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EL DERECHO DEL CONSUMO FRENTE AL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL Rodrigo M. Pellejero.

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Presentación del tema: "EL DERECHO DEL CONSUMO FRENTE AL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL Rodrigo M. Pellejero."— Transcripción de la presentación:

1 EL DERECHO DEL CONSUMO FRENTE AL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL Rodrigo M. Pellejero

2 El Método  La disyuntiva: integración al Código (BGB) o regulación separada (Cód. del Consumo, Brasil)  El contrato de consumo en el Código (arts. 1092 a 1122) y el Microsistema

3 Interacciones  La constitucionalización del Derecho Privado, art. 42 CN, art. 1 del Cod. Civ y Com.  El núcleo duro protectorio  El diálogo de fuentes  Ley especial? Ley anterior o posterior?

4 Prelación normativa  El art. 963 CCC (norma general)  Los principios del art. 1094: 1) protección al consumidor y 2) acceso al consumo sustentable (la medioambientalización del derecho del consumo).  El art. 3 de la LDC y la regulación de la actividad del proveedor

5 Los tres contratos  El propósito de delimitar los conceptos (fragmentación del tipo general)  Contratos negociados o paritarios  Contratos de Adhesión (art. 984)  Contratos de Consumo (art. 1093)

6 El concepto de consumidor  La doble regulación  La eliminación del consumidor «expuesto» como categoría general y su limitación a las prácticas abusivas (art. 1096)  El empresario consumidor: la restricción de la LDC original, la reforma del 2008, el Proyecto y el texto sancionado.

7 El proveedor  La doble regulación  La exclusión de los profesionales se mantiene?

8 La regulación en el Cod. Civ y Com  Prácticas abusivas  Información y publicidad  Contratación a distancia y electrónica  Cláusulas abusiva

9 Modificaciones a la LDC  Definición de consumidor, art. 1  Publicidad y oferta, art. 8  Daño directo, art. 40 bis  Prescripción, art. 50

10 Practica Abusivas (comparación 8 bis LDC) ARTÍCULO 1097.- Trato digno. Los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores y usuarios. La dignidad de la persona debe ser respetada conforme a los criterios generales que surgen de los tratados de derechos humanos. Los proveedores deben abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

11 Trato Digno y no discriminatorio (comparación 8 bis) ARTÍCULO 1098.- Trato equitativo y no discriminatorio. Los proveedores deben dar a los consumidores un trato equitativo y no discriminatorio. No pueden establecer diferencias basadas en pautas contrarias a la garantía constitucional de igualdad, en especial, la de la nacionalidad de los consumidores

12 Libertad de Contratar ARTÍCULO 1099.- Libertad de contratar. Están prohibidas las prácticas que limitan la libertad de contratar del consumidor, en especial, las que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros, y otras similares que persigan el mismo objetivo.

13 Deber de Información (comparación art. 4 LDC) ARTÍCULO 1100.- Información El proveedor está obligado a suministrar información al consumidor en forma cierta y detallada, respecto de todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, las condiciones de su comercialización y toda otra circunstancia relevante para el contrato. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con la claridad necesaria que permita su comprensión.

14 Publicidad (reg. Paralela a Ley Lealtad Comercial) ARTÍCULO 1101.- Publicidad. Está prohibida toda publicidad que: a) contenga indicaciones falsas o de tal naturaleza que induzcan o puedan inducir a error al consumidor, cuando recaigan sobre elementos esenciales del producto o servicio; b) efectúe comparaciones de bienes o servicios cuando sean de naturaleza tal que conduzcan a error al consumidor; c) sea abusiva, discriminatoria o induzca al consumidor a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o seguridad.

15 Ley de Lealtad Comercial ARTICULO 9º — Queda prohibida la realización de cualquier clase de presentación, de publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características o propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio, condiciones de comercialización o técnicas de producción de bienes muebles, inmuebles o servicios.

