiento y enajenación de casa habitación, intereses s/créditos hipotecarios,colegiaturas, espectáculos públicos, y el transporte público en áreas urbanas. 7.- El articulado de LISR se reduce de 238 artículos actuales a 195 lo que significa el 20% simplificación.

27 Reformas Fiscales 2014. 8.- El IEPS sobre combustibles, se exentó al petróleo y gas natural, el resto de combustibles: coque de petróleo y de carbón, carbón mineral; si quedan gravados, pero con cuotas del 80 a 90% menores a los que contemplaba la iniciativa, lo que les hubiera representado a las empresas un impacto del orden de 24 mil millones, ahora el costo será aproximadamente de 3 a 4 mil millones en la Industria.

28 Reformas Fiscales 2014. Las negativas: ISR EMPRESAS
1.- La consolidación fiscal desaparece, y se permite un nuevo régimen denominado de Integración, el cual quedó muy acotado por lo siguiente: a) Los grupos que consolidan podrán optar por el nuevo régimen, siempre que renuncien a sus pérdidas fiscales acumuladas al 2013.

29 Reformas Fiscales 2014. Las negativas: ISR EMPRESAS
 b) Solo se permite considerar como empresa integrada a aquellas en donde se tenga más del 80% de tenencia accionaria. c) El impuesto que se difiera en un ejercicio, deberá pagarse al concluir el plazo de 3 ejercicios.

30 Reformas Fiscales 2014. d) El impuesto diferido quedará en las empresas integradas ( no en la integradora ) para tal objeto se determina un factor que se obtiene de: 1.- RF integrado/suma de RF de las empresas = factor 2.- ISR de cada empresa ganadora x factor. Estas empresas obtendrán el impuesto diferido, restando al impuesto normalizado, el impuesto ajustado con el factor.

31 Reformas Fiscales 2014. e) En LISR no se previó por el Legislador que pudiera determinarse una CUFIN integrada, para efectos de que los accionistas puedan calcular el costo fiscal de las acciones de las empresas integradoras, ni tampoco hay un pronunciamiento de que sucederá con la CUFIN consolidada al 31 de diciembre de 2013, para el mismo fin.

32 Reformas Fiscales 2014. 2.-   Mediante una opción se permite que los impuestos diferidos se enteren como sigue: a) El impuesto que se determine hasta 2013, se enterará en los plazos actuales de LISR. (5 años de gracia y 25,25,20,15,15%) en los siguientes 5 años. b) El impuesto s/ dividendos contables anteriores a 1999 no se pagará.

33 Reformas Fiscales 2014. c) El impuesto s/ CEC se enterará hasta en tanto el bien que lo originó se enajene a un tercero. d) El IMPAC se enterará en 5 años a partir de 2014 a razón del 25,25,20,15,y 15 % anual. e) El impuesto sobre la diferencias de CUFIN consolidada vs las CUFINES de las controladas, no está suficientemente claro de cómo se enterará, habrá que esperar a que el SAT emita algunas reglas sobre el tema.

34 Reformas Fiscales 2014. 3.- Se elimina la deducción inmediata s/ inversiones, también se elimina para contribuyentes dedicados a la explotación de mineral la posibilidad de deducir el 100% de los gastos pre- operativos en el ejercicio en que se realicen, quedando solo la amortización al 10% anual.

35 Reformas Fiscales 2014. 4.- Por razón del efecto IETU, se limita la deducción al 47% sobre los gastos que se generen en las empresas y que se trate de ingresos exentos para los trabajadores (por ejemplo: previsión social, la parte del aguinaldo exento, fondo de ahorro, etc.); así mismo se limita la deducción al 47% de las aportaciones a los fondos de pensiones privados.

36 Reformas Fiscales 2014. 5.- Otras deducciones acotadas o eliminadas:
a)No serán deducibles las cuotas IMSS de los trabajadores, pagadas por los patrones. b) Los automóviles podrán depreciarse hasta un monto de $ 130 mil, en lugar de los $ 175 mil actuales

37 Reformas Fiscales 2014. c) La deducción por arrendamiento de automóviles se limita a $200 diarios, en lugar de $250 d) Los consumos en restaurantes la deducción se limita al 8.5% del monto erogado, en lugar del 12.5% e) Los vales de despensa serán deducibles, condicionado a que se entreguen a través de monederos electrónicos

38 Reformas Fiscales 2014. Las negativas: ISR PERSONAS FISICAS:
1.-  Tarifa anual Hasta 500 mil, la tasa marginal es del 30%, en los siguientes rangos se incrementa en la forma siguiente: De 500 a 750                     31% De 750 a 1 millón.            32% De 1 millón a 3 millones.   34% De 3 millones en adelante  35%

39 Reformas Fiscales 2014. Las negativas: ISR PERSONAS FISICAS:
2.- Los dividendos generados de CUFIN de en adelante, causarán un 10% de ISR, el cual será retenido por la empresa que los paga. La CUFIN acumulada hasta 2013 no causará impuesto cuando se reparta.

40 Reformas Fiscales 2014. 3.- Las ganancias en Bolsa se determinarán en forma cedular y causarán un ISR del 10%. Para la persona o grupos de accionistas que mantengan mas del 10% de tenencia accionaria y enajenen este % o mas en un periodo de 24 meses, o existan cruces protegidos, etc., tributarán aplicando el régimen normal de enajenación de acciones.

