Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porAlicia Figueroa Rivero Modificado hace 9 años
2
LA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO SE BASA EN LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL APROBADOS POR EL VI CONGRESO DEL PARTIDO. Con el perfeccionamiento del Sistema Tributario se desarrollan dieciocho (18) Lineamientos. De ellos: 7 se cumplen totalmente. En 11 se prevén las normas tributarias que complementan su implementación. Con el perfeccionamiento del Sistema Tributario se desarrollan dieciocho (18) Lineamientos. De ellos: 7 se cumplen totalmente. En 11 se prevén las normas tributarias que complementan su implementación. La expresión legal de este proceso está contenida en: Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”. Decreto No. 308 “De las Normas Generales y los Procedimientos Tributarios”. La expresión legal de este proceso está contenida en: Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”. Decreto No. 308 “De las Normas Generales y los Procedimientos Tributarios”. 2
3
1.Ingresos suficientes para respaldar las decisiones de gasto social.gasto social 2.Promover la eficiencia en la producción de bienes y prestación de servicios.Promover la eficiencia 3.Redistribución de los ingresos, protección a las personas de más bajos ingresos. 4.Generalidad en la aplicación de los tributos. 5.Aplicación gradual, en consonancia con los cambios económicos y sociales que se operen en el país. 1.Ingresos suficientes para respaldar las decisiones de gasto social.gasto social 2.Promover la eficiencia en la producción de bienes y prestación de servicios.Promover la eficiencia 3.Redistribución de los ingresos, protección a las personas de más bajos ingresos. 4.Generalidad en la aplicación de los tributos. 5.Aplicación gradual, en consonancia con los cambios económicos y sociales que se operen en el país. 3
4
6.Carácter activo y flexible. (Ley del Presupuesto del Estado). 7.Implicación de los gobiernos locales en la búsqueda de ingresos para sus presupuestos. 8.Sencillez de las normas, los procedimientos y trámites tributarios. 9.Cultura tributaria y la responsabilidad social. 10. Sistema de control tributario. 6.Carácter activo y flexible. (Ley del Presupuesto del Estado). 7.Implicación de los gobiernos locales en la búsqueda de ingresos para sus presupuestos. 8.Sencillez de las normas, los procedimientos y trámites tributarios. 9.Cultura tributaria y la responsabilidad social. 10. Sistema de control tributario.
5
La Ley del Sistema Tributario establece 25 tributos, integrados por: 19 impuestos. 3 contribuciones. 3 tasas. Se incorporan siete (7) tributos con respecto a los enunciados en la derogada Ley No.73. La Ley del Sistema Tributario establece 25 tributos, integrados por: 19 impuestos. 3 contribuciones. 3 tasas. Se incorporan siete (7) tributos con respecto a los enunciados en la derogada Ley No.73. 5
6
Se establece por cada tributo: Personas obligadas a su pago. Hechos y bases imponibles. Tipos impositivos o cuantías a pagar. Reglas para su determinación. Glosario de términos para la mejor compresión de las figuras e instituciones tributarias y jurídicas que se utilizan. Se establece por cada tributo: Personas obligadas a su pago. Hechos y bases imponibles. Tipos impositivos o cuantías a pagar. Reglas para su determinación. Glosario de términos para la mejor compresión de las figuras e instituciones tributarias y jurídicas que se utilizan.
