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DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL

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Presentación del tema: "DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL"— Transcripción de la presentación:

1 DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL
GENDARMERIA NACIONAL DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL

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3 ORGANIGRAMA DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL

4 SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL
Fija los lineamientos estratégicos y objetivos generales de la política de Inteligencia Nacional CONSEJO INTERMINISTERIAL PRESIDENTE DE LA NACION MINISTRO DE DEFENSA SECRETARIA DE INTELIGENCIA MINISTERIO DEL INTERIOR Inteligencia Estratégica Nacional DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL Inteligencia Estratégica Militar Inteligencia Criminal ORGANISMOS OFICIALES ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Y PROVINCIAL J II – ICIA EMC INTELIGENCIA POLICIA FEDERAL INTELIGENCIA GENDARMERIA NACIONAL J II – ICIA EJERCITO INTELIGENCIA Estratégica Operacional. Táctica Técnica Específica INTELIGENCIA PREFECTURA NACIONAL DIR – ICIA ARMADA INTELIGENCIA POLICIA PROVINCIAL J II – ICIA FUERZA AEREA CONGRESO DE LA NACION Asesoramiento: COMISION BICAMERAL DE FISCALIZACIÓN DE ORGANOS DE INTELIGENCIA Orgánico: Dirección y coordinacion

5 LEY DE INTELIGENCIA NACIONAL 25520
SISTEMA INTELIGENCIA NACIONAL Art. 2 de la Ley 25520 INTELIGENCIA CRIMINAL INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR CONTRAINTELIGENCIA

6 SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL
El Sistema de Inteligencia Nacional tiene el propósito de apoyar al Poder Ejecutivo con Inteligencia oportuna y completa para contribuir a la toma de decisiones en materia de seguridad exterior e interior de la Nación. La Secretaría de Inteligencia, como órgano del Estado del más alto nivel en cuestiones de Inteligencia, es responsable de dirigir la acción del Sistema de Inteligencia Nacional.

7 Sistema de Inteligencia Nacional:
Conjunto de relaciones funcionales de los organismos de inteligencia del Estado Nacional, dirigido por la Secretaría de Inteligencia a los efectos de contribuir a la toma de decisiones en materia de seguridad exterior e interior de la Nación.

8 INTELIGENCIA NACIONAL:
Actividad consistente en la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, amenazas, riesgos y conflictos para la seguridad del Estado Nacional.

9 CONTRAINTELIGENCIA: Actividad propia del campo de la inteligencia que se realiza con el propósito de evitar actividades de inteligencia de actores que representen amenazas o riesgos para la seguridad del Estado Nacional.

10 INTELIGENCIA ESTRATÉGICA MILITAR:
Parte de la Inteligencia referida al conocimiento de las capacidades y debilidades del potencial militar de los países que interesen desde el punto de vista de la defensa nacional, así como el ambiente geográfico de las áreas estratégicas operacionales determinadas por el planeamiento estratégico militar.

11 INTELIGENCIA CRIMINAL
Parte de la inteligencia referidas a las actividades criminales específicas … que, por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o modalidades,… afecten la libertad, la vida, el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la C. N.

12 INTELIGENCIA CRIMINAL CONFLICTOS SOCIALES ZIE
SEGURIDAD INTERIOR DELITOS FEDERALES ALTERACION ORDEN PUBLICO CRIMEN ORGANIZADO OBJETIVOS ESTRATEGICOS COMPLEJOS CONFLICTOS SOCIALES ZIE

13 SEGURIDAD PREVENTIVA SEGURIDAD COMPLEJA INVESTIGACIÓN CRIMINAL

14 PROACTIVA : ANTICIPACION
La SEGURIDAD PREVENTIVA tiende a evitar o interrumpir la posibilidad de decisión de cometer un delito (técnicas disuasivas) e impedir la preparación y/o realización de actos que impliquen un delito, así como también, a conjurar en forma inmediata un hecho delictivo en desarrollo, evitando la producción de consecuencias ulteriores y, eventualmente, garantizando la detención de sus autores. PROACTIVA : ANTICIPACION

15 LA SEGURIDAD COMPLEJA tiende a evitar, interrumpir o conjurar las actividades delictivas desarrolladas por la criminalidad organizada, el terrorismo y los grupos políticos ilegales, es decir, la criminalidad protagonizada por grupos delictivos internamente estructurados y con permanencia en el desarrollo de emprendimientos ilegales. Cumple esta función a través de la producción de inteligencia, el seguimiento y la investigación de tales grupos y actividades, apuntando a su persecución penal y desarticulación.

16 La INVESTIGACIÓN CRIMINAL configura el ámbito funcional en el cual la agencia policial presta auxilio a la justicia penal en la investigación de hechos delictivos y en la persecución penal de sus responsables. Estos hechos delictivos pueden haber sido protagonizados por autores individuales u organizaciones no estructuradas internamente, como por aquellas organizaciones que se incluyen en la esfera de la criminalidad compleja. La investigación criminal siempre se aboca a “hechos pasados” y a delitos ya consumados o tentados, con el fin de colectar la prueba necesaria para la condena de los imputados.

17 BASES LEGALES DE SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL
LEY DE DEFENSA NACIONAL – May 88. Inteligencia Estratégica Nacional – Responsabilidad de un Organismo de Inteligencia de Máximo Nivel dependiente del PEN - (Art 15). Inteligencia Estratégica Militar – Responsabilidad de un Organismo dependiente del Ministro de Defensa. Prohíbe la inteligencia sobre política interna del país. Prevé la sanción de una Ley de Inteligencia - (Art 46). LEY DE SEGURIDAD INTERIOR (Ene 92) – REGLAMENTACION, DECRETO 1273/92 (Jul 92). Concepto de Seguridad Interior – Art 2. Empleo Subsidiario de las FFAA en Operaciones de Seguridad Interior – Art 31/ 32. LEY DE INTELIGENCIA NACIONAL ( Dic 2001) – REGLAMENTACION, DECRETO 950/2002 (Jun 2002) Establecen las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Inteligencia de la Nación. Clasificación de la Información. Personal y Capacitación. Control Parlamentario. Disposiciones Penales. Principios Generales. Protección de Derechos y Garantías. Organismos de Inteligencia. Política de Inteligencia Nacional.

18 ASPECTOS LEGALES LEY DE INTELIGENCIA NACIONAL (25.520 – 06 DIC01)
ARTICULO 2: SISTEMA INTELIGENCIA NACIONAL ARTICULO 4: IMPONE LIMITES ACCIONAR INTELIGENCIA ARTÍCULO 5: COMUNICACIONES ARTICULO 11: PROHIBICION CREACION ORGANISMOS ARTICULO 16: TRATAMIENTO INFORMACION.- DECRETO 950/2002: REGLAMENTACION ARTICULO 2: ACTIVIDADES ORGANISMOS INTELIGENCIA ARTICULO 10: CLASIFICACION SEGURIDAD INFORMACIÓN ARTICULO 12: OBLIGACIÓN GUARDAR SECRETO ARTICULO 13: NOTIFICAR POR ESCRITO GNA: POSEE IDÉNTICAS EXIGENCIAS EN RCG 16-02

19 NORMAS OBSERVAR FUNCIONARIOS EN MATERIA DD HH.-
ASPECTOS LEGALES DECRETO 1172/03 ACCESO INFORMACION PUBLICA (EXCEPCION ART 16) LEY HABEAS DATA (art 23) NORMAS OBSERVAR FUNCIONARIOS EN MATERIA DD HH.- PON 01/05

20 GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS GENDARMERÍA NACIONAL DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL


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