41 Reformas Fiscales 2014. 4.- La exención de venta de casa habitación se limita a 700 mil UDIS (aprox.  $ 3.5 mill.) en lugar de 1.5 mill. UDIS (aprox.  $7.5 mill.)  5.- Las deducciones personales se limitan a un 10% del sueldo o 4 SM elevados al año, el que resulte menor. Adicionalmente se podrán deducir donativos hasta el 7% de los ingresos acumulables del ej. Anterior. 6.- La exención de venta de casa habitación se limita a 700 mil UDIS. (aprox.  $3.5mill ) en lugar de 1.5 mill. UDIS ( aprox.  $7.5 Mill.)

42 Reformas Fiscales 2014. 7.- Se homologa la tasa en frontera al 16%
IVA 7.- Se homologa la tasa en frontera al 16% 8.- Se grava con IVA los alimentos para mascotas, así como venta de las propias mascotas (perros, gatos y otra especies menores.) 9.- Se grava el chicle y gomas de mascar. 10.- IEPS para Refrescos y Botanas.

43 Reformas para 2014

44 Reformas Fiscales 2014. Los impuestos que pagarás en 2014
Las dos cámaras del Congreso ya aprobaron un impuesto a los refrescos y a la “comida chatarra”; también se aprobó un gravamen al alimento para mascotas, y la homologación del IVA en la frontera.

45 Impuesto a Refrescos Recaudación Asumiendo un consumo por persona de 163 litros al año, la recaudación, una vez que se reduce el consumo al implementarse el impuesto, la recaudación anual podría ser de 15 a 16 mil millones de pesos con un impuesto del 10% y de 22 a 24 mil millones de pesos con un impuesto del 20%. Tabla resumen efecto impuesto en consumo, en sobrepeso y obesidad, en diabetes y monto de recaudación para 10% y 20% de impuesto Efecto del impuesto: Impuesto del 10% Impuesto del 20% Reducción porcentual en consumo 10-13% % Reducción en consumo por persona al año asumiendo 163litros de consumo Por persona actualmente litros per cápita litros per cápita Reducción prevalencia sobrepeso y obesidad 1% 2% Ahorros por reducción sobrepeso y obesidad (costos directos de atención) 6.6 mil millones de pesos 13 mil millones de pesos Casos prevenidos de diabetes al ,000 a 630, ,000 a 1,275,000 Ahorros por casos prevenidos de diabetes 3.2 a 25.1 mil millones de pesos 6.4 a 50.9 mil millones de pesos Monto de recaudación 15.4 a 16.0 mil millones de pesos 22.5 a 24.2 mil millones de pesos

46 Reformas Fiscales 2014. Se grava con un peso por litro a las bebidas sabor izadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos con azúcares añadidas.   Un impuesto de 8% sobre la venta de alimentos de alta densidad calórica o "chatarra" como frituras, confiterías y dulces.  Se grava con un IVA de 16% al alimento para mascotas, así como la venta de venta de perros, gatos y pequeñas especies utilizadas como mascotas en el hogar. Las personas que ganen hasta 750,000 pesos anuales pagarán una tasa de 30%; de más de 750,000 a un millón será de 32%; de un millón a tres millones, 34%, y más de tres millones, 35%.

47 Reformas Fiscales 2014. También se impone una tasa de 10% sobre la ganancia que obtengan las personas físicas en acciones y dividendos en acciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV). Desaparecen el Impuesto Empresarial a Tasa Única y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), con el fin de que los ingresos empresariales estén gravados sólo en el ISR.  Se eleva de 11% a 16% la tasa del Impuesto al Valor Agregado para las zonas fronterizas. El transporte foráneo de pasajeros (los autobuses de las terminales) tendrá IVA. Los senadores también aprobaron que las prestaciones laborales sean deducibles hasta en el 53% -más del 47% contemplado por los diputados.

48 Perspectivas para 2014 Mi ejemplo si una Persona física recibe en total ingresos por salarios y alguna otra actividad por ejemplo arrendamiento o bien actividad empresarial y sus ingresos totales son por un millón quinientos mil pesos de los cuales entre aquellos conceptos deducibles y no sujetos a pago de impuesto sobre la renta, finalmente lo lleven a una base gravable de un millón de pesos pero hoy día y desde los años anteriores ha estado ejerciendo las siguientes deducciones: Donativos de Filantropía a diversas instituciones que no rebasan el 7% de su base gravable del año anterior por treinta y cinco mil pesos.

49 Perspectivas para 2014 Intereses reales hipotecarios deducibles por cien mil pesos sobre un crédito hipotecario que no rebasa las 700,000 UDIS. Aportaciones voluntarias de AFORE o Plan Personal de Retiro que no rebasa el 10% de sus ingresos gravables o el máximo de cinco salarios mínimos anuales por ochenta mil pesos. Seguro de gastos médicos mayores con prima anual de treinta mil pesos. Pago de transportación escolar obligatoria por quince mil pesos anuales.

50 Perspectivas para 2014 Y en base al artículo185 del estímulo fiscal que hasta 2013 se contempla en el artículo 218 de la LISR en redacción similar a la de la nueva Ley esta persona deposita cien mil pesos nada más. Todo lo anterior significan entre las deducciones personales y el estímulo una disminución a su base gravable por importe de: $360, trescientos sesenta mil pesos. En 2013 además restaría las colegiaturas.

