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Publicada porJosé Ignacio Zúñiga San Martín Modificado hace 9 años
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Derechos Humanos Ciencias Sociales y Salud Carrera de Nutrición, Universidad de Chile 2015
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Definición Derechos Humanos Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. Están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional
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DD.HH. Universales e Inalienables El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos Viena 1993, todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales.
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DD.HH. Interdependientes e Indivisibles Sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación.
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DD.HH. Iguales y no discriminatorios La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
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DD.HH. Iguales y no discriminatorios El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
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Orígenes Históricos Revolución Francesa. Rebelión frente al absolutismo Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano Derechos civiles y políticos que deben ser respetados por el Estado Se ejercen individualmente
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Declaración de Derechos Humanos Art. 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Art. 2 Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición
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Declaración de Derechos Humanos Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
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Características en sus orígenes Estado debe respetarlos siempre. Su limitación bajo condiciones previstas por la constitución Derechos Civiles: Todo ser humano Derechos Políticos: Todo ciudadano Su reclamo corresponde al individuo
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Derechos Humanos durante el siglo XX 1966. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Derechos sociales, económicos y culturales Obligación de Estado: más acción progresiva Derechos colectivos
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Derechos Humanos durante el siglo XX Se amplía responsabilidad del Estado: - Satisfacción necesidades - Prestación de servicios Titular: Individuo en comunidad, se asocia para su defensa. Reclamo está condicionado por las condiciones económicas del país Legítimas aspiraciones de la sociedad
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Derechos en la alimentación Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, Olivier De Schutter: - No se limita al derecho a no pasar hambre. -Incluye derecho a una dieta adecuada que proporcione todos los elementos nutritivos que una persona necesita para llevar una vida sana y activa, y los medios para tener acceso a ellos.
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Derechos en la alimentación Los Estados tienen el deber de proteger el derecho a una dieta adecuada, en particular regulando el sistema alimentario, y de hacer efectivo el derecho a una alimentación adecuada reforzando proactivamente el acceso de su población a los recursos necesarios para poder tener dietas adecuadas. Se recomienda a los Estados velar por que los cambios en la disponibilidad de alimentos y en el acceso a ellos no afecten negativamente a la composición de la dieta y la ingesta dietética, así como apoyar la diversidad de la alimentación y hábitos sanos de consumo de alimentos, en particular la lactancia materna
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Derechos en la alimentación Las empresas del sector agroalimentario también tienen el deber de respetar el derecho a una alimentación adecuada, evitando vulnerar este derecho y tratando de impedir cualquier repercusión negativa de sus actividades en el disfrute de dicho derecho. El sistema de las Naciones Unidas debe velar por que la nutrición se tenga en cuenta en todas las áreas de política pertinentes.
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Derechos de la alimentación y otros DD.HH. El derecho a la salud. El derecho a la vida. El derecho al agua. El derecho a la vivienda adecuada. El derecho a la educación. El derecho al trabajo y a la seguridad social. La libertad de asociación y el derecho a participar en los asuntos públicos de manera de proteger su derecho a la alimentación. El derecho a la información. Libertad de las peores formas de trabajo infantil. Libertad de la tortura y de los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
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Enfoques Económicos, Sociales y Culturales en DD.HH. Derecho al trabajo y a la libre elección de empleo Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias Libertad sindical y derecho de huelga Derecho a la seguridad social Protección de la familia y los menores Derecho a un nivel de vida adecuado y a la mejora continua de las condiciones de existencia Derecho a la salud Derecho a la alimentación Derecho a la educación Derecho a participar en la vida cultural. Protección, desarrollo y difusión de la ciencia y la cultura
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Derechos Humanos Ad portas del siglo XXI Tercera generación surge en los años 80 Derecho de los Pueblos o de Solidaridad Necesidad de cooperación entre naciones Incluyen 3 tipos de bienes: -Paz: Civiles y Políticos -Desarrollo: Económicos, Sociales y Culturales -Medio Ambiente: De cooperación – De los distintos grupos que forman el Estado – De una nación – De las naciones entre sí
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Derechos Humanos ad portas del siglo XXI Pertenecen a grupos imprecisos de personas que tienen un interés común Requieren de prestaciones: positivas (hacer dar) y negativas (no hacer) Titular: Estado – Pueden ser reclamados ante el Estado (grupos) – Ante otro Estado
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Derechos Humanos Ad portas del siglo XXI Derecho a la autodeterminación Derecho a la independencia económica y política Derecho a la identidad nacional y cultural Derecho a la paz Derecho a la coexistencia pacífica Derecho al entendimiento y confianza La cooperación internacional y regional La justicia internacional El uso de los avances de las ciencias y la tecnología La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos, ecológicos y de desarrollo sostenible Derecho a un medio ambiente sano El patrimonio común de la humanidad.
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Desafíos actuales para los Derechos Humanos Protección contra la manipulación genética Derecho a visitar lugares patrimonio de la humanidad Nuevos actores y movimientos sociales Ciudadanía digital Derecho a la libertad de información en internet
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Desafíos actuales para los Derechos Humanos Robert Gelman en 1997, propone borrador de la “Declaración de los Derechos Humanos del Ciberespacio” en la que destacan algunos puntos: La importancia de Internet en la sociedad global La transición de la sociedad de la propiedad física a la de la información compartida, una información que se comparte y multiplica El poder para transmitir valores en el ciberespacio de las organizaciones políticas y no gubernamentales Cada vez están más ligados el derecho a la educación y la conectividad.
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