7
Se extienden y simplifican los plazos de pago en varios tributos. Se regula la Contribución a la Seguridad Social, según los regímenes que correspondan (General y Especial) Se otorgan beneficios fiscales para estimular el cumplimiento en el pago de los tributos; así como a sectores económicos y a otras formas de gestión no estatal. Se extienden y simplifican los plazos de pago en varios tributos. Se regula la Contribución a la Seguridad Social, según los regímenes que correspondan (General y Especial) Se otorgan beneficios fiscales para estimular el cumplimiento en el pago de los tributos; así como a sectores económicos y a otras formas de gestión no estatal. 7
8
1.El impuesto sobre los salarios, se aplicará en la medida que las condiciones económico- financieras lo permitan. 2.Exención de pago por las jubilaciones y remesas de ayuda familiar que se reciben del exterior. 3.Pago del impuesto en pesos cubanos, CUP. 1.El impuesto sobre los salarios, se aplicará en la medida que las condiciones económico- financieras lo permitan. 2.Exención de pago por las jubilaciones y remesas de ayuda familiar que se reciben del exterior. 3.Pago del impuesto en pesos cubanos, CUP. 8
9
4.Mínimo exento de 10 mil pesos (Libre de pago del Impuesto), lo cual favorece la disminución de la carga tributaria. 5.Escala progresiva, que favorece a las personas de menores ingresos. 6.Exención de pago de impuestos, durante los 3 primeros meses, a las personas naturales que se inician en el trabajo por cuenta propia. 4.Mínimo exento de 10 mil pesos (Libre de pago del Impuesto), lo cual favorece la disminución de la carga tributaria. 5.Escala progresiva, que favorece a las personas de menores ingresos. 6.Exención de pago de impuestos, durante los 3 primeros meses, a las personas naturales que se inician en el trabajo por cuenta propia. 9
10
11.Régimen Simplificado de Tributación para el sector de trabajo por cuenta propia, que beneficia al 51% de las actividades autorizadas a ejercer en esa modalidad de empleo. 12.Gravamen simplificado para ingresos eventuales, (venta de viviendas y vehículos, premios), 4%. 11.Régimen Simplificado de Tributación para el sector de trabajo por cuenta propia, que beneficia al 51% de las actividades autorizadas a ejercer en esa modalidad de empleo. 12.Gravamen simplificado para ingresos eventuales, (venta de viviendas y vehículos, premios), 4%. 10
11
1.Grava las dos modalidades de la ganancia empresarial: Utilidad fiscal. Ingresos Brutos. 2. Incentivos fiscales para cooperativas no agropecuarias. Menor carga tributaria. (15%) 3.Bonificación a las empresas que mantengan sostenidamente una disciplina fiscal. 1.Grava las dos modalidades de la ganancia empresarial: Utilidad fiscal. Ingresos Brutos. 2. Incentivos fiscales para cooperativas no agropecuarias. Menor carga tributaria. (15%) 3.Bonificación a las empresas que mantengan sostenidamente una disciplina fiscal. 11
12
1.Eliminación gradual del Impuesto de Circulación. (plazo de cinco años). 2.Impuestos sobre Ventas y Servicios. Impuesto sobre ventas mayoristas, 2%. 10% Formas de gestión no estatal (TCP y CNA). 3.Impuesto Especial a Productos y Servicios: bebidas alcohólicas, cigarros, combustible. 1.Eliminación gradual del Impuesto de Circulación. (plazo de cinco años). 2.Impuestos sobre Ventas y Servicios. Impuesto sobre ventas mayoristas, 2%. 10% Formas de gestión no estatal (TCP y CNA). 3.Impuesto Especial a Productos y Servicios: bebidas alcohólicas, cigarros, combustible. 12
13
13 Con este Título, “Imposición sobre la Propiedad o Posesión de Determinados Bienes”, se desarrollan los tributos siguientes: Sobre la Propiedad de Viviendas y Solares Yermos. Sobre la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas. Sobre la Propiedad o Posesión de Embarcaciones. Sobre el Transporte Terrestre. Por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales. Sobre la Propiedad de Viviendas y Solares Yermos. Sobre la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas. Sobre la Propiedad o Posesión de Embarcaciones. Sobre el Transporte Terrestre. Por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales.