51 Perspectivas para 2014 Pero en 2014 con el nugatorio último párrafo del artículo151 propuesto en la nueva Ley, en comento, las deducciones se deben limitar a solamente cuatro salarios mínimos anuales que si lo estimamos a $68.50 sesenta y ocho pesos 50/100 M.N., diarios para el ejemplo significa una deducción de solamente: $100, Cien mil diez pesos 00/100 M.N. Esta es una afectación directa al patrimonio de las personas físicas que además no incentiva el ahorro interno de ninguna manera.

52 Perspectivas para 2014 nugatorio, ria. (Del lat. nugatorĭus).
1. adj. p. us. Que burla la esperanza que se había concebido o el juicio que se tenía hecho. Real Academia Española © Todos los derechos reservados

53 Beneficios Fiscales que se cancelarán en 2014.
Art. 151 LISR Instituciones autorizadas por el SAT Se otorga a edad alcanzada 65 Se debe formar una cuenta de ahorro individual Exclusivo para personas físicas Se entrega el Plan Personal de Retiro sin retención Aportaciones deducibles con un tope En resumen No muestre su enojo solo haga una mueca

54 Artículo 151 último párrafo.
El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo y del artículo 185, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo, no será aplicable tratándose de los donativos a que se refiere la fracción III de este artículo.

55 Impuesto causado 2013 Si en 2013 su ingreso gravable es por un millón de pesos y sus deducciones personales y estímulo fiscal le permiten disminuir cuatrocientos mil pesos el ISR causado sobre los seiscientos mil gravables es de: $135, (Ciento treinta y cinco mil ochocientos cincuenta pesos 81/100 M.N.)

56 Impuesto causado 2014 Pero para 2014 si su ingreso gravable es por un millón de pesos, sus deducciones personales y estímulo fiscal serán limitadas a cuatro SMA es decir aproximadamente doscientos mil pesos por lo que el ISR causado sobre los ochocientos mil gravables es de: $199, (Ciento noventa y nueve mil trescientos cincuenta pesos 81/100 M.N.)

57 Afectación al contribuyente
Lo anterior representará para Ud. Un incremento en el ISR anual causado por: $63, (Sesenta y tres mil quinientos pesos 00/100 M.N.) Es decir un 47% de incremento en su ISR

58 Homologación del IVA

59 Homologación del IVA

60 Homologación del IVA SONORA CHIHUAHUA
11-San Luis Río Colorado 22-Janos 12-Puerto Peñasco Ascensión 13-General Plutarco Elías Calles 24- Ciudad Juárez 14-Caborca Guadalupe 15-Altar Práxedis G. Guerrero 16-Sáric Ojinaga 17-Nogales Manuel Benavides 18-Santa Cruz COAHUILA 19-Cananea Ocampo 33- Nava 20-Naco Acuña 34- Guerrero 21-Agua Prieta 31- Jiménez 35- Hidalgo 32- Piedras Negras

61 Homologación del IVA NUEVO LEÓN CHIAPAS
36-Colombia 45- Palenque 57-Motozintla TAMAULIPAS 46- Ocosingo 58- Tapachula 36-Nuevo Laredo 47- Benemérito de las Américas 37-Guerrero 48- Marqués de Comillas 38-Mier Maravilla Tenejapa 59- Cacahoatán 39-Miguel Alemán 50- Las Margaritas 60- Unión Juárez 40-Camargo 51- La Independencia 61- Tuxtla Chico 41-Gustavo Días Ordaz 52- La Trinitaria 62- Metapa 42-Reynosa 53- Frontera Comalapa 63- Frontera Hidalgo 43-Río Bravo 54- Amatenango de la Frontera 44-Matamoros 55- San Lucas 64- Suchiate 56- Mazapa de Madero

62 Homologación del IVA 71-Isla Mujeres 72-Othón P. Blanco
TABASCO 65-Balancán 66-Tenosique CAMPECHE 67-Calakmul 68-Canderalaria QUINTANA ROO 69-Cozumel 70-Felipe Carrillo Puerto 71-Isla Mujeres 72-Othón P. Blanco 73-Benito Juárez (Cancún) 74-José María Morelos 75-Lázaro Cárdenas 76-Solidaridad (Playa del Carmen) 77-Tulum 78-Bacalar

63 Resumen Tome su botella y brinde Ud., con su Mezcal Alipús

64 Resumen El problema de raíz es y ha sido el desconocimiento e incomprensión de las realidades entre la capital del país y su franja fronteriza. El mexicano del norte vive compitiendo económicamente frente a Estados Unidos y eso es innegable.

65 Resumen Frente a esa realidad era necesaria voluntad política para entenderla, de la cual tanto el presidente Peña Nieto como Luis Videgaray, su secretario de Hacienda, demostraron carecer. En todo caso, desde el centro político del país se considera que los norteños exigen un trato especial, cuando en realidad han pedido y pidieron –en esta ocasión con datos– que se entienda claramente cómo funciona una economía regional en frontera con la economía más importante del mundo.

66 Ley de Ingresos 2014 Beba y fume con singular alegría
Alegría (emoción) Sentimiento de placer originado por una viva satisfacción del alma, que generalmente se manifiesta con signos exteriores.

67 Resumen Ley del Impuesto Sobre la Renta
Se propone una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta. Entre los puntos más importantes a destacar se encuentran los siguientes: Se propone eliminar los siguientes estímulos fiscales: Deducción Inmediata de bienes nuevos de activo fijo. La opción de deducir el costo de los terrenos en el ejercicio de adquisición.