16 Publicidad Ilícita ARTÍCULO 1102.- Acciones. Los consumidores afectados o quienes resulten legalmente legitimados pueden solicitar al juez: la cesación de la publicidad ilícita, la publicación, a cargo del demandado, de anuncios rectificatorios y, en su caso, de la sentencia condenatoria.

17 La publicidad integra la oferta (art. 1103 CCC y 8 LDC) Art. 1103: Efectos del la publicidad. Las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente

18 MODALIDADES ESPECIALES (Arts. 1104 a 116)  Comparación con arts. 32 a 35 LDC  Contratación Fuera del Establecimiento.  Contratos a distancia  Contratación electrónica

19 Contratación electrónica (art. 1106) Utilización de medios electrónicos. Siempre que en este Código o e leyes especiales se exija que el contrato conste por escrito, este requisito se debe entender satisfecho si el contrato con el consumidor o usuario contiene un soporte electrónico o tecnología similar. Relacionar art. 287: inst. particulares no firmados Ley de Firma Digital, 25.506 (firma electrónica)

20 Contratación Electrónica Información contenido mínimo del contrato ARTICULO 1107.- Información sobre los medios electrónicos. Si las partes se valen de técnicas de comunicación electrónica o similares para la celebración de un contrato de consumo a distancia, el proveedor debe i nformar al consumidor, además del contenido mínimo del contrato y la facultad de revocar, todos los datos necesarios para utilizar correctamente el medio elegido, para comprender los riesgos derivados de su empleo, y para tener absolutamente claro quién asume esos riesgos.

21 Lugar de Cumplimiento – Competencia (art. 1109) Donde el consumidor recibió o debió recibir la prestación… Ese lugar fijar la jurisdicción aplicable…. La cláusula de prórroga NO ESCRITA

22 Revocación (arts. 1110 a 115) La regulación es sustancialmente igual al art. 34 LDC, con mayor nivel de detalle Excepciones al derecho de revocar: art. 1116: perecederos, personalizados, reproducibles, periódicos.

23 Cláusulas abusivas  Normas: art. 37 LDC; art. 988 (adhesión), arts. 1117 a 1122; Resol. 53/03 Sec. Com. Interior  Sean los contratos por adhesión o no  Hayan sido negociados individualmente o no (art. 1118)  Hayan sido o no aprobadas administrativamente

24 Pautas 1) Tiene por objeto o efecto provocar un desequilibrio significativo entre derechos y obligaciones… (arts. 1119) 2) Desnaturalizar, renuncia de derechos (art. 37 LDC) 3) Limitación de responsabilidad o inversión de carga de la prueba (art. 37 LDC) 4) Sorpresivas: no son razonablemente previsibles (art. 988)

25 Límites (art. 1121)  Cláusulas relativas a la relación entre el precio y el bien o servicio  Las que reflejen disposiciones de tratados internacionales o normas legales imperativas

26 Situación jurídica Abusiva (art. 1120)  Desequilibrio proveniente de pluralidad de negocios conexos.  Contratos Conexos, art. 1073: causa fin económica común preexistente

27 Daño Directo (modif. Art. 40 bis LDC)  Daño material inmediato sobre bienes o persona  No tiene límite económico  Fijación administrativa, con recaudos constitucionalidad (revisión judicial amplia y suficiente)  No aplicable a consecuencias no patrimoniales del daño

28 Prescripción (art. 50 LDC)  Texto original: acciones y sanciones…  Texto 2008: Las acciones judiciales, las administrativas y las sanciones …Cuando por otras leyes generales o especiales se fijen plazos de prescripción distintos del establecido precedentemente se estará al más favorable al consumidor o usuario.  Texto actual: Las sanciones emergentes de la presente ley…

29 Contratos Bancarios Subsistencia del art. 36 LDC, información agravada 1) Publicidad (art. 1385) 2) Forma (art. 1386) 3) Comparación previa a contratar (art. 1387) 4) Motivos del rechazo del crédito (art. 1387) 5) Cargos no pactados (art. 1388) 6) Nulidad derivada de falta de información (art. 1389, nulidad total o parcial, art. 36 LDC?)


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