14
1.Extensión del término de pago a 9 meses: Bonificación por pronto pago. Beneficio de pago fraccionado. 2.El Impuesto sobre las Viviendas y los Solares yermos, se aplicará cuando las condiciones estén creadas. 3.Incremento de las cuantías a pagar por el Impuesto sobre el Transporte Terrestre en un 50%. 1.Extensión del término de pago a 9 meses: Bonificación por pronto pago. Beneficio de pago fraccionado. 2.El Impuesto sobre las Viviendas y los Solares yermos, se aplicará cuando las condiciones estén creadas. 3.Incremento de las cuantías a pagar por el Impuesto sobre el Transporte Terrestre en un 50%. 14
15
1.Normas específicas para el pago del Impuesto en las transmisiones de viviendas y Vehículos. El pago del tributo se incrementa en relación con la acumulación de estos bienes. 2.Bonificación del 20%: Herederos no aptos para trabajar. Declarados judicialmente incapaces. Mayores de: Mujeres 60 y Hombres 65 años. 1.Normas específicas para el pago del Impuesto en las transmisiones de viviendas y Vehículos. El pago del tributo se incrementa en relación con la acumulación de estos bienes. 2.Bonificación del 20%: Herederos no aptos para trabajar. Declarados judicialmente incapaces. Mayores de: Mujeres 60 y Hombres 65 años. 15
16
1.Disminución del tipo impositivo de un 25% a un 5%, en un plazo de cinco años, aplicando los siguientes tipos impositivos: Primer año 20 % Segundo año 15 % Tercer año 12 % Cuarto año 10 % Quinto año 5 % 2.Exención del pago del Impuesto a las formas de gestión no estatal, por los 5 primeros trabajadores que se contraten. 1.Disminución del tipo impositivo de un 25% a un 5%, en un plazo de cinco años, aplicando los siguientes tipos impositivos: Primer año 20 % Segundo año 15 % Tercer año 12 % Cuarto año 10 % Quinto año 5 % 2.Exención del pago del Impuesto a las formas de gestión no estatal, por los 5 primeros trabajadores que se contraten. 16
17
Bajo este Título se recogen las siguientes figuras tributarias: Por el Uso o Explotación de las Playas. (2014: Cayo Coco y Cayo Guillermo, en la provincia Ciego de Ávila ) Por el Vertimiento Aprobado de Residuales en Cuencas Hidrográficas. (2014: cuencas hidrográficas que tributan a la Bahía de La Habana ) Por el Uso y Explotación de Bahías. (2013: Bahía de La Habana ) Por la Utilización y Explotación de los Recursos Forestales y la Fauna Silvestre. ( en aplicación) Por el Derecho de Uso de las Aguas Terrestres. (2014) Por el Uso o Explotación de las Playas. (2014: Cayo Coco y Cayo Guillermo, en la provincia Ciego de Ávila ) Por el Vertimiento Aprobado de Residuales en Cuencas Hidrográficas. (2014: cuencas hidrográficas que tributan a la Bahía de La Habana ) Por el Uso y Explotación de Bahías. (2013: Bahía de La Habana ) Por la Utilización y Explotación de los Recursos Forestales y la Fauna Silvestre. ( en aplicación) Por el Derecho de Uso de las Aguas Terrestres. (2014) 17
18
1.Contribución de los empleadores para el financiamiento del sistema de seguridad social. 2. Contribución especial de los trabajadores. 1.Contribución de los empleadores para el financiamiento del sistema de seguridad social. 2. Contribución especial de los trabajadores. Los gastos de la seguridad social ascienden aproximadamente a 5 mil millones de pesos, el 59% se financia con los aportes de la Contribución a la Seguridad Social. 18
19
1.Contribución destinada al desarrollo sostenible de la localidad. 2. Aportan los establecimientos de empresas y cooperativas. 3. Actualización anual de los sujetos y elementos para su cálculo. (Ley Anual del Presupuesto) 1.Contribución destinada al desarrollo sostenible de la localidad. 2. Aportan los establecimientos de empresas y cooperativas. 3. Actualización anual de los sujetos y elementos para su cálculo. (Ley Anual del Presupuesto) 19
20
Tasa de Peaje: Tasa por Servicios de Aeropuertos a Pasajeros: 25 pesos Pedraplén Caibarién – Cayo Santa María, Pedraplén Cayo Coco, y Autopista Matanzas – Varadero. Actualización anual de los tramos gravados y las cuantías. Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial: Bonificación de un 10% por el pago anticipado. 20
21
1. Régimen de tributación menos gravoso. 2. Impuesto sobre Ingresos Personales: Mínimo exento 10 500.00 pesos. Reconocimiento del gasto hasta el 70% de los ingresos obtenidos. Escala progresiva del 10% al 45%. Carga tributaria promedio 10%. Exención para los miembros de las CPA y las UBPC. 1. Régimen de tributación menos gravoso. 2. Impuesto sobre Ingresos Personales: Mínimo exento 10 500.00 pesos. Reconocimiento del gasto hasta el 70% de los ingresos obtenidos. Escala progresiva del 10% al 45%. Carga tributaria promedio 10%. Exención para los miembros de las CPA y las UBPC. 21
22