68 Resumen Opción de acumular la ganancia de los bienes aportados, no realizar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta, entrega de créditos fiscales a accionistas que sean fondos de pensiones y jubilaciones, para las sociedades mercantiles dedicados a la adquisición o construcción de bienes inmuebles. Además de eliminar las siguientes deducciones autorizadas: La deducción del 12.5% de consumo en restaurantes. Aportaciones de seguridad social pagadas, que sean cargo de los trabajadores.

69 Resumen Además de eliminar las siguientes deducciones autorizadas:
Erogaciones estimadas relativas a costos directos e indirectos en obras o prestación de servicio en inmuebles, largos procesos de fabricación y tiempo compartido. Opción de deducir las erogaciones efectuadas en gastos pre-operativos a los contribuyentes que se dediquen a la explotación de yacimientos de mineral.

70 Resumen Deducción lineal al 100% de la inversión realizada en la adquisición de maquinaria y equipo para la generación de energía eléctrica de fuentes renovables; de adaptaciones a instalaciones que tengan por finalidad facilitar a las personas con capacidades diferentes, el acceso y uso de las mismas; de inversiones en maquinaria y equipo para la conversión a consumo de gas natural y para prevenir y controlar la contaminación ambiental, así como de las máquinas registradoras de comprobación fiscal.

71 Resumen Se presentan las siguientes modificaciones:
Establecer un tope máximo a la deducción de donativos a favor de la Federación, las entidades federativas, los municipios, o sus organismos descentralizados, fijado en el 4% del total de utilidad fiscal obtenida en el ejercicio inmediato anterior, sin exceder, considerando estos donativos y los realizados a donatarias autorizadas distintas, el tope del 7% ya establecido.

72 Resumen Solo procederá la deducción de hasta el 41% para los contribuyentes, por las remuneraciones pagadas que sean exentas para el trabajador. Se agrega que las erogaciones efectuadas por pagos de sueldos consten en comprobantes fiscales emitidos en términos del CFF. Gastos de vales de despensa serán deducibles siempre que se entreguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT. Se reduce el monto deducible por renta de automóviles a $ diarios por unidad. Se reduce el monto deducible en inversión de automóviles a $130, sin IVA por unidad.

73 Resumen Se presentan las siguientes modificaciones:
Pagos a partes relacionadas, residentes en México o en el extranjero, cuando dichos pagos no estén gravados o lo estén con un impuesto inferior al 75% del impuesto que se causaría y pagaría en México. Impuesto adicional del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos. Base gravable para el cálculo de la PTU deriva de ingresos acumulables menos deducciones autorizadas, sin disminuir PTU pagada del ejercicio, ni perdidas fiscales.

74 Resumen Se presentan las siguientes modificaciones:
Se propone que donatarias puedan llevar a cabo proyectos encaminados a promover reformas legislativas con la intención de apoyar a sectores sociales. Aumenta a 35% la tasa de ISR para personas físicas con ingresos anuales mayores a Tres millones de pesos.

75 Resumen Se establece el límite de deducciones personales en la cantidad que resulte menor entre dos salarios mínimos generales elevados al año del área del contribuyente o el 10% de los ingresos incluyendo los exentos. El pago de honorarios médicos y dentales debe efectuarse mediante cheque, transferencia, o tarjetas de crédito, débito o de servicios.

76 Resumen Se presentan las siguientes modificaciones:
Disminuye el tope de exención a la enajenación de casa habitación a 700 mil UDIS. Obligación para las Instituciones del Sistema Financiero de informar anualmente sobre depósitos en efectivo. Se elimina para las personas morales la facilidad de considerar como ingreso obtenido solamente la parte del precio cobrado durante el ejercicio Gravar las ganancias de capital de personas físicas.

77 Resumen Desaparecen las siguientes modalidades: Régimen Simplificado
Régimen de Consolidación Fiscal Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales Régimen de Pequeños Contribuyentes (tiene un transitorio de seis años).

78 Resumen Se incorporan: Régimen Opcional para Grupos de Sociedades Régimen de Incorporación Fiscal Se elimina el Régimen Simplificado y se crea un nuevo Régimen denominado: RÉGIMEN DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS, SILVÍCOLAS Y PESQUERAS, en el que se incluye a las personas físicas. Las características del nuevo régimen son las siguientes:

79 Resumen Se mantiene la base de flujo de efectivo;
Se mantiene la exención de 20 Salarios Mínimos Generales (SMG) para personas morales; Se mantiene la exención de 40 SMG para personas físicas; Se mantiene la tasa del 21% a las personas físicas y morales con ingresos hasta de $10'000, (423 SMG); Para las personas físicas y morales con ingresos mayores de $10'000,000.00, se aplicará la tasa general sólo por el excedente de esos ingresos.

80 Reformas Fiscales 2014. Ante la Reforma Fiscal es importante tomar sus precauciones, planear y resolver situaciones pendientes a fin de no lamentar lo que pudo hacerse. 47% no deducible para las prestaciones que se otorgan a los trabajadores cuando son exentas. Para lo que recomendamos revisar la nómina y en su caso reestructurarla con una adecuada asesoría.

81 Reformas Fiscales 2014. Los patrones deberán expedir CFDI en lugar de los actuales recibos de nómina. Por lo que recomendamos revisar sus actuales sistemas de generación y pago de la nómina, así como el cálculo y entero de las retenciones. Las Sociedades Civiles y cualquier entidad que pague "anticipos de rendimientos" también deberán generar CFDI en sustitución de los actuales comprobantes, por lo que sugerimos revisar su actual mecánica para la determinación y pago con objeto de estar preparados para cumplir adecuadamente.

