La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

PETICIONES DE LA ASOCIACION ECOLOGISTA ARCO IRIS JUICIO POR LA CATÁSTROFE DEL PETROLERO PRESTIGE.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "PETICIONES DE LA ASOCIACION ECOLOGISTA ARCO IRIS JUICIO POR LA CATÁSTROFE DEL PETROLERO PRESTIGE."— Transcripción de la presentación:

1

2 PETICIONES DE LA ASOCIACION ECOLOGISTA ARCO IRIS JUICIO POR LA CATÁSTROFE DEL PETROLERO PRESTIGE

3 CALIFICACIÓN PENAL Los referidos hechos son constitutivos de un delito contra el artículo 325 en relación con el 326 del vigente Código Penal, en las personas de Apostolos Mangouras (capitán), Irineo Maloto, Argilopoulos Nikolaos y López Sors González; y un delito de desobediencia (art. 556) imputable unicamente al capitán del buque Prestige. Todos los presuntos delitos mencionados han sido realizados por los acusados en grado de consumación. ESCRITO DE ACUSACIÓN DE ARCO IRIS

4 PARTICIPACIÓN DE LOS ACUSADOS De los referidos delitos anteriormente reseñados es responsable el acusado Apostolos Mangouras, capitán del Prestige, así como el sr. López Sors, en calidad de Director General de la Marina Mercante en el momento en que se produjeron los hechos que causaron el naufragio, el 13 de noviembre de 2002. De los referidos delitos anteriormente reseñados es responsable el acusado Apostolos Mangouras, capitán del Prestige, así como el sr. López Sors, en calidad de Director General de la Marina Mercante en el momento en que se produjeron los hechos que causaron el naufragio, el 13 de noviembre de 2002.

5

6 PARTICIPACIÓN DE LOS ACUSADOS. Así lo son, en concepto de cooperadores necesarios: el jefe de máquinas, Argilopoulos Nikolaos y el primer oficial, Irineo Maloto; a estos últimos solamente se les tipificará por un delito ecológico, pero no de desobediencia

7 PENAS SOLICITADAS PENAS SOLICITADAS Por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente recogido en el artículo 325, en relación con el 326 del Código Penal, teniendo en cuenta el riesgo de grave perjuicio causado en la salud de las personas como tipificación agravada, así como tembién el mismo riesgo de deterioro irreversible y catastrófivo en el medio natural. Razón por la cual procede imponer las siguientes penas: Por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente recogido en el artículo 325, en relación con el 326 del Código Penal, teniendo en cuenta el riesgo de grave perjuicio causado en la salud de las personas como tipificación agravada, así como tembién el mismo riesgo de deterioro irreversible y catastrófivo en el medio natural. Razón por la cual procede imponer las siguientes penas:

8 Al capitán del PRESTIGE: PENA DE SIETE AÑOS DE PRISIÓN PENA DE SIETE AÑOS DE PRISIÓN

9 Al ex director general de la Marina Mercante PENA DE CUATRO AÑOS DE PRISIÓN PENA DE CUATRO AÑOS DE PRISIÓN

10 Al jefe de máquinas y al primer oficial PENA DE CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN PENA DE CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN

11


Descargar ppt "PETICIONES DE LA ASOCIACION ECOLOGISTA ARCO IRIS JUICIO POR LA CATÁSTROFE DEL PETROLERO PRESTIGE."

Presentaciones similares


Anuncios Google