3. Impuesto sobre Utilidades: Grava la utilidad percápita. Mínimo exento 12 000.00 pesos. Reconocimiento del 100% de los gastos. Escala progresiva del 5% al 17.5%. 4. Bonificación del tipo impositivo del Impuesto sobre Utilidades (17.5%) para las CCS y granjas estatales. 5. Exención por 2 años, del pago de los impuestos sobre la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas, Ingresos Personales y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo a los usufructuarios de tierras estatales. (4 años tierras infectadas de marabú) 3. Impuesto sobre Utilidades: Grava la utilidad percápita. Mínimo exento 12 000.00 pesos. Reconocimiento del 100% de los gastos. Escala progresiva del 5% al 17.5%. 4. Bonificación del tipo impositivo del Impuesto sobre Utilidades (17.5%) para las CCS y granjas estatales. 5. Exención por 2 años, del pago de los impuestos sobre la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas, Ingresos Personales y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo a los usufructuarios de tierras estatales. (4 años tierras infectadas de marabú) 22
23
6. Impuesto por la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas, en correspondencia con: categoría de la tierra, y cantidad de hectáreas. 7. Impuesto por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales. Estímulo a la producción. Más gravoso que el impuesto sobre la propiedad. 6. Impuesto por la Propiedad o Posesión de Tierras Agrícolas, en correspondencia con: categoría de la tierra, y cantidad de hectáreas. 7. Impuesto por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales. Estímulo a la producción. Más gravoso que el impuesto sobre la propiedad. 23
24
Ley No. 118 “De la Inversión Extranjera”. Establece adecuaciones en el pago de los tributos para las empresas mixtas y los inversionistas partes en los contratos de asociación económica internacional: Exención del pago del Impuesto sobre Utilidades durante los 8 primeros años. Reducción del tipo impositivo de este tributo al 15%. Bonificaciones al 50% de los tipos impositivos de los impuestos sobre ventas y servicios. Exoneración del pago de aranceles en los procesos inversionistas. Zona Especial de Desarrollo del Mariel. Ley No. 118 “De la Inversión Extranjera”. Establece adecuaciones en el pago de los tributos para las empresas mixtas y los inversionistas partes en los contratos de asociación económica internacional: Exención del pago del Impuesto sobre Utilidades durante los 8 primeros años. Reducción del tipo impositivo de este tributo al 15%. Bonificaciones al 50% de los tipos impositivos de los impuestos sobre ventas y servicios. Exoneración del pago de aranceles en los procesos inversionistas. Zona Especial de Desarrollo del Mariel. 24
25
25
26
1.Alcanzar mayor efectividad en las acciones de comunicación y conocimiento sobre el pago de los tributos, en específico en las formas de gestión no estatal. Desarrollar los proyectos conjuntos de educación tributaria con los ministerios de Educación y Educación Superior. 2.Simplificar el pago del Impuesto sobre las ventas minoristas en sustitución del Impuesto de Circulación, que complejiza la gestión y control de su pago. 1.Alcanzar mayor efectividad en las acciones de comunicación y conocimiento sobre el pago de los tributos, en específico en las formas de gestión no estatal. Desarrollar los proyectos conjuntos de educación tributaria con los ministerios de Educación y Educación Superior. 2.Simplificar el pago del Impuesto sobre las ventas minoristas en sustitución del Impuesto de Circulación, que complejiza la gestión y control de su pago. 26
27
3.Simplificar la aplicación de los tributos a las formas de gestión no estatal, utilizando los incentivos fiscales como instrumentos de regulación y estímulo para su desarrollo. 4.Incrementar el alcance, oportunidad y rigor en las acciones de gestión y control de los tributos, para enfrentar las indisciplinas y conductas evasoras en el pago de los impuestos. 3.Simplificar la aplicación de los tributos a las formas de gestión no estatal, utilizando los incentivos fiscales como instrumentos de regulación y estímulo para su desarrollo. 4.Incrementar el alcance, oportunidad y rigor en las acciones de gestión y control de los tributos, para enfrentar las indisciplinas y conductas evasoras en el pago de los impuestos. 27
28
5.Perfeccionar los mecanismos de intercambio de información y colaboración con los órganos y entidades que deben tributar información sobre los contribuyentes. 6.Potenciar la plataforma tecnológica de la ONAT para garantizar la sostenibilidad de los sistemas automatizados que soportan los procesos de trabajo para la gestión y control del cumplimiento de los tributos y otros aportes al Presupuesto del Estado. 5.Perfeccionar los mecanismos de intercambio de información y colaboración con los órganos y entidades que deben tributar información sobre los contribuyentes. 6.Potenciar la plataforma tecnológica de la ONAT para garantizar la sostenibilidad de los sistemas automatizados que soportan los procesos de trabajo para la gestión y control del cumplimiento de los tributos y otros aportes al Presupuesto del Estado. 28
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.