82 Reformas Fiscales 2014. La contabilidad se deberá depositar mensualmente a través de la página del SAT. Nuestra sugerencia es que se revise con los contadores la información financiera que hasta ahora se ha generado con objeto de poner al corriente lo que se tenga atrasado y se implementen nuevas reglas para el flujo de la información y la generación de los estados financieros. (No tenemos certeza si se entregaran solo estado de situación financiera y estado de resultados, por lo que vale la pena revisar el estado de cambios en el capital contable y el estado de flujo de efectivo, acorde con las NIF)

83 Reformas Fiscales 2014. La tasa de los dividendos se incrementa, por lo que recomendamos revisar con sus asesores si existen saldos en CUFIN o utilidades contables, con objeto de anticipar su retiro y evitar un costo adicional. Considerando que las revisiones ya serán electrónicas, verificar con sus auditores la elaboración de dictámenes financieros con avances mensuales que eviten la determinación de diferencias por parte de las autoridades.

84 Reformas Fiscales 2014.

85 Ley del Impuesto sobre la Renta
Título I Disposiciones Generales. 1º al 8 Título II De Las Personas Morales. Disposiciones Generales al 15 Capítulo I De Los Ingresos 16 al 24 Capítulo II De Las Deducciones Sección I De Las Deducciones en General. 25 al 30 Sección II De Las Inversiones 31 al 38 Sección III Del Costo de lo vendido 39 al 43 Capítulo III Del Ajuste por Inflación 44 al 46 Capítulo IV De las Instituciones de C al 56 Capítulo V De las Pérdidas 57 al 58

86 Ley del Impuesto sobre la Renta
Capítulo VI Del Régimen Opcional Para grupos de sociedades al 71 Capítulo VII De los Coordinados 72 al 73 Capítulo VIII Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesq. 74 al 75 Capítulo IX De las Obligaciones de Las Personas Morales al 78 Título III Del Régimen De Las Personas Morales con fines no lucrativos. 79 al 89

87 Ley del Impuesto sobre la Renta
Título IV De Las Personas Físicas Disposiciones Generales al 93 Capítulo I De Los Ingresos por salarios 94 al 99 Capítulo II De Los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales. Sección I De Las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales al 110 Sección II Régimen De Incorporación Fiscal al 113 Capítulo III De Los Ingresos por Arrendamiento Y en general por otorgar el uso y goce 114 al 118

88 Ley del Impuesto sobre la Renta
Capítulo IV De Los Ingresos por Enajenación De Bienes. Sección I Del Régimen General al 128 Sección II De la enajenación de acciones En bolsa de valores Capítulo V De Los Ingresos por Adquisición De Bienes al 132 Capítulo VI De Los Ingresos por Intereses 133 al 136 Capítulo VII De Los Ingresos por la Obtención de premios al 139 Capítulo VIII De Los Ingresos por Dividendos 140

89 Ley del Impuesto sobre la Renta
Capítulo IX De Los Demás Ingresos 141 al 146 Capítulo X Requisitos De Las Deducciones 147 al 149 Capítulo XI De La Declaración Anual 150 al 152 Título V De Los residentes en el extranjero 153 al 175 Título VI De Los Regímenes Fiscales Preferentes y Empresas Multinacionales. Capítulo I De Los Regímenes Fiscales Preferentes al 178 Capítulo II De Las Empresas Multinacionales 179 al 184

90 Ley del Impuesto sobre la Renta
Título VII De Los Estímulos Fiscales Capítulo I De Las Cuentas Personales de Ahorro Capítulo II De Los Patrones que contraten Capítulo III De Los Fideicomisos al 188 Capítulo IV De Los Estímulos Fiscales a la producción y distribución cinematográfica y teatral nacional al 190

91 Ley del Impuesto sobre la Renta
Capítulo V De Los Contribuyentes dedicados a la Construcción y enajenación de desarrollos inmobiliarios Capítulo VI De La Promoción de la inversión en Capital de Riesgo en el País al 193 Capítulo VII De Las Sociedades Cooperativas 194 al 195 Disposiciones de vigencia temporal Tasa para bancos extranjeros 4.9% Disposiciones transitorias

92 Ley del Impuesto sobre la Renta
Modificaciones a ciertas deducciones autorizadas El pago de salarios que sean ingresos exentos para los trabajadores (Aguinaldo, Previsión social, vales de despensa, fondos de ahorro, fondo de pensiones y jubilaciones, etc.), serán deducibles sólo en un 53% o 47%. Si en el cambio de un ejercicio a otro se disminuyen prestaciones exentas otorgadas a los trabajadores, la deducción será del 47%. Los vales de despensa son condicionados para que proceda su deducibilidad sólo cuando sean entregados a través de monederos electrónicos. (Considerar la limitante deducible para el patrón del 47% ó 53%)

93 Personas Físicas SUJETOS OBLIGADOS
Artículo 90 Nueva Ley del ISR. Personas físicas residentes en México. Personas físicas residentes en el extranjero que realicen actividades empresariales. Personas físicas que presten servicios personales independientes en México a través de un establecimiento permanente.

94 DECLARACIÓN ANUAL Ingresos No afectos Artículo 90 Nueva Ley del LISR.
Rendimiento de bienes entregados en fideicomiso. Bienes Tangibles Bienes Intangibles y propiedad intelectual.

95 Reformas Fiscales 2014. Impuesto sobre la Renta a Personas Físicas.
Se incorpora un impuesto adicional del 10% sobre el pago de dividendos a personas físicas y residentes en el extranjero provenientes de utilidades fiscales de 2014 y posteriores. Este impuesto será retenido por la persona moral y no será acreditable ya que tendrá el carácter de definitivo. Las ganancias por venta de instrumentos en la Bolsa de Valores pagará un ISR equivalente al10%.

96 Reformas Fiscales 2014. Las personas físicas que sólo obtengan ingresos por arrendamiento y éstos no excedan de 10 SMG al mes ($19,428 aproximadamente) podrán presentar pagos provisionales trimestrales. Los recibos de nómina así como el pago de deberán constar en CFDI´s para que proceda su deducción.

97 Discrepancia Fiscal “Diferencia o desigualdad que resulta de la comparación de las cosas entre sí” (Diccionario Enciclopédico Lexipedia). Por lo que discrepancia fiscal es la diferencia o desigualdad que resulta entre el contribuyente y la autoridad fiscal cuando se realizan erogaciones superiores a los ingresos declarados. La nueva Ley del ISR la establece en: el artículo 91 Key Firm Mexico

98 Reformas Fiscales 2014. Se mantiene el límite de donativos deducibles en el 7% de la utilidad fiscal (P.M) o de los ingresos acumulables (P.F.), sin embargo se estipula que cuando éstos sean a favor de la Federación, Estados, Municipios u órganos descentralizados, no podrán exceder del 4%. Para la determinación del costo de lo vendido, se elimina el sistema de UEPS y costeo directo pero no se establece régimen de transición. Se amplia la lista de actividades que pueden desarrollar las instituciones de asistencia o beneficencia para ser donatarias autorizadas.

99 Reformas Fiscales 2014. Se señala que para efectos de ésta nueva ley, la CUCA y la CUFIN iniciaran con el saldo determinado al 31 de diciembre de 2013. Destacando que en el caso de la CUFIN, será necesario identificar el correspondiente a utilidades de 2013 y anteriores a efectos de no generar el ISR adicional del 10% al momento del pago de dividendos. En materia de pagos al extranjero, en la mayoría de los casos la tasa aplicable será la del 35% (Tasa máxima de tarifa para P.F.), pero en el caso específico de arrendamiento de contenedores, remolques, semi-remolques la tasa continuará siendo del 5% siempre que éstos hayan sido importados de manera temporal hasta por un mes ya que en caso contrario la retención pasará a ser del 25%.

100 Reformas Fiscales 2014. Para la aplicación de los beneficios contenidos en los tratados fiscales y tratándose de operaciones partes relacionadas, la autoridad podrá solicitar al residente en el extranjero que acredite la doble tributación jurídica a través de una manifestación bajo protesta de decir verdad.

101 Una estrategia para apoyar el crecimiento y el bienestar de México
Política fiscal. Revisar y delimitar los regímenes especiales de tributación para: Maquiladoras y pequeñas empresas, y considerar su eliminación gradual. Evaluar el subsidio al empleo, su impacto sobre el empleo formal y considerar dirigirlo más hacia los trabajadores con menores ingresos.

102 Una estrategia para apoyar el crecimiento y el bienestar de México
Aumentar las responsabilidades fiscales de los estados al limitar las transferencias del gobierno federal y permitir una mayor retención de ingresos en el margen. Debe fomentarse un mayor uso del impuesto predial con el apoyo federal. Máximo aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Para fortalecer la transparencia, la calidad y la eficiencia del gobierno.

103 Una estrategia para apoyar el crecimiento y el bienestar de México
México debe abrazar una cultura “de gobierno entero” De cara a su política de mejora regulatoria, lo que comprende crear un pequeño comité o consejo de secretarios para que revise y apruebe la regulación de alto impacto y establezca una red de unidades dentro de las secretarías que provean el respaldo de expertos en política y gobernanza regulatoria. A fin de lograr una cultura “de gobierno entero”

104 Una estrategia para apoyar el crecimiento y el bienestar de México
El diseño institucional de la COFEMER debe ser revisado a fin de otorgarle la suficiente autonomía legal y financiera para reforzar su independencia técnica, proteger su profesionalismo y alejarla de las influencias cíclicas dentro de la administración pública mexicana. Deben fortalecerse las instituciones y capacidades que respaldan la reforma regulatoria en estados y municipios al tiempo que se aumenta el grado de compromiso político con la calidad regulatoria.

105 Impuestos al consumo

106 Key Consulting Firm lcledesma@gmail.com
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107 Maquiladoras Efectos en ISR
CPC Víctor J. Alcantar

108 Supuesto de no EP Mismos requisitos que en LISR 2013:
Procesamiento habitual en México de MP propiedad del RE Utilización de activos proporcionados directa o indirectamente por el RE o cualquier empresa relacionada Tratado para evitar la doble imposición con el país del RE Valuación de operaciones mediante SH o APA Key Firm Mexico

109 Reducción de ISR? (decreto de Oct ´03)
Se exime parcialmente del pago del ISR… la cantidad mayor de aplicar lo dispuesto en los incisos a) y b) de la fracción II del artículo 216-Bis de la citada Ley… Key Firm Mexico

110 Nueva definición de operación de maquila (inclusión art. 33 DIMMEX)
MP suministradas por el RE al amparo de un contrato de maquila sean importadas temporalmente. Pudiendo ser de un tercero (cliente del RE). Que la totalidad de sus ingresos por su actividad productiva, provengan exclusivamente de su operación de maquila. Key Firm Mexico

111 Nueva definición de operación de maquila (inclusión art. 33 DIMMEX)
Retornar las MP nacionales o importadas no temporalmente incorporadas al proceso. Que al menos el 30% de la MyE sea propiedad del RE. (N/A tratándose de empresas que al 31 de diciembre de operaban bajo un Programa autorizado y hayan cumplido con PT) Key Firm Mexico

112 Métodos para cumplir con Precios de Transferencia:
Safe Harbor (SH) Opcionalmente: APA Otras obligaciones para SH: Presentar escrito manifestando utilidad (marzo). Presentar DIEMSE (junio del ejercicio siguiente) Key Firm Mexico

113 SH: Activos utilizados en operación IMMEX
Propiedad IMMEX.- Cálculo conforme a Reglas Generales del SAT (LISR 2013: 9-A) Propiedad de RE: Inventarios MP.- Suma Prom mensual (SI+SF)/2 /meses del ejercicio, Activos fijos.- Saldo pendiente de deducir LISR actualizado Gastos y Cargos Diferidos.- Opción a incluirlos Pueden excluirse arrendados, siempre que no hayan sido propiedad de IMMEX o RE, salvo que se hubieran vendido bajo reglas de PT. Key Firm Mexico

114 SH: Costos y gastos incurridos en operación IMMEX
Incurridos por IMMEX.- Determinados conforme a NIF Exclusión: MP, PST o PT efectuados por cuenta propia por el RE Depreciación contable por depreciación fiscal Efectos inflacionarios conforme a NIF’s Gastos financieros Gastos extraordinarios o no recurrentes conforme a NIF’s Incurridos por RE: Gastos realizados en el extranjero por servicios directamente relacionados con el IMMEX Sueldos y prestaciones pagados a extranjeros cuando su estancia sea por mas de 183 días naturales, consecutivos o no en los últimos doce meses. Key Firm Mexico

115 Supuesto de no EP para IMMEX de Albergue “Shelter”
Que MP y MyE para operación IMMEX sea proporcionada por RE Que no sea parte relacionada de IMMEX Shelter. Beneficio de no EP para RE, sólo por 4 años consecutivos Key Firm Mexico

116 Requisitos para IMMEX Shelter:
Presentar anualmente (junio) Declaración Informativa de Operaciones IMMEX Shelter, por cada RE. No aplicar Reglas de PT de IMMEX típicas (SH o APA). Cumplimiento de obligaciones fiscales y no tener créditos fiscales. Presentar el Módulo de Comercio Exterior en su declaración DIEMSE. Key Firm Mexico

117 Key Consulting Firm valcantar@keyfirm.org
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118 Key Consulting Firm alarenivas@keyfirm.org hbravo@keyfirm.org
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119 Reforma 2014 Ley Aduanera. Lic. Hugo Alejandro Guajardo Cardoza.

120 Notificaciones Electrónicas.

121 Entrada o salida distinto al autorizado.

122 Sistema electrónico aduanero.

123 Selección automatizado y segundo reconocimiento.

124 Empresas Certificadas.

125 Agentes aduanales y dictaminadores aduaneros.

126 Infracciones y sanciones.

127 Key Consulting Firm hguajardo@keyfirm.org
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128 Código Fiscal de la Federación
Lic. Jose Luis Reyes C.

129 Domicilio Fiscal Art. 10 Fracc I 2014
Local: principal asiento de sus negocios. Local: utilicen para el desempeño de sus actividades. No cuente con un local, su casa habitación Manifestado: entidades financieras o SCAyP Art. 10 Fracc I 2014

130 Sin efectos los comprobantes fiscales
Art. 17-H Fracc X (Adic) . Omisión de 3 o mas declaraciones periódicas consecutivas. Omita 6 declaraciones no consecutivas Durante el PAE no se localice o desaparezca Facultades de comprobación fiscal No localizado Desaparezca en el inter Conozca: operaciones inexistentes, simuladas o ilicitas. Se detecten sin FCF: Infracciones a los Arts. 79, 81 y 83 Infracciones RFC obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedir constancias Obligación llevar contabilidad Previo requerimiento

131 Sin efectos los comprobantes fiscales
Art. 69-B (Adic) Detecte la autoridad fiscal Operaciones inexistentes, simuladas o ilicitas. Buzón tributario Página web del SAT DOF Notifica al contribuyente 15 días Desvirtuar SAT 5 días Valorara pruebas y emite resolución notificará por BT No cuenta con activos Personal Infraestructura No cuenta con capacidad material p/ prestar servicios o producir Directa Indirecta Comercializar Entregar bienes No localizados Consecuencia Presunción de inexistencia de operaciones 30 días Publicará un listado (DOF y Página SAT) No producen efectos: Pasado, presente o futuro Acreditar: Recibieron sevicio o Adquirieron bienes Los contribuyentes que dieron efectos fiscales 30 días a la publicación Corrigen su situación fiscal Emitirá crédito fiscal Y Actos o contratos simulados (95 Fracc IX) Facultades de Comprbación Fiscal detecta

132 Buzón tributario Art. 17-K (Adic)
Notificaciones electrónicas de actos de autoridad Presentar promociones, solicitudes o avisos Cumplir requerimientos Consultas a la autoridad fiscal Obligación de consultarlo dentro de los tres días siguientes a aquel en que reciba un aviso electrónico Por una sola ocasión el SAT enviará un aviso de confirmación Transitorio Segundo Fracc: VII. en vigor a partir del: 30 junio de 2014 P. Morales 1 enero 2015 P. Fisicas

133 Medios de pago Art. 20 (Adic) Podrás pagar las contribuciones con:
Tarjeta de crédito o Débito Otros medios autorizados inclusive la comisión por transferencia la puedes cargar al fisco federal.

134 Cuentas bancarias = RFC
Art. 27 (modif) 2014 Deberán: Solicitar el RFC Datos de identidad Domicilio Situación fiscal PF o PM … o que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades del sistema financiero o en las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, en las que reciban depósitos o realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones,… Podrá: Realizar la inscripción al RFC o actualizar, corregir, requerir, con datos proporcionados directamente o por terceros.

135 Revisiones electrónicas Art. 42 FraccIX, 53-B, 53-C (Adic)
Contribuyentes Reponsables solidarios Terceros Datos Pre-liquidación Resolución provisional Requiere a terceros Avisa al contribuyente dentro de 10 dias y suspende plazo 40 dia. (No exceder de 6 meses y en Comercio esterior no exceder de 2 años) Segundo requerimiento (10 días) 15 días Desvirtuar 15 días Corregirse 40 días 20% multa Obtenga informacion de terceros Resuelve en 40 dias Excepto en periciales Resolución definitiva Efécivo el cobro por el PAE

136 Acuerdos conclusivos Condona 100% multas No genera instancia
FACULTADES DE COMPROBACIÓN FISCAL No se este de acuerdo Hechos u omisiones Ultima acta parcial En el acta final Oficio de observaciones Resolucion provisional Condona 100% multas No genera instancia No genera precedentes Tampoco positiva ficta Suspende caducidad Si contesta la autoridad notificara al contribuyente la PRODECON por 20 dias para la firma del acuerdo ACUERDO CONCLUSIVO Requiere por 20 días el acuerdo conclusivo

137 Responsabilidad solidaria
Art. 26 Fracc X (modif) Capital accionario o participación social 50, pesos CF: 100, pesos

138 Responsabilidad solidaria
Art. 26 Fracc X (modif) 2014 Control eféctivo de la sociedad Capital accionario o participación social 50% C/U 50, pesos/2 (50% c/u) CF: 100, pesos

139 Responsabilidad solidaria
Art. 26 Fracc X (modif) 2014 Control eféctivo de la sociedad De una persona o grupo de personas Los albaceas o representantes de la sucesión por las contribuciones que se causaron o se debieron pagar durante su encargo. Impone decisiones en la asamblea general (accionistas, socios o equivalentes) Nombrar o destituir a la mayoria de los consejeros, admnistradores o sus equivalentes de una PM Mantener la titularidad de derechos con voto de mas del 50% Dirigir la administración, estrategia o las principales políticas de una PM, ya se a través de propiedad de valores, por contrato o de cualquier otra forma.

140 Responsabilidad solidaria
Art. 26 Fracc X (modif) 2014

141 Responsabilidad solidaria
Art. 26 Fracc X (modif) 2014

142 Código Fiscal de la Federación Comprobantes Fiscales
L.C. Aldo Arenivas Villegas

143 Comprobantes Fiscales
CFDI (Comprobante fiscal digital por internet) CFD (Comprobante fiscal digital) Comprobante impreso con CBB (Dispositivo de seguridad) Comprobantes simplificados

144 Comprobantes Fiscales en 2013
CFDI Representación impresa de CFDI CFD Representación impresa de CFD Comprobante impreso con CBB Comprobante simplificado

145 Comprobantes Fiscales en 2014
CFDI Representación impresa de CFDI CFD Representación impresa de CFD Comprobante impreso con CBB Comprobante simplificado Se derogan los Artículos 29-B, 29-C, 29-D, del CFF.

146 Comprobantes impresos con dispositivo de seguridad
Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1 y 1-B. (Publicada en el DOF del 12 de noviembre de 2013) QUINTO. Se aclara el contenido de la RMF, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2012, para quedar como sigue: Asimismo, el Artículo Décimo Cuarto Transitorio, primer párrafo de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013, publicada en el DOF el 31 de mayo de 2013, dice: Décimo Cuarto. Los contribuyentes que al 1 de enero de 2014, tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, siempre que sus ingresos para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de la cantidad de $250, establecida por el SAT en la regla I de la presente Resolución. ………………………………… Debe decir: Décimo Cuarto. Los contribuyentes que al 1 de enero de 2014, tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad y que sus ingresos acumulables para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior hayan excedido de la cantidad de $250, establecida por el SAT en la regla I , no podrán utilizar dichos comprobantes, no obstante que los folios sigan vigentes.

147 Recibo de nómina CFDI También se incluye los Asimilados a salarios.

148 Montos de las operaciones efectivamente pagadas
Fiscalización PAC Depósitos Empresas Instituciones Financieras Pagos Trabajadores Ingresos de Trabajadores DIOT Montos de las operaciones efectivamente pagadas > $2,000.00

149 Código Fiscal de la Federación
Contabilidad L.C. Aldo Arenivas Villegas

150 Reforma al Artículo 28 del CFF “Contabilidad”

151 Reforma al Artículo 28 del CFF “Contabilidad”
Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente: IV. Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.

152 Key Consulting Firm alarenivas@keyfirm.org
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